LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

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LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL sido vendida o comercializada de otra manera en el territorio nacional por el titular o con su consentimiento, o material derivado de dicho material, a menos que esos actos: a) Impliquen una nueva reproducción o multiplicación de la variedad en cuestión; o, b) Impliquen una exportación del material de la variedad, que permita reproducirla, a un país que no proteja las variedades de género o del espécimen de escala a que pertenezca la variedad, salvo si el material exportado está destinado al consumo. Para los fines de lo dispuesto en este artículo, se entenderá por "material", en relación con una variedad: 1. El material de reproducción o de multiplicación vegetativa, en cualquier forma; 2. El producto de la cosecha, incluidas las plantas enteras y las partes de plantas; y, 3. Todo producto fabricado directamente a partir del producto de la cosecha. Art. 275.- Con el objeto de asegurar una adecuada explotación de la variedad protegida, en casos excepcionales de seguridad nacional o de interés público, el Gobierno Nacional podrá declarar de libre disponibilidad, sobre la base de una compensación equitativa para el obtentor. La autoridad nacional competente determinará el monto de las compensaciones, previa audiencia a las partes y peritazgo, sobre la base de la amplitud de la explotación de la variedad objeto de la licencia. Sección IV De la nulidad y cancelación Art. 276.- A través del recurso de revisión, el Comité de Propiedad Intelectual del IEPI, de oficio o a petición de parte, podrá declarar la nulidad del certificado de obtentor, en los siguientes casos: a) Si la variedad no cumplía con los requisitos de novedad, distinguibilidad, estabilidad y homogeneidad, al momento de la concesión del certificado de obtentor; b) Si el certificado de obtentor fue conferido a favor de quien no es el obtentor; y, c) Si se hubiere concedido con cualquier otra violación a la ley que substancialmente haya inducido a su concesión o se hubiere obtenido en base a datos, documentos, información o descripción erróneos o falsos.

Ab. Germán Aguirre


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