Telecom Argentina

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relacionados con temas operativos usuales entre empresas que realizan las actividades en el mercado argentino y, en tal caso, dichos contratos no podrán estipular condiciones más favorables o privilegiadas o ser violatorios de la reglamentación vigente en Argentina. 2. Las sociedades del Grupo Telefónica de Argentina (Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A.) no podrán adoptar una marca en común, ni estrategias de mercado o publicitarias en común con Telecom Argentina y sus controladas, en los mercados involucrados, que violen el Compromiso Telco o la Ley 25.156. 3. Se encuentra estrictamente prohibido a todos los miembros del Directorio, de la Comisión Fiscalizadora, Directores, Gerentes y Personal en general de las sociedades del Grupo Telecom Argentina (Sofora Telecomunicaciones S.A.; Nortel Inversora S.A.; Telecom Argentina S.A. y Telecom Personal S.A.), cualquier intercambio de información confidencial, estratégica o sensible NO pública con Telefónica S.A. y sus controladas (incluidas, sin carácter limitativo, Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A.), sobre la operatoria referida a las actividades en el mercado argentino de las sociedades de los dos Grupos antes mencionados (Grupo Telecom Argentina y Grupo Telefónica). Respecto de aquella información destinada a hacerse pública, el intercambio o suministro de información tampoco podrá realizarse con anterioridad a que efectivamente la información se haya hecho pública. 4. Los miembros del directorio de cualquier compañía que ejerza actividades en el mercado argentino, controlada de forma directa o indirecta por Telefónica S.A. no podrán ser elegidos miembros del directorio de cualquier compañía que ejerza actividades en el mercado argentino, controlada por Telecom Italia S.p.A. Adicionalmente, cualquier persona que, en los 36 meses precedentes haya sido miembro del directorio de cualquier compañía que ejerza actividades en el mercado argentino, directa o indirectamente controlada por Telefónica S.A. no podrá ser elegida como director de cualquier compañía que ejerza actividades en Argentina controlada de forma directa o indirecta por Telecom Italia S.p.A. 5. Cualquier cambio de control en la estructura societaria del Grupo Telecom Argentina deberá ser sometido a la autorización de la Autoridad de Aplicación de la Ley 25.156. A los fines del presente punto se entenderá por “cambio de control” el previsto en la Ley 25.156, interpretada de acuerdo con la jurisprudencia argentina. En caso de duda, deberá realizarse el trámite de la “opinión consultiva”, previsto en la normativa consultiva. 6. Se deja constancia que el incumplimiento de las obligaciones que para Telecom Argentina y sus sociedades controladas se derivan del Compromiso Telco y el Compromiso TI-W, será considerado “falta grave”. Dicho incumplimiento podrá asimismo dar lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Punto 5.1 del Compromiso Telco. De esta manera, nuestra intención es que todos aquellos que forman parte del Grupo Telecom, o que interactúan con el mismo, tengan conocimiento de las disposiciones referidas a las prácticas de competencia justa.

7.3. PRIVACIDAD DE LA INFORMACIÓN Y MANEJO DE DATOS

Para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de información de las Sociedades del Grupo Telecom Argentina, trabajamos con altos estándares de seguridad informática. Contamos con la certificación conjunta de las normas ISO 9001:2008 e ISO/IEC 27001:2005, y somos los primeros en América Latina en contar con un Sistema de Gestión Integral de la Calidad y Seguridad de la Información. La Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales, y sus normas complementarias, tiene como función la regulación de requisitos a fin de proteger la privacidad de los datos de las

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7. PRÁCTICAS JUSTAS DE OPERACIÓN


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