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5ª EDICIÓN DERECHO CIVIL IV (DERECHO DE FAMILIA) manuales COORDINADOR: José Ramón de Verda y Beamonte AUTORES: Alventosa del Río, J. Atienza Navarro, Mª L. Carrión Olmos, S. Chaparro Matamoros, P. De Verda y Beamonte, J. R. Marín García de Leonardo, Mª T. Reyes López, Mª J. Saiz García, C. Ortega Giménez, A. Serra Rodríguez, A.

DERECHO CIVIL IV (DERECHO DE FAMILIA) 5ª Edición

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José añón roig Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia ana Cañizares Laso Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga Jorge a. Cerdio Herrán Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México José raMón Cossío díaz Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional eduardo Ferrer MaC-gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de JurídicasInvestigacionesdelaUNAM owen Fiss Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU) José antonio garCía-CruCes gonzáLez Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED Luis LóPez guerra Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid ángeL M. LóPez y LóPez Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla Marta Lorente sariñena Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Javier de LuCas Martín Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia víCtor Moreno Catena Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid FranCisCo Muñoz Conde Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla angeLika nussberger Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia HéCtor oLasoLo aLonso Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda) LuCiano PareJo aLFonso Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid ConsueLo raMón CHornet Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia toMás saLa FranCo Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia ignaCio sanCHo gargaLLo Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España toMás s. vives antón Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia rutH ziMMerLing Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

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DERECHO CIVIL IV (DERECHO DE FAMILIA) 5ª Edición Coordinador José raMón de verda y beaMonte Autores aLventosa deL río, J. atienza navarro, Mª L. Carrión oLMos, s. CHaParro MataMoros, P. de verda y beaMonte, J. r. Marín garCía de Leonardo, Mª t. reyes LóPez, Mª J. ortega giMénez, a. sainz garCía, C. serra rodríguez, a. tirant lo blanch Valencia, 2022

Copyright ® 2022 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse otransmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotoco pia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la perti nente corrección en la página web www.tirant.com. © José Ramón de Verda y Beamonte y otros © TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 ISBN:Libreríawww.tirant.comEmail:tlb@tirant.com51virtual:www.tirant.es978-84-1130822 9 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-deempresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf

Introductoria

Las lecciones 1.ª, 2.ª, 3.ª y 4.ª han sido redactadas por el Dr. José Ramón de Verda y Beamonte (CU Universitat de València) y el Dr. Pedro Chaparro Matamoros (Contratado Dr. Universitat de València); la lección 5.ª por el Dr. José Ramón de Verda y Beamonte; la lección 6.ª por el Dr. Pedro Chaparro Matamoros; las lecciones 7.ª y 8.ª por el Dr. José Ramón de Verda y Beamonte; las lecciones 9.ª y 10.ª por la Dra. María José Reyes López (CU Universitat de València); la lección 11ª por el Dr. Jose Ramón de Verda y Beamonte; la lección 12ª por la Dra. María José Reyes López; la lección 13ª por el Dr. José Ramón de Verda y Beamonte; la lección 14.ª por la Dra. María Teresa Marín García de Leonardo (CU Universitat de València); la lección 15.ª por la Dra. Josefina Alventosa del Río (TU Universitat de València); la lección 16.ª por la Dra. Mª Luisa Atienza Navarro (TU Universi tat de València) y la Dra. Concepción Sainz García (TU Universitat de València); la lección 17.ª por la Dra. Adela Serra Rodríguez (CU Universitat de València); la lección 18.ª por el Dr. Salvador Carrión Olmos (CU Universitat de València); y la lección 19.ª por el Dr. Alfonso Ortega Giménez (TU Universidad Miguel Hernán dez de Elche).

Nota

VI.

Sumario:

SUMARIA. 33 Lección 3 REQUISITOS

IV.

2.

NotaÍndiceIntroductoria 7 Lección 1

Sumario: I.

III.

SUMARIA..................................................................................................................... 17 Lección

consentimiento. 2.

VIII.

consentimiento. A)

V.

1.

83

SUMARIA. ......................................................................................... 53 Lección 4 LA

DERECHO DE FAMILIA Y OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS I. EL DERECHO DE FAMILIA Y SUS CARACTERES BÁSICOS. II. EL PA RENTESCO. III. LA OBLIGACIÓN LEGAL DE ALIMENTOS ENTRE PARIENTES. 1. Concepto. 2. Caracteres. 3. El nacimiento de la obligación de alimentos. 4. El contenido de la obligación de alimentos. 5. Los sujetos de la obligación. A) El cónyuge. B) Los as cendientes y descendientes. C) Los hermanos. D) Pluralidad de sujetos. a) Concurrencia de varios alimentantes y un solo alimentista. b) Concurrencia de varios alimentistas y un solo alimentante. 6. La cuantía de la obligación de alimentos. 7. La extinción de la pensión de alimentos. IV. CUESTIONARIO. V. CASO PRÁCTICO. VI. BIBLIOGRAFÍA 2 EL MATRIMONIO I. EL DERECHO A CONTRAER MATRIMONIO. II. MATRIMONIO Y PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. La Ley 15/2005, de 8 de julio. 2. La Ley 13/2005, de 1 de julio. III. MATRIMONIO Y TRANSEXUALIDAD. EL SISTEMA MATRIMONIAL ESPAÑOL. V. LA PROMESA DE CONTRAER MATRIMONIO. VI. CUESTIONARIO. VII. CASOS PRÁCTICOS. BIBLIOGRAFÍA Y EFECTOS DEL MATRIMONIO EL MATRIMONIO COMO ACTO Y COMO ESTADO. II. REQUISITOS DEL MATRIMONIO. El Los requisitos de capacidad. Los requisitos de forma. LA INSCRIPCIÓN DEL MATRIMONIO. IV. EFECTOS PER SONALES DEL MATRIMONIO. V. CUESTIONARIO. VI. CASOS PRÁCTICOS. VII. BIBLIOGRAFÍA NULIDAD Y FUNCIÓN. II. CAUSAS DE NULIDAD. 1. Patologías del Simulación. B) Reserva mental. C) Error. D) Coacción o miedo grave. Los defectos de capacidad. 3. Defectos de forma. III. EFECTOS. IV. CUESTIONARIO. CASOS PRÁCTICOS. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA.

Sumario:

3.

1.

Sumario: I. CONCEPTO

10 Índice Lección 5 SEPARACIÓN Y DIVORCIO Sumario: I. CONCEPTO. II. CAUSAS. III. CLASES. 1. La judicial. 2. La extrajudicial. IV. EFECTOS COMUNES A LA NULIDAD, SEPARACIÓN Y DIVORCIO 1. Efectos pro ducidos por ministerio de la Ley. 2. Las medidas provisionales. 3. Las medidas definitivas. V. MEDIDAS DEFINITIVAS. 1. Relaciones paterno-filiales. A) Titularidad y ejercicio de la patria potestad. B) La custodia de los hijos. C) El régimen de visitas, comunicación y estancia en favor del progenitor no custodio D) La prestación de alimentos 2. El régimen económico matrimonial. 3. La atribución del uso de la vivienda familiar. 4. La compensación por desequilibrio. VI. CUESTIONARIO. VII. CASOS PRÁCTICOS. VIII. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. ......................................................................................... 103 Lección 6 LA ECONOMÍA DEL MATRIMONIO Sumario: I. LAS CONSECUENCIAS PATRIMONIALES DEL MATRIMONIO. 1. Prin cipio de libertad de elección del régimen económico matrimonial. 2. La obligatoriedad de que el matrimonio se rija por un determinado régimen económico. 3. La mutabilidad del régimen económico matrimonial. II. EL “RÉGIMEN MATRIMONIAL PRIMARIO”. 1. La sujeción de los bienes de los cónyuges al levantamiento de las cargas del matrimonio. 2. Las litis expensas. 3. La potestad doméstica. 4. Los actos de disposición de derechos que recaigan sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia. 5. La atribución al cónyuge supérstite del ajuar doméstico de la vivienda habitual en el supuesto de fallecimiento de uno de los cónyuges. 6. Las consecuencias jurídicas de los actos patrimoniales realizados sin concurrir el consentimiento de ambos cónyuges en los casos en que sea preciso. 7. Libertad de contratación entre los cónyuges. 8. La confe sión de que un determinado bien es de carácter privativo. III. LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES. 1. Forma de las capitulaciones. 2. Límites a la libertad de pacto en capitulaciones. 3. Capacidad para otorgar capitulaciones matrimoniales. 4. La modifica ción de las capitulaciones matrimoniales. 5. La publicidad registral de las capitulaciones matrimoniales 6. La ineficacia e invalidez de las capitulaciones matrimoniales IV. LAS DONACIONES PROPTER NUPTIAS. 1. Capacidad de los otorgantes. 2. Efectos de la donación propter nuptias. 3. Donaciones entre esposos: bienes presentes y futuros. 4. Ineficacia de las donaciones propter nuptias. 5. La revocación de la donación propter nuptias. V. CUESTIONARIO VI. CASOS PRÁCTICOS VII. BIBLIOGRAFÍA SUMA RIA. .............................................................................................................................. 173 Lección 7 LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Sumario: I. CONCEPTO. II. CONSTITUCIÓN. III. LA COMPOSICIÓN DEL PATRI MONIO GANANCIAL. 1. Los bienes privativos. A) Bienes privativos por su naturaleza o por el modo o tiempo de adquisición. B) Bienes privativos por subrogación real. C) Bienes privativos por derecho de retracto. D) Bienes privativos por su especial vinculación con el cónyuge adquirente. a) Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles inter vivos. b) El resarcimiento por daños inferidos a la persona de uno de los cónyuges o a sus bienes privativos. c) Bienes privativos por su especial destino

1. Gastos de cargo de la sociedad. 2. La responsabilidad sobre bienes gananciales. A) Régimen de las deudas gananciales. a) Deudas contraídas por ambos cónyuges conjuntamente o por uno con el consentimiento expreso del otro. b) Deudas contraídas por uno de los cónyuges, que, además, sean deudas de la sociedad de gananciales. c) Obligaciones extracontractuales. d) Deudas derivadas de las adquisiciones a plazos de bienes gananciales, realizadas por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro. B) Régimen de las deudas privativas.

EL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES Sumario: I. RASGOS CARACTERÍSTICOS. II. ESTRUCTURA. 1. Iniciación. III. PRIN CIPIOS ORGANIZATIVOS DE LA SEPARACIÓN DE BIENES. 1. Contribución a las cargas del matrimonio. 2. Administración y gestión. 3. Ámbito de responsabilidad. IV. LA

11Índice personal. E) Otros bienes privativos. 2. Los bienes gananciales. A) Bienes gananciales por naturaleza o de carácter primario. B) Bienes gananciales por subrogación real. C) Bienes gananciales por razón especial. 3. La atribución voluntaria del carácter ganancial a los bienes. 4. La presunción del carácter ganancial de los bienes. 5. Los créditos entre patrimonios privativo y ganancial. IV. CARGAS Y OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES.

LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES (CONTINUACIÓN) Sumario: V. LA GESTIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES. 1. El principio de cogestión. 2. Excepciones al principio de cogestión. A) El anticipo del numerario para el ejercicio de la profesión o administración de bienes propios. B) La defensa de los bienes gananciales. C) Gastos urgentes. D) Disposición de frutos y productos de bienes priva tivos. E) La titularidad formal y la posesión de los bienes como reglas de delimitación de los poderes gestores: dinero, títulos valores y derechos de crédito. F) Liberalidades de uso. 3. La transferencia, por ley o resolución judicial, de la gestión a uno solo de los cónyuges: limitaciones. 4. Disposición sobre los bienes gananciales. A) Disposición de los bienes gananciales por título gratuito entre vivos. B) Disposición mortis causa de los bienes gananciales. C) Disposición de los bienes gananciales a título oneroso. 5. Actos de administración o de disposición, anómalos e irregulares. 6. El deber de información en la sociedad de gananciales. VI. LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES.

1. Causas que provocan la disolución de la sociedad legal de ganan ciales de pleno derecho. A) La disolución del matrimonio. B) La nulidad del matrimonio. C) La separación legal. D) Por cambio de régimen económico. 2. Extinción por decisión judicial. VII. LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES. 1. El inventario. 2. El avalúo. 3. El pago de las deudas de la sociedad. 4. Los reintegros entre masas patrimoniales. 5. Las adjudicaciones. VIII. LA INSCRIPCIÓN DE LOS BIENES GANANCIALES Y PRIVATIVOS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. 1. La inscripción de bienes gananciales. A) Adquisiciones realizadas por ambos cónyuges de modo conjunto. B) Adquisiciones realizadas por un cónyuge. C) Inscripción de los bienes con carácter presuntivamente ganancial. 2. La inscripción de los bienes privativos. A) Bienes privativos por su propia naturaleza. B) Bienes privativos por confesión. 3. La inscripción de la vivienda familiar. 4. La inscripción de embargos sobre bienes comunes. IX. CUESTIONARIO. X. CASO PRÁCTICO. XI. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. ........... 215 Lección 9

193 Lección 8

12 Índice PRUEBA DE LA TITULARIDAD DE LOS BIENES. PRESUNCIONES. V. EXTINCIÓN Y LIQUIDACIÓN. VI. CUESTIONARIO. VII. CASO PRÁCTICO. VIII. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA..................................................................................................................... 237 Lección 10 EL RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN Sumario: I. INTRODUCCIÓN. II. ESTRUCTURA. III. EL PATRIMONIO INICIAL. 1. Composición. 2. Valoración. IV. EL PATRIMONIO FINAL. 1. Composición. 2. Eva luación. V. EXTINCIÓN. VI. LIQUIDACIÓN. 1. EL CRÉDITO DE PARTICIPACIÓN. VII. EL PAGO DEL CRÉDITO. VIII. CUESTIONARIO. IX. CASO PRÁCTICO. X. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. ......................................................................................... 245 Lección 11 LAS UNIONES DE HECHO Sumario: I. CONSTITUCIÓN Y UNIÓN DE HECHO. II. LA REGULACIÓN DE LAS UNIONES DE HECHO (PROBLEMAS DE CONSTITUCIÓN). III. EXCLUSIÓN DE LA ANALOGÍA EN ORDEN A APLICAR A LA UNIÓN DE HECHO NORMAS REGULADORAS DEL MATRIMONIO. IV. LA LIBERTAD DE PACTOS ENTRE CONVIVIENTES PARA REGULAR LOS ASPECTOS PATRIMONIALES DE LA UNIÓN. 1. La constitución tácita de una comunidad sobre la vivienda en la que se re side. 2. La constitución tácita de una sociedad irregular o de una comunidad de bienes en torno al ejercicio de una actividad profesional o empresarial. V. EL PRINCIPIO DE PROHIBICIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO INJUSTO. VI. AUTONOMÍA PRIVADA Y ESTABLECIMIENTO O EXCLUSIÓN CONVENCIONAL DE INDEMNIZACIONES. 1. Previsión contractual de pago de indemnizaciones al extinguirse la unión de hecho. 2. Pactos de renuncia anticipada a reclamar indemnizaciones. VI. CUESTIONARIO. VII. CASOS PRÁCTICOS. VIII. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. 255 Lección 12 LA FILIACIÓN Sumario: I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. 1. Clases de filiación. 2. Efectos.

A) Apellidos. B) Deber de amparo. 3. Títulos de atribución y de prueba de la filiación. A) Determinación y atribución de la filiación. B) Prueba de la filiación. b) La posesión de estado. II. LA DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN NATURAL. 1. Determinación de la filiación matrimonial. A) Determinación extrajudicial de la filiación matrimonial.

2. Determinación extrajudicial de la filiación no matrimonial. A) El reconocimiento de la filiación. a) Forma del reconocimiento. b) Capacidad para reconocer. c) Reconocimiento de un hijo mayor de edad. d) Reconocimiento de un hijo menor de edad o incapacitado. e) Reconocimiento de hermanos o consanguíneos en línea recta. f) Reconocimiento de un hijo ya fallecido. 3. La resolución recaída en expediente registral. 4. Determinación de la filiación materna no matrimonial. III. LAS ACCIONES DE FILIACIÓN. 1. Nociones básicas. 2. Acciones de reclamación. A) Acción de reclamación de filiación con posesión de estado. B) Acción de reclamación de filiación sin posesión de estado. C) Acción de reclamación de filiación que contradice otra legalmente. 3. Acciones de impugnación. A) Acción de impugnación de la filiación matrimonial. B) Acción de impugnación de

LA FILIACIÓN DERIVADA DEL USO DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA I. LA LEY 14/2006, DE 26 DE MAYO, DE TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA. II. LA DONACIÓN DE GAMETOS O EMBRIONES. 1. La do nación de gametos. 2. La donación de embriones. III. LA USUARIA DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA. IV. DETERMINACIÓN LEGAL DE LA FILIACIÓN. V. LA FECUNDACIÓN PÓSTUMA. VI. LA GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN. VII. CUESTIONARIO. VIII. CASO PRÁCTICO. IX. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. 307 Lección 14 LAS RELACIONES PATERNO-FILIALES: LA PATRIA POTESTAD Sumario: I. LAS RELACIONES PATERNO-FILIALES. II. LA PATRIA POTESTAD. 1. Concepto. 2. Naturaleza. 3. Caracteres. III. LOS SUJETOS DE LA PATRIA POTESTAD: TITULARIDAD Y EJERCICIO. 1. Los hijos. 2. Los progenitores. A) Titularidad y ejer cicio conjunto. Posibilidad de actuación individual. B) Titularidad conjunta y ejercicio individual. C) Titularidad y ejercicio individual. IV. CONTENIDO DE LA PATRIA POTESTAD. 1. Ámbito personal. A) Deberes y facultades de los padres. B) Deberes y facultades de los hijos. 2. Ámbito patrimonial. A) Representación. a) Actos relativos a los derechos de la personalidad. b) Actos en los que exista conflicto de intereses. c) Actos relativos a bienes excluidos de la administración de los padres. d) Actos relativos a bienes y servicios de la vida corriente. B) Administración. a) Bienes excluidos. b) Diligencia y responsabilidad de los padres. C) Actos de disposición. a) Actos respecto de los cuales se exige previa autorización judicial. b) Actos de disposición realizados, sin la preceptiva autorización judicial. V. PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. VI. EXTINCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD. VII. CUESTIONARIO. VIII. CASOS PRÁCTICOS. IX. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. 333 Lección 15

Sumario:

1. Consideraciones previas. 2. La tutela de menores. A) Concepto. B) Personas sujetas a tutela. C) Promoción de la tutela. D) Constitución de la tutela. E) Nombramiento de tutor. Inhabilitación, excusa y remoción de los tutores. F) Contenido y ejercicio de la tutela. G) Extinción de la tutela. 3. El defensor judicial del menor. 4. La guarda de hecho del menor. III. LAS MEDIDAS DE APOYO, LA CURATELA, EL DEFENSOR JUDICIAL Y LA GUARDA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 1. Consideraciones previas. 2. Medidas de apoyo a las personas con discapacidad. A) Medidas voluntarias de apoyo. a) Concepto. b) Sujetos. c) Contenido. d) Forma. B) Medidas judiciales de apoyo. 3. La curatela de las personas con discapacidad. A) Concepto de curatela. B) Constitución

13Índice la filiación no matrimonial. C) Acción de impugnación por vicios del consentimiento. 4. Medidas de protección del hijo durante el proceso. IV. CUESTIONARIO. V. CASO PRÁCTICO. VI. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. ............................................................... 285 Lección 13

LAS INSTITUCIONES DE GUARDA Y PROTECCIÓN DE LA PERSONA Sumario: I. LAS INSTITUCIONES DE GUARDA Y PROTECCIÓN DE LA PERSONA. CONSIDERACIONES PRELIMINARES. II. LA TUTELA Y LA GUARDA DE MENORES.

...................................................

LA TUTELA ADMINISTRATIVA, LA SITUACIÓN DE DESAMPARO Y EL ACOGIMIENTO Sumario: I. EL MARCO REGULADOR DE LAS INSTITUCIONES DE PROTECCIÓN DEL MENOR: PRINCIPIOS INSPIRADORES. II. LA SITUACIÓN DE DESAMPARO DEL MENOR. 1. La declaración de desamparo. 2. Efectos de la declaración de desam paro. 3. La oposición y la revocación de la declaración de desamparo. A) La oposición a la declaración de desamparo. B) La revocación de la declaración de desamparo. III. LA GUARDA ADMINISTRATIVA DEL MENOR. IV. EL ACOGIMIENTO. 1. Concepto. Modalidades de acogimiento. A) El acogimiento familiar. B) Acogimiento residencial. 3. La constitución del acogimiento. A) Constitución del acogimiento familiar. B) Cons titución del acogimiento residencial. 4. Cese del acogimiento. V. CUESTIONARIO. VI. CASO PRÁCTICO. VII. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. 401 Lección 18 LA ADOPCIÓN Sumario: I. CONCEPTO. II. PRESUPUESTOS Y REQUISITOS DE LA ADOPCIÓN. 1. Situación de desamparo del menor. 2. Regla general en nuestro sistema: adoptante individual, siquiera con previsión de adopción por más de una persona. 3. Requisitos que han de concurrir en el/los adoptante/s. La edad. 4. El adoptado. III. PROHIBICIONES.

2.

EL PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD I. CONSIDERACIONES GENERALES. II. CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA DEL PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPA CIDAD. III. SUJETOS: BENEFICIARIOS Y CONSTITUYENTES. IV. CONSTITUCIÓN DEL RÉGIMEN. V. COMPOSICIÓN DEL PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. VI. ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO PROTEGIDO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 1. Principios rectores de la administración del patrimonio protegido. 2. Sujetos que pueden ser nombrados ad ministradores del patrimonio protegido. 3. Supervisión de la administración. VII. LA EXTINCIÓN DEL RÉGIMEN. VIII. CUESTIONARIO. IX. CASOS PRÁCTICOS. X. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. 389 Lección 17

SUMARIA..................................................................................................................... 355 Lección

14 Índice de la curatela. C) Nombramiento del curador. Inhabilitación, excusa y remoción de los curadores. D) Contenido y ejercicio de la curatela. E) Extinción de la curatela. 4. El de fensor judicial de las personas con discapacidad. 5. La guarda de hecho de las personas con discapacidad. IV. CUESTIONARIO. V. CASOS PRÁCTICOS. VI. BIBLIOGRAFÍA 16

IV. LA DECLARACIÓN DE IDONEIDAD. V. EL PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN. Diversidad de elementos. 2. El procedimiento judicial. A) Propuesta previa de la en tidad pública e iniciación del expediente. B) Intervenciones. a) Los consentimientos. b) Los asentimientos. c) Las audiencias. C) Tramitación. D) Terminación. E) Iniciación del expediente de adopción en virtud de solicitud privada. VI. EFECTOS DE LA ADOP CIÓN. 1. La subsistencia excepcional de los vínculos jurídicos con la familia anterior. 2.

1.

Sumario:

F) Cooperación internacional de autoridades. 3. Efectos en España de la adopción constituida por autoridades extranjeras. A) Normas internacionales. B) Requi sitos para la validez en España de adopciones constituidas por autoridades extranjeras en defecto de normas internacionales. C) Control de la validez de la adopción constituida por autoridad extranjera. D) Requisitos para la validez en España de decisiones extranjeras de conversión o nulidad de una adopción. E) Inscripción de la adopción en el Registro Civil. F) Adopción simple o no plena legalmente constituida por autoridad extranjera.

G) Orden público internacional. VI. CUESTIONARIO. VII. CASOS PRÁCTICOS. VIII. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. 439

15Índice Persistencia de los impedimentos matrimoniales. 3. El derecho del hijo adoptivo a conocer sus orígenes biológicos. VII. EXTINCIÓN DE LA ADOPCIÓN. VIII. CUESTIONARIO. IX. SUPUESTOS PRÁCTICOS. X. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA. ................................... 417 Lección 19 ADOPCIÓN INTERNACIONAL Sumario: I. INTRODUCCIÓN. II. CONCEPTO. III. ENTIDADES PÚBLICAS Y OR GANISMOS ACREDITADOS. 1. Intervención de las entidades públicas. 2. La actividad de intermediación en la adopción internacional. 3. Inicio, suspensión o paralización de la tramitación de adopciones en el país de origen de las personas menores de edad. 4. Establecimiento y distribución del número máximo de expedientes que se remitirá anual mente a cada país de origen. 5. Acreditación de los organismos. 6. Registro nacional de organismos acreditados y de reclamaciones e incidencias. IV. CAPACIDAD Y REQUI SITOS PARA LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL. 1. Idoneidad de los adoptantes. 2. Obligaciones preadoptivas y postadoptivas de los adoptantes. 3. Derecho a conocer los orígenes biológicos. V. NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO RE LATIVAS A LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL. 1. Competencia para la constitución de la adopción internacional. A) Competencia judicial internacional para la constitución de adopción en supuestos internacionales. B) Competencia judicial internacional para la declaración de nulidad o conversión en adopción plena de una adopción no plena en supuestos internacionales. C) Competencia objetiva y territorial del órgano jurisdiccional.

D) Competencia de los cónsules en la constitución de adopciones internacionales. 2. Ley aplicable a la adopción. A) Ley aplicable a la constitución de la adopción. B) Capacidad del adoptando y consentimientos necesarios. C) Consentimientos, audiencias y autori zaciones. D) Ley aplicable a la conversión y nulidad de la adopción. E) Orden público internacional.

El Derecho de familia es aquel sector del Derecho civil que regula las rela ciones entre los cónyuges y parientes; y, por extensión, entre las personas que se encuentran en una situación semejante a ellos, como pueden ser los pupilos, cuya relación con sus tutores se aproxima a la que mantienen los hijos menores con sus progenitores.Así,forman

b)En el ámbito del matrimonio, son pocos los impedimentos para contraerlo (no existe, así, un impedimento de impotencia); se admite que puedan casarse personas del mismo sexo, que, naturalmente, no serán capaces de procrear entre sí; se prevé un

a)Se ha roto, así, la identificación de la familia con el matrimonio, atribuyéndose efectos jurídicos a las uniones de hecho, con el argumento de que quienes optan por no casarse no pueden sufrir diferencias de trato en relación con los cónyuges, que carezcan de un fundamento objetivo y razonable.

Sumario: I. EL DERECHO DE FAMILIA Y SUS CARACTERES BÁSICOS II. EL PARENTESCO III. LA OBLIGACIÓN LEGAL DE ALIMENTOS ENTRE PARIENTES 1. Concepto 2. Caracteres 3. El nacimiento de la obligación de alimentos 4. El contenido de la obligación de alimentos 5. Los sujetos de la obligación A) El cónyuge B) Los ascendientes y descendientes C) Los her manos. D) Pluralidad de sujetos. a) Concurrencia de varios alimentantes y un solo alimentista. b)Concurrencia de varios alimentistas y un solo alimentante. 6. La cuantía de la obligación de alimentos. 7. La extinción de la pensión de alimentos. IV. CUESTIONARIO. V. CASO PRÁCTI CO VI. BIBLIOGRAFÍA SUMARIA

Tradicionalmente, las normas de este sector del Derecho civil han estado presi didas por la idea de que la familia era una institución básica para la pervivencia de la sociedad, a la que, por lo tanto, había que proteger por encima de los intereses particulares de sus miembros.

Sin embargo, paulatinamente, se va imponiendo una nueva visión de la familia en la que esta aparece concebida, prioritariamente, como un cauce de desarrollo de la personalidad de sus componentes, cuyos intereses particulares se protegen ahora por encima de consideraciones de interés general.

Lección 1 Derecho de familia y obligación de alimentos

El art. 39.1 CE establece que “Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia”.

I. EL DERECHO DE FAMILIA Y SUS CARACTERES BÁSICOS

parte del contenido de esta disciplina, el matrimonio (al que de manera creciente se tiende a equiparar la unión de hecho), la obligación de ali mentos entre parientes, la filiación en sus diversas manifestaciones (incluida, pues, la adoptiva), las instituciones de defensa de los menores, en particular, la tutela, y las medidas de apoyo en favor de las personas con discapacidad.

divorcio por voluntad exclusiva de uno solo de los cónyuges, desde la consideración de que este no tiene por qué seguir vinculado, cuando ha llegado a la convicción de que su matrimonio ya no es un cauce idóneo para el desarrollo de su personalidad; y, así mismo, recientemente se ha permitido el divorcio notarial (al margen de un proceso judicial), por mutuo acuerdo, siempre que los cónyuges no tengan hijos menores no emancipados o con capacidad modificada judicialmente que estén a su cargo.

La familia está compuesta por los cónyuges (a los que actualmente tienden a asimilarse los convivientes de hecho) y por los parientes, que, en estricto sentido jurídico, son aquellas personas que descienden las unas de las otras o que tienen un ascendiente común: en el primer caso (p. ej., hijos, padres y nietos) se habla de

c) Se posibilita el acceso a la procreación artificial a mujeres que no son estériles, por lo que las técnicas de reproducción asistida pierden su carácter terapéutico para convertirse en modos de generación de seres humanos, alternativos a los naturales, al que, libremente pueden acogerse mujeres no casadas, ni unidas de hecho con un varón.

El Derecho de familia actual, por último, es acorde con el principio constitu cional de igualdad (art. 14 CE), que veda la posibilidad de establecer un trata miento jurídico diferenciado de la situación jurídica de los cónyuges, por razón de su sexo, o de excluir arbitrariamente a uno de ellos de la gestión de los bienes comunes o del ejercicio de la patria potestad. Por su parte, el art. 39 CE establece el principio de igualdad de los hijos con independencia de su filiación.

d) Se admite que los hijos adoptivos, si así lo desean, puedan conocer sus orígenes biológicos, sin que ello implique, no obstante, consecuencias jurídicas personales o pa trimoniales con sus padres naturales; últimamente se contempla, además, una forma de adopción, la denominada «flexible» o «abierta», que posibilita que el menor pueda mantener relaciones personales con miembros de su familia de origen (en particular, con sus hermanos biológicos), cuando el juez que constituya la adopción lo considere conveniente, con el consentimiento de la familia adoptiva y del adoptando, si tuviera suficiente madurez y siempre si fuere mayor de doce años.

No obstante, el Derecho de familia tiene un acentuado carácter imperativo. Así, aunque, p. ej., se potencie el principio del libre desarrollo de la personalidad en el ámbito del matrimonio y, prácticamente, se deje al arbitrio de los cónyuges la subsis tencia del matrimonio, sin embargo, estos no pueden regular el contenido de la rela ción jurídico matrimonial, modificando los derechos y deberes personales estableci dos por el CC, porque los mismos constituyen un estado civil, el de casado, sustraído a la libre disponibilidad de los particulares (art. 45.II CC); y lo mismo acontece con el contenido de la relación jurídica paterno-filial o de la que se establece entre tutores y pupilos, en las que los derechos que las forman son potestades o derechos-función que se establecen y han de ser ejercitados (bajo la salvaguardia de las autoridades públicas) en beneficio del interés superior de los menores (art. 39.3 CE).

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II. EL PARENTESCO

19Derecho de familia y obligación de alimentos parientes en línea recta; en el segundo (p. ej., hermanos, tíos y sobrinos, o primos entre sí), de parientes en línea colateral. Junto a este parentesco de sangre, existe el parentesco por adopción, que produce los mismos efectos jurídicos que aquel (art. 108.II CC).

Los efectos que origina el parentesco son muy variados: el que tiene lugar entre padres e hijos da lugar a la relación paterno-filial. Existen, además otros efectos, en sede matrimonial, como son los impedimentos, que, según se explicará en el tema correspondiente, imposibilitan que ciertos parientes puedan casarse entre sí; o, señaladamente, en el ámbito sucesorio, los relativos a la determinación de la condición de legitimario o de las personas llamadas a heredar en la sucesión intestada.Estudiaremos, aquí, el relativo a la obligación de alimentos.

III. LA OBLIGACIÓN LEGAL DE ALIMENTOS ENTRE PARIENTES

En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo. En la colateral se sube hasta el tronco común, y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o de su madre, cuatro del primo hermano, y así en adelante”.

1. Concepto Los arts. 142 a 153 CC regulan la denominada “obligación legal de alimentos entre parientes”. Con este término se hace referencia al derecho que ostenta una persona (el acreedor), que se encuentra en un estado de necesidad, de reclamar a determinados parientes (los deudores) que le proporcionen los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades vitales1. Al acreedor de los alimentos se le deno mina “alimentista”, y al deudor de los mismos se le conoce como “alimentante”.

1 La STS 23 febrero 2000 (Tol 2418) se refirió a la obligación de alimentos con el término “deu da alimentaria”, a la que define como “la que afecta a una persona, llamada alimentante, que resulta obligada a prestar a otra, llamada asimismo alimentista, lo indispensable para cubrir todas sus necesidades perentorias, o dicho con palabras legales, las necesidades mínimas para subsistir”.

El art. 918 CC da las reglas para el cómputo del grado de parentesco: “En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descon tando la del progenitor.

La obligación legal de alimentos encuentra su fundamento en el principio de la “solidaridad familiar”2, y tiene como finalidad garantizar el derecho a la super vivencia de quien los reclama, al carecer este de recursos para procurar su propia subsistencia.

a) Legal, es decir, se trata de una obligación impuesta por la ley, regulada en los arts. 142 a 153 CC. Es por ello que esta obligación tiene limitado el juego de la autonomía de la voluntad, como pone de manifiesto el art. 1814 CC, que prohíbe transigir, entre otras cosas, sobre alimentos futuros.

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c) Recíproca, o lo que es lo mismo, los sujetos contemplados en la ley pueden ser potenciales acreedores o deudores de la obligación de alimentos, según quien sea el que los requiera en cada caso (art. 143 CC). 2 V. en este sentido STS 1 marzo 2001 (Tol 25272). 3 Sobre los caracteres de la obligación de alimentos, v. la antigua STS 2 marzo 1967 (RJ 1967, 1239).

Esta obligación legal de alimentos no es la única que recoge el Código civil. Así, podemos encontrar otros supuestos de deudas de alimentos, por ejemplo, en los arts. 173.1 CC (derivada del acogimiento de un menor) o 964 CC (los alimentos debidos a la viuda encinta).

No obstante lo anterior, el art. 149.I CC permite al alimentante escoger la modalidad de prestación de alimentos, bien pagando la pensión que se fije, bien acogiendo y man teniendo en su propia casa al alimentista.

2. Caracteres

b) Personalísima, esto es, solo las personas determinadas legalmente pueden solicitar o están obligadas a prestar alimentos. Como consecuencia de ello, el derecho a recibir alimentos es irrenunciable e intransmisible (art. 151.I CC); se extingue por la muerte del deudor o del acreedor (arts. 150 y 152 CC, respectiva mente); y, como se ha visto, tampoco puede ser objeto de transacción (art. 1814 CC).

La obligación de alimentos tiene una serie de características3 que encuentran su razón de ser en los vínculos familiares que unen al alimentista y al alimentante. De ahí que dicha obligación sea:

Cuestión distinta es que, una vez concretada la obligación de alimentos con la fi jación de una pensión a favor del alimentista, pueda este renunciar a ella o transmitir a un tercero el derecho a reclamarla (art. 151.II CC). Pero, en abstracto, el derecho es irrenunciable e intransmisible.

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