1 minute read

Ser propietario o residente del CONJUNTO RESIDENCIAL ACANTO RESERVA DE MOSQUERA

REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN, USO Y GOCE DE LOS PARQUEADEROS COMUNALES Y PRIVADOS

9. Si se realiza cambio de vehículo este se debe registrar ante la administración y se anulara el registro anterior.

Advertisement

10. Ningún usuario podrá argumentar omisión, olvido o ignorancia de ninguna índole, para exigir el ingreso de un vehículo o motocicleta que no esté debidamente autorizado.

11. Todo vehículo deberá permanecer cerrado con llave y con alarma que no sea tan sensible a sonidos o vibraciones naturales, las cuales atentan al bienestar y la convivencia de los residentes del conjunto, tener en cuenta que no se deben dejar paquetes a la vista en su interior por su seguridad.

Artículo 8: CONTROL DE LOS VEHÍCULOS:

1. Todo carro o motocicleta registrado ante la Administración deberá portar el sticker, carnet u otro objeto que la administración considere para control de ingreso y salida, con el fin de lograr una rápida identificación y revisión por parte del Vigilante de turno, ningún vehículo o motocicleta podrá entrar o salir sin el respectivo o sticker o carnet de identificación, el carnet se entrega al momento de la asignación del parqueadero, esta identificación no tendrá ningún costo adicional

2. Se debe permitir la requisa de los vehículos que ingresen o salgan de la Unidad, cuando así se requiera.

3. El ingreso y salida del motociclista a la Unidad se debe hacer sin el casco puesto para permitir su identificación.

4. En los Vehículos que tienen vidrios polarizados se debe bajar el vidrio para su identificación.

PARAGRAFO: En caso de pérdida del sticker, carnet, u objeto identificador, el usuario del parqueadero, deberá cancelar el valor indicado en la administración, para obtener uno nuevo.

Artículo 9: DISTRIBUCIÓN DE PARQUEADEROS:

CONJUNTO ACANTO RESERVA DE MOSQUERA CALLE 9 A # 13ª -33

This article is from: