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7.3. La aplicación del enfoque de derechos humanos a la Educación Superior

además, este enfoque ayuda a concebir la educación como un proceso de empoderamiento a lo largo de toda la vida que transfiere conocimientos y técnicas, desarrolla valores, actitudes y comportamientos, y promueve la adopción de medidas encaminadas a la defensa y aplicación de los derechos humanos en la vida cotidiana. En este proceso tiene tanta importancia lo que se aprende como el modo en que se aprende. Ambas realidades deben reflejar valores de derechos humanos, estimular la participación y fomentar entornos de aprendizaje en los que no haya temores ni carencias. Centraré mi análisis sólo en la aplicación de este enfoque en la Educación Superior.

El enfoque basado en derechos humanos introduce un cambio fundamental en las instituciones de Educación Superior porque no se limita a los contenidos académicos, sino que también propone un modelo pedagógico, de gestión y gobernanza para garantizar y promover los derechos de todos los miembros de la comunidad universitaria y de su entorno394 .

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Este enfoque está asentado en el Programa Mundial de las Naciones Unidas para la Educación de Derechos Humanos (WPHRE)395 y en la De-

(UN Doc. A/HRC/47/31). 394. Desde la cátedra UNESCO Ciudadanía democrática y libertad cultural venimos trabajando en este enfoque desde hace más de una década. Hemos tenido ocasión de estudiarlo y de aplicarlo en contextos culturalmente muy diferentes y políticamente complicados, como es el Magreb, a través del proyecto europeo Introduction de l’approche basée sur les droits de l’homme dans l’enseignement supérieur au Magreb (544664-TEMPUS-1-2013-1). 395. El Programa Mundial para la educación de los derechos humanos es una iniciativa mundial de las Naciones Unidas que, desde 2005, anima a tomar medidas concretas para integrar la educación en derechos humanos en todos los sectores. Su objetivo es «promover un entendimiento común de los principios y métodos de la educación básica en esta área, para establecer un marco de acción concreto y para fortalecer las alianzas y la cooperación en todos los niveles, desde el nivel internacional hasta a nivel comunitario». El Programa Mundial incluye una serie de fases de duración indeterminada. Durante su primera fase (2005-2009), el programa global se centró en el sistema escolar. Sobre la base de los logros de los cinco años, la segunda

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claración de las Naciones Unidas sobre educación y formación para los derechos humanos (2011). Como subraya Kishore Singh, Relator especial del derecho a la educación, la importancia concedida al derecho a la educación en la Agenda 2030 para el desarrollo también implica establecer la educación y el aprendizaje en materia de derechos humanos como un objetivo esencial de la educación396 .

De acuerdo con lo establecido en el Plan de Acción de la segunda fase (2010-2014) del Programa Mundial para la educación de los derechos humanos397, «la educación en derechos humanos en la enseñanza superior debe concebirse como un proceso que incluye: a) los derechos humanos a través de la educación, a fin de asegurar que todos los componentes y procesos del aprendizaje, incluidos los planes de estudio, los materiales, los métodos y la formación misma conduzcan al aprendizaje de los derechos humanos; b) Los derechos humanos en la educación, a fin de asegurar que se respeten los derechos humanos de todos los interesados, y el ejercicio de esos derechos, en el sistema de enseñanza superior»398 .

fase (2010-2014) se centra en las instituciones de Educación Superior. En su resolución 24/15, el Consejo pidió al Alto Comisionado para los Derechos Humanos la preparación del plan de acción para la tercera fase (2015-2019) del Programa Mundial, dedicado a fortalecer la puesta en marcha de las dos primeras fases y la promoción de la formación en derechos humanos para los profesionales de los medios de comunicación y periodistas (UN Doc. A/HRC/27/28). 396. «Los Estados y otros interesados pertinentes deberían intensificar la acción a nivel nacional, de conformidad con la Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos (2011) como medio para hacer plenamente efectivo el derecho a la educación en todo el mundo. Los valores relativos a los derechos humanos y los principios democráticos, universalmente reconocidos, deben estar en la base de todos los sistemas de educación» (Informe especial sobre el derecho a la Educación, Kishore Singh, cit. UN Doc. A/68/294, párr. 88). 397. El Plan de acción fue adoptado por la Resolución 15/11 del Consejo de Derechos Humanos, el 20 de septiembre de 2010 (UN Doc. A/HRC15/28): Véase Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), Programa Mundial a favor de la Educación en Derechos Humanos. Segunda Fase, Plan de Acción, New York y Ginebra, 2010 (UN Doc. HR/PUB/12/3). Según el Plan de Acción «por enseñanza superior se entiende toda enseñanza que se imparte en el nivel postsecundario en universidades u otros establecimientos aprobados por las autoridades estatales, incluidas las instituciones de formación y certificación de profesionales tales como docentes, trabajadores sociales y personal médico y jurídicos» (ibid., p. 4). 398. UN Doc. HR/PUB/12/3, párr. 22.

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La integración efectiva de este enfoque en la enseñanza superior, señala el plan399, requiere que se tomen medidas, como mínimo, en las cinco esferas siguientes:

a) Políticas y medidas de aplicación conexas. Las políticas de enseñanza superior (legislación, planes de acción, planes de estudios, políticas de formación, entre otros) deben promover explícitamente la educación en derechos humanos e integrar los derechos humanos en todo el sistema de enseñanza superior. Las políticas se deben formular de manera participativa, en cooperación con todas las partes interesadas, y deben permitir al país cumplir sus obligaciones internacionales de otorgar y promover el derecho a una educación de calidad. Para ser eficaces, las políticas requieren una estrategia de aplicación coherente, que incluya la asignación de recursos adecuados y el establecimiento de mecanismos de coordinación que garanticen la coherencia, el seguimiento y la rendición de cuentas.

b) Procesos e instrumentos de enseñanza y aprendizaje. La introducción o el perfeccionamiento de la educación en derechos humanos entraña la adopción de un enfoque holístico de la enseñanza y el aprendizaje que refleje los valores de los derechos humanos. Los derechos humanos se integran como una cuestión transversal en todas las disciplinas, y se introducen cursos y programas específicos sobre derechos humanos, en particular programas multidisciplinarios e interdisciplinarios. Las prácticas y metodologías son democráticas y participativas. Los materiales y manuales promueven valores relativos a los derechos humanos. Se cuenta con el respaldo y los recursos pertinentes.

c) Investigación. Las instituciones de enseñanza superior producen nuevos conocimientos y hacen avanzar la reflexión crítica en el ámbito de

399. Las esferas señaladas a continuación están tomadas literalmente del Plan de Acción: Ibid., pp. 4-6.

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los derechos humanos, lo que a su vez sirve de base a las políticas y prácticas relacionadas con los derechos humanos y la educación al respecto. Mediante una evaluación de las experiencias disponibles y estudios comparativos, la investigación puede respaldar la identificación y difusión de prácticas óptimas, así como la elaboración de metodologías e instrumentos innovadores basados en dichas prácticas. Asimismo, la investigación puede guiar el aprendizaje por la experiencia y la realización de evaluaciones. Es posible impulsar la investigación mediante intercambios y becas de estudio e investigación.

d) El entorno de aprendizaje. La libertad académica configura el entorno de las instituciones de enseñanza superior, en las que la educación en derechos humanos promueve la práctica cotidiana de estos derechos mediante el fomento del entendimiento mutuo, el respeto y la responsabilidad. Las declaraciones de política explícitas y compartidas protegen los derechos humanos de todas las partes. El personal docente tiene el mandato de impartir educación en materia de derechos humanos y los estudiantes pueden expresar sus puntos de vista libremente, participar en la vida académica y contar con oportunidades considerables de interactuar con la comunidad en general.

e) Educación y perfeccionamiento profesional del personal docente de la enseñanza superior. Para que las instituciones de enseñanza superior sirvan de modelo de aprendizaje y práctica de los derechos humanos, es necesario que todos los docentes y el resto del personal puedan transmitir valores de derechos humanos y ser modelos de su práctica.

La educación y el perfeccionamiento profesional de los educadores debe fomentar su conocimiento de los derechos humanos, su adhesión a ellos y su motivación para promoverlos. Además, en el ejercicio de sus propios derechos, el personal docente debe trabajar y aprender en un contexto en que se respeten su dignidad y sus derechos.

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Excede a las pretensiones de este trabajo detenerme en un análisis detallado de las implicaciones que conlleva una aplicación coherente de este enfoque400. Mi propósito ahora es, más bien, convertir este marco, en un elemento de reflexión, en una posible hoja de ruta de mejora de la institución universitaria. Un marco que nos ayude a comprender mejor y a asumir la responsabilidad que este derecho supone para todos los actores que intervienen en el proceso educativo. Recuperando el inicio de mi intervención, todas esas responsabilidades han de confluir en un objetivo común: garantizar una educación impregnada de sentido que aspire, de fondo y de forma, al desarrollo armónico e integral de todas las dimensiones de la persona (conceptual, procedimental y actitudinal) y motive para comprometerse en mejorar el mundo. En definitiva, una educación que aporte sentido a las personas, un «por qué» y un «para qué» de sus aprendizajes. Con este horizonte, quisiera cerrar mis reflexiones.

400. Para un análisis detenido, donde se valora el sistema universitario español y la Universidad de La Rioja con ese enfoque, remito a la investigación que realizamos desde la cátedra UNESCO: Vega Gutiérrez, A.M. (Coord.), Enfoque basado en derechos humanos en la educación superior. Un estudio comparado de Europa y el Magreb, cit., pp. 371-424.

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