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En Táchira piden abrir la frontera

PosiCióN

Bernal estima necesario apertura de la frontera

eliaNa useChe

San Cristóbal. El representante de la Comisión de Política Exterior de la Asamblea Nacional y protector del Táchira, Freddy Bernal, habló sobre la importancia de la reapertura comercial fronteriza, anunciada por el Gobierno de Colombia para el próximo 1° de junio, en vista de que es un bien necesario para ambos pueblos.

“El Norte de Santander vive del pueblo venezolano, específicamente del Táchira y, nosotros nos abastecemos de alimentos, medicinas e insumos”, dijo.

Bernal explicó que es una dinámica de más de 40 años y “estoy de acuerdo en fortalecerla, por ello venimos trabajando en la zona económica especial San Antonio-Ureña para reestablecer las empresas de metalmecánica, metalúrgica, textiles, plástico, tabaco, zapatería para convertir a San Antonio y Ureña en un emporio de desarrollo y de empleo. Para ello necesitamos la reapertura comercial de la frontera”.

El diputado señaló que se siguen con todos los esfuerzos necesarios para lograrlo, porque el tema de “las trochas a mí me sigue preocupando, es una locura, un manicomio, donde reinan las mafias colombianas y las mafias venezolanas”, acotó.

Las reuniones entre autoridades colombianas y venezolanas, así como empresarios y comerciantes de ambos lados de la frontera, se mantienen de bajo perfil desde hace casi tres años, para evitar “contaminar” cada paso en el que se logre avanzar en cuanto a la reapertura. l

Ceballos: Ninguna nación arrodillará a la Fanb

MEP reitera su alianza con el Gran Polo Patriótico

AD tiene 12 meses más para actualizar al partido

Dijo que la unión cívicomilitar protegerá soberanía del país

César a ChiriNo aNdrade

Caracas. “Aquí no va a venir ninguna nación extranjera a tratar de arrodillar a la Fanb, porque ella existe para defender a Venezuela”.

Así lo señaló el comandante estratégico operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Remigio Ceballos, a través de un mensaje publicado en twitter, luego de realizar una visita al Fuerte Terepaima, en el estado Lara, donde constató la operatividad de las tropas que prestan sus servicios en esa base militar.

Remigio Ceballos manifestó que la unión cívico-militar permitirá derrotar a los grupos e individuos que intenten agredir a la nación y violar su soberanía por cualquier motivo.

“Juntos todos como hermanos vamos a vencer ante las adversidades”, expresó.

En otro mensaje, garantizó que el Ejército venezolano seguirá batallando con todas sus fuerzas para proteger a toda costa la nación de cualquier amenaza e iniciativa enemiga, y especialmente contra las sanciones económicas que se preprometen resguardar al pueblo de las medidas coercitivas.

tende imponer al pueblo.

“Ante la batalla que estamos dando contra el imperio, el Éjercito continúa trabajando con ahínco, iniciativa e innovación, evaluando estrategias para vencer el bloqueo criminal que nos imponen”, expresó.

Por su parte, el ministro del Poder Popular para la Defensa, Vladimir Padrino López, felicitó a los Comandos de la Escuadra y Guardacostas, respectivamente, por los aniversarios de su fundación.

En su saludo a los integrantes de esa organización, Padrino destacó el trabajo y el esfuerzo realizado por ese cuerpo castrense a lo largo de más de un siglo, que ha protegido las fronteras marítimas de la nación, sin descanso ni duda ante las amenazas extranjeras y las organizaciones delictivas que surcan las aguas internacionales. “Arribo a la Base Naval Agustín Armario, con el objetivo de acompañar a los hombres y mujeres de mar en el aniversario de sus comandos insignia: Comando de Escuadra, Comando de Guardacostas y el Servicio de Hidrografía y Navegación”, indicó. Estas declaraciones las ofreció el encargado de la cartera de Defensa como parte de las inspecciones realizadas a los diferentes cuarteles y centros de operaciones esparcidos en el territorio nacional. l

diPlomaCia w vicE Y cAncillEr nEOgrAnADinA viAjArOn A EEuu

“Reunión en Colombia sobre el país es una cortina de humo”

Canciller Jorge Arreaza rechazó cita en la frontera por migración venezolana

Caracas. El canciller Jorge Arreaza calificó como una “cortina de humo de alta intensidad” la reunión celebrada ayer en Cúcuta (Colombia) para conocer de primera mano la situación de refugiados y migrantes venezolanos en Norte de Santander, organizada por la Cancillería del vecino país.

La viceministra colombiana, Adriana Mejía, acompañada de miembros del cuerpo diplomático y representantes de organizaciones internacionales, visitaron el puente internacional Francisco de Paula Santander, en la frontera con Venezuela.

Mientras Colombia está sumida en la represión y la violencia por parte de los cuerpos de seguridad del Estado, el Gobierno de Iván Duque trata de desviar la atención hacia Venezuela en su afán de agredir a un pueblo hermano, además de evadir sus responsabilidades en la crisis social y política en su propio país. Colombia vive un periodo de protestas que comenzaron el pasado 28 de abril.

Mientras la vicepresidenta y nueva canciller de Colombia, Marta Lucía Ramírez, inició este viernes una visita a Estados Unidos en el que presentará el Estatuto Temporal de Protección a Migrantes venezolanos. l Caracas. Por intermedio de un comunicado, la directiva del Movimiento Electoral del Pueblo, reiteró su alianza con el Gran Polo Patriótico Simón Bolívar.

La aclaratoria fue hecha para desmentir unas informaciones aparecidas en redes sociales en las que se aseguraba que la organización supestamente se había desligado de la agrupación que respalda al gobierno para unirse a la Alianza Democrática (oposición).

En el documento textualmente se señala que “el MEP, en su condición de partido revolucionario, de la única alianza que forma parte son de el Gppsb y en la nueva Asamblea Nacional”. Asimismo, ratifican su apoyo al presidente de la República,Nicolás Maduro. l

Caracas. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia prorrogó por 12 meses al plazo concedido en la sentencia número 0071 de fecha 15 de junio de 2020, por dicha Sala a la medida cautelar decretada en el numeral 4 del Dispositivo Tercero del mismo fallo, esto es, hasta el 15 de junio de 2022, tras la petición hecha por José Bernabé Gutiérrez, quien preside la mesa directiva ad hoc, para la reestructuración necesaria de Acción Democrática (AD). Ordena esta sentencia Nº 0184-2021, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, a la mesa directiva ad hoc realizar la consulta interna para la actualización y modificación de los estatutos vigentes, de manera que se podrán adecuar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes.

Este 14 de abril la mesa ad hoc solicitó una prórroga debido a la presencia de una nueva cepa del coronavirus. l

tsJ

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

San Juan de los Morros, 13 de mayo de 2021 210° y 162°

EDICTO SE HACE SABER

A cuantas personas puedan tener interés, que este Tribunal por auto de fecha 19 de febrero del año 2021, admitió demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, interpuesta por la ciudadana AIDA RAMONA ARTIGAS DE TABARE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-440.967, debidamente representada por el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE RUIZ REYES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 32.937, contra los ciudadanos Aida María Rodríguez de Chacín y José Antonio Chacín Carpio, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Urbanización Los Jardines, calle Transversal, casa N° C-1, San Juan de los Morros, Estado Guárico, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.061.819 y V-838.393, respectivamente, y se ordenó la publicación del presente edicto, de conformidad con el artículo 692 del Código de Procedimiento Civil, emplazando para el juicio a todas aquellas personas que se crean con derechos sobre el siguiente bien: Una casa y la parcela de terreno privada, cuyas medidas son 14,25 mts de frente y 25,00 mts de fondo, con una superficie de 13,00 mts2, cuyos linderos son norte: terrenos municipales; sur: calle Israel Ranuarez Balza; este: casa propiedad de Grazia Rosa, Manuel Antonio, Marco Antonio, Máximo Antonio Rega Ramírez y oeste: casa de Jesús del Corral Bravo, el cual aparece debidamente registrado por ante el Registro Público de los Municipios Roscio y Ortiz del Estado Guárico, bajo el N°15, folios 48 al 50, protocolo primero, tomo segundo habilitado, segundo trimestre del año 1988. Quienes deberán comparecer, en un horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 12:30 m., dentro de los quince (15) días de despacho siguiente a la última publicación del referido Edicto, el cual deberá ser publicado, una vez que esté realizada la citación de los demandados principales, en dos (2) diarios de los de mayor circulación en la localidad “La Antena y Ultimas Noticias”, durante sesenta (60) días, dos (2) veces por semana, y fijado en las puertas del Tribunal.

Abg. Esther Carolina Ortega Velásquez.

ECOV/jcp.Exp. N° 8.309-21 Exp: N° 24.136 Motivo: Nulidad de Documento

CARTEL DE CITACIÓN

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida veintiocho (28) de Abril del dos mil veintiuno (2021). 210° y 161°

SE HACE SABER

A los ciudadanos MIGUEL IGNACIO UGARTE ZUGASTI Y EMMA ALICIA NAVARRETE DE UGARTE Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.056.445 y V-13.417.510 Respectivamente; personalmente, quien actúa como parte co-demanda en la presente causa, en la siguiente dirección: Sector La Pedregosa, Urbanización Piedra Grande, Casa N° 17-B, Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Mérida, en el juicio que cursa por ante este Juzgado y cuya carátula dice: N° 24136. DEMANDANTE: INVERSORA HILDI C.A. DEMANDADO: MIGUEL IGNACIO UGARTE ZUGASTI, EMMA NAVARRETE DE UGARTE, NINFA MOLIA y EDGAR VILLAMIZAR RONDON. MOTIVO: NULIDAD DE DOCUMENTO. Que debe comparecer por ante el Despacho de este Juzgado en el término de QUINCE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a la consignación que en autos se haga del último cartel, que se ordena publicar en dos Diarios de amplia circulación en el Estado Bolivariano de Mérida, a escoger entre: Pico Bolívar, Nacional, Universal y/o Ultimas Noticias, con el intervalo de Ley, es decir, tres días entre una y otra publicación. De conformidad con el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil a darse por citados en el presente juicio. Se advierte que de no comparecer en el lapso del término señalado anteriormente, se les nombrará Defensor Judicial con quien se entenderá la citación. Líbrense los carteles y entréguense cuatro (04) al interesado para su publicación por la prensa y dos (02) para que la Secretaria los fije en las puertas de la morada, oficina o negocio de los demandados. Se ordena a la parte demandante que el cartel ordenado a publicar en este procedimiento deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético y bajo apercibimiento de que si no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Y ASI SE DECIDE.

LA JUEZ TEMPORAL, ABG. CLAUDIA ROSSANA ARIAS ANGULO LA SECRETARIA TEMPORAL, ABG. MAYELA DEL CARMEN ROSALES

CRAA/Mcr/vp.-

Exp: N° 24.134 Motivo: Nulidad de Compra-Venta

CARTEL DE CITACIÓN

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida veintiocho (27) de Abril del dos mil veintiuno (2021). 210° y 161°

SE HACE SABER

A los ciudadanos MIGUEL IGNACIO UGARTE ZUGASTI, EMMA ALICIA NAVARRETE DE UGARTE y MAYELA JOSEFINA QUINTERO ACOSTA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-5.056.445 y V-13.417.510 y V-4.657.204 respectivamente; en el caso de los dos primeros personalmente y/o en la persona de su apoderada, Abg. MAYELA JOSEFINA QUINTERO ACOSTA, ut-supra identificada, quien también actúa

como parte co-demanda en la presente causa,

en la siguiente dirección: Sector La Pedregosa, Urbanización Piedra Grande, Casa N° 17-B, parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del estado Mérida, en el juicio que cursa por ante este Juzgado y cuya carátula dice: N° 24134. DEMANDANTE: INVERSORA HILDI C.A. DEMANDADO: MIGUEL IGNACIO UGARTE ZUGASTI, MOTIVO: NULIDAD DE COMPRA-VENTA. Que debe comparecer por ante el Despacho de este Juzgado en el término de QUINCE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a la consignación que en autos se haga del último cartel, que se ordena publicar en dos Diarios de amplia circulación en el Estado Bolivariano de Mérida, a escoger entre: Pico Bolívar, Nacional, Universal y/o Ultimas Noticias, con el intervalo de Ley, es decir, tres días entre una y otra publicación. De conformidad con el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil a darse por citados en el presente Juicio. Se advierte que de no comparecer en el lapso del término señalado anteriormente, se les nombrará Defensor Judicial con quien se entenderá la citación. Líbrense los carteles y entréguense cuatro (04) al interesado para su publicación por la prensa y dos (02) para que la Secretaria los fije en las puertas de la morada, oficina o negocio de los demandados. Se ordena a la pate demandante que el cartel ordenado a publicar en este procedimiento deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético y bajo apercibimiento de que si no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Y ASÍ

SE DECIDE.

LA JUEZ TEMPORAL, ABG. CLAUDIA ROSSANA ARIAS ANGULO

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. MAYELA DEL CARMEN ROSALES

Exp: N° 24.134 Motivo: Nulidad de Compra-Venta

CARTEL DE CITACIÓN

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida veintiocho (27) de Abril del dos mil veintiuno (2021). 210° y 161°

SE HACE SABER

A la ciudadana ALIDA DEL CARMEN MORILLO DE DAVILA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N° V-3.766.348, domiciliada en: Avenida 5, Calle 24, Edificio Inca, Piso 5, Apartamento C-5, centro de la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del Estado Mérida, en el juicio que cursa por ante este Juzgado y cuya carátula dice: N° 24134. DEMANDANTE: INVERSORA HILDI C.A. DEMANDADO: MIGUEL IGNACIO UGARTE ZUGASTI, MOTIVO: NULIDAD DE COMPRA-VENTA. Que debe comparecer por ante el Despacho de este Juzgado en el término de QUINCE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a la consignación que en autos se haga del último cartel, que se ordena publicar en dos Diarios de amplia circulación en el Estado Bolivariano de Mérida, a escoger entre: Pico Bolívar, Nacional, Universal y/o Ultimas Noticias, con el intervalo de Ley, es decir, tres días entre una y otra publicación. De conformidad con el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil a darse por citados en el presente Juicio. Se advierte que de no comparecer en el lapso del término señalado anteriormente, se les nombrará Defensor Judicial con quien se entenderá la citación. Líbrense los carteles y entréguense cuatro (04) al interesado para su publicación por la prensa y dos (02) para que la Secretaria los fije en las puertas de la morada, oficina o negocio de la demandada. Se ordena a la parte demandante que el cartel ordenado a publicar en este procedimiento deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético y bajo apercibimiento de que si no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Y ASÍ SE

DECIDE.

LA JUEZ TEMPORAL, ABG. CLAUDIA ROSSANA ARIAS ANGULO LA SECRETARIA TEMPORAL, ABG. MAYELA DEL CARMEN ROSALES

CRAA/Mcr/ajpm.-

Exp: N° 24.136 Motivo: Nulidad de Documento

CARTEL DE CITACIÓN

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida veintiocho (28) de Abril del dos mil veintiuno (2021). 210° y 161°

SE HACE SABER

A los ciudadanos EDGAR ANTONIO VILLAMIZAR RONDON y NINFA INES MOLINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-9.067.043 y V-6.591.389 respectivamente; personalmente, quien actúa como parte co-demanda en la presente causa, en la siguiente dirección: Urbanización La Mata, calle N° 11, casa signada con la letra “D”, parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del estado Mérida, en el juicio que cursa por ante este Juzgado y cuya carátula dice: N° 24136. DEMANDANTE: INVERSORA HILDI C.A. DEMANDADO: MIGUEL IGNACIO UGARTE ZUGASTI, EMMA NAVARRETE DE UGARTE, NINFA MOLINA y EDGAR VILLAMIZAR RONDON. MOTIVO: NULIDAD DE DOCUMENTO. Que debe comparecer por ante el Despacho de este Juzgado en el término de QUINCE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a la consignación que en autos se haga del último cartel, que se ordena publicar en dos Diarios de amplia circulación en el Estado Bolivariano de Mérida, a escoger entre: Pico Bolívar, Nacional, Universal y/o Ultimas Noticias, con el intervalo de Ley, es decir, tres días entre una y otra publicación. De conformidad con el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil a darse por citados en el presente juicio. Se advierte que de no comparecer en el lapso del término señalado anteriormente, se les nombrará Defensor Judicial con quien se entenderá la citación. Líbrense los carteles y entréguense cuatro (04) al interesado para su publicación por la prensa y dos (02) para que la Secretaria los fije en las puertas de la morada, oficina o negocio de los demandados. Se ordena a la parte demandante que el cartel ordenado a publicar en este procedimiento deberá ser publicado con tamaño de letra no inferior a siete puntos y en tipo de letra helvético y bajo apercibimiento de que si no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Y

ASI SE DECIDE.

LA JUEZ TEMPORAL, ABG. CLAUDIA ROSSANA ARIAS ANGULO LA SECRETARIA TEMPORAL, ABG. MAYELA DEL CARMEN ROSALES

CRAA/Mcr/vp.CARTEL DE CITACION REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO Valencia, 04 de marzo de 2021 210° y 162°

SE HACE SABER A la Sociedad Mercantil MAX JOYERIAS, C.A. R.I.F N° J-411343366, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 05 de febrero de 2018, bajo el N° 43, Tomo13-A, representada por su Director General, MAXIMO ALEXANDER CARICOTE PEREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 17.681.072, y de este domicilio, que en Juicio por DESALOJO (COMERCIAL), Expediente signado bajo el No. 19.049 (Nomenclatura de este Tribunal) intentado en su contra por la abogado EDYTH CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.942, numero de teléfono: 04143408208, correo electrónico: edythmercedes@ hotmail.com , en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ANTONIA PERNA MONOPOLI DE FIORE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.098.244, por auto de esta fecha se acordó su Citacion por Carteles de conformidad con lo establecido en le Articulo 223 del Código de Procedimiento Civil, en los diarios LA CALLE y ULTIMAS NOTICIAS, con intervalo de tres (03) días entre uno y otro, y la fijación de el mismo en su morada, oficina o negocio, o de forma digital a través de la página web: www. carabobo.scc.org.ve, a fin de que comparezca por ante este Tribunal a darse por citado en presente juicio, dentro de quince (15) días de Despacho siguiente. Se le advierte que el lapso de comparecencia comenzará a contarse al día siguiente de Despacho, de la constancia en autos de haberse cumplido la última de las formalidades. Si no comparece en el término señalado, se le nombrara Defensor, con quien se entenderá su citación y demás actos del proceso.

LA JUEZ PROVISORIO, ABG.ROSA VIRGINIA ANGULO AGUILAR

Exp. No. 19.049 RVVA/dm.

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