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¿Qué es el cheque?
Se trata de un documento firmado por el propietario de una cuenta en un banco que habilita al que lo recibe a disponer de una cantidad determinada de dinero (adeudo a cuenta) sobre una cuenta bancaria.
Aunque existen multitud de cheques, la mayoría cumplen unas características concretas, como llevar el nombre y contacto del girador o persona que escribe el cheque, llevar el nombre de la entidad financiera que lo emite. Para que un cheque sea válido tiene que estar firmado por el girador. A veces se puede escribir también el nombre del que va a cobrarlo, según esto un cheque puede escribirse de varias maneras:
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• A nombre de una persona determinada: En cuyo caso sólo el titular podrá cobrarlo.
• Al portador: Teniendo esta posibilidad cualquier persona que se presente en el banco con el cheque.
• A la orden: El beneficiario puede cobrarlo o bien utilizarlo a su vez como medio de pago.
Cheques pagaderos al librador
ARTICULO 500.
Cheque pagadero al librado. El cheque creado o endosado a favor del banco librado no será negociable.
El cheque será siempre pagadero a la vista.

Cualquiera inserción en contrario se tendrá por no puesta. El cheque presentado al pago antes del día indicado como fecha de expedición, es pagadero el día
Cheque cruzado
ARTICULO 517.
Cruce. El cheque que el librador o el tenedor crucen con dos líneas paralelas trazadas en el anverso, sólo podrá ser cobrado por un banco.
Abono de cuenta
ARTICULO 521. Abono en cuenta. El librador o el tenedor pueden prohibir que el cheque sea pagado en efectivo, mediante la inserción de la expresión: para abono en cuenta. En este caso, el librado sólo podrá abonar el importe del cheque en la cuenta que lleva o abra el tenedor. El borrado o alteración de la expresión o de cualquier agregado a la misma, se tendrán por no puestos.
Cheque de certificación
ARTICULO 524. Certificación. El librador puede pedir, antes de la emisión de un cheque, que el librado certifique que existen fondos disponibles para que el cheque sea pagado.
• La certificación no puede ser parcial ni extenderse en cheques al portador.
• El cheque certificado no es negociable.
• La certificación hará responsable al librado frente al tenedor de que, durante el período de presentación tendrá fondos suficientes para pagar