Aprueban Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos DECRETO SUPREMO Nº 032-2004-EM CONCORDANCIAS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, dispone que el Ministerio de Energía y Minas dictará las normas relacionadas con los aspectos técnicos de instalaciones y operaciones de exploración y explotación tanto de superficies como de subsuelo y seguridad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-93-EM, se aprobó el Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos; Que, nuevos supuestos y exigencias hacen necesario actualizar las normas sobre exploración y explotación de hidrocarburos para garantizar una eficiente explotación de nuestras reservas hidrocarburíferas, la integridad de la persona humana, así como la preservación del ambiente en que estas actividades se desarrollan; De conformidad con la Ley Nº 26221 y en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- De la aprobación Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos Aprobar el Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, el mismo que contiene siete (7) Títulos, dieciséis (16) Capítulos, trescientos trece (313) artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias, cuatro (4) Disposiciones Transitorias y un (1) Anexo, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo.