Informe de Intervención ejercicio 2019

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Ayuntamiento de Librilla Pza. Juan Carlos I 30892 Librilla, Murcia Tel: 968 658 037 ayuntamiento@librilla.es

Documento:

Informe de Intervención a la Cuenta General del ejercicio 2019

Asunto:

Cuenta General del Ejercicio 2019

Expediente:

325/2021

Ud Tramitadora: .SECRETARÍA-INTERVENCIÓN

701471cf79310b0bdf407e511d040a22q

INFORME DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN De conformidad con lo establecido en el artículo 200.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la Regla 100.1 de la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local y el Secretario-Interventor que suscribe ha procedido a formar la Cuenta General del ejercicio económico de 2019, EN FORMATO DIGITAL SELLADO DE LA ENTIDAD CON CÓDIGOS DE VALIDACIÓN: 1. BALANCE: P01471cf792d0b068f507e510d040a16X 2. CUENTA DEL RESULTADO ECONOMICO-PATRIMONIAL: Z01471cf791c0b01fd707e5269040a16c 3. ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO: u01471cf790c0b12d5207e50b4040a16s 4. MEMORIA: f01471cf79360b1765f07e53c3040a15B 5. ACTA DE ARQUEO Y CERTIFICADOS CUENTAS BANCARIAS: k01471cf79080b17bcc07e51b0040a15e 6. CUENTAS INICIATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LIBRILLA: k01471cf79250b09b5907e53cc040a14u

El código de verificación (CSV) permite la verficación de la integridad de una copia de .este documento electrónico Este documento incorpora firma electrónica de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica https://sede.librilla.regiondemurcia.es/validacionDoc/index.jsp?entidad=30023

En relación con la cual se emite el siguiente INFORME: Primero.- El artículo 200.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece que las Entidades Locales y sus Organismos Autónomos quedan sometidos al régimen de la contabilidad pública en los términos establecidos en dicha Ley, y el artículo 119. 3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria determina que el sometimiento al régimen de contabilidad pública implica «obligación de rendir cuentas de sus operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, al Tribunal de Cuentas». El régimen de contabilidad pública al que están sometidas las Entidades Locales tiene como fin último la obligación de rendir cuentas de sus operaciones, y el mecanismo previsto por el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para cumplir esta obligación es la Cuenta General. Segundo.- Legislación aplicable es la siguiente: — Los artículos 22.2 e) y 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

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Documento firmado por: MARCOS MARIN TOVAR

Cargo: Secretario Interventor

Fecha/hora: 11/04/2021 10:37


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