Boletín 11 Antioquia Visible

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ISSN: 2248 - 5864

Contenido:

Junio 2016 Volúmen 1, Número 11

res armados enfrentados: agrupaciones guerrilleras, fuerza pública estatal, grupos paramilitares, entre otros.

Editorial 1.1 Contexto y antecedentes del actual proceso de paz

Editorial

Ante un panorama tan sombrío como el descrito, la terminación del conflicto armado a través de una negociación política, ciertamente se erige como una alternativa éticamente superior y mucho más sensata que la rendición o derrota militar de una de las partes en contienda, pues con una negociación de este tipo se evitaría una innecesaria prolongación de la confrontación armada que, con sus expresiones de violencia cada vez más exacerbadas en el tiempo, inexorablemente acarrearía más y más graves violaciones de derechos humanos.

Los más de cincuenta años durante los cuales el conflicto armado interno colombiano se ha desarrollado, han arrojado como saldo una estela de dolor y sufrimiento humano de inmensas proporciones. Asesinatos selectivos y a gran escala, torturas, secuestros, violencia sexual, desapariciones y desplazamientos forzados, son sólo algunos de los hechos atroces que han ocurrido incesantemente en el devenir del conflicto y que, como es una constante en este tipo de contextos, ha tenido que soportar en su máximo rigor la población civil inerme –que habita en su gran mayoría territorios periféricos del país– y en los que han incurrido, de una u otra manera, integrantes de todos los acto-

Sobre la base de la lógica anterior, el Gobierno Nacional y la guerrilla de las FARC (la más antigua y numerosa de Colombia) se embarcaron en un proceso de paz que a pesar de haber tenido un arduo trasegar –como era presumible–, han suscrito cuatro acuerdos en concordancia con la agenda de negociación trazada, los cuales no se orientan pura y simplemente al fin del conflicto armado, es decir, a la consecución de lo que se conoce como paz negativa, sino también a solventar deudas históricas del Estado en materia de redistribución de la tierra y de apertura política y democrática, así como a ponerle fin al negocio ilícito del narcotráfico y a garantizar la satisfacción de los derechos de las víctimas del conflicto.

1.2 Trámite de un proyecto de Acto Legislativo 1.3 Acto Legislativo para la Paz 1.4 Comisión Accidental de Paz 1.5 Cara a Cara con el Congresista Víctor Correa

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Antioquia Visible Boletín del programa Antioquia Visible Departamento de Gobierno y Ciencias Políticas Universidad EAFIT Directora: Alejandra Ríos Ramírez Coordinadora académica: Adriana Ramírez Baracaldo Voluntarios: María Fernanda Moncada Rave, Daniela Álvarez Cartagena, Juan Mauricio García García, Ana María Botero Guzmán, Carolina Sánchez Vásquez, Julián Machado Vanegas, Juliana María Santa Moreno, Melissa Vélez Arias, Juan Felipe Jaramillo Hurtado.

antioquiavisible@eafit.edu.co Teléfono: (4) 261 95 00 ext. 8774 Medellín / Colombia


11 En este escenario, el papel que hoy en día cumple y que en el futuro inmediato cumplirá el Congreso Nacional resulta ciertamente decisivo, pues le corresponderá reglamentar el mecanismo de participación democrática que pacten las delegaciones negociadoras, a través del cual se refrendará políticamente –popularmente– el Acuerdo Final de Paz, también deberá integrar al ordenamiento jurídico colombiano el contenido de dicho Acuerdo y, finalmente, tendrá que desarrollarlo normativamente por medio de la expedición de actos legislativos (reformas constitucionales) y de leyes de todo tipo necesarias para consumar tal propósito.

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sí misma) en la que abordará el contenido concreto de los acuerdos parciales alcanzados, como en su vertiente jurídica o de integración e implementación normativa de los mismos, concentrando particularmente su atención en el así llamado Acto legislativo para la Paz; refiriéndose, por último, a la Comisión Accidental de Paz creada por el Congreso Nacional. Todo ello, en un esfuerzo por divulgar al interior de la sociedad civil los pormenores del proceso de paz para contribuir a la promoción un mayor y mejor entendimiento de las ventajas de la terminación negociada del conflicto armado interno colombiano.

Es por ello que el presente boletín del programa Antioquia Visible del Centro de Análisis Político del Departamento de Gobierno y Ciencias Políticas de la Universidad EAFIT, se propone llevar a cabo un recuento del devenir del proceso de paz actual, tanto en su vertiente política (o de negociación en

Julián Correa Saavedra Asesor jurídico en justicia transicional Escuela de Humanidades Universidad EAFIT

1.1 Contexto y antecedentes del actual proceso de paz Luego de más de 50 años de conflicto armado interno e intentos fallidos de procesos de paz1 con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), el Gobierno colombiano emprendió en febrero de 2011 conversaciones preliminares con este grupo armado para dar paso, en agosto de 2012, a la creación de La mesa de conversaciones para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

Fase exploratoria

De acuerdo con el Anuario de procesos de paz 2014 elaborado por Vicenç Fisas, director de la Escuela de Cultura de Paz de la Universidad Autónoma de Barcelona, la mayoría de los procesos de negociación de conflictos armados sigue una pauta de tres fases: exploratoria, de negociación y de implementación2. A continuación presentaremos el desarrollo de la Mesa de Conversaciones3, en el caso colombiano, a partir de las dos primeras etapas que nos ofrece el profesor Fisas y señalando las fechas, los actores y los acuerdos convenidos más importantes.

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Los tres encuentros realizados entre las FARC y el Gobierno durante la fase exploratoria, tuvieron como puntos comunes de discusión la dinámica de la mesa de conversación y de los asuntos que serían discutidos.

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Para más información sobre los intentos de procesos de paz anteriores, consultar los links que le siguen a los siguientes casos: las conversaciones de paz que se adelantaron en Caracas en 1991 entre la Coordinadora Guerrillera (CG) y el Gobierno del entonces presidente Cesar Gaviria Trujillo: http:// bit.ly/1VBQZu0; las negociaciones que se entablaron en los meses de abril y junio de 1992 entre las FARC, ELN y EPL con el ejecutivo en Tlaxcala: http://bit.ly/1ULDOYB, y el intento de proceso de paz que se desarrolló en San Vicente del Caguán, Caquetá, entre la guerrilla de las FARC –EP y el Gobierno de Andrés Pastrana Arango, http://bit.ly/1GeUDR3 El anuario lo pueden consultar en el siguiente link: http:// bit.ly/1mM9Gct Consultar el documento “Todo lo que debería saber sobre el Proceso de Paz”: http://bit.ly/1mM9Gct

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11 Cuadro 1. Fase exploratoria

Encuentros

Puntos a discutir

Primer encuentro.

Propuesta del Gobierno

Desarme de las FARC y garantizar el retorno a la vida civil de los combatientes.

Problema: posiciones distantes

Propuesta de las FARC

Basar los diálogos en la plataforma bolivariana y retomar la agenda que había quedado pactada en el Caguán, en la cual se involucraban asuntos como el modelo económico.

Desenlace

Plantear una nueva agenda.

Segundo encuentro

Iniciar la discusión sobre los contenidos y la metodología de las conversaciones.

Tercer encuentro

El término “entrega de armas” fue reemplazado por “dejación de armas” ya que el primero no era aceptado por las FARC.

Fuente: Elaboración propia a partir de Revista Semana4

En confidencialidad, entre marzo y julio del 2011, el Gobierno Colombiano y las FARC sostuvieron unas primeras reuniones de acercamiento para preparar un futuro escenario de diálogos y dar paso a una salida política al conflicto armado del país. Inicialmente, el Gobierno Nacional de Colombia autorizó a Alejandro Eder, Consejero para la reintegración, a reunirse con los delegados de las FARC Rodrigo Granda Escobar y Jesús Emilio Carvajalino cerca de la frontera entre Colombia y Venezuela. Aunque las conversaciones exploratorias se suspendieron momentáneamente debido a que el 7 noviembre de 2011 el Ejército Nacional de Colombia dio de baja al líder y máximo jefe de la guerrilla, Alfonso Cano5, las FARC accedieron a continuar con la iniciativa de paz y el 24 de febrero de 2012 se retomaron los diálogos. A partir de esta fecha y hasta el mes de agosto, 17 personas, entre delegados del Gobierno y de las FARC, acordaron establecer los planes preliminares para consolidar la “hoja de ruta” a seguir en la mesa de diálogos de paz6. Los episodios de crisis fueron varios en la fase exploratoria, debido a las diferencias entre ambas partes respecto a la forma en que se debería llegar a un pacto. No obstante, a partir del reconocimiento de las incompatibilidades y de la voluntad de alcanzar un acuerdo, se logró establecer el viernes 26 de agosto de 2012 la “hoja de ruta” para abordar los temas sobre los que se basarían las conversaciones para llegar a los acuerdos.

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Este documento fue firmado por la delegación del Gobierno Colombiano encabezada por Frank Pearl, el entonces Alto Comisionado para la Paz, y los delegados de las FARC Jaime Alberto Parra, Rodrigo Granda Escobar y Jesús Emilio Carvajalino. La firma de este acuerdo se llevó a cabo en la Casa de Piedra, complejo de mansiones de la diplomacia en Cuba, y contó con la presencia de Bruno Rodríguez Parrilla (Canciller de Cuba) y los delegados de los países garantes del proceso de paz: Carlos de Cosío y Abel García por Cuba y Dag Nylander y Elizabeth Staum por Noruega. La ruta marcada por el principio “nada está acordado hasta que todo esté acordado”, abordó seis temas centrales7:

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Con base en el artículo de la Revista Semana titulado “Proceso de paz: Así comenzó todo”: http://bit.ly/1UeO6vw Fuente: Sección Proceso de Paz de la página de las FARC-EP: http://bit.ly/1VmtJSz Fuente: El Tiempo. “Los que firmaron el Acuerdo que dio inicio al proceso de paz”. En: http://bit.ly/1N6Rif7 Documento preliminar “Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”. 26 de agosto de 2012. Consultar en: http://bit. ly/1ntk4t5

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11 1. Política de desarrollo agrario integral - Tierras productivas. Formalización de la propiedad. Frontera agrícola y protección de zonas de reserva. - Programas de desarrollo con enfoque territorial. - Infraestructura y adecuación de tierras. - Desarrollo social: Salud, educación, vivienda y erradicación de la pobreza. - Estímulo a la producción agropecuaria y a la economía solidaria y cooperativa. - Asistencia técnica, subsidios, crédito, generación de ingresos, mercadeo y formalización laboral. - Sistema de seguridad alimentaria.

2. Participación política - Derechos y garantías para el ejercicio de la oposición política en general, y, en particular, para los nuevos movimientos que surjan luego de la firma del Acuerdo Final. - Acceso a medios de comunicación. - Mecanismos democráticos de participación ciudadana, incluidos los de participación directa, en diferentes niveles y temas. - Medidas efectivas para promover mayor participación en la política nacional, regional y local de todos los sectores, incluyendo la población más vulnerable, en igualdad de condiciones y con garantías de seguridad.

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- El Gobierno Nacional intensificaría el combate para acabar con las organizaciones criminales y sus redes de apoyo, incluyendo la lucha contra la corrupción y la impunidad, en particular contra cualquier organización responsable de homicidios y masacres que atenten contra defensores de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos. - El Gobierno Nacional revisaría las reformas y los ajustes institucionales necesarios para hacer frente a los retos de la construcción de la paz. - Garantías de seguridad. - En el marco de lo establecido en el Punto 5 (Víctimas) de este acuerdo, esclarecer, entre otros, el fenómeno del paramilitarismo.

4. Solución al problema de las drogas ilícitas - Programas de sustitución de cultivos de uso ilícito. Planes integrales de desarrollo con participación de las comunidades en el diseño, ejecución y evaluación de los programas de sustitución y recuperación ambiental de las áreas afectadas por dichos cultivos. - Programas de prevención del consumo y salud pública. - Solución del fenómeno de producción y comercialización de narcóticos.

3. Fin del conflicto

5. Víctimas

- Cese al fuego y a las hostilidades bilaterales y definitivas.

Resarcir a las víctimas está en el centro del acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC.

- Dejación de las armas. Reincorporación de las FARC a la vida civil (en lo económico, lo social y lo político), de acuerdo con sus intereses. Atención al problema de líderes sociales asesinados y resurgimiento del fenómeno paramilitar en el suroccidente del país.

- Derechos humanos de las víctimas.

- El Gobierno Nacional coordinaría la revisión de la situación de las personas privadas de la libertad, procesadas o condenadas por pertenecer o colaborar con las FARC.

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- Verdad. - Garantías de no repetición.

6. Implementación, verificación y refrendación La firma del Acuerdo Final da inicio a la implementación de todos los puntos acordados. - Mecanismos de implementación y verificación.

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a. Sistema de implementación dándole especial atención a las regiones del país8 b. Comisiones de seguimiento y verificación. c. Mecanismos de resolución de diferencias. Estos mecanismos estarían conformados por representantes de las FARC y el Gobierno, y por la sociedad según el caso. - Acompañamiento internacional. - Cronograma. - Presupuesto. - Herramientas de difusión y comunicación. - Mecanismo de refrendación de los acuerdos.

Fase de Negociación Una vez se consolidó el esquema de trabajo, el 18 de octubre de 2012 en Oslo (Noruega) se instaló oficialmente la mesa de diálogos de paz. En esta primera ronda de negociaciones, los representantes del Gobierno liderados por Humberto de la Calle y los representantes de las FARC en cabeza del jefe guerrillero Iván Márquez, produjeron el Comunicado conjunto N°29, en el cual se presentó los puntos a seguir en La Habana a partir del 5 de noviembre. Además, se agradecía, por ambas partes, la hospitalidad de los países garantes10 del proceso: Cuba, Noruega, Chile y Venezuela. El 19 de noviembre de 2012, en correspondencia con lo acordado en la capital de Noruega, se instala la mesa de conversaciones en La Habana y la discusión inició con el primer punto de la agenda de los diálogos: Desarrollo Agrario Integral. Esta se realizó desde noviembre del 2012 hasta el 26 de mayo del 2013. Las delegaciones del Gobierno y de las FARC acordaron establecer una reforma rural integral para el campo colombiano basada en cuatro pilares que, según el informe “Entérese del Proceso de Paz” de la oficina del Alto Comisionado para la Paz, buscan el bienestar de la población campesina del país. El primer pilar consiste en el acceso y el uso de la tierra a partir de la conformación de un Fondo de Tierras de distribución gratuita para aquellas personas que no poseen una. El segundo pilar contempla el establecimiento de programas especiales de desarrollo con enfoque territorial en las regiones más afectadas por el conflicto armado. Como tercer pilar, se es-

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tablecen planes nacionales sectoriales orientados a proveer bienes y servicios públicos en términos de infraestructura, desarrollo social, productividad y formación laboral de la población rural. Finalmente, el cuarto pilar de este primer acuerdo busca crear un sistema de seguridad alimentaria y nutricional para fortalecer la producción de alimentos por parte de las economías familiares, con el objetivo de mejorar los mercados locales y regionales. Con respecto al punto de participación política, que se discutió desde junio del 2013 hasta el 6 de noviembre del mismo año, ambas delegaciones acordaron tres aspectos fundamentales: el primero busca promover una nueva apertura democrática que facilite la inclusión política y el surgimiento de nuevas voces que enriquezcan el debate público como instrumento para consolidar la paz luego de la terminación del conflicto. El segundo aspecto consiste en el desarrollo de una ley de garantías y promoción de la participación ciudadana. Finalmente, el tercer aspecto de este acuerdo de participación ciudadana consiste en asegurar de una vez por todas que se rompa el vínculo entre armas y política. Esto es, garantizar un sistema integral de seguridad para el ejercicio de la política. El 16 de mayo de 2014 se llegó a un tercer acuerdo, concerniente al cuarto punto de la agenda o solución al problema de drogas ilícitas. Este acuerdo consta de tres componentes básicos: la sustitución y erradicación de los cultivos de uso ilícito, la creación de un programa nacional de intervención integral frente al consumo de drogas ilícitas y la creación de una estrategia integral para reforzar y ampliar la lucha contra el crimen organizado, con especial atención en las regiones más afectadas por la guerra.

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Término para diferenciar los departamentos o municipios diferentes de Cundinamarca y Bogotá. 9 Consultar los documentos del Gobierno y FARC: http://bit. ly/1W4bjpe 10 La gran desconfianza generada entre las partes debido a la perduración del conflicto requería de una figura que asegurara el cumplimiento de lo acordado. Aunque a diferencia de Cuba y Noruega, Venezuela y Chile no están presentes como testigos en la Mesa de Conversaciones, juegan el rol de facilitadores.

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11 Posteriormente, el 7 de junio de 2014 se establecieron diez principios para la discusión del quinto punto de la agenda sobre víctimas. Estos principios se concretan en el reconocimiento, la participación, el esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas, para garantizar la protección y la seguridad de éstas, la reconciliación y la no repetición del conflicto. Adicional a esto, el 21 de agosto de 2014 ambas partes acordaron crear una Comisión Histórica del conflicto con el fin de orientar y contribuir a la comprensión de la complejidad del contexto histórico del conflicto colombiano. Esta comisión contó con doce expertos de diversas disciplinas (filosofía, historia, sociología, antropología, entre otras) y dos relatores. El 7 de marzo de 2015 las partes negociadoras, de manera conjunta, anunciaron que para promover la confianza del país y con el objetivo de acercarse hacia el fin del conflicto, se promovería la medida de la eliminación de minas antipersona o “desminado” de artefactos explosivos improvisados y de municiones sin explotar esparcidas por el territorio nacional11. Luego de que el 23 de septiembre de 2015 ambas delegaciones divulgaran unos primeros acuerdos sobre la normatividad y la aplicación de la justicia transicional, el 15 de diciembre de 2015 se creó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR). El SIVJRNR tiene el propósito de que se satisfagan los requerimientos de la sociedad civil víctima y se logren aspectos relacionados con la justicia, la verdad, la reparación y la memoria. El 23 de marzo de 2016, fecha en principio pactada para la firma definitiva del acuerdo, ambas delegaciones en cabeza de Humberto de la Calle e Iván Márquez admitieron que aún quedaban diferencias de fondo y que por lo tanto, algunos acuerdos, como el del fin del conflicto, tendrían que tratarse con detenimiento y tiempo. Márquez afirmó ante medios de comunicación que gracias a la “lógica de la guerra” no se pudo llegar a un acuerdo final el 23 de marzo12. De esta manera, Gobierno y FARC continuaron con los diálogos y se concentraron en el punto de fin del conflicto abordando los temas de dejación de las armas y reintegración a la vida civil.

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Asimismo se han dado dos debates respecto a los mecanismos de refrendación ciudadana de los acuerdos y la reglamentación de los procesos de desmovilización y dejación de las armas. El primero ha puesto el acento en la relevancia de la aprobación popular de las decisiones y acciones encauzadas por el Estado en la búsqueda de la paz. El segundo, se ha referido a los procedimientos para tener una verificación de cada fase. El segundo debate mencionado encuentra su lugar de discusión más adecuado en el Congreso de la República, específicamente en el Senado. Así, el 11 de marzo del 2016 se aprobó la Ley de Orden Público. Esta establece los puntos en relación con el último ítem de la agenda “Fin del Conflicto”: zonas de ubicación donde se concentrarán los combatientes que se desmovilicen y su temporalidad. Especificidades como, por ejemplo, que las zonas no se ubicarán cerca de cultivos ilícitos y minería ilegal o áreas de frontera. Asimismo, que los individuos que ingresen a estas zonas deberán estar identificados, incluso de manera dactilar. Finalmente, que las armas de las FARC se destruirán, y la verificación se hará por un organismo internacional, en este caso las Naciones Unidas13. Respecto a la discusión sobre la forma idónea para la aprobación de lo acordado, vale señalar los mecanismos de participación ciudadana planteados en la Constitución Política de Colombia de 1991 y en la Ley 134 de 1994 que pueden ser utilizados para la refrendación de los acuerdos. Estos son: la Consulta Popular, el Referendo, el Plebiscito y la Asamblea Nacional Constituyente. A continuación se presenta cada uno de los mecanismos mencionados y el procedimiento a seguir para ser implementado14.

11 Un primer proceso piloto de “desminado” conjunto se llevó a cabo en la vereda El Orejón, del municipio de Briceño, Antioquia en 20 de mayo de 2015. 12 El Tiempo. Farc dicen que lógica de la guerra no permitió firma el 23 de marzo. En: http://bit.ly/1Pt5Wra 13 El tiempo. Aprueban por unanimidad reforma de la ley de orden público. En: http://bit.ly/1UwamEm 14 Ley 134 de 1994. En: http://bit.ly/1wiLODh

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Cuadro 2. Mecanismos de participación para la refrendación de los acuerdos Mecanismo de participación para la refrendación de los acuerdos

¿En qué consiste?

Procedimiento

1. El Gobierno o 5% del censo electoral solicita al Congreso de la República la convocatoria a referendo sobre un proyecto de acto legislativo mediante el cual se pretende modificar la constitución. 2. Se requiere la mayoría absoluta de los miembros del Congreso para ser aprobado el proyecto de acto legislativo que se someterá a referendo.

Referendo Constitucional

Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica constitucional, o derogue o no una norma ya vigente.

3. Fallo a favor de la Corte Constitucional sobre la ley que convoca a referendo. 4. El Gobierno convoca a votación de referendo mediante Decreto ocho días después del pronunciamiento de la Corte, y se debe realizar dentro de los seis meses siguientes (La fecha de la votación de referendo no debe coincidir con otros comicios electorales). 5. Se autoriza la realización de campañas de referendo hasta el día anterior de las votaciones. 6. El ciudadano vota sí o no, en caso de que desee derogar o ratificar la norma constitucional que se somete a refrendo. 7. Es aprobado el referendo de reforma constitucional cuando participa más de la cuarta parte del censo electoral y además cuando la mitad más uno de los electores vota afirmativamente. 8. Luego de expedirse el certificado, a los 8 días siguientes, el Presidente de la Republica derogará o aprobará la norma.

Consulta popular

Es un mecanismo mediante el cual el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde somete a consideración del pueblo una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal o local que no modifique la constitución.

1. El Presidente de la República decide convocar consulta popular con la firma de todos los ministros. 2. El Presidente del Senado presenta el texto de consulta (contiene justificación e informe de la fecha para su realización) para su aprobación. 3. Aprobación: ·

Plazo para su aprobación: veinte días con posibilidad de prórroga de diez días.

·

Votación necesaria para ser aprobada: Mayoría de los senadores.

4. Declaración de constitucionalidad sobre la convocatoria a la consulta y sobre el procedimiento por medio del cual se realice la misma. 5. Fecha para realizar la consulta popular: cuatro meses siguientes a la fecha en la que el Senado aprobó el texto o al vencimiento del plazo acordado. 6. La respuesta del pueblo será de obligatorio cumplimiento para el mandatario cuando se obtenga el voto favorable de la mitad más uno de los sufragantes, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el censo electoral.

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11 Mecanismo de participación para la refrendación de los acuerdos

¿En qué consiste?

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Procedimiento

1. El Presidente de la República, con la firma de todos sus ministros, deberá informar al Congreso su intención de convocar un plebiscito explicando sus razones y la fecha en la que se realizaría.

Plebiscito

Pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República mediante el cual apoya o rechaza determinada decisión del Gobierno.

2. En caso de que el Senado y la Cámara de Representantes (mayoría de asistentes) no manifieste su rechazo un mes siguiente a la fecha del pronunciamiento del Presidente, se podrá convocar a Plebiscito. 3. El Presidente de la Republica convoca al pueblo para que se pronuncie sobre las políticas del Gobierno que no requieren aprobación del Congreso. 4. Un mes anterior a la votación, los partidos políticos y el Gobierno expresarán su opinión en relación con el plebiscito en los espacios de televisión financiados por el Estado. 5. Votación necesaria para ser aprobado el plebiscito: mayoría del censo electoral, correspondiente al 13%. 1. La mayoría de los miembros de Senado y la Cámara de Representantes deberán aprobar una ley a partir de la cual se convoca al pueblo para que se pronuncie sobre la instauración o no de una Asamblea Constituyente para reformar parcial o totalmente la Constitución.

Asamblea Nacional Constituyente

Mecanismo mediante el cual se convoca al pueblo para reformar parcial o totalmente la constitución.

2. La Corte Constitucional decidirá sobre la constitucionalidad de la Ley sancionada por el Presidente de la República. 3. El pueblo deberá convocar la Asamblea Nacional Constituyente; para esto se deberá contar con la aprobación de la tercera parte de los integrantes del censo electoral. 4. ¿Qué contiene la tarjeta electoral? Precisa las opciones Sí o No a la convocatoria, y las competencias de la Asamblea. 5. Finalmente, se deberá realizar la votación para la elección de los delegatarios a la Asamblea entre dos y seis meses a partir de la fecha de la expedición de la ley, y ésta no deberá coincidir con otra elección. La ley aprobada por el Congreso de la República deberá definir el número de delegatarios, el sistema para elegirlos, la competencia de la Asamblea, la fecha de su iniciación y su periodo.

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Acuerdo final sobre terminación del conflicto El 23 de junio de 2016 quedará como un día histórico para Colombia. Después de más de 50 años de conflicto, las delegaciones de paz del Gobierno Nacional y las FARC reunidas en La Habana, firmaron los acuerdos sobre el cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo, garantías de seguridad y refrendación, que se convierten en la antesala de un acuerdo definitivo que ponga fin al conflicto armado colombiano. El acto protocolario de firma de los acuerdos contó con la presencia de destacados líderes mundiales entre los que se encontraban el secretario general de Naciones Unidas, Ban Ki-moon, el presidente del Consejo de Seguridad de la ONU, Francois Delatre, el presidente de la Asamblea General de esa misma organización, Mogens Lykketoft. También hicieron presencia los presidentes Raúl Castro (Cuba), Michelle Bachelet (Chile) y Nicolás Maduro (Venezuela), países acompañantes del proceso, y Enrique Peña Nieto (México), Danilo Medina (República Dominicana) y Salvador Sánchez Cerén (El Salvador), y los representantes de los Gobiernos de Noruega y los enviados especiales de Estados Unidos, Bernie Aronson, y de la Unión Europea Eamon Gilmore. A continuación se presentan los puntos centrales de cada uno de los acuerdos pactados22. 1. Acuerdo sobre cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo y dejación de las armas. Con el fin de acabar las hostilidades entre ambas partes y que el grupo guerrillero se reincorpore a la vida civil, este acuerdo tiene como objetivo la terminación de las acciones ofensivas entre el Gobierno Nacional y las FARC. Para lo que se plantean cuatro mecanismos: el primero es el monitoreo y verificación, que tendrá como fin observar que lo acordado entre las partes se esté cumpliendo; el monitoreo estará a cargo de representantes del Gobierno Nacional (Fuerza pública), de las Farc y de actores internacionales que serán miembros no armados de la ONU y los pertenecientes a la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC). El segundo mecanismo trata de facilitar el desplazamiento de las Farc por medio de la reorganización

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de las tropas, a las 23 zonas veredales y 8 campamentos que el Gobierno Nacional y el grupo guerrillero acordaron, como “temporales y transitorias”, para entrar en un proceso de dejación de armas y cese al fuego bilateral. Estas zonas estarán limitadas de acuerdo al tamaño de la vereda donde se ubican, y contarán con equipos de monitoreo local para realizar la verificación nombrada en el anterior mecanismo. Los miembros de las Farc ubicados en esta zonas no podrán tener armas y tampoco utilizar estos territorios para manifestaciones de carácter político, sin embargo, sí realizarán todo tipo de capacitaciones en labores productivas, educación primaria o secundaria, entre otras actividades que serán necesarias para la reincorporación de este grupo guerrillero a la vida civil. Adicional a esto, alrededor de las zonas se instalarán un área de seguridad más amplia en la cual no puede haber presencia de la Fuerza Pública ni de las Farc, sino sólo de los equipos de monitoreo y verificación del proceso. El tercer mecanismo consiste en la creación de un protocolo de seguridad construido por el Gobierno Nacional y las Farc para minimizar posibles amenazas que puedan afectar a los ciudadanos y a sus bienes. Y el cuarto mecanismo es la dejación de armas, que permitirán que la ONU reciba la totalidad del armamento y lo destine a la construcción de tres monumentos. 2. Acuerdo sobre “Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres o que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz”

15 Acuerdo del tercer punto de la agenda entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP:http://bit.ly/292ISIg

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11 Este punto tiene como objetivo fundamental brindar medidas de protección para el ejercicio de la política a los movimientos y partidos políticos, especialmente a los que surjan del tránsito de las Farc a la actividad política legal y a los integrantes del mismo grupo guerrillero que estén en proceso de reincorporación a la vida civil. Para lograr lo anterior se acordaron los siguientes puntos: •

Respeto, garantía, protección y promoción de los derechos humanos.

Asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado en todo el territorio.

Fortalecimiento de la administración de justicia.

Asegurar el monopolio de los tributos por la Hacienda Pública.

Enfoque territorial y diferencial.

Enfoque de género.

Coordinación y corresponsabilidad institucional.

Participación ciudadana.

Rendición de cuentas.

Garantías de no repetición.

Todo esto se hará por medio del compromiso que asume el Gobierno Nacional y las Farc de establecer

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un Pacto Político Nacional para que ningún partido, movimiento político, gremio o la sociedad organizada, utilicen las armas en política. Además de constituir una Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y una Unidad Especial de Investigación para desmantelar cualquier organización criminal. El compromiso también consiste en desarrollar un Sistema Integral de Seguridad que garantice el ejercicio de la política por parte de guerrilleros desmovilizados, y un Programa Integral de Seguridad que proteja las organizaciones establecidas en los territorios. 3. Acuerdo sobre refrendación Después de largas discusiones el Gobierno Nacional y las FARC deciden acogerse a la decisión a la que llegue la Corte Constitucional sobre los alcances del proyecto de Acto legislativo para la paz, en lo concerniente al plebiscito por la paz. De esta manera, la Corte será la encargada de declarar la exequibilidad de la ley y dar vía libre al plebiscito para la refrendación popular de estos acuerdos de paz. Es importante resaltar que el acuerdo frente al mecanismo de refrendación es un avance importante frente a la aplicación del acuerdo final y la implementación del acto legislativo para la paz, pues estos sólo comenzarán a regir una vez se haga efectiva la refrendación popular.

1.2 Trámite de un proyecto de Acto Legislativo De acuerdo a la legislación colombiana16, el Congreso de la República además de ser el órgano encargado de elaborar leyes y ejercer control político sobre el Poder Ejecutivo, está facultado para hacer reformas a la Constitución por medio de proyectos de Acto Legislativo, normas expedidas con el propósito de “modificar, reformar, adicionar o derogar los textos constitucionales”17. Antes de explicar el contenido del texto conciliado18 en la Cámara de Representantes y el Senado, y los cambios introducidos a través de su discusión en el Congreso de la República, es necesario presentar cuál es el proceso por medio de cual un Acto legislativo es aprobado y expedido por el órgano legislativo.

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16 Para más información consultar: Artículo 114 correspondiente al título V “Organización del Estado” de la Constitución Política de Colombia. 17 Reglamento del Congreso de la República, Ley 5ta de 1992, artículo 221. Diario Oficial No. 40.483, Bogotá, Colombia, 18 de junio de 1992. 18 La Comisión de Conciliación del Congreso de la República somete a consideración de las Plenarias de Senado y de la Cámara de Representantes un informe sobre el texto definitivo del articulado, en caso de que una cámara modifique lo que la otra ha realizado.

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11 Cuadro 3. Trámite de un proyecto de Acto Legislativo ¿Cómo se tramita un acto legislativo?

Iniciativa

Debates en el Congreso

¿Quiénes poseen la facultad de presentar un proyecto de Acto legislativo?

1. Gobierno Nacional.

Radicación del proyecto de Acto legislativo

Quienes presenten el proyecto deben entregar ante la Secretaría de las Cámaras, o en su respectiva plenaria, el documento original, dos copias y una copia magnética del proyecto19.

¿En cuántos periodos se tramita la iniciativa?

En dos periodos ordinarios y consecutivos, es decir:

2. Diez miembros del Congreso. 3. Un número de ciudadanos igual o superior al cinco por ciento (5%) del censo electoral, correspondiente al número total de personas que se encuentran habilitadas para votar. 4. Un veinte por ciento (20%) de los Concejales o de los Diputados de país.

-Primer periodo, que inicia el 20 de julio y culmina el 16 de diciembre. -Segundo periodo, desde el 16 de marzo hasta el 20 de junio. En cada uno de sus debates la iniciativa debe ser aprobada por la mayoría de los asistentes (sistema de mayoría simple): 1. Publicación del texto en la Gaceta del Congreso.

Primera vuelta

2. Primer debate: Comisión de la Cámara de Representantes a la cual le correspondan el tema en cuestión. 3. Segundo debate: Plenaria en la Cámara de Representantes. 4. Tercer debate: Comisión del Senado a la cual le corresponda el tema en cuestión. 5. Cuarto debate: Plenaria del Senado. 6. Publicación del texto en el Diario Oficial. En cada uno de sus debates se requiere la mayoría de los miembros de cada Cámara o de su respectiva plenaria (sistema de mayoría absoluta):

Segunda vuelta

1. Quinto debate: Comisión de la Cámara de Representantes a la cual le corresponda el tema en cuestión. 2. Sexto debate: Plenaria de la Cámara de Representantes. 3. Séptimo debate: Comisión del Senado a la cual le corresponda el tema en cuestión. 4. Octavo debate: Plenaria del Senado.

Sanción Presidencial Remitir el proyecto de Acto Legislativo a la Corte Constitucional en caso de considerarlo una amenaza a la Carta Política20. Fuente: elaboración propia con base en el artículo 145 de la Ley 5 de 199221

19 Según el artículo 145 de la Ley 5 de 1992 todo proyecto de Ley o de Acto Legislativo debe comprender la siguiente estructura: título, encabezamiento, articulado y una exposición de motivos en la cual se explican las razones y la importancia del proyecto. En caso de no cumplir, el proyecto no se tramitará y será devuelto por el Presidente de la Corporación (Senado o Cámara). 20 Vale la pena resaltar que los actos legislativos usualmente no cuentan con control de constitucionalidad automático ni previo ni posterior. En el caso de la legislación para la paz, estos serán remitidos a la Corte Constitucional en caso de que sea demandado al considerarse que el acto aprobado atenta contra la Constitución Política. Para más información remitirse al artículo 241 de la Constitución Política 21 Reglamento del Congreso de la República: artículo 145 de la Ley 5 de 1992. Diario Oficial No. 40.483, Bogotá, Colombia, 18 de junio de 1992.

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1.3 Acto Legislativo para la Paz El Ministro del Interior Juan Fernando Cristo Bustos radicó el martes 15 de septiembre de 2015, ante la Secretaría General del Senado, el proyecto de Acto Legislativo que busca crear herramientas jurídicas para implementar los acuerdos de paz. Todo lo anterior con el propósito de agilizar y garantizar la implementación de los Proyectos de ley y Actos legislativos que se propongan a partir del Acuerdo Final para la terminación del conflicto, además de asegurar que las reformas legales y constitucionales sean útiles para los acuerdos de paz22. Desde su radicación, el proyecto de Acto legislativo surtió ocho debates, cuatro en Cámara de Representantes y sus correspondientes en Senado. Todo este proceso, durante los dos períodos de la primera legislatura del cuatrienio 2014-2018. El primero de junio de 2016 se aprueba en Plenaria de la Cámara de Representantes en su octavo y último debate el Acto Legislativo para la Paz, “Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para los desarrollos normativos necesarios para facilitar y asegurar la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz estable y duradera. [Instrumentos jurídicos para la paz]”. El 9 de junio es aprobada la conciliación del proyecto de Acto Legislativo por la Plenaria de la Cámara de Representantes, y el 14 de junio siguiente, de igual manera se aprueba la conciliación por la Plenaria del Senado de la República. El texto definitivo aprobado en octavo debate en sesión plenaria de Cámara se presenta a continuación:

Artículo 1: Artículo transitorio. Procedimiento especial para la paz. Se crea con el objetivo de agilizar y garantizar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto. Este procedimiento se dará por un período de seis meses el cual podrá ser prorrogado por otros seis meses si así lo propone el Gobierno Nacional.

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El procedimiento tendrá las siguientes reglas: ·

Los proyectos de ley y actos legislativos serán de iniciativa exclusiva del gobierno, su contenido debe tener por objeto facilitar la implementación del acuerdo final.

·

Los proyectos de ley y actos legislativos tendrán trámite preferencial por lo que tendrán prioridad en el orden del día.

·

El primer debate de los proyectos de ley se dará en sesión conjunta de las Comisiones Constitucionales Permanentes respectivas. El segundo debate se dará en las plenarias de cada cámara.

·

Los actos legislativos serán aprobados después de una sola ronda de cuatro debates.

·

Los proyectos de ley y actos legislativos podrán ser modificados sólo si los cambios son aprobados por el gobierno nacional y sí se relacionan con el Acuerdo Final.

·

Los proyectos de ley y actos legislativos que se tramiten según el Procedimiento Especial para la Paz tendrán control de constitucionalidad automático y posterior a su vigencia. El control de los actos legislativos sólo se hará por vicios de procedimiento.

Artículo 2: Artículo transitorio. Facultades presidenciales para la paz: dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo se facultará al presidente para que expida decretos con fuerza de ley los cuales tendrán como fin agilizar la implementación del Acuerdo final. Estos decretos tendrán control de constitucionalidad automático y posterior.

22 Proyecto de Acto Legislativo No. 04 de 2015. En: http:// bit.ly/1gKOc0w. Proyecto aprobado en octavo y último debate, en: http://www.imprenta.gov.co/gacetap/gaceta. nivel_3

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Las facultades extraordinarias no pueden ser usadas para expedir: actos legislativos, leyes estatutarias, leyes orgánicas, leyes códigos, decretar impuestos ni leyes que requieran mayoría absoluta o calificada para su aprobación.

Artículo 3: Artículo transitorio. Plan de inversiones para la paz. “Durante los próximos veinte años el gobierno nacional incluirá en el Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo, un componente específico para la paz, el cual priorice las comunidades más afectadas por el conflicto armado, la debilidad institucional y las economías ilegales”. Las autoridades gubernamentales, municipales y distritales podrán modificar sus planes de desarrollo para adecuarlos al Plan de Inversiones para la paz durante los seis meses siguientes a la adopción de este. Al inicio de cada legislatura el Presidente de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo presentarán ante el Congreso un informe detallado sobre la ejecución de los recursos del Plan de Inversiones para la paz.

nios de Ginebra. Para asegurar el cumplimiento del Acuerdo Final, este entrará a ser parte del bloque de constitucionalidad para convertirse en “un parámetro de interpretación y referente de desarrollo y validez de las Normas y las Leyes de Implementación y Desarrollo del Acuerdo Final” El Procedimiento legislativo especial para la aprobación del acuerdo final incluirá el siguiente procedimiento de ley aprobatoria del Acuerdo Final: ·

Envío al congreso para su incorporación al derecho a través de una ley

·

Tramitación de ley ordinaria: se hará en 4 debates y las votaciones serán únicamente para la aprobación o no del texto competo

·

Control de constitucionalidad de ley aprobatoria del Acuerdo Especial

·

Sanción presidencial y publicación en el Diario Oficial

·

Esta ley aprobatoria será presentada por el gobierno ante el Congreso una vez se firme el Acuerdo final

Artículo 5: Vigencia.

Artículo 4.

El presente acto legislativo rige a partir de la refrendación popular del Acuerdo Final.

Artículo transitorio. Con el objetivo de asegurar el derecho a la paz, el Acuerdo Final constituirá un Acuerdo Especial según el artículo 3 de los Conve-

El Acto Legislativo para la Paz presentado, respecto de la iniciativa gubernamental radicada en septiembre de 2015, cambia así:

Cuadro 4. Cambios introducidos al Proyecto de Acto Legislativo para la Paz en su octavo debate Acto Legislativo 2015

Acto Legislativo 2016

Artículo 1:

Artículo 1:

Existencia de la Comisión Especial para la Paz:

Eliminación de la Comisión Especial para la Paz:

Los Proyectos de ley pasarán por dos debates para ser aprobados.

Los proyectos de ley deberán pasar por tres debates para ser aprobados.

Los Actos Legislativos contarán tres debates.

Los Actos Legislativos contarán cuatro debates.

Los Proyectos de ley y Actos Legislativos serán revisados antes de entrar en Vigencia por la Corte Constitucional.

Los Proyectos de ley y Actos Legislativos serán revisados después de entrar en Vigencia por la Corte Constitucional.

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11 Acto Legislativo 2015 Artículo 2: Las facultades extraordinarias que se le darán al Presidente de la República, serán 90 días después de la entrada en vigencia del acto legislativo y de la refrendación del acuerdo.

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Acto Legislativo 2016 Artículo 2: Las facultades extraordinarias que le se darán al Presidente de la República, serán 180 días después de la entrada en vigencia del acto legislativo

Artículo 3 incluido en el Acto Legislativo para la paz: Se exige que las autoridades de los Municipios, Departamentos y distritos, ajusten su plan de desarrollo a partir del Plan Plurianual de inversiones para la paz. Artículo 4: El Acuerdo Final hará parte del bloque de constitucionalidad y se convertirá en un Acuerdo Especial según lo establecido por los Convenios de Ginebra. Asimismo se hará una ley aprobatoria del acuerdo final Artículo 5: El presente acto legislativo entra en vigencia una vez hecha la refrendación popular del Acuerdo Final. Fuente: elaboración propia con base en el Acto Legislativo 04 de 2015.

1.4 Comisión Accidental de Paz Según el artículo 53 de la Ley 5 de 1995, durante el periodo constitucional funcionan distintas comisiones en el Senado de la República y la Cámara de Representantes, entre las que se encuentran, constitucionales permanentes, legales, especiales y accidentales. Las comisiones constitucionales permanentes corresponden a las creadas por mandato constitucional, su función principal es discutir y aprobar o archivar los proyectos y reformas constitucionales, y de acuerdo a los asuntos de su competencia existen siete en cada Cámara. Por el contrario, las Comisiones Legales son creadas por ley y tratan asuntos específicos distintos a los debatidos en las Comisiones Constitucionales Permanentes. Las Comisiones Especiales son de creación legal y cumplen las funciones que determinan la misma norma que las crea. Y finalmente, en caso de ser necesario y conveniente para mejorar el desarrollo de la labor legislativa y administrativa, las mesas directivas o el Presidente de cada Cámara poseen la facultad de crear una Comisión Accidental.

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Por lo anterior, y considerando el marco del proceso de paz que se está adelantando en La Habana, la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes y el entonces Presidente del Senado de la República José David Name, mediante resoluciones (N° MD3053 de noviembre 02 de 2010 y No 001 del 30 de julio de 2014, respectivamente) crearon la Comisión Accidental de Paz de sus respectivas cámaras con el propósito de “estudiar y analizar las proposiciones, realizando los seguimientos respectivos para dar posibles soluciones que sean viables para alcanzar la paz en Colombia”23. La Comisión de Paz, teniendo por función acompañar política y legislativamente el proceso de la Habana a través de la socialización y el estableci-

23 Resolución No 001 del 30 de julio de 2014. “Por medio de la cual se crea la comisión accidental de Paz y se designan sus miembros”. En: http://bit.ly/1WDzUSa

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miento de pedagogía nacional, estableció Mesas regionales que dieron voz a la sociedad civil24 en las conversaciones entre el Gobierno y la Guerrilla. El balance de estas Mesas regionales es la participación de 2.990 ciudadanos de 1.333 organizaciones de diferentes partes del país (Sincelejo, Barranquilla, Villavicencio, Pasto, Medellín, Rionegro, Bucaramanga, Florencia, Popayán, Bogotá, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada). Estuvieron en ellas Joaquín Camelo quien en el 2012 fue Representante a la Cámara por el Partido Liberal y Roy Barreras quien ocupaba el cargo de Presidente del Senado.

Gráfico 1 Representantes a la Cámara de la Comisión Accidental de Paz por partido político 6 8

2

¿Cómo están conformadas las Comisiones Accidentales de Paz? Las Comisiones Accidentales de Paz en la Cámara y Senado están conformadas por 43 congresistas, 26 de la Cámara de Representantes y 17 del Senado. De los Representantes a la Cámara que pertenecen a esta Comisión, ocho son del Partido Liberal Colombiano, cinco del Partido Social de Unidad Nacional y tres del Partido Conservador Colombiano. Los demás partidos como el Polo Democrático Alternativo y Alianza Verde cuentan con dos congresistas cada uno, mientras que Opción Ciudadana, Autoridades Indígenas de Colombia, Cambio Radical, Centro Democrático, Movimiento Independiente de Renovación Absoluta y Movimiento Cien por Ciento por Colombia cuenta con un representante por cada partido. (Ver gráfico 1) La Comisión Accidental de paz del Senado está conformada por tres congresistas de cada uno de los siguientes partidos: Partido Conservador Colombiano, Partido Social de Unidad Nacional, Polo Democrático Alternativo y Partido Liberal Colombiano. Adicionalmente, por dos del Partido Alianza Verde, y uno por el Movimiento Alternativo Indígena y Social “MAIS”, uno por Opción Ciudadana y uno por el Centro Democrático. (Ver gráfico 2)

2 5

3

Partido Liberal Partido de la U Partido Conservador

Alianza Verde Otros (Opción Ciudadana, AICO, Cambio Radical, Centro Democrático, MIRA y Movimiento 100% por Colombia)

Polo Democrático

Fuente: elaboración propia

Gráfico 2 Senadores de la Comisión Accidental de Paz por partido político

1

1

3

1

2 3

3 3

24 Según el documento compilado por las Naciones Unidas, “Sistematizaciones de las propuestas de la Sociedad Civil”, en las Mesas Regionales se trataron tres puntos específicos: Política de desarrollo agrario integral, Participación política y Programas de sustitución de cultivos de uso ilícito, a partir de los cuales, la ciudadanía realizó propuestas que eran depositadas en buzones, para ser recopiladas por el Sistema de Naciones Unidas.

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Partido Conservador Polo Democrático Alianza Verde Opción Ciudadana

Partido de la U Partido Liberal MAIS Centro Democrático

Fuente: elaboración propia

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11 Por otro lado, considerando la presencia de congresistas según origen territorial, el departamento con el mayor número de senadores es Cundinamarca con 6, seguido por Santander con 2. Otros departamentos como el Chocó, Huila, Norte de Santander, Atlántico, Antioquia, Meta, Nariño, Caldas y Cauca, cuentan con 1 un Senador en la Comisión. (Ver gráfico 3) Al igual que en Senado, la Cámara de Representantes está integrada mayoritariamente por congresistas nacidos en el departamento de Cundinamarca (6), seguido de Antioquia (4), mientras que Córdoba, Nariño y Cauca tienen presencia en la Comisión son con 2 Representantes cada uno. Asimismo, Atlántico, Guaviare, Caquetá, San Andrés, Huila, Vaupés, Boyacá, Caldas, Arauca y Sucre cuentan con 1 Representante. (Ver gráfico 4)

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Además de conformar la Comisión Accidental, los congresistas también hacen parte de Comisiones permanentes que versan sobre temas especializados. De esta manera, la mayoría (9) pertenecen a la Comisión Primera, 6 a la Séptima y 5 a la Tercera. El menor número de congresistas distribuyen su trabajo entre esta Comisión y la Sexta, la Segunda y la Quinta. Similar situación se identifica entre los congresistas que integran la Comisión Accidental de Paz del Senado, 7 también están en la Comisión Primera. El resto de ellos están en la Segunda (3), la Tercera, Quinta y Séptima (2 en cada una) y en la Cuarta (1). (Ver siguientes gráficos).

Gráfico 4

Gráfico 3 Representantes a la Cámara de la Comisión Accidental de Paz por departamento

Senadores de la Comisión Accidental de Paz por departamento 1 1

6 1

10

6 1 4

2

2

Cundinamarca

Cauca

Antioquia

Otros (Atlántico, Guaviare, Caquetá, San Andrés, Huila, Vaupés, Boyacá, Caldas, Arauca y Sucre)

Cordoba Nariño

2

2

Cundinamarca

Santander

Chocó

Huila

Norte de Santander

Atlántico

Fuente: elaboración propia

Fuente: elaboración propia

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Gráfico 6

Gráfico 5 Representantes a la Cámara de la Comisión Accidental de Paz por Comisión Constitucional Permanente

Senadores de la Comisión Accidental de Paz por Comisión Constitucional Permanente

2 6 9

2

7

1

3 1

2

2

3

5 Comisión Primera

Comisión Segunda

Comisión Primera

Comisión Segunda

Comisión tercera

Comisión Quinta

Comisión tercera

Comisión Cuarta

Comisión Sexta

Comisión Séptima

Comisión Quinta

Comisión Séptima

Fuente: elaboración propia

Fuente: elaboración propia

A continuación ofrecemos la configuración de la Comisión Accidental de Paz, mostrando a cada uno de sus miembros acompañado de un pequeño perfil:

Representantes a la Cámara pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz Amín Saleme, Fabio Raúl Partido: Liberal Comisión: Séptima Departamento: Córdoba Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Assis Barguil, David Alejandro Partido: Conservador Comisión: Tercera Departamento: Córdoba Último cargo: Representante a la Cámara 2010-2014

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Representantes a la Cámara pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz Bedoya Pulgarín, Julián Partido: Liberal Comisión: Primera Departamento: Antioquia Último Cargo: Diputado a la Asamblea de Antioquia (2012-2015) Betancourt Pérez, Bayardo Gilberto Partido: Opción Ciudadana Comisión: Tercera Departamento: Nariño Último Cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Cárdenas Moran, Jhon Jairo25 Partido: Partido de la U Comisión Tercera Departamento: Cauca Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Carlosama López, Germán Bernardo Partido: Autoridades Indígenas de Colombia Comisión: Séptima Departamento: Nariño Último Cargo: Senador (2010-2014) Circunscripción especial indígena: Cabildo Gran Mallama Córdoba Mena, Wilson Partido: Centro Democrático Comisión: Séptima Departamento: Antioquia Último cargo: Coordinador de la oficina de Acción Social para Urabá (2002-2008)

25 Reemplazo del congresista que falleció, Felipe Fabián Orozco Vivas.

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11 Representantes a la Cámara pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz Correa Vélez, Víctor Javier Partido: Polo Democrático Comisión: Sexta Departamento: Antioquia. Último cargo: Vocero nacional de la Mesa por la Dignidad Agropecuaria Crissien Borrero, Eduardo Alfonso Partido: Partido de la U Comisión: Tercera Departamento: Atlántico Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) García Rodríguez, Alexander Partido: Partido de la U Comisión Quinta Departamento: Guaviare Último cargo: Diputado de la Asamblea de Guaviare (2007-2011) González García, Harry Giovanny Partido: Liberal Comisión Primera Departamento: Caquetá Último cargo: Secretario Privado de la Primera Vicepresidencia del Senado de la República en 2012 Guevara Villabón, Carlos Eduardo Partido: MIRA Comisión: Sexta Departamento: Cundinamarca Último cargo: Concejal de Bogotá (2009-2011) Hurtado Pérez, Óscar de Jesús Partido: Liberal Comisión: Séptima Departamento: Antioquia Último cargo: Representante a la Cámara (2006-2010)

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Representantes a la Cámara pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz Jalle Housni, Jack Partido: Liberal Comisión: Tercera Departamento: San Andrés Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Lara Restrepo, Rodrigo Partido: Cambio Radical Comisión: Primera Departamento: Cundinamarca Último Cargo: Presidente Asomóvil (2011-2013) Losada Vargas, Juan Carlos26 Partido: Liberal Comisión: Primera Departamento: Distrito Capital Último Cargo: información no disponible Lozada Polanco, Jaime Felipe Partido: Conservador Comisión: Sexta Departamento: Huila Último Cargo: información no disponible Marulanda Muñoz, Norbey Partido: Liberal Comisión: Primera Departamento: Vaupés Último cargo: Alcalde de Carurú, Vaupés (2011-2013) Mizger Pacheco, Jose Carlos Partido: Movimiento Político Cien por Ciento por Colombia Comisión: Segunda Departamento: Sucre Último cargo: información no disponible

26 El Consejo de Estado anuló el miércoles 5 de noviembre de 2015 la elección del representante a la Cámara por el Partido Liberal Juan Carlos Losada Vargas para el periodo 2014-2018. Más información en: http://bit.ly/1Rjzrxf

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11 Representantes a la Cámara pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz Óspina Quintero, Oscar Partido: Alianza Verde Comisión: Séptima Departamento: Cauca Último cargo: información no disponible Pedraza Ortega, Telésforo Partido: Conservador Comisión: Primera Departamento: Boyacá Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Penagos Giraldo, Hernán Partido: Partido de la U Comisión: Primera Departamento: Caldas Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Robledo Gómez, Ángela María Partido: Alianza Verde Comisión: Séptima Departamento: Cundinamarca Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Rojas González, Clara Leticia Partido: Liberal Comisión: Primera Departamento: Cundinamarca Último cargo: Directora de la Fundación País Libre en 2012 Uribe Muñoz, Alirio Partido: Polo Democrático Comisión: Segunda Departamento: Cundinamarca Último cargo: Presidente del Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (2010-2013) Vanegas Osorio, Albeiro Partido: Partido de la U Comisión: Primera Departamento: Arauca Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014)

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Senadores pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz. Andrade Casama, Luis Evelis Partido: MAIS Comisión: Séptima Departamento: Chocó Último cargo: Presidente de la Organización Nacional Indígena de Colombia ONIC (2003-2012) Circunscripción especial indígena. Andrade Serrano, Hernán Francisco Partido: Conservador Comisión: Primera Departamento: Huila Último cargo: Senador (2010-2014) Barreras Montealegre, Roy Leonardo Partido: De la U Comisión: Primera Departamento: Cundinamarca Último Cargo: Senador (2010-2014) Castilla Salazar, Jesús Alberto Partido: Polo Democrático Comisión: Séptima Departamento: Norte de Santander Último cargo: Presidente de la Coordinadora Nacional Agraria de Colombia (CNA) en 2013 Cepeda Castro, Iván Partido: Polo Democrático Comisión: Segunda Departamento: Cundinamarca Último cargo: Representante a la Cámara (2010-2014) Cepeda Sarabia, Efraín José Partido: Conservador Comisión: Cuarta Departamento: Atlántico Último cargo: Senador (2010-2014)

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11 Senadores pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz. Duque Márquez, Iván Partido: Centro Democrático Comisión: Tercera Departamento: Cundinamarca Último cargo: Jefe de la División de Cultura, Creatividad y Solidaridad en el Banco Interamericano de Desarrollo (2011-2013) Galán, Juan Manuel Partido: Liberal Comisión: Primera Departamento: Cundinamarca Último cargo: Senador (2010-2014) Lizcano Arango, Óscar Mauricio Partido: De la U Comisión: Segunda Departamento: Antioquia Último Cargo: Senador (2010-2014) López Hernández, Claudia Nayibe Partido: Alianza Verde Comisión: Primera Departamento: Cundinamarca Último cargo: Investigadora de la Corporación Arcoiris y del Observatorio de la MOE Martínez Aristizábal, Maritza Partido: De la U Comisión: Quinta Departamento: Meta Último Cargo: Senadora (2010-2014) Navarro Wolff, Antonio José Partido: Alianza Verde Comisión: Tercera Departamento: Nariño Último cargo: Secretario de gobierno de Bogotá (2012)

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Senadores pertenecientes a la Comisión Accidental de Paz. Serpa Uribe, Horacio Partido: Liberal Comisión: Primera Departamento: Santander Último Cargo: Gobernador de Santander (2008-2011) Sierra Grajales, Luis Emilio Partido: Conservador Comisión: Quinta Departamento: Caldas Último cargo: Senador (2010-2014) Vega Quiróz, Doris Clemencia Partido: Opción Ciudadana Comisión: Primera Departamento: Santander Último cargo: Senadora (2010-2014) Velasco Cháves, Luis Fernando Partido: Liberal Comisión: Segunda Departamento: Cauca Último Cargo: Senador (2010-2014) Varón Cotrino, Germán Partido: Polo Democrático Comisión: Primera Departamento: Cundinamarca Último Cargo: Representante a la Cámara (2002-2014)

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11 1.5 Cara a Cara con el Congresista Víctor Correa

Víctor Correa Vélez, representante a la Cámara por Antioquia y miembro del partido Polo Democrático Alternativo, pertenece a la Comisión Accidental de Paz. Por esta última razón, Antioquia Visible le propone unas preguntas que, mediante entrevista, el Representante nos responde.

1. ¿Cuál es la importancia de un Acto Legislativo en el marco del Proceso de Paz? Particularmente de este Acto Legislativo, la importancia es que va permitir que aquellos acuerdos que se están logrando como parte de las voluntades políticas expresadas por el presidente Juan Manuel Santos, pero también por la guerrilla de las FARC en las negociaciones, se materialicen, y así los acuerdos puedan ser tramitados a través de la vía del Congreso. Además de eso, el Acto Legislativo generará unas modificaciones constitucionales que ayudan a que esos acuerdos puedan hacerse realidad.

2. ¿Cuáles son los retos a los que se va a enfrentar el Congreso de la República para la implementación del Acto Legislativo para la Paz? Indiscutiblemente existen distintas posturas políticas frente al Acto Legislativo. Esas distintas posturas han generado un nivel de resistencia política a que este avance, argumentando que está sustituyendo la Constitución. Sin embargo, de alguna manera el Acto Legislativo lo que está haciendo es modificar la constitución, una de las funciones que tiene el Congreso, entonces, eso no es un argumento fuerte porque la Constitución colombiana ha sido modificada en múltiples ocasiones para muchas realidades. En este caso el acto legislativo hará posible que esos acuerdos que se firmen en la Habana y que eventualmente se firmarán con ELN, puedan tener incorporación jurídica en la realidad normativa de nuestro país. Entonces, el primer reto es contarle al país lo que está pasando, para que este entienda que aquí no se está dando un golpe de Estado, así generará un buen ambiente hacia la

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opinión pública para poder contrarrestar democráticamente las fuerzas que se oponen a que el Acto Legislativo se tramite en el Congreso. Un segundo reto, es tener que enfrentarse a unos acuerdos medianamente estáticos, porque la intención es política, ya que el presidente Juan Manuel Santos al negociar trae algunos acuerdos, y la posibilidad de modificación se restringen al marco de los mismos. Como tercer reto, es que probablemente el escenario del Congreso pasaría a ser otra negociación más, sólo si el proceso queda abierto para que el Congreso cree las leyes sin ceñirse a ningún tipo de marco, lo que nos llevaría una nueva fase de negociación. Finalmente, el último reto es conseguir el dinero, porque dentro del Acto Legislativo existe un artículo sobre el Plan Plurianual de Inversiones, el cual es preocupante por el costo tan alto que tiene para su implementación, el cual, si no se lleva a cabo, es improbable que se proporcione institucionalidad al campo. Es decir, a la población campesina no se le garantizaría asuntos tan importantes como justicia, hospitales, educación, vías, entre otros factores que implica un proceso muy serio de construcción del tejido social.

3. ¿Cuál es la utilidad de la Comisión de Paz para el desarrollo de los diálogos en la Habana? La Comisión de Paz del Congreso de la República ha contribuido a crear debates regionales importantes en Colombia, a recorrer el país escuchando la voz de las víctimas y de las comunidades, a aportar a la construcción territorial de la paz, a adelantar las iniciativas legislativas que se deben sacar para que la paz sea estable y duradera, a presionar los escenarios de negociación. En conclusión, la Comisión de Paz es garante y veedora de que los acuerdos sean implementados, y que en Colombia se vayan construyendo las distintas dimensiones de la paz, superando el conflicto armado y otras formas de violencia existentes.

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4. ¿En qué consisten las mesas regionales, qué temas se han trabajado y en qué departamentos se han realizado? Las mesas regionales de la Comisión de Paz se vienen realizando hace dos periodos. En el 2015 se realizaron 14 mesas y en el 2016 se han hecho tres mesas regionales que no sólo han sido organizadas por la Comisión de paz, sino también por los congresistas con diferentes actividades que hacen de manera particular. Así, entonces, estas mesas regionales consisten en darle oportunidad a toda la comunidad de los departamentos más afectados por el conflicto para que expresen sus puntos de vista frente a los diálogos de paz, con temas puntuales como víctimas, tierras, participación política ciudadana y la participación de la mujer en este proceso. Estas mesas regionales han contribuido a nutrir los escenarios del Proceso de Paz, porque toda la información que se recoge en ellas se hace llegar a la Habana como elementos de negociación. Finalmente, se puede decir que la sola existencia de estas mesas ayuda a construir la paz, porque uno de los grandes problemas que ha sido motor de la violencia, es la exclusión política, por tanto, la posibilidad de que las personas hablen con sus Congresistas impulsa que las acciones políticas orientadas hacia al post-conflicto atienda lo que la comunidad viene requiriendo.

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Antioquia Visible Boletín del programa Antioquia Visible Centro de Análisis Político Departamento de Gobierno y Ciencias Políticas Universidad EAFIT

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