Chile necesita una gran reforma energetica1

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CHILE NECESITA UNA GRAN REFORMA ENERGÉTICA |

COMISIÓN CIUDADANA-TÉCNICO-PARLAMENTARIA PARA LA POLÍTICA Y LA MATRIZ ELÉCTRICA

con estándares de seguridad y desempeño) y el cumplimiento de las normas ambientales en cuanto a emisión de material particulado, situación que en la actualidad no se da en nuestro país.

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Promover la creación de una Institucionalidad Nacional de carácter Público-Privado, que aporte a la formulación de una política de regulación de los combustibles sólidos (y de la leña en particular), como complemento de la política de mejoramiento de la calidad del aire en Chile, sirviendo de base para propiciar también una Política Dendroenergética Nacional. En este punto se considera relevante fortalecer y proyectar el rol desempeñado por el Sistema Nacional de Certificación de Leña (SNCL), reconociendo en esta iniciativa su carácter participativo, como instancia surgida a partir de alianzas entre la sociedad civil con el sector público, como el único esfuerzo sistemático desarrollado en Chile destinado a abordar de manera integrada las externalidades tanto positivas como negativas de este energético. Por su parte, será fundamental potenciar el único Sello de Certificación para la leña que existente en nuestro país, que aun siendo voluntario, opera entre las regiones Metropolitana y de Aysén.

Crear un marco regulatorio compuesto por una ley, normativas y reglamentos, sumado a ordenanzas municipales que aseguren que en ciudades saturadas como Santiago, Concepción, o Temuco, sólo se comercie leña con un máximo de 25% de humedad, dependiendo del tipo de madera. Este marco regulatorio, deberá apuntar a dos actores claves: comercializadores de leña y usuarios. Por una parte la fiscalización deberá efectuarse en el lugar de venta, controlando además la calidad del producto, y por otra parte se deberá fiscalizar a los usuarios.

Respecto de la Comercialización: Proponemos la prohibición de venta de leña al detalle con más de un 25% de humedad entre el 1º de diciembre y el 30 de agosto en regiones. Esta leña deberá estar estandarizada según el tipo de madera. Se excluyen los meses de septiembre, octubre y noviembre, como una forma de incentivar y educar a los usuarios, para adquirir leña que será utilizada en el próximo invierno. Estudios han demostrado que la leña tarda 6 meses en secar en condiciones adecuadas (no expuesta a la lluvia y apilada correctamente para permitir su ventilación). Para asegurar el cumplimiento de esta norma, proponemos exigir a los comercializadores de leña utilizar el medidor de humedad para cada una de las transacciones que realicen en las regiones declaradas saturadas de PM 10. Este medidor deberá demostrar al comprador que la leña que está adquiriendo no supera el 25% de humedad. El no uso de este instrumento debería ser motivo de multa.

Respecto de los Consumidores: será labor del Ministerio del Medio Ambiente, a través de la Superintendencia del Medio Ambiente, contar con herramientas técnico-jurídicas para velar por la fiscalización a nivel residencial poniendo especial énfasis en ciudades declaradas saturadas. Esta medida permitirá incorporar al usuario y consumidor respecto a la decisión y elección del lugar en donde adquiere su leña, convirtiéndolo en un primer fiscalizador y responsable del buen uso del combustible.


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