El Principio de Precaución ambiental

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EL PRINCIPIO

DE

PRECAUCIÓN AMBIENTAL - LA PRÁCTICA ARGENTINA

Licencias ambientales Art. 93. Todo emprendimiento público o privado que se pretenda realizar en el territorio de la Provincia y que pueda producir alteraciones significativas en el ambiente, deberá ser sometido a una evaluación previa de impacto ambiental conforme al procedimiento que la ley determine, la que, además, contemplará los mecanismos de participación. La potestad de evaluación y control ambiental alcanza a aquellos proyectos de obras o actividades que puedan afectar el ambiente de la Provincia, aunque no se generen en su territorio. Áreas protegidas. Reivindicación de derechos Art. 94. El Estado provincial establecerá por ley especial un sistema de parques, zonas de reserva, zonas intangibles u otros tipos de áreas protegidas y será su deber asegurar su cuidado y preservación. Se reivindican los derechos de dominio y jurisdicción de la Provincia sobre las áreas de su territorio afectadas por parques y reservas nacionales en orden a lo dispuesto por la Constitución Nacional y, en particular, sobre el ambiente y los recursos naturales contenidos en la misma, sin perjuicio de coordinar con el Estado nacional su administración y manejo. Las autoridades provinciales están obligadas a defender estos derechos219.

cances de la delegación, que, eventualmente, le cabrá hacer a la CSJN- prevalecen sobre las afirmaciones provincisales que puedan pretender debilitar las competencias federales. 219 El artículo responde a lo dispuesto en el Art. 8 de la misma Constitución y al entendimiento -equívoco a nuestro entender- que la jurisdicción provincial rige incluso en los Parques Nacionales por no haber prestado consentimiento la Provincia (similar situación a la de las Provincias “nuevas”, creadas en antiguos territorios nacionales). Debe tenerse en cuenta que en el año 1884 se dictó la ley 1532 “ Ley Orgánica de los Territorios Nacionales”, que en su Art 4 estableció que cuando una gobernación contara con una población de 60.000 habitantes tenía el derecho de ser declarada provincia argentina y por eso en el año 1955 Neuquén es declarada Provincia por Ley 14408. Con anterioridad, en el año 1935 la Ley 12103 crea i.a. el Parque Nacional Nahuel Huapi, estableciendo en su Art. 9 que ningún parque o reserva podía ser incluido en el sistema de Parques Nacionales, sin la previa cesión del territorio de parte de una provincia, o sea, del dominio y jurisdicción (del territorio) dentro de sus límites. La Ley 14408 en su Art 10 estableció que pasaban al dominio de las nuevas provincias los bienes situados dentro de sus limites territoriales que pertenecían al dominio publico o privado de la Nación, con excepción de aquellos que necesitara destinar a un uso o servicio público


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