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directivo. Este consejo se considera la máxima autoridad universitaria y posee facultades reglamentarias sobre asuntos académicos y administrativos. Además es el encargado de aprobar planes y programas de estudios, es el que sanciona el presupuesto anual, autoriza la incorporación o revalidación de estudios de instituciones particulares, decide sobre el otorgamiento de grados. En algunas instituciones su función más importante es la de designar a los directores de escuelas, facultades o institutos de ternas que les proponen los rectores, después de haber auscultado a la comunidad respectiva o tras elecciones en la dependencia en cuestión. Los consejos tienden a ser de composición tripartita, en donde están presentes autoridades, representantes de los académicos y de los estudiantes. En algunos casos, también tienen representación los trabajadores administrativos. El rector de la universidad suele ser el presidente del consejo y el secretario general de la institución, es el secretario del consejo. La junta de gobierno o patronato se integran de cinco a quince miembros seleccionados por el consejo universitario, y pueden participar personalidades ajenas a la institución. En los casos donde el rector o los directores no son electos por el consejo universitario, los designa la junta de gobierno o junta directiva. El patronato tiene entre sus responsabilidades el patrimonio de las instituciones de educación superior. Asimismo, tienen la misión de conseguir fondos adicionales a los subsidios gubernamentales y las cuotas de los estudiantes. En el caso de la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma Metropolitana, los miembros del patronato se encargan de la asignación de recursos, norma la ejecución del gasto, y designan al tesorero o contralor. Por lo general, los patronatos están conformados por tres o cinco personas, algunas de ellas ajenas a la institución. En el nivel más bajo de la estructura de las universidades se encuentra la escuela o facultad, instituto o división. Casi siempre, está representada por un consejo técnico. Este consejo desempeña un papel muy importante en los asuntos académicos: establece normas generales para el desempeño de su dependencia (en ocasiones bajo la aprobación del consejo universitario), formula o aprueba planes y programas de estudio, sanciona los nombramientos del personal académico, se integra y da visto bueno a la terna de candidatos para director del plantel. En estos consejos están representados los estudiantes por un 30 ó 50 % de los miembros. El director de la institución preside al consejo técnico y el secretario del plantel es su secretario. Informalmente, los consejos técnicos son también foros de discusión sobre la política de la escuela o de toda la universidad. 57


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