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Diario de Centro América 29 de abril de 2015

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Prohíben matrimonio entre menores

Panamá avanza en normar los derechos de la niñez y adolescencia, al regular los casamientos a partir de la edad de 18 años. Panamá ACAN-EFE Fotos Fernando Delgado

E

l Parlamento de Panamá aprobó una ley que prohíbe el matrimonio entre menores de 18 años de edad, para adecuar su legislación a la Convención de Viena de 1993, informó una fuente oficial. El proyecto de ley que establece la prohibición fue aprobado el viernes en tercer y último debate por la Asamblea Nacional de Panamá, indicó en un comunicado el Ministerio de Desarrollo Social. La nueva norma “modifica y deroga disposiciones del Código de la Familia, con el cual ya no se permitirá a los menores de 18 años contraer matrimonio”, precisa. “Estas modificaciones se encuentran estipuladas en los artículos del 33 al 36, para que los sectores ahora favorecidos (14 años para las damas y 16 años para los varones), como se establecía con anterioridad, no puedan casarse a partir de la sanción y promulgación de esta ley”, añade. El Código de la Familia de Panamá permitía esa acción, siempre y cuando fuera con el consentimiento de sus padres, de lo contrario cabría una emancipación, perdiendo así la Patria Potestad. El ministro panameño de Desarrollo Social, Alcibiades Vásquez, “como rector de las políticas sociales y preocupado

Edad mínima La convención sobre los derechos de los niños y niñas, celebrada en Viena en 1993, aprobó que todos los países signatarios deben adecuar su legislación o equiparar la edad mínima para contraer matrimonio. La propuesta establece la edad de 18 para el compromiso nupcial. Panamá dio un importante paso en este sentido.

El Código de la Familia panameño protege ahora a la infancia.

El Parlamento de ese país adecuó su legislación a la Convención de Viena.

por la responsabilidad que tiene el país desde 1993, como signatario del Convenio de Viena y la falta de equiparación en la edad para los matrimonios de los menores”, presentó en enero pasado las modificaciones.

“En Latinoamérica existían 2 países, entre esos Panamá, que no habían hecho cambios en esta legislación; es por ello que debidamente autorizado por el Consejo de Gabinete, solicitamos a esta justa cámara que debatieran dentro de las normas que le

confiere este importante proyecto”, destacó el funcionario. Para entrar en vigor, la enmienda debe ser sancionada por el presidente panameño, Juan Carlos Varela, y publicada en la Gaceta Oficial.


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