corresponda según sus acciones, que habrán sido calculadas teniendo en cuenta el dinero y los activos aportados. «Es que, de momento, no podemos pagar sueldos…». Es cierto. A menudo, muchos negocios no hubiesen arrancado sin la renuncia temporal por parte de los socios de un sueldo. Especialmente, cuando el capital es nimio. Bueno, de acuerdo, pero entonces hay que anotar lo que se le adeuda a esa persona y hay que tener muy claro que esa situación es temporal. La razón de hacerla así no es sólo un criterio de justicia. Es importantísimo saber el sueldo que tendríamos que