Gestión y auditoria en enfermería
CONSENTIMIENTO INFORMADO: Es una regla ética fundamental. Toda H.C. tiene entre sus hojas pro forma un escrito tipo. Ese escrito no tiene gran valor legal, no sirve a los fines aclaratorios que se han pretendido en su implementación. Pero no hacerlo implica habitualmente una condena desfavorable. Ese consentimiento, que bien fundamentado será útil, debe ser manuscrito por el médico tratante donde se aclarará diagnóstico, conducta terapéutica, riesgos y todo otro dato de importancia que al ingreso sirva de guía para el no médico y para el legista, en particular, en su aparente búsqueda de la verdad.
MODULO IV
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