Accidentes de tránsito en el Perú

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Informe Nacional 2009

El alcohol hace que quien conduce deteriore marcadamente su función psicomotora y la capacidad para conducir con seguridad, ya que disminuyen las funciones cognitivas, perceptivas y motoras, de manera que cuanto mayor es el consumo, mayor es la pérdida de estas funciones. El Nuevo Código de Tránsito establece sanciones más drásticas, identificando y elevando la pena en los casos de ebriedad del conductor. Asimismo, es preciso comentar que se han creado los Juzgados Especializados de Tránsito con la finalidad que se tenga celeridad en hacer cumplir las penas a las personas irresponsables que ocasionen lesiones o muerte por accidentes de tránsito. Gráfico 15 Sanciones por conducir en ebriedad en el Perú Por conducir ebrio o negarse al examen

De 0,50 a 0,80 g/l Suspensión de la licencia por seis meses De 0,81 a 1,0 g/l Suspensión de la licencia por un año. De 1,01 g/l a más o cuando exista negativa al examen Suspensión de la licencia por dos años. Retención del vehículo y de la licencia.

Por accidente con lesiones leves

Por accidente con lesiones graves o muerte

De 0,50 a 1,0 g/l Suspensión de la licencia por dos años. De 1,01 g/l a más o cuando exista negativa al examen Cancelación de licencia e inhabilitación para obtener una nueva de tres años. Retención del vehículo y de la licencia.

De 0,50 g/l a más o cuando exista negativa al examen Cancelación de licencia, inhabilitación definitiva y retención del vehículo y de la licencia.

Fuente: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 2009

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Utilización del casco Los conductores de motocicletas que usan casco, pueden reducir sus probabilidades de morir en cerca de un 40% y el riesgo de sufrir traumatismos graves en más de un 70%. Los cascos deben cumplir una norma reconocida de calidad y seguridad y también es fundamental abrocharlos correctamente para que surtan el máximo efecto. En el artículo 105 del Reglamento Nacional de Tránsito, se determina que el conductor y el pasajero de una motocicleta o cualquier otro tipo de ciclomotor o de una bicicleta, deben de usar casco protector autorizado. Además, el conductor debe usar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento o el vehículo carezca de parabrisas.

DEBEN PORTAR CASCO: • Conductores de vehículos de motor de dos ruedas • Pasajeros adultos de vehículos de motor de dos ruedas. • Pasajeros infantiles de vehículos de motor de dos ruedas


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