Parentalidad y divorcio, (des)encuentros en la familia latinoamericana, libro completo

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Luciano Ponce, Carolina Arrieta, Jorge Jalile, Adrián Guini

limitaciones y restricciones autoimpuestas, sin ser, en general, percibidas como tales. Con esto nos referimos a la escasa o nula preparación que tienen padres y madres, sea para la revinculación como para el ejercicio parental en general. Esto se evidencia, entre otras cosas, en la falta de disposición de los espacios y momentos de contacto con sus hijos (no cuentan con ropa, juguetes, espacios en el hogar dedicados a los niños, etc.). Cabe mencionar en este punto, que el problema de la preparación para la revinculación no solo es organizativo y de explicación lineal, dado que muchas veces el progenitor que deja el hogar luego del divorcio/separación experimenta una disminución significativa de su capacidad económica (sea por incremento de gastos personales vinculados a vivienda y manutención o por pérdidas laborales producto de la característica invasiva de los divorcios difíciles en relación a los diferentes dominios personales (Isaacs, Montalvo y Abelsohn, 1986), como así también un empobrecimiento de su red de contención afectiva. Lógica del dispositivo: la lógica de funcionamiento del dispositivo de Contención y acompañamiento de papás y mamás impedidos de participar de la crianza de sus hijos está fundada en la idea que la judicialización inmediata del divorcio/separación no es el paso más apropiado para resolver los problemas. En este sentido, diversos autores sostienen que el ingreso del conflicto al sistema judicial perpetúa la disputa, en vez de resolverla (Cárdenas & Albarracín, 2000; 2001; De la Cruz, 2008; Glasserman, 1997; Isaacs, Montalvo & Abelsohn, 1986; entre otros). Considerando esto, definimos el dispositivo de intervención presentado como un espacio “para-institucional”. Específicamente, la labor de contención y acompañamiento se realiza desde fuera de las instituciones tradicionales vinculadas a la salud mental y/o social, como así también ajena a las acciones judiciales. Dado que la intervención no representa un espacio psicoterapéutico, no nos vemos compelidos a relevar asistencia a las actividades, ni a emitir informes de lo trabajado, sin importar quién lo solicite (usuarios, instituciones, oficinas estatales, etc.). Esto último representa, creemos los autores, una ruptura a la lógica establecida en relación a los procesos de divorcio difícil: las acciones que se llevan a cabo en los diversos escenarios se institucionalizan, tomando forma de litigios. De este modo, con el planteo de un abordaje para-institucional, se promueve la recuperación de la esfera doméstica del conflicto. Se quitan así del medio a actores cuya participación agudiza la crisis, convirtiendo un problema de solución conjunta en una disputa con ganadores y perdedores (jueces, abogados, psicólogos, peritos varios, etc.). Sin importar el origen de la problemática (¿Cómo ocurre la separación y/o el divorcio? ¿Cómo empieza el impedimento y/o la obstrucción? ¿Cómo se llega a la judiciali-

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