Capítulo [6]
En el caso del procedimiento de habilitación ante el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSP), que explicaremos a continuación, éste solo aplica y es obligatorio para aquellas ASFL que prestan atención sanitaria directa; no para aquellas ASFL que presten servicios relacionados con la promoción y prevención de la salud. Tabla 15- PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL (MSP)
Ventanilla Única de Servicios, ubicada en el primer nivel de la sede central del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSP).
¿DÓNDE IR?
Dirección: Av. Héctor Homero Hernández esq. Avenida Tiradentes, Ensanche La Fe, Distrito Nacional. Teléfonos: 809-368-0595/ 809-363-3442 (Dirección de Habilitación y Acreditación). Horario: De 8:00 a.m. a 2:30 p.m. de lunes a viernes.
Llevar en una carpeta rígida la siguiente documentación dirigida a la Dirección General de Habilitación y Acreditación del MSP:
¿CUÁLES DOCUMENTOS DEBE LLEVAR?
1. Llevar el formulario de Datos generales del establecimiento Formulario (DGHA-FO-011), director médico y propietario, que puede descargar de http:// www.sespas.gov.do/dgha-docs-form. Todos los formularios, modelos de documentos, guías e instructivos deben descargarse de la página web del MSP, http://www.sespas.gov.do/dgha, pues no suministran la información en físico. También puede encontrarlos en el CD-ROM de la presente Guía Práctica. 2. Presentar su recibo de caja, por valor inicial de un salario mínimo (RD$7,583.00), deducible del monto final a pagar. 3. Llevar una (1) carta de solicitud, dirigida al Director(a) General de Habilitación y Acreditación. Debe utilizar la carta modelo que está en que está en el CDROM de la presente Guía Práctica. 4. Cartera de Servicios (listado de todos los servicios que se ofertan en su establecimiento), debe ser presentada en papel timbrado, con fecha, sello y firma del Propietario/Presidente o Director Técnico/Médico, indicando nombre del establecimiento, ubicación, teléfono, correo electrónico y No. de Fax (en caso de tenerlo). NOTA: Si la Cartera de Servicios tiene incluido servicios de cirugía plástica, estética y reconstructiva el Establecimiento deberá apegarse a la Resolución Ministerial de Salud Pública No. 000008-2015, de fecha 20 de marzo de 2015.112 5. Copia de la Resolución y de la Certificación expedida por la Comisión Nacional de Energía (sólo aplica para aquellos Prestadores de Servicios de Salud que realicen estudios diagnósticos, tales como Rayos X, Radioterapia, Tomografía, entre otros). Para los Centros Diagnósticos que poseen el mismo nombre en distintos establecimientos y ubicaciones, favor adjuntar copia de la Resolución emitida por la Comisión Nacional de Energía. La Comisión Nacional de Energía está ubicada en la Avenida Rómulo Betancourt No. 361, Bella Vista, Distrito Nacional y el teléfono 809-540-9002. 6. Reporte impreso y en CD de Recursos Humanos de Salud y Administrativos (Formulario DGHA-RE-004), el cual debe responder a la Cartera de Servicios que brinda el Centro. 7. Documentos de los RRHH de Salud, colocados en el siguiente orden: ü Copia de Cédula ü Copia de Título de Grado (donde el número de registro y folio estén legibles)
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