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En particular, las posibilidades de interconexión e interacción que ofrece Internet están posibilitando la celebración de auténticas reuniones en la red, permitiendo que un grupo de personas pueda congregarse, previo acuerdo y de forma temporal o transitoria, para intercambiar ideas y opiniones, defender intereses, publicitar problemas o reivindicaciones en el espacio virtual. De este modo, ha surgido el derecho de reunión virtual. Un derecho del siglo XXI que debe ser especialmente protegido ante intentos, cada vez más frecuentes, de cierre o bloqueo de páginas web y otros más ambiciosos de controlar Internet.

Salvador Contreras Navidad

ALTA CALIDAD EN INVESTIGACIÓN JURÍDICA

SALVADOR CONTRERAS NAVIDAD

EL DERECHO DE REUNIÓN VIRTUAL

La imparable expansión de Internet está revolucionando el ejercicio de determinados derechos fundamentales tradicionales, como el derecho a la información, la libertad de expresión o el derecho de reunión, al ofrecerles un nuevo espacio para su desarrollo y distintas modalidades de ejercicio, inexistentes hasta este momento o, en su caso, reservadas a determinados titulares institucionalizados.

monografías

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EL DERECHO DE REUNIÓN VIRTUAL


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1_9788491430056 by Editorial Tirant Lo Blanch - Issuu