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En México, el derecho de acceso a la información pública se configura como un derecho humano, reconocido por el artículo 6 constitucional. Su ejercicio es desarrollado por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y garantizado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y los correspondientes órganos locales.
EL DEBATE DE LA SUSPENSIÓN DE AMPARO EN LAS RESOLUCIONES DEL INAI Y DE LOS ÓRGANOS GARANTES LOCALES
Sin embargo, se ha ido afirmando una práctica, cada vez más común, de autoridades públicas y otro tipo de sujetos obligados que impugnan las resoluciones a recurso de revisión del INAI mediante la vía de amparo, a pesar de tratarse de resoluciones vinculantes e inatacables. Al conceder la suspensión, el poder judicial violenta el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, supedita la actuación del instituto a su revisión y anula su calidad de órgano garante. Los trabajos recolectados en la presente obra documentan la necesidad de fijar, mediante comentarios a resoluciones relevantes del INAI y de los órganos garantes locales, criterios jurisdiccionales que limiten estos excesos y permitan consolidar el ejercicio de este derecho. Irene Spigno
homenajes & congresos
IRENE SPIGNO
EL DEBATE DE LA SUSPENSIÓN DE AMPARO EN LAS RESOLUCIONES DEL INAI Y DE LOS ÓRGANOS GARANTES LOCALES
Coordinadora:
Coordinadora
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IRENE SPIGNO Comentaristas: JUAN ANTONIO ARAUJO RIVA PALACIO ÁNGEL MARTÍN JUNQUERA SEPÚLVEDA LETICIA BONIFAZ ALFONZO LUIS MANUEL PÉREZ DE ACHA JAIME CÁRDENAS GRACIA GABRIELA RÍOS GRANADOS PERLA GÓMEZ GALLARDO MIGUEL O. ZÁRATE MARTÍNEZ Prólogo de Francisco Javier Acuña Llamas
homenajes & congresos Analistas:
Berenice Fuentes Báez, Jessica Mendoza Partido, José Antonio Alamilla Mendoza, Ebert Omar Esquivel Rosado, Víctor Manuel Polanco Martínez y Alejandra Iberri González