Pruebas de alcoholimetría

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P o l í t i c a d e p r e v e n c i ó n d e c o n s u m o d e s u s ta n c i a s p s i c o a c t i v a s CONSORCIO EXPRESS S.A.S. consciente que la prevención es el primer paso para lograr la seguridad, bienestar y salud de todos los trabajadores, sumado a quienes están en nuestros lugares de trabajo, implementara ac�vidades enfocadas a la prevención del consumo de sustancias Psicoac�vas (alcohol, tabaco y drogas), bajo los siguientes lineamientos: 1. Ninguna persona deberá laborar o visitar los lugares de trabajo bajo la influencia de sustancias psicoac�vas que puedan afectar a las personas, al ambiente, la propiedad y/o equipos de la empresa. 2. Ninguna persona deberá fumar en el lugar de trabajo incluyendo áreas con�guas a las instalaciones de la empresa o en los vehículos asignados a los trabajadores para el desempeño de sus labores. 3. No se permite la posesión, consumo y/o comercialización de alcohol y drogas, dentro de las instalaciones de la empresa o durante la realización de cualquier ac�vidad laboral. Consorcio Express S.A,S, se reserva el derecho de realizar pruebas de alcohol y efectos de drogas sin previo aviso a los colaboradores, contra�stas, proveedores o trabajadores de otras empresas operadoras que se encuentren en el si�o de desarrollo de las ac�vidades laborales. Cualquier incumplimiento de esta polí�ca, así como la renuencia a la realización de las pruebas de alcohol y efectos de drogas, se considera una falta grave, y, en consecuencia, la Empresa puede adoptar las medidas disciplinarias correspondientes. La presente polí�ca vincula de manera integral el manual de prevención de consumo de sustancias psicoac�vas ver ML-HSEQ-04 y el procedimiento para realización de pruebas de alcohol, drogas y control de consumo de cigarrillo ver PR-HSEQ-18. Documentos que pueden ser consultados en la página web de la Compañía. Consorcio Express


¿ P o r q u é e s i m p o r ta n t e , p e r m i t i r l a r e a l i z a c i ó n de la prueba de alcoholimetría? A con�nuación, te explicaremos brevemente porqué debemos hacérnosla: • Este procedimiento es realizado por parte de personal calificado y capacitado, así mismo se cumple con todos los protocolos de bioseguridad. Esta toma de pruebas de alcoholimetría van dirigidas a todo el personal de la compañía, ya sea administra�vo, opera�vo y operadores de bus. • La emergencia sanitaria de COVID-19, no es argumento válido para negarnos a la toma de prueba de alcoholimetría, hacerlo trae consigo una serie de consecuencias. La nega�va y/o evasión a las pruebas de alcoholimetría, para el caso par�cular de los operadores de bus genera un estado de inoperabilidad inmediato para la Tarjeta de Conducción, y la posterior suspensión de la misma por un período de 24 meses, entre otras consecuencias. Consorcio Express


• Para la realización de estas inspecciones, no se requiere el porte de permisos del Ministerio de Salud, ni el uso de boquillas para pruebas pasivas, en razón a que nunca exis�rá contacto �sico entre la persona objeto de la inspección y el equipo. • Cualquier otro argumento para evitar la toma de pruebas de alcoholimetría, diferente a los ya mencionados anteriormente, carece de fundamento y no exime de algunas de las consecuencias mencionadas.

Ten en cuenta que existe el documento “TEC-SEG-PR-001 PROCEDIMIENTO DE ALCOHOLIMETRÍA V.O." del Consorcio Interventor JM02-2020, el cual se encuentra avalado por la Dirección Técnica de Seguridad de Transmilenio S.A, este documento establece los lineamientos para realizar las inspecciones de alcoholimetría en los concesionarios del Sistema Integrado de Transporte Público de Pasajeros — SITP ges�onado por esta úl�ma en�dad. Así mismo por parte del Ente Gestor, se encuentra el documento T-DS-006 PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE PRUEBAS DE ALCOHOLIMETRÍA, para tales fines.

¡En Consorcio Express, contamos contigo!

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