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Derechos territoriales � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � �

(Corte Constitucional, 2009) en Colombia está asociado a los impactos y daños que en medio del conflicto se dan en ciertos grupos humanos y no en otros en razón a sus particularidades étnicas y culturales. Para el caso del pueblo negro en Colombia, estos impactos se pueden apreciar de manera clara en tres elementos claves identificados por este para su pervivencia física y cultural: territorio, identidad y autonomía.

Ser negro afrocolombiano es una identidad que se crea y recrea con el territorio, territorio sin el cual no es posible ser. Para el pueblo negro, la autonomía en la ordenación y dentro de un modelo de desarrollo aplicable al territorio es clave para mantener las condiciones materiales y espirituales que lo determinan. De ahí que la tríada territorio, identidad y autonomía deben ser objeto central de análisis de este ejercicio en aras de poder identificar y plantear medidas eficaces de GNR.

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Derechos territoriales

El acceso, uso y disfrute del territorio debe garantizarse y la conexión con este, sea colectivo y/o ancestral, no debe ser interrumpida. Incluyendo a aquellos territorios que utilizan esporádicamente o “territorios que utilizan de alguna manera” (Convenio 169/OIT).

Pese a que en Colombia posee, en lo formal, el mayor avance institucional en la protección de los derechos de los pueblos negros afrodescendientes de las Américas, con cerca de 6 millones de hectáreas tituladas a favor de este pueblo, existen enormes barreras que dificultan el acceso, uso y disfrute efectivo de los territorios por parte de las comunidades. Estas barreras permiten el surgimiento de violaciones de derechos en el marco del conflicto armado.