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E. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
from PROYECTO DE GESTIÓN
by LUIS SOLANA
Material de oficina ordinario, prensa, revistas, libros, otras publicaciones y material informático. Mobiliario y equipos, con las condiciones recogidas en el apartado noveno, 1 c) anterior. Suministros: energía eléctrica, agua, combustibles, vestuario, productos alimenticios, productos farmacéuticos, etc. Comunicaciones: teléfono, télex, fax, servicios postales y telegráficos. Transportes. Primas de seguros. Gastos diversos. Trabajos realizados por otras empresas.
B) Otros gastos distintos de los de funcionamiento operativo del centro financiados con cargo a los Presupuestos de la Consejería de Educación y Ciencia:
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Gratuidad de libros de texto y material curricular. Biblioteca y libros de lectura. Obras y equipamiento. Otros gastos justificados.
E. EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO
Las operaciones realizadas por el centro en ejecución de su presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación de los gastos. La contabilización de los ingresos se efectuará con aplicación del criterio de prudencia. a. Las cuentas y los documentos justificativos deben recoger la totalidad de los gastos e ingresos habidos, con los asientos contables correspondientes y deben reunir los requisitos legales. b. No se podrán compensar gastos con ingresos. c. Las operaciones y anotaciones contables realizadas en medios informáticos serán encuadernadas correlativamente para formar los libros contables. Serán firmados y sellados cuando termine cada ejercicio. El centro mantendrá en custodia esta documentación durante un período mínimo de cinco años, desde la aprobación de la cuenta de gestión. La Directoradel centro docente es el máximo responsable de la gestión de los recursos económicos del centro y dirige al Equipo Directivo en la elaboración del proyecto de presupuesto y en todos los demás procesos de la gestión económica. Es la persona que autoriza los gastos de acuerdo con el presupuesto aprobado y ordena los pagos. La Directorano podrá autorizar gastos por un importe superior a los créditos consignados en el presupuesto, ni ordenar pagos que excedan de los ingresos efectivamente obtenidos, siendo nulos