CONSTITUCI~NDE LA REPUBLICADOMINICANA
T~TULOIV DEL PODER EflCUTIVO CAP~TULO I DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPuBLICLZ S E C C I ~ NI DISPOSICIONES GENERALES Articulo 122.- Presidente de la Repiiblica. El Poder Ejecutivo es ejercido en nombre del pueblo por la Presidenta o el Presidente de la Republica, en su condici6n de jefe de Estado y de gobierno de conformidad con lo dispuesto por esta Constituci6n y las leyes.
Articulo 123.- Requisites para set Presidente de la RepGblica. Para ser Presidente de la Republica se requiere:
1) Ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen; 2) Haber cumplido treinta afios de edad;
3) Estar en pleno ejercicio de 10s derechos civiles y politicos;
4) No estar en el servicio militar o policial activo por lo menos durante 10s tres ahos previos a las elecciones presidenciales.
Articulo 124.- Elecci6n presidencial. El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la Republica, quien ser6 elegido cada cuatro ahos por voto directo y no podri ser electo para el periodo constitutional siguiente. Articulo 125.-Vicepresidentede la RepGblica. H a b d un o una Vicepresidente de la Republica, elegido conjuntamente con el Presidente, en la misma forma y por igual periodo. Para ser Vicepresidente de la Rephblica se requieren las mismas condiciones que para ser Presidente.