Teoría General del Contrato

Page 1

Teoría General Del contrato Como fuente principalísima de obligaciones, el contrato debe ser estudiado desde el punto de vista de sus estructuras, clasificaciones y efectos, que son generales a todo tipo de contrato e independientes de los tipos particulares de los mismos. Tal estudio es denominado en la doctrina como teoría general del contrato y tiene un amplio y diverso contenido a saber:

1- El concepto de contrato.

2Clasificación de los contratos. 3- Estructura del contrato, comprendiendo sus diversos elementos. 4- Los efectos de los contratos. 5-La determinación

En las laminas siguientes nos dedicaremos al desarrollo de la Teoría General del Contrato


Definición de Contrato En Venezuela nuestro Código Civil, define el contrato como “Una convención entre dos o mas personas para constituir, reglar transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vinculo jurídico”.

El contrato constituye una especie de convención, puesto que involucra el concurso de las voluntades de dos o mas personas conjugadas para la realización de un determinado efecto jurídico.

En sentido amplio, el contrato es un acuerdo unánime entre dos o mas personas para constituir, reglar, modificar o extinguir un vinculo jurídico, nada puede diferenciarlo de la convención que no es mas que un negocio jurídico bilateral, integrado por manifestaciones unánimes de voluntad destinadas a producir los mismos efectos jurídicos del contrato. Art. 1133

¿ El contrato es una

convención ?


Clasificación Del contrato 1. Según SURJAN obligaciones para una o ambas partes de un contrato: - Contratos unilaterales. - Contratos bilaterales. - Contratos Sinalagmáticos imperfectos. 3. Según el fin perseguido por las partes: - Contratos onerosos. - Contratos gratuitos: Contratos desinteresados, liberalidades, contratos gratuitos por su esencia. 5. Según la determinación de las prestaciones de alguna de las partes depende de un hecho casual o no: - Contratos conmutativos. - Contratos aleatorios. 7. Según su modo de perfeccionamiento: - Contratos consensuales. - Contratos reales. - Contratos solemnes: Contratos que requieren un documento privado y públicos.


5. Según su carácter: - Contratos preparatorios - Contratos principales. - Contratos accesorios. - Contratos conexos.

7. Según las normas legales que lo regulan: - Contratos nominados o típicos. - Contratos innominados o atípicos.

6. Según la duración de la ejecución de las prestaciones - Contratos de tracto cumplimiento instantáneo. - Contratos de tracto sucesivo o de ejecución continua.


Elementos del Contrato 1. Capacidad: Pueden contratar todas las personas que no estuvieren declaradas incapaces por la ley; son incapaces para contratar en los casos expresados por la ley: los menores, los entredichos, los inhabilitados y cualquiera otra persona a quien la ley le niega la facultad de celebrar determinados contratos. 2. Consentimiento: Es aquel cuyo consentimiento haya sido dado a consecuencia de un error (de derecho o de hecho) excusable, o arrancado por violencia o sorprendido por dolo, puede pedir la nulidad del contrato. 3. Objeto: El objeto del contrato debe ser posible, licito, determinado o determinable. 4. Causa: La obligación sin causa, o fundada en una causa falsa ilícita, no tendrá ningún efecto. La causa es ilícita cuando es contraria a la ley, a las buenas costumbres o al orden público.


Efectos del Contrato -El Contrato regula relaciones o vínculos jurídicos de carácter patrimonial, susceptibles de ser valorado desde un punto de vista económico. (Carácter pecuniario). - El contrato produce efectos obligatorios entre las partes (Es de obligatorio cumplimiento). - Deben ser ejecutados de buena fe. - El Contrato es Fuente de obligaciones. - El Principio de la autonomía de la voluntad es el fundamento de la obligatoriedad del contrato.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.