Estatuto Universitario

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C / Que estén bajo la superintendencia del Rector de la Universidad y se sometan a la reglamentación que dicte el Consejo Superior. D / Que la Universidad tenga el derecho de hacer presidir los exámenes por delegados designados. E / Que puedan servir como escuelas para la práctica pedagógica de las carreras didácticas.

ART\

20.

Las Facultades dan las condiciones de aceptación de estudiantes libres. Se entiende por estudiantes libres los que no cursan regularmente las asignaturas y no realizan los trabajos prácticos correspondientes. Las Facultades determinan las pruebas de suficiencia a que estos estudiantes serán sometidos.

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DE LOS ESTUDIANTES

ART

19.

LOS ESTUDIANTES DEBERÁN ACREDITAR LA SUFICIENCIA DE SUS CONOCIMIENTOS TEÓRICOS Y EFECTUAR Y APROBAR LOS TRABAJOS PRÁCTICOS CORRESPONDIENTES A LAS MATERIAS QUE CURSAN EN SU CARRERA.

/A R T

21.

La Universidad o las Facultades, según los casos, pueden autorizar y organizar la inscripción de alumnos por materias, aunque no cursen las carreras correspondientes a la respectiva Facultad o escuela. Para autorizar tales inscripciones se exige la comprobación de la preparación adecuada de los aspirantes, y se puede, una vez que éstos cumplan las obligaciones que les fueran prescriptas, extender certificado de aprobación de las materias cursadas.

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