Boletin 1 2014

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AECQ INFORMA

Edición 2014 Nº 1 Dic. 2013-En. 2014

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EDITORIAL

Nuestros Asociados

2014 - ¿UN AÑO DE LUCES?

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Desde la Junta Directiva de la AECQ empezamos el año con nuevos retos, nuevas ilusiones y con una agenda llena de temas. ¡¡¡ Como todos !!! La diferencia sustancial es que parece que el entorno nos indica que queremos salir del pesimismo de una vez por todas. Parece que por fin hemos olvidado los años del “exceso” para recordar que la única forma de avanzar es trabajar mucho y de forma eficiente aplicando dosis de innovación y asumiendo que el cambio es un factor que se va a quedar siempre con nosotros.

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA COMERCIO QUÍMICO Viladomat 174 08015 Barcelona Tel. 93 205 28 31

…Y sabiendo que nadie nos va a regalar nada. Que todo lo que hagamos será porque hemos conseguido que nuestro modelo de negocio dé valor añadido a alguien. Si no es así, ya hemos comprendido que no vamos a poder engañar a nadie durante mucho tiempo.

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De todos modos, los distribuidores ya estamos

acostumbrados a ser la parte débil de la negociación por lo que, históricamente hemos tenido que saber adaptarnos a los vaivenes de nuestras representadas/proveedores y a tener siempre planes B con mayor o menor capacidad de anticipar las tormentas.

Por tanto, mucha suerte en este 2014 que ha empezado con algunas noticias esperanzadoras como el crecimiento del PIB en el último trimestre del 2013 o que, quizás en verano, tengamos finalmente un régimen sancionador contra aquellos que no cumplan la ley contra la morosidad y que esperemos nos haga realidad Desde la AECQ vamos a una nueva etapa de creciseguir trabajando para miento largamente esperaaportar ese plus en servi- da. cios, foros, formaciones e informaciones útiles, adaptadas a nuestro sector, que nos puedan ayudar a seguir adecuando nuestra empresa al cambio permanente.. Además, como la Asociación somos todos los que estamos dentro, vuestra colaboración, participación y opiniones no sólo serán bienvenidas a nivel de Junta, Comisiones, Seminarios, Formaciones, Congreso, etc, …sino que además nos ayudarán a mejorar la calidad de los servicios y el grado de competitividad de todo el sector.

Jorge Grande Presidente AECQ


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El pasado 20 de noviembre tuvo lugar la tercera edición del Congreso Nacional de la Industria de la Distribución Química, organizado por la Asociación Española del Comercio Químico (AECQ). El Congreso, que es el evento de referencia a nivel nacional de nuestro sector, ha obtenido un elevado nivel de convocatoria y participación con

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un total de 90 asistentes, que han manifestado su alto grado de satisfacción con el

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mismo.

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Esta tercera edición se centró en las Claves del Éxito para un Futuro Optimista, con tres grandes bloques destacados. El primer bloque, patrocinado por IQS Executive, dio apertura con la presentación del Congreso a cargo del Sr. Jorge Grande, Presidente de AECQ. A continuación tuvo lugar la interesante introducción sobre las Claves del Éxito para instalar el Optimismo en nuestro Futuro, realizada por el Dr. Pere Regull Climent, Director General de IQS. Posteriormente se presentó la novedosa formación continua SPIM para responsables técnicos de IQS Executive. Clausurando este primer bloque la inestimable y desinteresada participación y visión del Sr. Guillem López Casasnovas, Consejero del Banco de España, con la ponencia sobre las Perspectivas Económicas sobre un Futuro Optimista. El nuevo formato del Congreso establecía que los bloques restantes tuviesen la conectividad e interacción que proporciona el formato de mesa – debate. El segundo bloque, patrocinado por AITEC, sobre Optimización en las Operaciones Comerciales, fue moderado por el Sr. César Villalba, Director de la División de Química Industrial de INDUKERN, y se centró en dos completas ponencias sobre cómo profesionalizar la gestión de ventas a través del Sr. Xavier Cartañá, Honeywell Senior Account Manager EMEA, y un desarrollo sobre la nueva gestión de equipos realizada por el Sr. Enrico Nebbia, Partner en Sendas Value.


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El tercer y último bloque del Congreso se centró en la mesa – debate de Innovación desde la Estrategia, patrocinado por Infor y moderado por el Sr. Philippe Alitti, Operations General Manager Grupo ADI. Las ponencias desarrolladas en este bloque se centraron en: Innovar seguirá siendo necesario, realizada por el Sr. Juan Manuel Bermejo de la División de Banca de Empresas CaixaBank; Internacionalización: El tamaño no importa, con la destacable e interesante participación del Sr. Josep Pont Amenós, Consejero Delegado Grupo Borges; y Sostenibilidad: Adaptarnos a los cambios, realizada por el Sr. Ernest Rovira Director de Assertis. Muy valorados por los asistentes fueron los dos espacios de networking, que destacaron por la predisposición y el grato ambiente que se estableció entre los presentes, facilitando nuevos contactos y fortaleciendo lazos establecidos anteriormente.

Estos espacios fueron posibles a la gentileza de los patrocinadores, Michael Page / Page Executive en el Café networking y CaixaBank en el Cocktail de clausura del Congreso.

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NOTICIAS

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AECQ organizadora del Congreso, y Asociación sin ánimo de lucro, quiere agradecer públicamente la participación desinteresada de los ponentes de esta edición y el apoyo y contribución de los patrocinadores, que han hecho posible que esta tercera edición haya tenido esta gran calidad en sus contenidos y sus conferenciantes.

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La satisfacción y excelentes comentarios obtenidos de los asistentes al Congreso hacen que en la Junta Directiva de AECQ ya este trabajando en la organización de la cuarta edición del Congreso y sobre la que les informaremos en breve.

Para más información consulte: www.congresoaecq.es


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NOTICIAS AECQ ASAMBLEA GENERAL DE AECQ

General, es el Órgano máximo de Gobierno de la Asociación y está constituido por

Asociación, y adopta sus acuerdos entre los asistentes por el principio de mayoría

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berana para tratar y decidir sobre cualquier materia que afecte a los intereses de la

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la totalidad de los miembros de la misma. La Asamblea General es plenamente so-

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ción Española del Comercio Químico, que contó con 22 participantes. La Asamblea

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El pasado 20 de noviembre de 2013 se celebró la Asamblea General de la Asocia-

simple. En esta pasada reunión la Junta Directiva de AECQ presento la memoria de actividades del 2013, detallando las acciones realizadas por la Junta Directiva y los acuerdos mantenidos durante el 2013. Uno de los puntos fundamentales del Orden del Día fue la presentación del borrador de los nuevos Estatutos de AECQ, que se ratificaron y aprobaron por la Asamblea. Se presentó la Memoria Económica de 2013, aprobándose las cuentas del ejercicio de 2012 y la previsión prevista de cierre de 2013. Una vez presentados los objetivos de la Junta Directiva para el 2014 se abrió un debate entre los presentes con interesantes propuestas para fortalecer los servicios al Asociado. A continuación se hizo participe a los presentes de la importante repercusión del IVA en las cuotas de asociado por la modificación de la exención del Art. 20. Uno del IVA según Ley 37/1992. Definiéndose la actuación y cambios a realizar. Tras la presentación y aprobación del Presupuesto para el Ejercicio y la propuesta de cuotas para el 2014, se realizó la votación de los logotipos seleccionados obtenidos del Concurso de diseño para el nuevo logotipo de AECQ, una nueva imagen más adecuada a la realidad de nuestra Asociación y con el beneplácito de los Asociados. Durante la Asamblea General se homenajeó al Sr. Juan Marfil, gerente de Certinorm y asesor técnico de AECQ durante 14 años. El Sr. Marfil comentó a la Asamblea que esta despedida es fruto del nuevo enfoque de Certinorm hacia un sector de clientes más personalizado y focalizado en temas en que su empresa es especialista. Los presentes agradecieron al Sr. Marfil su dedicación, confianza y afecto, que ha sido reciproco. En esta reunión se presentó a los Asociados la empresa Assertis, que realizará las funciones de asesoría y soporte técnico a la Asociación.

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Editorial

PRESENTACIÓN DEL NUEVO LOGOTIPO DE AECQ

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AECQ presentó a finales del pasado año su nuevo logotipo. Esta renovación del logo, se ha realizado a petición directa de nuestros Asociados, sin duda en un momento idóneo ya que acompaña la nueva trayectoria de la Asociación y de su Junta Directiva, enfatizando el diseño de las nuevas herramientas de Marketing y de Comunicación de AECQ. Para la selección del nuevo logo, la Junta Directiva realizó un concurso online a través de un medio especializado. A través de dicho concurso se facilitaron multitud de diseños , del que finalmente resultó elegido en votación de Asamblea, el nuevo logotipo de AECQ. Toda la documentación y herramientas de comunicación se han actualizado con esta nueva imagen:


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NOTICIAS AECQ CALENDARIO REUNIONES ORGANOS DE GOBIERNO DE AECQ En la pasada Asamblea General se acordó facilitar a los Asociados el Calendario, previsto para el 2014, en el que se detallan las reuniones de los Órganos de Gobierno de AECQ. Esta acción se realiza con el fin de que los Asociados puedan asistir y participar activamente con su opinión y comentarios. Desde la Junta Directiva de AECQ se espera contar con la participación de los Asociados en el máximo de reuniones posibles con el fin de enriquecerlas con las necesidades y comentarios de nuestros Asociados. Para confirmar su asistencia a las reuniones tan solo han de contactar con Lourdes Luque vía teléfono (93 205 28 31) o vía mail (aecq@aecq.es). i te Vis nu est

Reunión JD/CP

FEBRERO

Lunes 17 - 15:00 horas - Sede AECQ

MARZO

Lunes 10 - 11:00 horas - VALENCIA

ABRIL

Lunes 7

MAYO

Lunes 12 - 15:00 horas - MADRID

JUNIO

Lunes 16 - 15:00 horas - Sede AECQ

JULIO

Lunes 14 - 15:00 horas - Sede AECQ

SEPTIEMBRE

Lunes 15 - 15:00 horas— Sede AECQ

OCTUBRE

Lunes 13 - 15:00 horas -Sede AECQ

NOVIEMBRE

Lunes 17 - 15:00 horas - Sede AECQ

DICIEMBRE

Lunes 15 - 15:00 horas - Sede AECQ

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Lunes 20 - 15:00 horas - Sede AECQ

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ENERO

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CONVOCATORIA

- 15:00 horas - Sede AECQ

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NOTICIAS AECQ PRESENTACION SEMINARIOS DE FORMACION 2014 AECQ ha presentado a sus Asociados el calendario de seminarios formativos gratuitos que se

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realizarán a lo largo de este año.

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El diseño de estas actividades formativas se ha realizado en base a las novedades que inciden

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directamente en nuestra actividad y a las necesidades que nos han trasmitido varios asociados. No obstante, dicho calendario está abierto a nuevas necesidades globales que puedan plantearse a lo largo del año, y de la que les iremos informando puntualmente. Además según se acordó en la pasada reunión de Asamblea General, de 2013, la Junta Directiva con el fin de mejorar el servicio y facilitar la asistencia de los Asociados de otras comunidades autónomas, ha decidido que estas formaciones se realicen por duplicado, una de ellas en las instalaciones dónde se encuentra ubicada AECQ y una segunda en Madrid (pendiente de definir la ubicación). Con el fin de que la jornada sea factible se ha informado a los Asociados que debemos contar con un mínimo de 10 asistentes. Pueden consultar la información de los Seminarios en el siguiente link: http://www.aecq.es/repositori/noticias/docs/es/Seminarios_para_asociados_2014.pdf

NOTICIAS AECQ LA PROPUESTA DE UN REGIMEN SANCIONADOR CONTRA LA MOROSIDAD LLEGA AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Acaba de ser presentada en el Congreso de los Diputados español, por parte del Grupo Parlamentario Catalán, una Proposición de Ley de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, con el fin de regular un régimen de in-fracciones y sanciones. El objetivo principal de esta propuesta es regular de forma expresa, clara y concisa, las infracciones y sanciones derivadas del incumplimiento de los plazos de pago, las condiciones de pago y en general todo lo relativo a las obligaciones de pago enmarcadas en el marco de la Ley contra la morosidad. Para ello se prevén tres clases de sanciones (leves, graves y muy graves), reservándose la competencia sancionadora a las diferentes comunidades autónomas: Infracciones leves: - Pactar plazos de pago que excluyan del cómputo a los periodos considerados vacacionales. - Incumplimiento de las prescripciones establecidas en la Ley 3/2004 o en las normas dictadas para su desarrollo, que no sean objeto de sanción específica.


Edición 2014 Nº 1 Dic. 2013-En. 2014 Página 9 Infracciones graves: - Exceder en más de veinte días del plazo de pago legal. - Incumplir el plazo de pago legal cuando la cuantía de la operación comercial supere los 5.000 euros. - Pactar, en perjuicio del acreedor, cláusulas sobre el comienzo del cómputo de la fecha de pago o las consecuencias de la demora que difieran en cuanto al plazo de pago y al tipo legal de interés de demora establecidos en la Ley 3/2004. - No dejar constancia documental de la fecha de entrega de mercancías por los proveedores. - Falsificar las facturas, albaranes o cualquier otro documento aparejado a la operación comercial. - Pactar la renuncia al derecho al cobro de la indemnización por costes de cobro prevista legalmente, con el objeto de demorar los plazos de pago. - Reincidencia en cuatro faltas leves. - Incumplir sistemáticamente los plazos de pago en perjuicio de las pymes.

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- Pactar, en perjuicio del acreedor y prevaliéndose el deudor de la situación de superioridad frente a la empresa acreedora, la renuncia al derecho al cobro de indemnización prevista legalmente.

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- Prevalerse de la situación de dependencia económica de otras empresas para imponer plazos de pago que excedan los previstos legalmente o para incumplir sistemáticamente dichos plazos.

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Infracciones muy graves

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- Resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de control de la autoridad inspectora.

- Incumplir sistemáticamente los plazos de pago en perjuicio de las pymes. - Resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de control de la autoridad inspectora. - No incluir en la memoria de las cuentas anuales la información requerida por la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, sobre plazos de pago a proveedores o falsear esa información.

- Cualquiera de las infracciones definidas como graves cuando la operación comercial supere los 60.000 euros o cuando exista reincidencia (la cual se entenderá que existe, por comisión en término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza declarada por resolución firme).

En cuanto a las sanciones previstas, las infracciones muy graves serían sancionadas con multa de 30.001 hasta 900.000 euros, las graves con multa de 6.000 a 30.000 euros y las leves se penalizarían con multa de hasta 6.000 euros. Destaca que, en caso de reincidir tres veces en infracciones consideradas muy graves, las comunidades autónomas podrían decretar el cierre temporal de la empresa sancionada hasta por un año. No obstante y con el objeto de flexibilizar la implantación del régimen sancionador, se prevé la aplicación progresiva del mismo con las siguientes bonificaciones en las sanciones, siempre que se corrijan las circunstancias que las provocan: Bonificación de la sanción del cien por cien durante los primeros seis meses desde la entrada en vigor de la ley. Bonificación de la sanción del ochenta por ciento a partir del sexto mes y hasta que haya transcurrido un año desde la entrada en vigor de la ley. Bonificación de la sanción del cincuenta por ciento durante el segundo año desde la entrada en vigor de la ley. Bonificación de la sanción del veinte por ciento durante el tercer año desde la entrada en vigor de la ley. Según expresó la semana pasada el presidente de la Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad (PMcM), Antoni Cañete, esta nueva modificación de la Ley 3/2004 podría estar lista para antes del verano o después del mismo.

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PROGRAMA RESPONSIBLE CARE PARA DISTRIBUIDORES

RESPONSIBLE CARE Nuestros Asociados REACH CLP Novedades Legislación

La Comisión de Gestión de RESPONSIBLE CARE DE AECQ determina nuevas autorizaciones del uso del logo RC La Asociación Española del Comercio Químico tiene la satisfacción de comunicarles que en reunión de la Comisión de RESPONSIBLE CARE (RC) de AECQ se ha aprobado la autorización del uso del logo RESPONSIBLE CARE, según marca el protocolo del Programa RC para Distribuidores de Productos Químicos, a las empresas asociadas y adheridas al Programa: DROGA CONDE , S.A. IMCD ESPAÑA ESPECIALIDADES QUIMICAS, S.A. Más información del Programa Responsible Care para distribuidores de productos químicos en: http://www.aecq.es/es/servicios/responsible-care

NUESTROS ASOCIADOS Hoy entrevistamos a INTERFAREBA, S.L. D. Enrique Albert Administrador En primer lugar, Sr. Albert permítame agradecerle su participación en esta sección en la que profundizamos en nuestros Asociados. Para dar comienzo a esta entrevista, ¿podría presentarse a nuestros lectores y asociados en cien palabras? Seguramente debo ser un caso atípico dentro del sector químico. Mis orígenes están relacionados hasta el año 2006 con nuestra empresa familiar textil. Una empresa centenaria en la que estuve durante más de 26 años y en la que empecé trabajando ,a la vez que realizaba mis estudios universitarios. Una práctica bastante común por aquellas épocas.

Pero desde el final de los años 90 nuestro clientes, grandes marcas y primeras firmas de la confección, tomaron la decisión de fabricar en China, creando una situación muy complicada en el sector, que en gran parte todavía persiste. Una vez desvinculado de esta empresa encontré una nueva oportunidad en el sector químico, dónde estoy desde hace 4 años.


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NUESTROS ASOCIADOS Hoy entrevistamos a INTERFAREBA, S.L. D. Enrique Albert Administrador

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¿Qué beneficios espera de AECQ? Creo que la fuerza de dichas agrupaciones , radica en la defensa de los intereses y el apoyo, tanto particular como general, a sus asociados. Se debe crear un clima de mutua confianza. Hay que participar y aprovechar las reuniones, Seminarios de formación, Congresos , es decir, en todas las actividades que facilitan la puesta al día del conocimiento técnico y el networking .

¿Qué puede aportar INTERFAREBA a AECQ? Modestamente , Interfareba puede aportar su experiencia y alto grado de especialización, después de 12 años de distribución de estos productos en el mercado ibérico.

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¿Qué le motiva a una empresa como INTERFAREBA a asociarse a AECQ? En primer lugar, desearía agradecer la cordial acogida que la Asociación ha prestado a nuestra empresa. Tras mi larga experiencia como miembro de una asociación sectorial textil, estoy convencido de la importante labor que llevan a cabo este tipo de asociaciones. Aunque debo decir que no siempre se valora el esfuerzo que éstas realizan en defensa de los intereses comunes, en cualquier caso, su existencia es totalmente necesaria.

¿Qué le motiva a una empresa como INTERFAREBA a asociarse a AECQ? En primer lugar, desearía agradecer la cordial acogida que la Asociación ha prestado a nuestra empresa. Tras mi larga experiencia como miembro de una asociación sectorial textil, estoy convencido de la importante labor que llevan a cabo este tipo de asociaciones. Aunque debo decir que no siempre se valora el esfuerzo que éstas realizan en defensa de los intereses comunes, en cualquier caso, su existencia es totalmente necesaria.

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Nos gustaría conocer un poco más de su empresa, ¿puede hacernos una breve presentación ? Interfareba es una empresa fundada en el año 2002 , especialista desde entonces en la distribución en exclusiva para España y Portugal de: Siliconas RTV2 (room temperature vulcanization) de Wacker Chemie AG así como sus productos relacionados . Por otro lado también distribuimos para la misma zona polímero acrílico base agua de la empresa Acrilic One- Holandesa-, y un caucho de poliuretano bicomponente de la empresa inglesa Notedome . Apoyado en un excelente equipo, nuestra estrategia en los próximos años pasa por ampliar nuestra cartera de clientes y de materiales complementarios . Existe un alto potencial latente .

En la actualidad, ¿cómo ve la distribución en España a corto – medio plazo? A pesar de las dificultades generales, creo que estamos iniciando el camino de la recuperación económica y esto se empieza a notar en el ambiente. No obstante queda todavía mucho camino por recorrer. La distribución siempre será necesaria en tanto las grandes empresas necesiten acercarse al cliente final . El trato personal y directo , tanto como el apoyo técnico sigue siendo algo que se valora por su parte . ¿Cómo le gustaría despedirse? En nuestro corto periodo como Asociados de AECQ, nos asociamos en julio de 2013, hemos detectado una intensa dedicación. En relación con comentarios anteriores, INTERFAREBA participó en la última edición del Congreso Nacional de la Industria de la Distribución Química de 2013. Desde nuestro punto de vista, estuvo muy bien organizado y tanto los contenidos de las ponencias como la calidad de sus ponentes fueron de gran interés y aportaron ideas para reflexionar sobre el futuro, tal y como se mencionaba en su leitmotiv -“Claves del éxito para un futuro optimista”- . Esperemos que así sea.

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REACH CLP Nueva sección en la Web de la ECHA sobre el uso seguro de las sustancias químicas en el trabajo En esta sección los trabajadores pueden encontrar información sobre cómo los Re-

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glamentos REACH, CLP y el de Biocidas, pueden mejorar la seguridad en el ámbito

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laboral, reduciendo la exposición a productos químicos peligrosos y ayudando a pre-

REACH CLP

venir enfermedades, daños y accidentes. Esta sección la han desarrollado conjunta-

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mente la ECHA y la Confederación Europea de Sindicatos, y está en 23 idiomas. http://www.echa.europa.eu/es/web/guest/use-chemicals-safely-at-work

Uso seguro de las sustancias químicas en el trabajo El uso seguro de las sustancias químicas en su lugar de trabajo es esencial para su salud y su bienestar. La legislación de la UE sobre sustancias químicas, conocida como Reglamentos REACH, CLP y de biocidas, pueden facilitarle la tarea. La legislación dispone que se le debe proporcionar información que ayude a responder estas importantes preguntas: ¿cuál es la peligrosidad de las sustancias químicas y los productos que usted manipula y cómo puede usarlos sin riesgo? Para las sustancias peligrosas, ahora los proveedores están obligados a incluir más información en las fichas de datos de seguridad y en las etiquetas. Su empleador debe utilizar esta información para adoptar medidas de gestión del riesgo que aseguren que las sustancias químicas se usan de forma segura en su lugar de trabajo. Estos requisitos legales se aplican de la misma manera a todas las empresas, independientemente del país de la UE en el que estén radicadas o de si fabrican, importan o usan sustancias químicas. Gracias a esta legislación, ahora tenemos: - nuevos conocimientos sobre los peligros, la exposición y el riesgo de las sustancias químicas y las medidas para controlarlos; - mejor comunicación entre los usuarios y los proveedores; - mayor control de las sustancias preocupantes, para limitar su uso o retirarlas totalmente del mercado europeo y sustituirlas por alternativas más seguras. El objetivo final es reducir la exposición a sustancias químicas peligrosas y ayudar a evitar enfermedades, daños y accidentes. "Hemos respaldado al REACH desde el principio y consideramos que está mejorando los entornos laborales", afirma Tony Musu de la Confederación Europea de Sindicatos, que, como representante de los trabajadores, sigue de cerca la labor de la ECHA.


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REACH CLP Estadísticas de registro REACH Con fecha de 23 de diciembre de 2013, ECHA ha publicado el sumario de estadísticas de registro de sustancias, a nivel global y segmentado por tipo de productos y por países. La estadística presenta una información relevante en cuanto al posicionamiento estratégico de los productores y del mercado en tipo de sustancias registradas y otros parámetros de análisis interesantes. Se recomienda su revisión y análisis. http://echa.europa.eu/web/guest/information-on-chemicals/registration-statistics La página web presenta en su navegación la posibilidad de descargarse una versión completa de las estadísticas en pdf. Recomendable.

Nanomateriales Los nanomateriales son sustancias químicas o materiales fabricados y utilizados en muy pequeña escala. Sus estructuras varían aproximadamente de 1 a 100 nm en al menos una dimensión. Los nanomateriales poseen unas características únicas y más marcadas en comparación con el mismo material sin las características nanométricas. Por tanto, las propiedades fisicoquímicas de los nanomateriales pueden diferir de las propiedades de la sustancia a granel o de las partículas de mayor tamaño. La nanotecnología se encuentra en plena expansión. Actualmente en Europa se comercializa un gran número de productos que contienen nanomateriales (por ejemplo, pilas, revestimientos, ropa antibacteriana, cosméticos o productos alimentarios). Los nanomateriales ofrecen grandes oportunidades técnicas y comerciales, aunque también pueden presentar riesgos para el medio ambiente y suscitar preocupaciones de salud y seguridad para los seres humanos y los animales.

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Reglamentos REACH y CLP Aunque REACH y CLP no establecen requisitos explícitos, los nanomateriales se ajustan a la definición de sustancia de estos reglamentos y, por consiguiente, puedes aplicarse sus disposiciones. En 2011, la Comisión Europea publicó una recomendación específica sobre la definición de nanomaterial. Dicha recomendación debe utilizarse en los distintos reglamentos europeos, incluidos REACH y CLP. Aunque existan perspectivas prácticas y comerciales claras sobre la utilización de los nanomateriales, el rápido aumento de su uso plantea cuestiones relativas a sus posibles efectos en la salud y el medio ambiente. Es necesario evaluar y gestionar adecuadamente los posibles riesgos de estas nuevas formas de materiales. Pese a que los fabricantes, los importadores y los usuarios intermedios deben garantizar el uso seguro de todas las sustancias (independientemente de su forma) con arreglo el REACH, esto supone nuevos desafíos para las autoridades reguladoras, como son la Comisión y la ECHA, así como para todas las partes interesadas. La ECHA trabaja en estrecha colaboración con las autoridades competentes de los Estados miembros, la Comisión Europea, las partes interesadas y organizaciones internacionales como la Organización para la

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REACH CLP Actividades de la ECHA relacionadas con los nanomateriales con arreglo a REACH Dado que los nanomateriales se contemplan tanto en REACH como en CLP, la ECHA debe ser capaz de realizar sus tareas en los diversos procesos de REACH (como el registro, la evaluación, la autorización y las restricciones) y en los procesos de CLP (como la clasificación y el etiquetado) relativos a las nanoformas, tal como lo haría para cualquier otra forma de una sustancia, y debe tener la capacidad científica y técnica suficiente para hacerlo. Con este objetivo, desde 2011 la ECHA ha ido incrementando gradualmente sus actividades en este ámbito y se ha centrado en: - Crear capacidad interna y externa; - Compartir experiencias y generar consenso entre las autoridades competentes de los Estados miembros, el CEM y los miembros del CER en lo referente a la información sobre la seguridad de los nanomateriales de los expedientes de registro del REACH; - Proporcionar respuestas y asesorar a los solicitantes de registro que deseen registrar los nanomateriales para el próximo plazo de inscripción; - Participar y contribuir en las actividades reguladoras internacionales que se están desarrollando (como el Grupo de Trabajo de la OCDE sobre los nanomateriales fabricados); - Seminarios web sobre nanomateriales para informar y analizar los últimos avances relacionados con los procesos de REACH y CLP sobre nanomateriales, y también para ayudar a los solicitantes de registro a preparar y presentar los expedientes que incluyan nanomateriales. En octubre de 2012, la ECHA creó un grupo de trabajo sobre nanomateriales (ECHA-NMWG) con objeto de debatir cuestiones científicas y técnicas relativas a los procesos de REACH y CLP, así como de ofrecer recomendaciones sobre problemas estratégicos. Se trata de un grupo asesor informal compuesto por expertos de los Estados miembros, la Comisión Europea, la ECHA y las organizaciones de las partes interesadas acreditadas, cuyo cometido consiste en «ofrecer asesoramiento informal sobre cualquier asunto científico y técnico relativo a la aplicación de la legislación del REACH y el CLP en materia de nanomateriales». Asimismo, el ECHA-NMWG pretende entablar conversaciones con el sector acerca de la experiencia obtenida a la hora de documentar las propiedades intrínsecas de las nanoformas mediante el uso de métodos recientes y sus obligaciones en cuanto al cumplimiento de los requisitos del REACH. Este último objetivo está estrechamente relacionado con el trabajo realizado por la ECHA a través del grupo encargado de evaluar los nanomateriales ya registrados (GAARN). El GAARN fue creado en enero de 2012 por la DG de Medio Ambiente de la Comisión Europea y está presidido por la ECHA. Tiene el propósito de lograr un consenso en un contexto informal sobre las mejores prácticas a fin de evaluar y gestionar la seguridad de los nanomateriales con arreglo al Reglamento REACH y aumentar así la confianza y el entendimiento mutuo entre las partes interesadas para que los nanomateriales puedan desarrollarse de manera sostenible. Las conclusiones y las mejores prácticas del GAARN se comunican al ECHA-NMWG y se comparten con las partes interesadas.


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REACH CLP Reglamentos de Biocidas El Reglamento de biocidas incluye disposiciones específicas relativas a los nanomateriales. Estas disposiciones se aplican a los productos y las sustancias que cumplen los criterios definidos en el Reglamento de biocidas. Dichas definiciones se basan en las recomendaciones de la Comisión sobre la definición de nanomaterial. Estas disposiciones se aplican a las sustancias activas y no activas que presentan las siguientes características: - El 50% o más de las partículas tienen un tamaño comprendido entre 1 y 100 nm en al menos una dimensión; - Las partículas se encuentran sueltas o formando un agregado o aglomerado; La Comisión podrá adaptar esta definición en función del desarrollo tecnológico y el progreso científico y, a petición de un Estado miembro, también podrá decidir si una sustancia específica es o no un nanomaterial. De conformidad con el Reglamento de biocidas, la aprobación de la sustancia activa no incluye la nanoforma de la sustancia activa a menos que se indique explícitamente. En el caso de las nanoformas de las sustancias activas debe prepararse normalmente un expediente independiente con todos los requisitos sobre los datos. Cuando en un biocida se utilizan sustancias activas y no activas, será necesario realizar una evaluación específica de los riesgos. En la etiqueta del biocida debe figurar el nombre de cada nanomaterial seguido de la palabra «nano» entre paréntesis. Los productos que contengan nanomateriales quedarán excluidos del procedimiento de autorización simplificado.

DISPONIBLE

Supervisión e información

PARA SU

Los Estados miembros deberán presentar cada cinco años un informe sobre la aplicación del Reglamento de biocidas. Este informe incluirá información sobre el uso de los nanomateriales en biocidas y los posibles riesgos identificados. Los informes se enviará a la Comisión antes del 30 de junio del año correspondiente y deberán abarcar el periodo hasta el 31 de diciembre del año anterior a su presentación.

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Para más información, visitar: http://echa.europa.eu/es/view-article/-/journal_content/title/the-iuclid-user-manual-fornanomaterials-has-been-updated

ECHA ha publicado una nueva Guia relativa a los Biocidas The European Chemicals Agency (ECHA) has published a new guidance for the Biocidal Products Regulation (BPR) on human health risk assessment, Volume III, Part B. Helsinki, 17 December 2013 – Visitar: http://echa.europa.eu/es/view-article/-/journal_content/title/echa-publishes-a-newguidance-document-concerning-biocides

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REACH CLP

Editorial

Cumplimiento de requisitos en las supervisiones de cumplimiento de los expedientes de REACH presentados hasta 2010

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La ECHA ha concluido las comprobaciones de cumplimiento de más de 1 000 expedientes de registro de más de 100 toneladas presentadas para el primer plazo de registro. 69% de los expedientes evaluados resultaron ser no conformes. En aquellos casos en que la ECHA ha emitido la decisión como resultado de la comprobación de la conformidad, los solicitantes deberán proporcionar la información solicitada para que puedan demostrar que sus productos químicos pueden ser utilizados con seguridad.

Publicadas nuevas Recomendaciones sobre las mejores prácticas para la interacción durante la evaluación de sustancias Los Estados miembros, la Comisión Europea y la ECHA se han puesto de acuerdo sobre las recomendaciones relativas a la armonización de la interacción entre el Estado miembro y la evaluación de los solicitantes de registro de evaluación de sustancias. Helsinki, 21 de enero 2014 - El documento publicado en fecha de referencia, presenta las recomendaciones para las mejores prácticas para ayudar a la interacción abierta y eficaz entre los Estados miembros que evalúen (eMSCAs) y los solicitantes de registro. Los eMSCAs se recomiendan para llevar a cabo los contactos con los solicitantes de registro interesados poco después de la publicación de la CoRAP para las sustancias del primer año. Cuando hay un gran número de solicitantes de registro, eMSCAs debe comunicarse con el solicitante de registro principal, en primera instancia. También se anima a los solicitantes de registro a ser proactivos. Los solicitantes de registro deben hablar con una sola voz y se recomienda que un representante, el punto de contacto de los registradores, debe coordinar las comunicaciones y enviar los comentarios consolidados sobre los proyectos de decisión en nombre de todos los solicitantes de registro. Las recomendaciones se basan en la experiencia adquirida en el primer año de evaluación (2012-2013). No son jurídicamente vinculantes y no pretenden ser exhaustivas. La necesidad y el alcance de cualquier interacción en última instancia, pretende ser específica para cada evaluación y sirve para la decisiones de los eMSCAs. El rol de las recomendaciones se orienta sobre los Estados miembros en los que se lleven a cabo la realización de las evaluaciones de las sustancias CoRAP y sus registradores. El objetivo de las recomendaciones es ofrecer una guía para un enfoque común y crear una igualdad de condiciones para la interacción entre los ACEM que evalúan y los solicitantes de registro. Estas recomendaciones complementan el folleto "Evaluación de sustancias según REACH - Consejos para los registradores y usuarios intermedios" ya publicados en la página web de la ECHA. En el Taller sobre Evaluación de sustancias, que se celebró en la ECHA el 23 y 24 mayo de 2013, se acordó la creación de un grupo de trabajo para proponer recomendaciones para la armonización de la interacción entre los Estados miembros que evalúen (eMSCAs) y solicitantes de registro de sustancias. El grupo fue pilotado por parte de Irlanda y por un representante de Cefic, con miembros de los Países Bajos, Alemania, Reino Unido, Francia, Dinamarca, la Comisión y la ECHA. Las autoridades competentes en materia de REACH y CLP aprobaron estas recomendaciones en su reunión celebrada en Bruselas del 27 hasta 28 noviembre 2013. La ECHA acordó publicarlas en su página web.


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REACH CLP Publicada por la ECHA nueva revisión del Procedimiento de consulta para Guía La ECHA ha publicado una segunda revisión de su procedimiento de consulta para guía, aprobado por el Consejo de Administración de la ECHA en su reunión de diciembre de 2013. Helsinki, 22 de enero 2014 - El procedimiento de consulta de referencia, describe como ECHA, a través de las consultas de colaboradores relevantes, genera y publica el soporte a la implementación de la legislación. El nuevo documento tiene en toda su extensión, las actividades de orientación de la ECHA para incluir el Reglamento sobre Productos Biocidas (BPR) y el Reglamento del Consentimiento Informado Previo (CFP), así como los Reglamentos REACH y CLP que fueron contemplados ya por la revisión anterior. Permitirá además: - Mejores procedimientos para actualizaciones de orientación que se dirijan a las autoridades competentes del Estado Miembro y a la misma ECHA desde los requisitos de la industria; - Mejorar la flexibilidad al reemplazar los documentos de orientación con las fuentes

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de información basada en la web - todo en beneficio de las pequeñas y medianas empresas (PYME); - Adición de un procedimiento formal y transparente para la gestión de los procedimientos obsoletos; - Aumentar la flexibilidad para permitir cambios más rápidos (y / o más eficientes y eficaces) de las actualizaciones de la guía El documento fue aprobado por el Consejo de Administración de la ECHA, en su reunión del 18 de diciembre de 2013. http://www.echa.europa.eu/documents/10162/13559/ mb_63_2013_consultation_procedure_for_guidance_revision_2_en.pdf

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SECCIONES DE INTERÉS

REACH CLP

Editorial

Sincronizar IUCLID con información de la exposición generada por Chesar

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La nueva versión del IUCLID Report Generator importa información de la evaluación de la exposición generada en la evaluación de la seguridad química y la presentación de informes de la herramienta (Chesar) a las secciones de IUCLID pertinentes. Helsinki, 31 de Enero 2014 - El plug-in actualizado permite a los usuarios informar sobre los datos de evaluación de la exposición en IUCLID (secciones 3.7.1 y 3.7.2) cuando Chesar se ha utilizado para la generación de esta información. El asistente del plug-in le guiará a través de los distintos pasos necesarios para la sincronización de los datos entre las dos herramientas y para generar el informe completo de la seguridad química. Para un mejor uso del plug-in, la ECHA recomienda utilizar Chesar para preparar las evaluaciones de seguridad química, a fin de mejorar la coherencia y la normalización de los informes de seguridad química. Más información sobre las funcionalidades de la actualización está ya disponible en las notas de la versión. Se incluyen Manuales de instalación en los paquetes de instalación que se pueden descargar desde el sitio web de IUCLID. Fondo El IUCLID Report Generator permite la creación de informes de seguridad química (CSR) con arreglo a REACH y sustituye a la RSE plug-in. También ayuda a los solicitantes en la preparación del resumen de características del producto (RCP) para las solicitudes

de

autorización

de

Más información: Descarga IUCLID Report Generator versión plug-in 5.5.1 Notas de la versión Sitio web Chesar

productos

biocidas.


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NOVEDADES DE LEGISLACIÓN Europea Comercio Código Aduanero.Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas compensatorias aplicables a las importaciones de ácido sulfanílico originario de la India. (D.O.C 300 del día 16-10-13) Subsectores Alimentación animal.Reglamento de Ejecución (UE) no 1006/2013 de la Comisión, de 18 de octubre de 2013, relativo a la autorización de L-cistina como aditivo en piensos para todas las especies animales. (D.O.L279 del día 19-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) nº 1014/2013 de la Comisión, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 2380/2001, (CE) no 1289/2004, (CE) no 1455/2004, (CE) no 1800/2004, (CE) no 600/2005 y (UE) no 874/2010 y los Reglamentos de Ejecución (UE) no 388/2011, (UE) no 532/2011 y (UE) no 900/2011 en lo que respecta al nombre del titular de la autorización de ciertos aditivos en la alimentación animal. (D.O.L281 del día 23-10-13)

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Reglamento de Ejecución (UE) no 1040/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, relativo a la autorización de un preparado de endo-1,4-beta-xilanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49755) y de endo-1,3(4)-beta-glucanasa producida por Trichoderma reesei (MUCL 49754) como aditivo en los piensos para cerdos de engorde y especies porcinas menores para engorde distintas de Sus scrofa domesticus y para pavos de engorde (titular de la autorización Aveve NV). (D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1055/2013 de la Comisión, de 25 de octubre de 2013, relativo a la autorización de un preparado de ácido ortofosfórico como aditivo para piensos destinados a todas las especies de animales. (D.O.L288 del día 30-1013) Reglamento de Ejecución (UE) nº 1060/2013 de la Comisión, de 29 de octubre de 2013, relativo a la autorización de la bentonita como aditivo en piensos para todas las especies animales. (D.O.L289 del día 31-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1061/2013 de la Comisión, de 29 de octubre de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Enterococcus faecium NCIMB 10415 como aditivo para la alimentación de terneros, cabritos, gatos y perros, y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1288/2004 (titular de la autorización: DSM Nutrional Products Ltd, representado por DSM Nutritional products Sp. Z o.o). (D.O.L289 del día 31-10-13)

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NOVEDADES DE LEGISLACIÓN

Editorial

Reglamento de Ejecución (UE) no 1078/2013 de la Comisión, de 31 de octubre de 2013, relativo a la

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autorización del ácido fumárico como aditivo para la alimentación de todas las especies animales .

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Europea

(D.O.L292 del día 1-11-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1101/2013 de la Comisión, de 6 de noviembre de 2013, relativo a la autorización de un preparado de Enterococcus faecium DSM 7134 y Lactobacillus rhamnosus DSM 7133 como aditivo para la alimentación de terneros de cría y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1288/2004 (titular de la autorización. (D.O.L296 del día 7-11-13) Fitosanitarios.Reglamento de Ejecución (UE) no 1031/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba la sustancia activa penflufén, con arreglo al Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión. . (D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1124/2013 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2013, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 en lo relativo a las condiciones de aprobación de la sustancia activa bifenox. (D.O.L299 del día 9-11-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1136/2013 de la Comisión, de 12 de noviembre de 2013, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) no 540/2011 en lo que respecta a la ampliación de los períodos de aprobación de las sustancias activas clotianidina, dimoxistrobina, oxamil y petoxamida. (D.O.L302 del día 13-11-13) Tutela de Producto REACH.-. Decisión de Ejecución de la Comisión, de 14 de octubre de 2013, por la que se autoriza la medida provisional tomada por la República Francesa, de conformidad con el artículo 129 del Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), para restringir el uso de sales de amonio en materiales de aislamiento de guata de celulosa *notificada con el número C(2013) 6658. (D.O.L275 del día 16-10-13) Biocidas.Reglamento de Ejecución (UE) no 1032/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del ácido bromoacético como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 4 (D.O.L 283 del día 25-10-13)


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NOVEDADES DE LEGISLACIÓN

Europea

Reglamento de Ejecución (UE) no 1033/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del sulfato de cobre pentahidratado como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 2. (D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1034/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del fosfuro de aluminio generador de fosfina como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 20. (D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del ácido benzoico como sustancia activa existente en biocidas de los tipos de producto 3 y 4. (D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1036/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del etofenprox como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 18. (D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1037/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del IPBC como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 6. (D.O.L283 del día 25-10-13)

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Reglamento de Ejecución (UE) no 1038/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se aprueba el uso del tebuconazol como sustancia activa en biocidas de los tipos de producto 7 y 10.

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(D.O.L283 del día 25-10-13) Reglamento de Ejecución (UE) no 1039/2013 de la Comisión, de 24 de octubre de 2013, por el que se modifica la aprobación del uso del ácido nonanoico como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 2. (D.O.L283 del día 25-10-13) Decisión de Ejecución de la Comisión, de 29 de octubre de 2013, por la que se aprueban las limitaciones a la autorización de un biocida que contiene bromadiolona notificadas por Alemania de conformidad con la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo *notificada con el número C (2013) 7034+. (D.O.L289 del día 31-10-13) Asuntos industriales Emisiones.- Directiva 2013/50/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por la que se modifican la Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado, la Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores, y la Directiva 2007/14/CE de la Comisión por la que se establecen disposiciones de aplicación de determinadas prescripciones de la Directiva 2004/109/CE. (D.O.L294 del día 6-1113).

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NOVEDADES DE LEGISLACIÓN

Editorial

Tutela de Producto

Noticias AECQ

Sustancias reguladas.-

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Europea

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 10 de octubre de 2013, que modifica la Decisión 2010/372/ UE, relativa al uso de sustancias reguladas como agentes de transformación de conformidad con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo *notificada con el número C(2013) 6517. (D.O. L8 del día 11-01-14) Decisión de Ejecución de la Comisión, de 10 de octubre de 2013, que modifica la Decisión 2010/372/ UE, relativa al uso de sustancias reguladas como agentes de transformación de conformidad con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo *notificada con el número C(2013) 6517. (D.O. L8 del día 11-01-14) Residuos de plaguicidas.Reglamento (UE) no 51/2014 de la Comisión, de 20 de enero de 2014, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de dimetomorf, indoxacarbo y piraclostrobina en determinados productos. (D.O. L16 del día 21-01-14) Medicamentos.Resumen de decisiones de la Unión Europea sobre autorizaciones de comercialización de medicamentos del 1 de diciembre de 2013 al 31 de diciembre de 2013. (D.O. C29 del día 31-01-14) Asuntos industriales Derechos de Emisión.Decisión de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, por la que se modifican las Decisiones 2010/2/ UE y 2011/278/UE, en relación con los sectores y subsectores que se consideran expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono *notificada con el número C(2013) 9186+. (D.O. L9 del día 14-0114) Nacional Asuntos industriales Ayudas.Resolución de 8 de enero de 2014, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publican las ayudas de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización para el año 2013. (BOE Nº 19 del día 22-01-14). Energía eléctrica.Resolución de 21 de enero de 2014, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, por el que se determina el precio de la energía eléctrica en los contratos sujetos al precio voluntario para el pequeño consumidor en el primer trimestre de 2014. (BOE Nº 24 del día 28-01-14). Resolución de 27 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento del mercado diario e intradiario de producción de energía eléctrica. (BOE Nº26 del día 30-01-14).


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NOVEDADES DE LEGISLACIÓN

Nacional

Subsectores Fertilizantes.Corrección de errores del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes. (BOE Nº 7 del día 8-01-14). Tutela de producto Ayudas.Resolución de 13 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se corrigen errores de la de 30 de diciembre de 2013, por la que se aprueba la convocatoria EQUIPA del año 2014 para la concesión de ayudas, dentro del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016. (BOE Nº 12 del día 14-01-14). Resolución de 17 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se corrigen errores en la de 27 de diciembre de 2013, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2013, de diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. (BOE Nº 19 del día 22-01-14). Resolución de 22 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se corrigen errores en la de 25 de noviembre de 2013, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes a las acciones de dinamización de carácter internacional, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. (BOE Nº 23 del día 27-01-14).

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Recursos Humanos - Laboral Contratación estable y empleabilidad de los trabajadores.Resolución de 22 de enero de 2014, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. (BOE Nº 24 del día 28-01-14). Ayudas.Real Decreto 3/2014, de 10 de enero, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas. (BOE Nº 25 del día 29-01-14). Seguridad Social.Resolución de 23 de enero de 2014, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se autoriza la ampliación del plazo de ingreso de la cotización correspondiente a los nuevos conceptos e importes computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. (BOE Nº 27 del día 31-01-14).

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