
1 minute read
Inducción y Reinducción en SST
from Boletín marzo
by Ana Ramirez
Durante el mes de marzo podrá revisar en el CORREO CORPORATIVO la Inducción en SST y responder la evaluación que es obligación para todo el personal independiente de la forma de contratación.
Normatividad sobre capacitación en SST
Advertisement
El programa de capacitación está regulado por el Decreto 1072 de 2015 que establece: «Artículo 2.2.4.6.11. Capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo – SST. El programa de capacitación debe ser extensivo a todos los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión y ser impartido por personal idóneo.
Algunas características del programa de capacitación en SST en el citado decreto son:
- El programa de capacitación en SST, debe ser revisado mínimo una (1) vez al año, con la participación del COPASST y la alta dirección (artículo 2.2.4.6.11). -
-Todo trabajador que ingrese por primera vez a la empresa debe tener una inducción al SG-SST (artículo 2.2.4.6.11) -
Cumplimiento:
No. de capacitaciones programadas x 100
No. de Capacitaciones realizadas
Cobertura:
No. de trabajadores en el periodo *100
No. de trabajadores que recibieron capacitación
En la Resolución 0312 de 2019 que define los estándares mínimos del SG-SSTse hace referencia al criterio a cumplir con el programa de capacitación en SSTy también el modo de verificación del mismo.