REGLAMENTOS-PARA-EL-PORTAL/FISA/Público

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JM-135-95. Artículo 1o. OBJETO: El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los “PAGARES FINANCIEROS FISA IX DE FINANCIERA INDUSTRIAL, S.A., que en adelante se denominará FISA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las Disposiciones reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN: Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resoluciones Nos. 231-94 y 254-94 de las actas Nos. 596 y 602, correspondientes a las sesiones celebradas los días veintisiete de octubre y quince de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro y modificadas mediante resoluciones Nos. 6-95 y 53-95 de las Actas Nos. 606 y 614, correspondientes a las sesiones celebradas los días doce de enero de mil novecientos noventa y cinco y dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y cinco. La emisión de Pagarés Financieros FISA IX de Financiera Industrial, S.A., fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en resolución No. 7-94, del acta No. 29, correspondiente a la sesión celebrada el lunes treinta y uno de octubre de mil novecientos noventa y cuatro. La Junta Monetaria, a tenor del inciso c) del Artículo 5º. Del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas, modificado por el Artículo 1º. del Decreto 51-72 del Congreso de la República de Guatemala y, del Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208, conforme Resolución JM-13595 del 26 de abril del 1995, aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo de seiscientos millones de quetzales (Q. 600,000,000.00) para emitir y colocar pagarés financieros. JM-122-2007. Artículo 1o. OBJETO. El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los “PAGARES FINANCIEROS FISA X (EXPRESADOS EN QUETZALES) emitidos por FINANCIERA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA, que en adelante se denominará FISA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208 y sus reformas. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN. Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resolución No. 6-2007, del acta No. 1116, correspondiente a las sesión celebrada el dieciocho de enero del año dos mil siete y modificada mediante resoluciones No. 36-2007, del Acta No. 1133 del 19 de abril de 2007 y No. 46-2007, del Acta No. 1138 del 17 de mayo del 2007. La emisión de PAGARÉS FINANCIEROS FISA X (EXPRESADOS EN QUETZALES), fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en resolución No. 2-2007, del acta No. 51, correspondiente a la sesión celebrada diecinueve de enero del año dos mil siete. La Junta Monetaria, a tenor del inciso c) del Artículo 5º. Del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas, modificado por el Artículo 1º. del Decreto 51-72 del Congreso de la República de Guatemala, en el Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208, conforme Resolución JM-122-2007, del 27 de junio del 2007, aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo global de hasta UN MIL MILLONES DE QUETZALES (Q. 1,000,000,000.00) para emitir y colocar pagarés financieros.


JM-139-2014. Artículo 1o. OBJETO. El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los PAGARES FINANCIEROS FISA XI (EXPRESADOS EN QUETZALES) emitidos por FINANCIERA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que en adelante se denominará FlSA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en Aplicación del Decreto-Ley 208 y sus reformas. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN: Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resolución No.156-2014, del Acta No.1729, correspondiente a la sesión celebrada el nueve de septiembre del año dos mil catorce. La emisión de PAGARÉS FINANCIEROS FlSA XI (EXPRESADOS EN QUETZALES), fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en Resolución No.6-2014, del Acta No.60, correspondiente a la sesión celebrada el diez de septiembre del año dos mil catorce. La Junta Monetaria, a tenor de lo que establece el inciso c) del Artículo 5o. del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras privadas, modificado por el Artículo 1o. del Decreto No. 51-72 del Congreso de la República de Guatemala, en el Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208, conforme Resolución JM-139-2014, del 17 de diciembre del 2014, aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo global de hasta UN MIL QUINIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q1,500,000,000.00) para emitir y colocar pagarés financieros. JM-140-2014. Artículo 1o. OBJETO. El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los PAGARÉS FINANCIEROS FISA XII (EXPRESADOS EN QUETZALES) emitidos por FINANCIERA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que en adelante se denominará FISA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208 y sus reformas. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN. Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resolución No. 183-2014, del Acta No.1740, correspondiente a la sesión celebrada el veintitrés de octubre del año dos mil catorce. La emisión de PAGARÉS FlNANClEROS FISA XIl (EXPRESADOS EN QUETZALES), fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en Resolución No.7-2014, del Acta No.61, correspondiente a la sesión celebrada el veinticuatro de octubre del año dos mil catorce. La Junta Monetaria, a tenor de lo que establece el inciso c) del Artículo 5o. del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas, modificado por el Artículo 1o. del Decreto No. 51-72 del Congreso de la República de Guatemala, en el Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208, conforme Resolución JM-140-2014, del 17 de diciembre de 2014, aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo global de hasta UN MIL MILLONES DE QUETZALES (Q1,000,000,000.00) para emitir y colocar pagarés financieros.


JM-160-2003. Artículo 1o. OBJETO. El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los “PAGARÉS FINANCIEROS FISA I EXPRESADOS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE ÁMERICA” (US Dólares) emitidos por FINANCIERA INDUSTRIAL, S.A., que en adelante se denominará FISA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las disposiciones reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208 y sus reformas. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN. Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resolución No. 18-2003 del acta No. 954, correspondiente a las sesión celebrada el día martes 13 de mayo del año 2003 y modificada mediante resolución No. 46-2003 del Acta No. 973, correspondiente a la sesión celebrada el día jueves 30 de octubre del 2003. La emisión de Pagarés Financieros FISA I (expresados en Dólares de los Estados Unidos de América), fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en resolución No. 6-2003, del acta No. 45, correspondiente a la sesión celebrada 16 de mayo del año 2003.La Junta Monetaria, a tenor del inciso c) del Artículo 5o. Del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas, modificado por el Artículo 1o. del Decreto 51-72 del Congreso de la República de Guatemala y, del Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208, y en el artículo 1o. del Decreto Número 94-2000 del Congreso de la República, Ley de Libre Negociación de Divisas, conforme Resolución JM-160-2003 del 3 de diciembre del 2003, aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo de VEINTE MILLONES DE DÓLARES (US$. 20,000,000.00) para emitir y colocar pagarés financieros.

JM-121-2007. Artículo 1o. OBJETO. El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los PAGARÉS FINANCIEROS FISA II EXPRESADOS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE ÁMERICA (US Dólares) emitidos por FINANCIERA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que en adelante se denominará FISA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208 y sus reformas. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN. Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resolución No. 5-2007, del acta No. 1116, correspondiente a las sesión celebrada el dieciocho de enero del año dos mil siete y modificada mediante resoluciones No. 35-2007 del Acta No. 1133, del 19 de abril de 2007 y No. 45-2007, del Acta No. 1138 del 17 de mayo del 2007. La emisión de PAGARÉS FINANICEROS FISA II EXPRESADOS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE ÁMERICA (US Dólares), fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en resolución No. 1-2007, del acta No. 51, correspondiente a la sesión celebrada el día viernes diecinueve de enero del año dos mil siete. La Junta Monetaria, a tenor del inciso c) del Artículo 5o. Del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas, modificado por el Artículo 1o. del Decreto 51-72 del Congreso de la República de Guatemala, en el Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208, y en el artículo 1o. del Decreto Número 94-2000 del Congreso de la República, Ley de Libre Negociación de Divisas, conforme Resolución JM-121-2007, del 27 de junio del 2007,


aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo global de hasta CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$. 50,000,000.00) para emitir y colocar pagarés financieros. JM-138-2014 Artículo 1o. OBJETO. El presente reglamento, establece las normas y procedimientos para la emisión, negociación, amortización y servicio de los PAGARÉS FINANCIEROS FISA III EXPRESADOS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US Dólares) emitidos por FINANCIERA INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que en adelante se denominará FlSA. La emisión tiene por objeto la captación de recursos destinados a financiar las operaciones activas autorizadas por el Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas y sus reformas, así como por las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208 y sus reformas. Artículo 2o. AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN. Las características generales de la emisión y las disposiciones reglamentarias, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de FISA, en resolución No.155-2014, del Acta No.1729, correspondiente a la sesión celebrada el nueve de septiembre del año dos mil catorce. La emisión de PAGARÉS FINANCIEROS FISA IIl EXPRESADOS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US Dólares), fue autorizada por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en Resolución No.5-2014, del Acta No.60, correspondiente a la sesión celebrada el diez de septiembre del año dos mil catorce. La Junta Monetaria, a tenor de lo que establece el inciso c) del Artículo 5o. del Decreto-Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas, modificado por el Artículo 1o. del Decreto No. 51-72 del Congreso de la República de Guatemala, en el Artículo 3o. de las Disposiciones Reglamentarias a que deben sujetarse las Sociedades Financieras Privadas, emitidas por la Junta Monetaria en aplicación del Decreto-Ley 208 y en el Artículo 1o. del Decreto Número 94-2000 del Congreso de la Republica, Ley de Libre Negociación de Divisas, conforme Resolución JM-138-2014, del 17 de diciembre de 2014, aprobó el presente reglamento y autorizó a FISA un cupo global de hasta CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$50,000,000.00) para emitir y colocar pagares financieros.


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