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FALTAS LEVES

ü En los cambios de clase los alumnos permanecerán dentro del aula hasta la llegada del profesor correspondiente. ü Los alumnos, por propia iniciativa, no podrán acceder a ninguna dependencia del centro que no sea su aula en horas de clase. ü Los alumnos no podrán traer a clase ningún dispositivo electrónico, teléfono móvil o reloj inteligente: su uso en estas instalaciones queda totalmente prohibido. Se retirará en caso de advertir su uso. ü No podrá darse nada a los alumnos a través de la valla del colegio. ü Se cuidará las instalaciones y materiales del Centro. ü Los alumnos no podrán traer juegos de casa al centro a no ser que lo requieran así los profesores. El centro ofrecerá material de juegos para los recreos. ü Los alumnos no podrán traer al centro objetos punzantes, a no ser que se trate de los estrictamente requeridos por sus tutores. ü Las papeleras se utilizarán correctamente. ü Los alumnos acudirán al centro debidamente aseados y vestidos. ü Dentro de los edificios del colegio no se podrá llevar puestas gafas de sol ni gorras si no es por prescripción médica. ü Los alumnos seguirán las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje, la convivencia y la participación, mostrando el debido respeto y consideración, tanto a éste como a las demás personas que trabajan y colaboran en el Centro. ü Los alumnos realizarán los trabajos y tareas que los profesores manden hacer fuera del horario de clase. ü Todos los miembros de la comunidad escolar del centro deben respetarse entre sí, acatando en todo momento la autoridad del profesor. ü El profesor que se encuentre con el grupo será el responsable de que se cumplan estas normas ü Cualquier profesor testigo de una infracción, en el uso de sus capacidades y competencias y teniendo en cuenta su consideración de autoridad pública, está facultado para realizar las actuaciones siguientes: a.- Actuación inmediata en orden al cese de la conducta perturbadora. b.- Registro de la incidencia (“parte”), que rellenará el profesor que presenció el incidente, quien oído el tutor del alumno/a informará a la familia, al margen de la catalogación que reciba con posterioridad dicha falta. Dicho registro se trasladará al jefe de estudios para ser valorado por la comisión de convivencia; y con posterioridad y aclaraciones proporcionadas por el tutor y profesores implicados, poder aplicar, en su caso, las medidas correctoras correspondientes según la calificación de la falta como leve, grave o muy grave.

. - Retirada de puntos en el Carnet de Convivencia.

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ü Las conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro prescribirán en el plazo de 30 días, contado a partir de la fecha de su comisión. Asimismo, las medidas correctoras impuestas por estas conductas prescribirán en el plazo de 30 días desde su imposición. 292. En la educación a distancia serán de obligado cumplimiento las mismas normas de convivencia que en la educación presencial, iniciándose en el caso de su incumplimiento los protocolos establecidos al efecto.

FALTAS LEVES

293. Se consideran faltas leves el incumplimiento de las normas de conducta del centro, cuando por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave.