Guía práctica de Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL)

Page 92

capítulo

І

08

MODIFICACIÓN ESTATUTARIA

QUÉ ES LA MODIFICACIÓN ESTATUTARIA?

La modificación estatutaria es el acto, sujeto a inscripción129 en el registro de incorporación, que realiza la ASFL de cualquier cambio o variación de los estatutos sociales de la asociación, suprimiendo o adicionando alguna o algunas de sus normas estatutarias, o dándoles una nueva redacción. La modificación estatutaria de una ASFL regular y generalmente se hace bien sea por necesidad o por conveniencia a sus intereses. En el Capítulo 1 de la presente Guía Práctica dijimos que antes de la entrada en vigencia de la Ley No.122-05 y de su Reglamento de aplicación, No.40-08, la ley que regulaba las ASFL en la República Dominicana era la Orden Ejecutiva No. 520, del 26 de julio del 1920, y sus modificaciones. Todas aquellas ASFL que se constituyeron e incorporaron por Decreto del Poder Ejecutivo, de conformidad con las disposiciones de la Orden Ejecutiva No.520130 deben revisar sus documentos constitutivos para verificar que se ajustan a las disposiciones de la Ley No.122-05 y hacer las modificaciones que fueran necesarias. Asimismo, aquellas ASFL que se encuentran en pleno funcionamiento y que han sido constituidas e incorporadas de conformidad con la Ley No.122-05 y su Reglamento de aplicación, No.40-08, pueden verse en la necesidad de realizar cambios a los estatutos sociales, sea porque cambie su domicilio131 o porque realice cambios a alguna disposición estatutaria.

TIEMPOS PREVISTOS PARA EL REGISTRO DE LA MODIFICACIÓN ESTATUTARIA La solicitud de inscripción de la modificación estatutaria de una ASFL, ante la Procuraduría General correspondiente al domicilio de la misma, debe realizarse dentro de los treinta (30) días hábiles132 contados a partir de la fecha de celebración de la Asamblea General Extraordinaria de Modificación Estatutaria en que se aprueben las modificaciones. Si no se cumple con el registro, se considerará que las modificaciones no están realizadas. 129 130 131 132

er el Literal e) del artículo 43 del Reglamento No.40-08. V Ver los artículos 180 y 181 del Reglamento No.40-08. Ver el Literal d) del artículo 43 del Reglamento No. 40-08. Ver los artículos 21 y 49 del Reglamento No.40-08.

89


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Guía práctica de Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) by Alianza ONG - Issuu