Boletín 2 de Academia Nacional de Historia Militar

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La Partida II comprendía todo lo conocido en materia de legislación y disciplina militar. Tiempo después las leyes militares de España son coleccionadas en las llamadas “Ordenanzas” que llegan a América con la conquista. De entre ellas se destacan las publicadas en el siglo XVI, conocido como el Siglo de Oro de España por sus escritores como Cervantes, Garcilazo, Ercilla, Lope de Vega, de los cuales algunos fueron también soldados. España en el citado siglo era la primera potencia militar de Europa. Dentro de las ordenanzas sobresalen las de Alejandro Farnesio, Duque de Parma y de Piacenza (1468-1549), que confirman el fuero militar, y las de Carlos III publicadas en 1768 que dieron origen a los consejos de guerra verbales. La fecunda legislación militar española sirvió de base a las similares de Europa, Asia y América. “Los conquistadores españoles impusieron en América sus leyes militares, aplicándolas a su arbitrio, con la elocuencia de los arcabuces y la pujanza de sus lanzas”, dice el Dr. Telmo R. Viteri, en su artículo “Legislación militar ecuatoriana” publicado por la revista El Ejército Nacional en 19241. Durante la guerra de la independencia, los adversarios en el primer período de la “guerra a muerte”, prácticamente no respetaron ninguna ley.. En el segundo período los hechos militares se tornaron humanos, se civilizan y regularizan comportamientos, respetando el derecho de gentes, el derecho internacional y otras leyes civiles. El mariscal Sucre tiene importante participación en este cambio que sufre la justicia militar. 1 Revista citada No. 21, pp. 564-565.

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