¿Será que a las mujeres nos matan porque nos aman?

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66 su derecho a acceder a recursos judiciales idóneos y efectivos. 4. Desarrollar iniciativas de recopilación de información, estadísticas, investigaciones y estudios que reflejen la situación específica de las mujeres indígenas y afrodescendientes, con el objeto de que sirvan de base para la formulación de políticas públicas orientadas hacia la prevención, sanción y erradicación de actos de violencia y discriminación perpetrados en contra de ellas. 5. Incorporar en el marco jurídico, así como en las políticas institucionales, el respeto a la identidad cultural y étnica de la población, su lengua e idiosincrasia. 6. Implementar y fortalecer medidas para crear un sistema estatal multilingüe en países con poblaciones multiculturales y de diversidad lingüística. Crear servicios de traducción gratuitos, imparciales, culturalmente pertinentes y sensibles a la cosmovisión de las usuarias. 7. Crear sistemas y métodos de peritaje cultural para casos de violencia y discriminación en contra de las mujeres. Respecto a la legislación, las políticas y los programas de gobierno: 1. Reformar el contenido del marco jurídico existente destinado a proteger los derechos de las mujeres, tanto civil como penal, con el fin de armonizarlo con los principios consagrados en la Convención Americana, la Convención de Belém do. Pará y la CEDAW, entre otros instrumentos internacionales de derechos humanos. 2. Implementar la legislación nacional y las políticas públicas existentes destinadas a proteger a las mujeres de actos de violencia y discriminación. Asignar suficientes recursos para enfrentar consecuencias en materia política, económica, y social, y lograr la correspondiente reglamentación para asegurar su implementación efectiva en todo el territorio nacional. 3. Crear y fortalecer programas de capacitación para funcionarios públicos en los sectores de la justicia y de la policía sobre la implementación efectiva del marco jurídico y de las políticas públicas existentes, mediante medidas destinadas a garantizar su sostenibilidad e institucionalización. 4. Identificar y crear indicadores y sistemas interinstitucionales de vigilancia sobre la implementación de la legislación y las políticas destinadas a prevenir y erradicar los efectos de la violencia y la discriminación en contra de las mujeres. 5. Crear mecanismos interinstitucionales de coordinación y diálogo entre los programas y servicios nacionales y locales destinados a mujeres víctimas de violencia y discriminación. Estos mecanismos deben favorecer la coordinación entre todos los programas a nivel nacional y local. 6. Asignar un mayor número de recursos estatales a las entidades responsables de prestar servicios de naturaleza legal, psicológica y social a mujeres víctimas de violencias. 7. Implementar políticas públicas y crear instituciones destinadas a abordar la violencia y la discriminación que las mujeres sufren en zonas rurales, marginadas y en desventaja económica. Integrar equipos multidisciplinarios de trabajo para determinar la dimensión del problema de la violencia y la discriminación en estas zonas, e identificar estrategias integrales para atenderlo. 8. Adoptar las medidas requeridas para completar la ratificación e implementación de la Convención Americana, la Convención de Belém do Pará y el Protocolo de la CEDAW. 9. Crear mecanismos para incrementar la participación de las mujeres en los sistemas electorales, en los cargos públicos y en especial en los sistemas de administración de justicia. Garantizar a


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