Guía práctica de Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL)

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І Guía práctica para las asociaciones sin fines de lucro [ASFL] en república dominicana

Si faltara alguno de los datos antes mencionados en el contenido de los estatutos sociales de la ASFL, cuando la misma se vaya a incorporar, como veremos más adelante en la presente Guía Práctica, tendrían que rehacerse los estatutos para incluir la información que falte. Después de elaborados los estatutos sociales, éstos deben ser firmados por todos los asociados fundadores30 de la ASFL, como muestra de su aprobación al contenido de los mismos.

ASAMBLEA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA ASFL La Asamblea General Constitutiva consiste en una reunión de los asociados en la que éstos manifiestan su voluntad de asociarse y formar la ASFL, aprueban los estatutos sociales y se nombran los órganos directivos y representativos de la misma. Esta Asamblea se celebra una sola vez en la vida de la asociación. Se debe respetar el quórum reglamentario establecido en los estatutos sociales para las sesiones de las asambleas generales que, en cada caso, forman la mayoría para decidir. Para celebrar la Asamblea Constitutiva se hace una invitación (convocatoria), por escrito, a todos los asociados que han firmado los estatutos sociales, al menos quince (15) días antes de la fecha determinada para su celebración. Para que la Asamblea se desarrolle de manera organizada y no quede ningún tema o punto sin tratar en la reunión, debe hacerse una lista de los mismos. Estos temas o puntos deben estar contenidos en el Acta de la Asamblea General Constitutiva que debe redactarse, luego de que se realice la Asamblea.

ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA ASFL El Acta de Asamblea General Constitutiva31 es el documento en el cual se registran todas las decisiones o acuerdos adoptados por los asociados fundadores durante la celebración de dicha Asamblea. El Acta deberá contener como, por obligación,32 las siguientes informaciones: a. El nombre y apellidos de los asociados fundadores de la asociación si son personas físicas; la denominación o razón social, 33 si son personas jurídicas y, en ambos casos, la nacionalidad y el domicilio. b. La voluntad de los asociados fundadores de constituir una asociación, los acuerdos y los pactos que, en su caso, hubiesen establecido y la denominación de ésta o éstos. c. Misión y objetivos de la constitución. d. Acuerdo expreso de la aprobación de los estatutos de la asociación. 30 31 32 33

ersona que con otras se encarga de llevar a cabo los trámites de constitución de una asociación de la que será miembro. P En el CD-ROM que tiene la presente Guía encontrará un modelo del Acta de Asamblea General Constitutiva. Ver el artículo 34 del Reglamento No.40-08. La razón social de una persona jurídica no es lo mismo que el nombre comercial, aunque muchas veces pueden ser iguales. La razón social es la que identifica a la asociación en todos los aspectos legales, como el nombre que aparece en la cédula de identidad y electoral de una persona física, pero en este caso, el que nos reconoce como persona jurídica.

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