Aprueban el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG DECRETO SUPREMO Nº 054-2001-PCM (*) De conformidad con el Artículo 18 de la Ley Nº 28964, publicada el 24 febrero 2007, se establece que toda mención que se haga al OSINERG en el texto de leyes o normas de rango inferior debe entenderse que está referida al OSINERGMIN.
CONCORDANCIAS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26734 se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, como organismo público encargado de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con los subsectores de electricidad e hidrocarburos, así como el cumplimiento de las normas legales y técnicas, referidas a la conservación y protección del medio ambiente, en el desarrollo de dichas actividades; Que, mediante la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos - se han dictado los lineamientos y normas de aplicación general a todos los organismos reguladores, comprendidos dentro de los alcances del Artículo 1 de la mencionada Ley Marco, lo que incluye a OSINERG; Que, la citada Ley ha ampliado las funciones correspondientes al OSINERG, como organismo regulador de los subsectores electricidad e hidrocarburos; Que, en consecuencia, se deben dictar las normas reglamentarias de adecuación para cada organismo regulador, según lo establece la Segunda Disposición Transitoria de la citada Ley Nº 27332; Que, en virtud de lo señalado, resulta necesario adecuar el marco normativo infralegal que regula la organización y funciones del OSINERG, contribuyendo de ese modo a la transparencia y predictibilidad de las acciones de dicho organismo regulador;