f. g. h. i.
Resguardar la libertad de emitir opinión. Respetar la libertad sindical y la autonomía de las organizaciones sindicales. Pagar las remuneraciones en conformidad a las estipulaciones legales y contractuales. Adoptar las medidas necesarias para la protección de la vida y de la salud de los trabajadores, tomando los resguardos para evitar los riesgos y accidentes, e implementando las políticas y acciones pertinentes en materia de higiene y seguridad laboral, además de velar por el cumplimiento de las instrucciones emanadas de los organismos y autoridad pública competentes. j. Instruir al personal, en forma adecuada y con los medios a su alcance acerca de los beneficios de la seguridad social. k. Colaborar al perfeccionamiento profesional y capacitación de los trabajadores dentro de los marcos que la Universidad ha definido para tales efectos. l. Cumplir las normas contractuales y laborales. m. Escuchar las reclamaciones e inquietudes que los representantes de los trabajadores le formulen, como las que los propios interesados hagan en forma directa, si no pertenece a una organización sindical. Artículo 94º:
Serán obligaciones del trabajador las siguientes:
a. Valorar y respetar a cada uno de los integrantes de la comunidad universitaria, a la comunidad, a los proveedores y al entorno en que desarrolla sus actividades. b. Dar cabal cumplimiento a las estipulaciones de sus contratos de trabajo, a lo dispuesto por este reglamento, por las demás normas institucionales y por la normativa constitucional, legal y reglamentaria vigente, así como a las instrucciones verbales o escritas que reciban desde sus Jefaturas Directas o desde la Universidad, en razón de sus funciones. c. Respetar a la Institución y a todos sus miembros, cuidando su reputación y actuando con el debido compromiso para contribuir a una convivencia laboral armónica. d. Hacer uso eficiente de la jornada laboral, evitando la pérdida innecesaria de tiempo. e. Desempeñar su trabajo con esmero y rigor, observando una conducta adecuada y correcta. f. Participar en las actividades de perfeccionamiento laboral que la Institución considere necesarias para un mejor desempeño, bajo las condiciones establecidas en el título VI del Código del trabajo en lo relativo a la capacitación ocupacional. g. Cuidar los bienes y patrimonio institucional, evitando su mal uso, daño o pérdida y, en su caso, comunicar dichas circunstancias a quien corresponda. h. Observar un compromiso con la eficiencia energética, lo que se traduce en la adopción de hábitos y conductas relacionadas con buenas prácticas medioambientales, que permitan disminuir el uso desproporcionado de energía y recursos derivados de fuentes no renovables (papel, clasificación de residuos, etc.). i. Dar cumplimiento a los diversos procedimientos y normativas que pudieran adoptarse, así como con los mecanismos de seguridad, vigilancia y control, tendientes a proteger a las personas y a los bienes institucionales, especialmente a las políticas de seguridad de la información y continuidad operacional de la Institución. j. Dar aviso oportuno a la Jefatura Directa en caso de inasistencia, retraso al inicio de la jornada laboral, accidente de trabajo o trayecto, en este último caso, con indicación de lugar, causa y circunstancias. 22