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I Plano detalle

La Ley Nacional de Salud Mental, bajo la lupa

La norma fue reconocida como un antes y un después en nuestro país. Hay voces que dicen que sólo falta mejorar su implementación y otras, en cambio, piden rectificaciones y revisiones.

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TEXTO CATALINA MÁRQUEZ

La Ley Nº 26.657, sancionada en 2010 y promulgada en 2013, prevé, entre otras cuestiones, asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, a recibir una atención sanitaria integral y humanizada y promover acciones de inclusión social y laboral. El impacto de la pandemia en la salud mental de las personas y el famoso incidente ocurrido con el cantante Santiago “Chano” Charpentier reavivaron el debate sobre la aplicabilidad de la norma. ¿Sirve? En ese caso, ¿hay elementos para mejorar?

Las organizaciones consultadas coinciden en que se trata de una Ley que viene a ampliar los derechos humanos de los pacientes con padecimientos mentales. Sin embargo, dentro de este consenso hay un contrapunto entre aquellos que abogan por su implementación plena y quienes reniegan por aspectos que no fueron contemplados en la normativa vigente y que piden una revisión de la misma.

El espíritu,la letra y la realidad

La Ley Nacional de Salud Mental se aprobó con el apoyo de organismos nacionales e internacionales y de Organizaciones de la Sociedad Civil. “La Ley de salud mental es considerada la mejor del mundo. Es destacada y es modelo, no sólo en los países de nuestra región, sino también en los europeos. Creemos que no debe reformarse ninguno de sus artículos; todo lo contrario, se debe implementar”, indica Alberto Trímboli, Presidente de la Asociación Argentina de Salud Mental (Aasm). Por su parte, Eduardo Quiroga, abogado del programa Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (Acij) coincide en la importancia de esta ley. “El texto es muy bueno, porque avanzó en el reconocimiento hacia las personas con discapacidad psicosocial. Lo importante, ahora, no es modificarla, sino impulsar su implementación”, señala. La Ley impone un abordaje interdisciplinario que involucra la participación de distintos profesionales y fija que el 10% del gasto total sanitario a nivel nacional debe ser desti“Proponemos revisarla Ley y nado a la salud mental. A su vez, busca garantizar que los pacientes puedan reciqueremos serparte de la bir tratamiento o internación en hospidiscusión.” Rodolfo Campos, tales comunes y no en instituciones psi-

Asociación de Ayuda de quiátricas conocidas como “manicomios” Familiares de Personas con para ponerle fin a la “lógica de encierro”.

Esquizofrenia (Aafe). Sin embargo, estos aspectos aún son una

“Lo importante no es modificarla Ley, sino impulsarsu implementación.” Eduardo Quiroga, de la Asociación Civil Igualdad y Justicia (Acij).

deuda pendiente.

“Todos los hospitales y centros de atención primaria deberían contar con equipos interdisciplinarios y esto no se cumple. El presupuesto destinado a salud mental, en general, ronda entre el 1,5% y el 2%, es decir, no se respeta lo establecido. Además, hay miles de personas internadas en hospitales psiquiátricos en condición de alta, porque no existen en la comunidad dispositivos que permitan su externación”, reconoce Quiroga.

Lagunas

Desde la Asociación de Psiquiatras Argentinos (Apsa), no se posicionan en ningún extremo respecto de la Ley, aunque advierten que la falta de precisión, en algunos ítems, hace que surjan dificultades a la hora de su aplicación. Por ejemplo, el artículo 20 dice que la internación involuntaria debe realizarse cuando ocurra alguna “situación de riesgo cierto inminente para sí o para terceros”. En relación con este tema, Manuel Vilapriño, presidente de Apsa, expresa: “Hablar de riesgo cierto inminente significa creer que un paciente que consume sustancias va a salir de la consulta y se va a hacer daño a sí mismo o a otros, y no siempre es así. A veces, uno tiene el criterio claro de que está en riesgo, pero no es inminente y, sin embargo, puede terminar en consecuencias fatales”. De acuerdo con la entidad, la Ley no expone de forma precisa cómo se debe establecer dicho riesgo.

Por otro lado, Rodolfo Campos, integrante de la Comisión Directiva de la Asociación de Ayuda de Familiares de Personas con Esquizofrenia (Aafe) afirma: “No se cumple con el artículo 11, que establece la promoción de dispositivos como consultas ambulatorias, atención domiciliaria supervisada, apoyo a las personas y grupos familiares y comunitarios, entre otros. Además, hay cuestiones ausentes en la Ley como, por ejemplo, las internaciones preventivas. Proponemos revisar la Ley y queremos ser parte de la discusión”.

Otra de las organizaciones que reclama por una revisión de la Ley es Madres Territoriales contra las Drogas. “Trabajamos con muchas familias y vemos que muchos artículos se limitan a la interpretación de cada grupo interdisciplinario. Creemos que debe haber un abordaje unificado para todos”, menciona Betina Zubeldía, referente de la ONG. El artículo 4 menciona a las adicciones como parte integrante de las políticas de salud mental; sin embargo, desde la entidad sostienen que este aspecto quedó muy relegado en la normativa. “Necesitamos una Ley con perspectiva en adicciones y capacitar sobre este tema en los hospitales, para que nuestros jóvenes tengan lo que necesitan: un buen tratamiento”, enfatiza.

Pese a las diversas opiniones encontradas, hay un punto en común: la Ley marcó un cambio de paradigma en lo que respecta al reconocimiento y el respeto de los derechos de las personas con padecimientos mentales. Sin duda, el camino hacia la inclusión social requiere de esfuerzos y compromisos colectivos que mejoren y prioricen la calidad de vida de los pacientes y sus familias.

CÓMO CONECTARSE

Aasm:www.aasm.org.ar/ Aafe: aafe.org.ar/ Acij: acij.org.ar/ Apsa:www.apsa.org.ar/ Madres Territoriales: www.facebook.com/madresterritoriales/ 37 TS