Edición 1292

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DEPORTES »8

LIGA DE QUITO NO PUDO EN EL MARACANÁ

Fluminense se quedó con la Recopa Sudamericana tras derrotar 2 - 0 a Liga de Quito en el mítico Maracaná; el colombiano Jhon Arias fue la figura para dar el título a los brasileños.

12 nuevos funcionarios se integran al Cuerpo de Bomberos de Lago Agrio

Los incorporados se capacitación durante dos años. De los 12 nuevos funcionarios 7 son hombres y 5 mujeres, cada uno de ellos firmó un contrato en la presencia de las autoridades del cantón Lago Agrio.

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EVELIN ORMAZA ASUME LA JEFATURA POLÍTICA EN LAGO

AGRIO

Ormaza se suma al equipo de gobernación con la responsabilidad de receptar las inquietudes de la ciudadanía en lo social, económico, político, seguridad, derechos, entre otros.

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ESTUDIANTES DE ORELLANA RECIBIERON TABLETS

Magali Orellana en calidad de Prefecto de Orellana entregó 1756 tablets a 60 unidades educativas de la provincia, demostrando el compromiso que tiene con la educación.

7.000 EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA AÑO 26 • Edición 1292 Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024

Opinión

Editorial

Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024

Atención oportuna en tiempos difíciles

Debido a las lluvias, desde el 29 de enero se llevan registrados 821 eventos peligrosos en 23 de las 24 provincias del país, así como a 140 de los 221 municipios.

Los eventos más recurrentes son inundaciones (62,97 %), deslizamientos (18,88 %), colapsos estructurales (7,55 %), socavamientos (3,65 %), vendavales (2,80 %) y hundimientos (1,46 %).

Las provincias más impactadas son las costeras de Guayas, Los Ríos, Esmeraldas, Santa Elena y Manabí. En esta última, las autoridades locales elevaron el nivel de emergencia a la categoría de “desastre natural”.

Pese a las emergencias que atraviesa el país por el invierno y el fenómeno de El Niño, en la proforma del Presupuesto General del Estado, el Gobierno Nacional plantea una posible reducción para la Secretaría de Gestión de Riesgos, considerando la grave si-

Opinión

tuación económica que atraviesa país en los actuales momentos

En Ecuador está vigente la alerta naranja por el fenómeno de El Niño. El Comité Nacional para el Estudio Regional del Fenómeno de El Niño, en su último comunicado, alertaba de precipitaciones de variable intensidad que se extenderán en el Litoral y Galápagos.

Está situación de la naturaleza en el Ecuador revela que debe fomentarse una cultura más consciente respecto al entendimiento de los riesgos que vivimos los ecuatorianos. Situación en la que todos deben estar involucrados; desde las autoridades municipales hasta el más pequeño de los hogares.

Todo esto para ser un país en que las pérdidas disminuyan y también la atención sea más oportuna y rápida. No es posible que cada año se repitan las mismas imágenes aún en tiempos cuando

hay mucha información de como enfrentar o palear los riesgos.

Una actividad conjunta que permita la transparencia de los recursos para la ayuda humanitaria y empaticen las personas en cuanto a los graves peligros que parten desde los fenómenos naturales.

Según información recabada del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (INAMHI), las lluvias en el país continuaran con mayor intensidad especialmente en provincias de la región costera hasta el mes de mayo, para lo cual será importante la coordinación entre el gobierno central, entidades del estado y gobiernos seccionales, a fin de minimizar el mayor impacto en sectores más vulnerables.

Según la secretaria de Gestión de Riesgos (SGR), se provee que la presencia del fenómeno del niño en el Ecuador se extienda hasta el primer trimestre del presente año.

LDU y su fallido intento del tercer “maracanazo”

Con gran expectativa la hinchada alba y del Ecuador siguió las incidencias del partido frente al equipo de Fluminense de Brasil en el marco de la recopa 2024.

Recordemos que el gigante brasileño fue derrotado en dos finales anteriores, en el 2008 en el histórico Maracaná por la vía de los penales (5x3) LDU se quedó, con título de la Copa Libertadores, con gran actuación de José Francisco Cevallos. En el 2009, nuevamente LDU logra un triunfo histórico en el marco de la Copa Sudamericana. El marcado global fue 5x4, alzando el trofeo de campeón.

Ya analizando las incidencias del encuentro, LDU presentó un buen planteamiento defensivo que le dio réditos hasta el minuto setenta, poblando el medio campo, cortando los circuitos de juego del Fluminense y contra-

tacando cuando las ocasiones se presentaban. En los graderíos se hacia notorio los nervios en los hinchas del gigante brasileño, a sus mentes venían los recuerdos de las dos derrotas anteriores y su equipo en el campo de juego no podía descifrar la enmarañada marca que planteada el rival.

Para los últimos veinte minutos Fluminense realiza cambios con jugadores de gran experiencia y jerarquía que a la postre le dan los resultados esperados, marcando dos goles con lo cual se toman una esperada y ansiada revancha. Liga Deportiva Universitaria en líneas generales cumplió dignamente.

Hay que tener presente las situaciones adversas que el equipo “albo” debió enfrentar antes de disputar la final. Luis Zubeldia, técnico que estuvo al frente del equipo en el 2023, y que consiguió el título de la liga, y la copa Sudamericana, renuncio luego que había prometido “amor eterno” al equipo. La salida ines-

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Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota

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perada de Esteban Paz, máximo dirigente, fue otro duro golpe para el equipo “azucena”.

Otro punto clave que confabuló para que el equipo no rinda adecuadamente, fue la falta de actividad y competencia, pues por la situación interna que atraviesa el país el inicio del campeonato de la Liga Pro debió postergarse. Esto mientras la mayoría de torneos en el continente se desarrollan con toda normalidad.

Un llamado a la diferencia de la Liga Pro para que se revise el formato del torneo, considerando que en fechas que inician los torneo internacionales nuestros clubes clasificados se encuentran en pretemporada o en plena estructuración de sus plantillas, con esto dan mucha ventaja a los rivales.

Gracias LDU por dejar siempre el nombre del país en alto, eres una de las instituciones deportivas más grandes América y seguro vendrán mas títulos en el futuro.

QUITO

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Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

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La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente el pensamiento del periódico.

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Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024

Inician actividades en CNE Sucumbíos y a nivel nacional

En Sucumbíos se da inicio a la Campaña Electoral para los comicios electorales en las Parroquias de La Primavera

y La Magdalena en el cantón Shushufindi.

Conforme el calendario para la Elección de Vocales de las Juntas Parroquiales Rurales La Primavera y La Magdalena del cantón Shushufindi, este martes 27 de febrero, arrancó de manera oficial la campaña electoral; periodo en el que, los candidatos de las diferentes organizaciones políticas y alianzas registradas podrán promover sus propuestas.

Para la difusión de sus planes de trabajo los candidatos de las siete (7) listas participantes: tres (3) por la parroquia La Magdalena y cuatro (4) por La Primavera, podrán hacer uso del Fondo de Promoción Electoral que asigna el Consejo Nacional Electoral (CNE), mismo que se utiliza en radio, prensa, televisión, medios digitales y vallas publicitarias.

El CNE ratifica su compromiso

de ejecutar procesos electorales donde los ciudadanos participen en igualdad de condiciones.

CNE INICIA PERIODO DE INSCRIPCIÓN PARA CAMPAÑA ELECTORAL DEL REFERÉNDUM Y CONSULTA POPULAR 2024

El Consejo Nacional Electoral (CNE), desde el 28 de febrero al 4 de marzo, receptará las solicitudes de inscripción de organizaciones políticas y sociales interesadas en hacer campaña electoral por las opciones “Sí” o “No”, en las 11 preguntas del Referéndum y Consulta Popular 2024.

Las organizaciones políticas y sociales de ámbito nacional deberán registrarse y descargar el

formulario de inscripción en la página web www.cne.gob.ec y entregar la documentación en la Secretaría General del CNE o en las 24 Delegaciones Provinciales Electorales.

Luego de esta fase, el Pleno del CNE calificará las solicitudes de

CNE designó a los vocales que integrarán la Junta Electoral de Orellana

De cara al proceso electoral del Referéndum y Consulta Popular 2024, el Pleno del CNE en sesión ordinaria Nro. 18, designó este lunes 26 de febrero de 2024 a los vocales de las Juntas Provinciales Electorales.

Tras la sesión, que se desarrolló de forma virtual, el órgano electoral nominó a 3 vocales de la Junta Electoral de Orellana: Evelyn Roxana Otero Silva, Blanca Gissela Vásquez Amaguaña y Martha Graciela Llerena Miranda. En los

próximos días el CNE deberá reunirse y designar a los 2 vocales que faltan para completar la conformación de los 5 vocales que dirigirán los comicios en curso.

Para su nombramiento, los vocales no deben tener impedimentos para ejercer el cargo público, como ser afiliados, dirigentes o directivos de un partido o movimiento político, sentencias ejecutoriadas, deudas con el Estado, entre otras inhabilidades.

La ciudadanía tiene dos días, a partir de la notificación, para impugnar la decisión del Pleno del CNE, según lo establece el numeral 4 del artículo 25 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.

inscripción, con base en los informes de cumplimiento de los requisitos establecidos para este proceso. La campaña electoral del Referéndum y Consulta Popular 2024 se realizará del 7 al 18 de abril.

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COMPAÑÍA DE TRANSPORTES FRANCISCO DE ORELLANA TRANSFRANSA SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA N°0021

Fco. de Orellana, miércoles 28 de febrero del 2024

De conformidad con lo establecido en el Art. 231 numeral 2 y 4 Art. 236, de la Ley de Compañías, en concordancia con lo dispuesto en el Capítulo 1 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas, Artículos 1 y 6 del Referido Reglamento. Se convoca a todos los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTES FRANCISCO DE ORELLA-

NA TRANSFRANSA SOCIEDAD ANÓNIMA a la Junta Presencial y virtual, General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a efecto el día

VIERNES 08 de MARZO del 2024, a partir de las 10:00 AM (DIEZ DE LA MAÑANA), en las oficinas de Luis guerra calle Víctor Ron y Limoncocha, y por medio de la plataforma TELEMATICA ZOOM en la siguiente:

Dirección:

ID DE REUNIÓN: 9584645977

CONTRASEÑA: 1ErbvJ

La Junta General ORDINARIA de Accionistas de la Compañía TRANSPORTES FRANCISCO DE ORELLANA TRANSFRANSA SOCIEDAD ANÓNIMA, se reunirá en la dirección virtual y presencial indicada, en la misma que se tratarán los siguientes puntos en el Orden del Día:

1. Constatación del Quorum

2. Instalación de la sesión a cargo del SR RUALES VICENTE Presidente de la Compañía.

3. Elecciones Generales para la nueva directiva del periodo 2024-2027.

4. Aprobación del acta presente

5. CLAUSURA.

SERVIR CON LEALTAD Y DISCIPLINA

SR. PRESIDENTE VICENTE RUALES

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Trabajos de riego y drenaje en el Recinto Unión Amazónica

Prefectura de Sucumbíos interviene 7 kilómetros de suelo para cultivo, en el recinto Unión Amazónica, ubicado en la parroquia Limoncocha cantón Shushufin-

di. Estas mejoras incluyen la apertura y limpieza de drenajes, contribuyendo significativamente a la infraestructura agrícola de la zona.

30 familias productoras del sector son las beneficiadas, cuya

CLUB DEPORTIVO BÁSICO COMUNITARIO “ÑUKANCHI PURA”

CONVOCATORIA

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

En calidad de presidente del CLUB DEPORTIVO BÁSICO COMUNITARIO “ÑUKANCHI PURA”, se convoca de carácter obligatorio a todos los socios a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, que se llevará a cabo el día viernes 08 de marzo del presente año a las 16h30, en el espacio cubierto de la parroquia, dirección: vía Loreto-Tena y calle 3 de Noviembre, para la Lectura, Análisis, Discusión y Aprobación de la reforma del Estatuto de nuestra Institución donde se tratara el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum reglamentario.

2. Lectura, Análisis, Discusión y Aprobación de la Reforma Integral del Estatuto del Club Deportivo Básico Comunitario ÑUKANCHI PURA”.

3. Clausura.

NOTA: Se ruega su puntual asistencia a la hora convocada.

San José de Dahuano, 03 de marzo de 2024 Atentamente.

Sr. Edison Alvarado PRESIDENTE DEL CLUB e-mail: fidelalva43@gmail.com Cell: 0985032453

principal actividad económica se centra en la agricultura y ganadería. La apertura y limpieza de drenajes no solo mejorarán la calidad del suelo, sino que también mejorará la productividad y estabilidad de los medios de vida de estas familias.

“Estamos muy contentos ya que todos los moradores de este recinto somos beneficiados, agradecemos al prefecto Poma ya que trabaja para cumplir y ver cumplidas las obras que ha ofrecido realizar, el trabajo está quedando muy bien con esto los dueños de las fincas pueden sentirse conformes con la obra, para ellos es muy útil ya que al ser un río y en épocas de lluvia se inunda afectando al ganado y cosechas” manifestó Delida Verdesoto presidenta del Recinto.

“Hemos ido constatando de pri-

mera mano que los trabajos sean técnicamente factibles, verificamos que se cumpla la normativa técnica, las condiciones hidráulicas de los canales que se realizan, siendo esta una infraestructura importante para los campesinos y lo que esperamos es dejar en las mejores condiciones, tenemos contemplado realizar 6.5 kilómetros de drenaje”, indicó Jhonatan Muñoz director de Riego y Drenaje del GADPS.

Vinicio Naranjo morador del recinto enfatizó que desde el 2019 iniciaron a presentar oficios en prefectura para que se realice este trabajo “este drenaje sirve de mucho ya que en tiempos de lluvia evitaremos las inundaciones, en este sector nos dedicamos mucho a la agricultura, siembra de cacao, café y en especial la ganadería”.

Ampliación de alcantarillado para el Barrio El Pondo

Las autoridades municipales llegaron al sector Oeste de Nueva Loja, al barrio El Pondo, para socializar la ampliación del alcantarillado sanitario que se construirá en los próximos días.

Se calcula que la obra tenga una inversión aproximada de 72 mil dólares, que se ejecute en un plazo de 60 días y beneficie de manera directa a 45 familias.

“Desde el punto de vista técnico, el proyecto contempla la construcción de un cárcamo de bombeo y la utilización de 236 metros de tubería para el colector principal, así como 249 metros de redes terciarias, además de 6 pozos de revisión” informó Juanita Villota, gerente de EMAPALA.

El alcalde Abraham Freire entregó una copia del contrato de la obra con el fin de que la ciudadanía sea veedora del proceso

de ejecución y se vigilen los aspectos relacionados. Asimismo, aseguró que se contratará mano de obra local (dictado en las leyes).

A las personas se reiteró el pedido de hacer un correcto uso del sistema, evitando conectar aguas

lluvias en la red de alcantarillado sanitario.

Karla Salinas, presidenta del Barrio El Pondo agradeció la inversión municipal y aseguró que es una obra es indispensable para mejorar la salubridad y la calidad de vida de los moradores.

Comunidad 4 Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024
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Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024

El MPCEIP presentó proyecto de escuela de crecimiento y liderazgo empresarial

“Este proyecto nace de la necesidad de cada uno de los emprendedores, mismo proyecto que no estará enfocado solamente a los emprendedores, también se incluirá a los mipymes que son las pequeñas, medianas y grandes empresas, artesanos, a todos los miembros de la EPS de Sucumbíos y a la ciudadanía en general, como Ministerio de Producción somos el ente de control y verificación en territorio” manifestó Mirian Villota representante provincial del Ministerio.

Desde la Federación Nacional de ecuatorianos con Discapacidad Física a través del proyecto servicio de integración laboral para personas con discapacidad en la provincia de Sucumbíos,

se ve la necesidad de trabajar en alianzas estratégicas, estas alianzas permitirán potenciar el tema personal y los negocios de cada emprendedor, con un estado anímico que demuestre la actitud positiva ante las demás personas.

“Durante seis meses vamos a estar trabajando, específicamente el cupo para los participantes será limitado a 60 personas, el objetivo luego de culminar esta escuela es que las personas capacitadas puedan realizar las réplicas en sus lugares de residencias a otros grupos, dentro de este grupo que lideramos este proyectos tenemos personas con y sin discapacidad, cabe resaltar que en cada emprendimiento existe una competencia, pero

la competencia más fuerte que cada día tenemos que liderar es con nosotros mismos” enfatizó Margarita Manobanda representante técnica de la Federación Nacional de Ecuatorianos con Discapacidad Física.

Desde el 4 al 15 de marzo se iniciará con las inscripciones de manera gratuita, donde se hace la invitación a las personas de los diferentes cantones a ser partícipes de este proyecto de capacitación, los cursos se dictarán en el CAC.

Evelin Ormaza nombrada nueva Jefa Política de Lago Agrio

La exconcejala y exreina de Lago Agrio, Evelin Ormaza ocupa ahora el cargo de Jefa Política del cantón.

El martes 27 de febrero Evelin se incorporó a la Gobernación de Sucumbíos en calidad de Jefa Política, reto que manifestó lo

asumirá con mucha responsabilidad, venimos a unir esfuerzos, a trabajar por nuestra gente que es la que nos necesita, conocemos que estos puestos políticos han sido bastante politizados, sin embargo motivamos a la ciudadanía que confíen en el liderazgo

de las personas que forman parte de estas entidades públicas que están al servicio de la comunidad.

“Como mujer me siento orgullosa de ser parte de estos puestos, donde ya han ocupado varios cargos otras compañeras mujeres, como mujeres somos también parte del cambio, de la toma de decisiones dentro de todos los ámbitos que puedan existir dentro de la sociedad, trabajare con el Gobernador de Sucumbíos, a mi cargo estarán las Intendencias Políticas” resaltó Ormaza.

Evelin puntualizó sentirse preparada ya que viene laborando en varios puestos políticos, se conoce que en varios sectores existen malestares, ya que Gobernación maneja temas puntuales que son muy problemáticos, como el tema de hidrocarburos, tema del gas, ambiental, son temas que habrá que manejar a diario, sin embargo, estamos aquí para ser parte de la solución de cada uno de los problemas que se presenten.

Comunidad 5
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Proyecto de electrificación en la Comunidad 20 de Septiembre

La Prefectura de Sucumbíos está trabajando en convenio con CNEL para llevar la electrificación en la Comunidad 20 de Septiembre en la parroquia El Eno, lo que promete mejorar las oportunidades para el desarrollo y la conectividad en el cantón Lago Agrio.

Además, se llevará a cabo el lastrado hasta Tangay – Aucayacu, lo que mejorará la vialidad y contribuirá al bienestar de familias, productores y estudiantes al proporcionar caminos más seguros y eficientes para todos.

“Ante las grandes necesidades que viven nuestra Comunidad como dirigente he hecho los grandes esfuerzos para gestionar esta

gran obra, ya tenemos 2 kilómetros de lastrado, ahora esperamos 2 kilómetros más y el puente sobre el río Aucayacu" agradecido con el Prefecto Poma por esa gestión el trabajo que está haciendo por la provincia, esta vía permitirá a los agricultores sacar sus productos y de esa manera continuar con sus labores, enfatizo Luis Armijos presidente de la Comunidad 20 de Septiembre.

“El proyecto de lastrado en la vía Tangay – Aucayacu, más la electrificación es lo que se está gestionando, lo vamos a realizar a través de mingas, nuestro compromiso es con nuestra gente con nuestra comunidad en conjunto con la Prefectura” manifestó Luis

Rojas presidente de la Junta parroquial El Eno.

“Nuestro pedido es el resanteo y lastrado de una transversal la misma que beneficiara a unas

20 familias, agradecidos con el Prefecto Poma ya que él está cumpliendo su palabra” manifestó Narcisa Matailo moradora de la Comunidad.

Cuerpo de Bomberos de Lago Agrio suma 12 nuevos funcionarios

En un acto de ceremonia el pasado lunes 26 de febrero fueron presentados los 12 nuevos funcionarios del Cuerpo de Bomberos de Lago Agrio, quienes obtuvieron los mayores puntajes durante la capacitación que duro dos años y hoy se ve hecho realidad la meta de los nuevos funcionarios públicos.

El día de hoy culminamos todo lo que fue el proceso de capacitación, pruebas, etapas, y con el nombramiento definitivo de los 12 nuevos miembros del Cuerpo de Bomberos, este curso se inició con 416 carpetas presentadas, terminando el curso 22 funcionarios de los cuales 12 sacaron las notas

más altas y hoy tienen este merito, manifestó Dionisio Encarnación Jefe del Cuerpo de Bomberos Lago Agrio.

De los 12 nuevos funcionarios 7 son hombres y 5 son mujeres que formarán parte de la labor en el cantón Lago Agrio, cada uno de ellos firmó un contrato en presencia de las autoridades del cantón.

"Es importante que la mujer vaya cumpliendo un rol relevante en estos escenarios, creemos que estamos listos para acudir al llamado de los ciudadanos del cantón, hacemos el llamado al Cuerpo de Bomberos a continuar con su compromiso dentro del cantón y el país" expresó Abra-

ham Freire Paz Alcalde de Lago Agrio.

“Poco a poco fuimos desarrollando nuestras capacidades, donde hemos logrado 12 compañeros cumplir el objetivo de formar parte de esta institución, al iniciar este proceso nos fue duro

y de a poco nos fuimos acoplando al trabajo para hoy estar donde estamos, a los nuevos aspirantes que deseen formar parte de esta noble institución les invito a que lo hagan con el corazón”, expresó Keyla Perea nueva bombera de Lago Agrio.

COMPAÑÍA TRANSPORTES ESPECIALES JVR S.A.

CONVOCATORIA

Se convoca a los señores accionistas de la compañía TRANSPORTES ESPECIALES JVR S.A.

A la Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día sábado 16 de Marzo del 2024, en la sucursal de la compañía ubicado en la Diego de Almagro N24 -12 Y Wilson en la Ciudad de Quito provincia de Pichincha para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del informe del señor Gerente General de la compañía, por el ejercicio económico 2023.

3. Lectura y aprobación del informe del señor Comisario de la Compañía, por el ejercicio económico 2023.

4. Conocimiento y aprobación del Balance General y estado de pérdidas y ganancias por el ejercicio económico 2023.

Para esta Junta General, se convoca de manera especial y señaladamente al Sr. GILBERTO BONILLA, Comisario Principal de la Compañía. Los documentos que van a ser conocidos en esta Junta, se hallan a disposición de los señores accionistas en la oficina de la Compañía.

Quito, 3 DE Marzo del 2024.

Atentamente,

SR. Bayardo Bonilla Guamán GERENTE GENERAL

Comunidad 6 Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024
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COE Cantonal de Lago Agrio aprueba eventos por el Día de la Mujer

En reunión realizada la tarde del 1 de marzo se decidió la aprobación de los eventos por el Día de la Mujer el próximos 8 de marzo por parte de la Federación de Mujeres y la Unidad de Acción Social.

Abraham Freire Paz como alcalde y presidente del COE Cantonal manifestó "bajo los decretos del Gobierno Nacional en cuanto a los estados de excepción que aún se encuentran vigentes, las decisiones de eventos masivos está en primer lugar la decisión del COE Cantonal, ante esta situación las dos entidades como Federación de Mujeres y Unidad de Acción Social han solicitado el respectivo permiso para la organización de eventos por el Día de la Mujer, bajo el mismo decreto del Gobierno manifiesta que cuando

supera las 400 personas como aforo, se tendrá que presentar un plan de contingencia a la Intendencia de Policía, quienes en su análisis aprobarán o no la realización de los eventos, pero como COE hemos aprobado la realiza-

ción, pero ya quedará en manos de ellos que es la segunda instancia”.

"Como Unidad de Acción Social se realizará talleres, concursos de pintura con los presidentes Estudiantiles, el 8 de marzo la marcha en respaldo a la

Federación de Mujeres, por ende invitamos a todas las mujeres que se unan a estas actividades juntamente con toda su familia" expresó Elena Tituana en calidad de presidenta de la UAS.

"Agradecemos al COE Cantonal por el acogimiento de nuestra solicitud, como Federación de Mujeres estamos planificando para el 8 de marzo una marcha por la Av. Quito desde BanEcuador hasta el Parque Recreativo Nueva Loja, para esta marcha como en todas las ocasiones anteriores utilizaremos el color lila, contaremos con la presencia de mujeres de diferentes partes de la provincia, la invitación a la ciudadanía en general para esta marcha del 8 de marzo" enfatizó Carmen Moreno como presidenta de la Federación de Mujeres.

Junior Angulo deportista de Sucumbíos recibió una casa en Shushufindi

Con la visita del Ministro de Deportes Andrés Guschmer y la presencia de la Alcaldesa de Shushufindi Lorena Cajas se realizó la entrega de una vivienda al deportista Junior Angulo.

“Nunca llegué por el fútbol o

por el periodismo a la provincia de Sucumbíos ni a Shushufindi, esta es mi primera vez aquí” inició expresando Guschmer en su intervención, donde indicó que "como Ministerio del Deporte seguiremos trabajando en bien del

desarrollo del deporte infantil, hoy nos complace por estar aquí en la entrega de esta vivienda para un chico, un deportista con muchos sueños y anhelos, como Junior, sin duda un ejemplo para los niños que podemos observar hoy aquí en este evento, invito a los niños y jóvenes a no dejar de soñar, cumplan sus metas, el deporte nos hace bien".

El judoca Junior Angulo deportista destacado de la provincia y del país, agradeció la presencia y compañía de los habitantes del cantón, “lo que hoy he logrado es algo que lo he anhelado desde hace mucho tiempo, así que invito a todos los deportistas de la provincia a seguir adelante, a seguir luchando, con disciplinas y constancia los sueños se cumplen”, puntualizó.

A nivel gubernamental el deporte ha ido perdiendo mucho espacio, los recortes presupuestarios han afectado de alguna manera el desarrollo del deporte no solo en Sucumbíos sino a nivel nacional, como Ministerio del Deporte no se permitirá el recorte presupuestario para las Federaciones Provinciales en este año, además se está trabajando en ponerse al día con las deudas que se tiene con estas Instituciones Deportivas, es una deuda de casi 9 millones de dólares, Fedesucumbíos continua paralizada por los haberes adeudados desde octubre del 2023, se espera que con la llegada del Ministro y los acuerdos que se lograron con el personal de esta Federación se cumplan en los próximos días por el bienestar de los deportistas y empleados.

Comunidad 7 Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024
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Deportes

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El Nacional eliminado de Copa Libertadores 2024

Tras la eliminación de Sociedad Deportiva Aucas en la primera fase en manos del Club Nacional de Pa-

raguay, la tarde de este jueves 29 de febrero los puros criollos también se despidieron del certamen

Deportistas ecuatorianos se suman a los Juegos Olímpicos Paris 2024

Ya son 21 atletas los clasificados por Ecuador a los Juegos Olímpicos que se desarrollarán en Paris, las luchadoras Luisa Valverde y Génesis Reasco son las recientes clasificadas.

El Preolímpico Panamericano que se llevó a cabo en México dejó buenos resultados para los luchadores tricolores, tres deportistas están clasificados: Luisa Valverde, Génesis Reasco y Andrés Montaño.

La delegación ecuatoriana sumó dos atletas más para la competencia de los Juegos Olímpicos en Paris, Luisa Valverde y Génesis Reasco, quienes se impusieron en el Preolímpico Panamericano de Lucha. Valverde fue la primera en sellar su cupo, tras derrotar 6 –2 a la cubana Ángela Álvarez en la división de 57 kg, consiguiendo de manera formal su cupo a tierras europeas.

Por su lado Génesis Reasco

tras caer derrotados en manos de otro paraguayo el Sportivo Trinidense, encuentro que se desarrolló en el Estadio Rodrigo Paz Delgado de la ciudad de Quito.

El empate obtenido en suelo guaraní no le alcanzó a los militares, el desorden, el bajo nivel individual y la falta de ideas, dejaron a los capitalinos sin ideas para abrir el marcador. Por su lado, los paraguayos se mantuvieron cautos en su plan, aguantando y esperando en su propia zona para luego encontrar el gol en el contragolpe.

Cuando se cerraba el compromiso, a los 84 minutos, Tomás Rayer puso el 0 – 1 en una jugada

individual donde burló a dos defensores. Con ello el global era 1 – 2 a favor del equipo visitante.

De esta manera las llaves de la tercera fase de la Copa Libertadores quedaron establecidas de la siguiente manera: Botafogo vs Bragantino en duelo de brasileños; Club Nacional de Paraguay vs Palestino de Chile; Always Ready de Bolivia vs Nacional de Uruguay; Sportivo Trinidense vs Colo - Colo de Chile.

Mientras El Nacional pensará en el inicio de la Liga Pro; este domingo 3 de marzo enfrentará a Universidad Católica en el Estadio Olímpico Atahualpa a las 13H00.

Liga de Quito cayó derrotado en la Recopa Sudamericana

El jueves 29 de febrero el cuadro albo visitó el mítico Estadio Maracaná y con la ventaja mínima no pudo asegurar su tercer título de Recopa Sudamericana ante el Fluminense que se vio superior al cuadro ecuatoriano.

venció a la venezolana María José Acosta por el sólido marcador de 5 – 0 en la división de los 76 kilógramos, de esa manera accedió a los Juegos Olímpicos. El Preolímpico Panamericano que se lleva a cabo en México va dejando buenos resultados para los luchadores ecuatorianos, a más de Valverde y Reasco, Andrés Montaño también se sumó a los Juegos Olímpicos.

Junto a atletismo y halterofilia, la lucha se ha convertido en uno de los equipos más fuertes de la delegación ecuatoriana, con múltiples figuras que estarán en la capital francesa en búsqueda de medallas.

Los Juegos Olímpicos Paris 2024 se desarrollarán del 26 de julio al 11 de agosto, donde los deportistas ecuatorianos llegarán con las ilusiones de alzarse con varias medallas para ubicar en lo alto a Ecuador.

A la tercera fue la vencida, parecería el gran refrán de los Flu, tras las dos finales perdidas ante los albos en 2008 por Copa Libertadores y 2009 por Copa Sudamericana, ambas en territorio carioca, en esta ocasión la felicidad fue para los brasileños que con gran autoridad se quedaron con la Recopa Sudamericana 2024.

Durante todo el compromiso el cuadro capitalino se dedicó a defenderse, parecía que la consigna era cuidar el 1 – 0 de la ida como premio único, durante la primera parte el Flu tuvo varias oportunidades, pero no se abría el marcador, pero ya en la parte complementaria el colombiano Jhon Arias quien se vestiría de héroe para los brasileños y verdugo de los ecuatorianos, recibía un buen centro a los 76 minutos para ubicar el 1 – 0 y emparejar la serie.

A los 79 minutos tras una fuerte entrada; Jhon Kennedy recibía la cartulina roja directa y dejaba al Flu con 10 hombres lo cual daría esperanzas a los albos que se podría encimar al equipo, pero al contrario los brasileños no bajaron

los brazos y fruto de eso a los 89 minutos se marcó una infracción dentro del área y penal para el Flu que nuevamente Jhon Arias cambiaría por gol dando la vuelta al marcador global.

“Convencido de que vamos a tener un gran año a pesar de la decepción de hoy. Para nosotros empieza una ilusionante temporada y vamos a luchar para colocar a Liga al nivel que merece” manifestó Josep Alcácer entrenador de Liga de Quito.

Con el título de Fluminense amplió la diferencia de Brasil como el país más campeón del certamen. Los brasileños cuentan con 12 campeones, Argentina con 10, Ecuador con 4, Paraguay tiene 2, mientras Colombia, Chile, Perú y Uruguay tienen 1.

8

Judiciales

R del E

DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.

CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVENIENTE DE UN POZO PERFORADO EN LA PROPIEDAD LA SOLICITANTE, UBICADA EN EL Km. 1 VÍA A LA PARROQUIA NUEVO PARAÍSO, PERTENECIENTE, AL CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA, PROVINCIA DE ORELLANA COORDENADAS. UTM18 SUR X=277281 X=9956729 EXTRACTO

ACTOR: COMPAÑÍA CNLC ECUADOR CORPORACIÓN S.A.

OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de aprovechamiento del agua, proveniente de un pozo sin nombre, perforado en la propiedad de la solicitante ubicada en el KM 1 vía a la parroquia Nuevo Paraíso, perteneciente al cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, en un caudal de 0.10l/s, destinados ha actividades industriales (necesidades básicas de los trabajadores de la empresa)

Expediente No. MAATE-DZ8-O-2023-0091-AA

DIRECCIÓN ZONAL 8 MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - Tena, 15 de enero del año 2024.- Las 11H16.- Expediente MAATE-DZ8-O-2023-0091-AA. VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal, de la Dirección Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante acción de personal No. DZ8-0057 de fecha 26 de diciembre del 2023, y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo dos y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA.. y lo dispuesto en punto

2.1. 1.1 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. En lo principal, agréguese al expediente el escrito presentado por el Ing. Roger Jaramillo, coordinador HSE, en representación del señor Song Peihua, apoderado general de la compañía CNLC Ecuador Corporación S.A., de fecha de 09 de enero del 2024 mediante el cual da cumplimiento a lo solicitado mediante providencia de fecha 26 de diciembre del 2023,cumpliendo así la solicitud, los requisitos de Ley, por lo que se la

CIA. TRABRIMAN S.A COMPAÑÍA DE TRANSPORTE

ESCOLAR E INSTITUCIONAL BRISAS DEL MANANTIAL

NO COMPETIMOS, SERVIMOS CON CALIDAD Y SEGURIDAD CONVOCATORIA

Señores accionistas TRABRIMAN S.A.

Se convoca de carácter urgente y obligatorio a todos los accionistas de la Compañía de TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL BRISAS DEL MANANTIAL TRABRlMAN S.A, a una sesión EXTRAORDINARIA para el día Viernes 08 de marzo del presente año a las 17:00 horas, en la oficina de la compañía domiciliada en la ciudad de Lumbaquí, Cantón Gonzalo Pizarra, Provincia de Sucumbías, plaza comercial local N.º 22, donde se tratará el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quorum.

2. Instalación de la sesión por parte del Sr. presidente.

3. Revisión y aprobación del informe económico del año fiscal 2023, por parte del señor Richard Sánchez gerente de la compañía y la lng. Vilma Vera contadora de la compañía.

4. Clausura.

Le agradecemos por su puntualidad

Atentamente:

Sr. Cristian Cevallos PRESIDENTE DE CÍA. TRABRIMAN S.A.

acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1. -Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos de las aguas cuya autorización se solicita por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determina el Art. 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la parroquia Nuevo Paraíso, cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor teniente político de la parroquia antes mencionado, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese. al proceso el escrito y documentación que acompaña 4.- Se da por legitimada la intervención del Ing. Roger Jaramillo Chávez, a nombre del señor Song Peihua apoderado general de la compañía CNLC Ecuador Corporación S.A., en virtud de la Autorización que adjunta. 5 actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario. — NOTIFÍQUESE...f) Jefferson Miguel Quevedo Rivera, Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes.

Dr. Marcos W. Ochoa O.

SECRETARIO-DZ8 2/3 Q-4201

Juicio No 21331-2021-00542

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, miércoles 7 de febrero de 2024, a las 11h54.

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: RAMIREZ ALAVA ERVIN JAVIER

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA

DOMICILIO DEL ACTOR: correo electrónico stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com, del Dr. Espinoza Borja Stalin Bladimir

CUANTÍA: USD. 120.841,63

JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL “COFUTRANSA S.A.

CONVOCATORIA

JUNTA GENERAL EXTRA-ORDINARIA

Se convoca a los Accionistas y al Sr. Comisario de la Compañía de TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL “COFUTRANSA” S.A.” a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA de Accionistas de manera presencial en concordancia al Art. 119 de la Ley de Compañías, que se llevará a cabo el día martes 12 de marzo del 2024 a las 17h00, en las oficinas de la Sede de Cofutransa S.A., ubicadas en la Vía Quito km

4 (Junto a la Ferretería “DOS HERMANOS PIEDRA), con el objeto de tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quorum

2. Instalación de la sesión.

3. Análisis y aprobación del Manual de Cuentas y Políticas Contables.

4. Análisis y aprobación del Presupuesto para el año 2024.

5. Análisis y aprobación del Plan de Trabajo para el año 2024.

6. Lectura y aprobación del Acta.

7. Clausura.

Nueva Loja, 01 de marzo del 2024

Atentamente,

Sra. Deicita Jaramillo GERENTE COFUTRANSA S.A.

Sr. Ángel Martínez PRESIDENTE COFUTRANSA S.A.

Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024

SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312021-00542 que sigue la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA, en contra de RAMIREZ AGUILAR MILTON YOVANE Y OTROS. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente: Que, con fecha 8 de marzo del 2019, los accionados suscribieron un PAGARE A LA ORDEN, identificado como préstamo No. 0714038405, CÓDIGO 139025, girado por la suma de USD. 100.000,00 (CIEN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). La entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo, los 100.000,00. Obligándose los demandados a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses mediante el pago de 84 dividendos mensuales USD 1.891,48, que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda. La tasa de interés efectiva de 14,93% anual reajustable sobre saldos, desde la fecha de suscripción del presente pagaré a la orden, hasta el vencimiento del plazo estipulado en el mismo en concordancia con la tabla de amortización originada de esta obligación. En caso de mora se sujetarán a lo dispuesto por la Autoridad competente y que se halle vigente a la fecha en que se paguen… Como el pagaré en mención no ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes de la Cooperativa, y encontrándose actualmente el CREDITO préstamo No. 0714038405, vencido desde el 13 de diciembre del 2020, que corresponde al dividendo 12, cuyo saldo de capital es de USD. 91.316,39, por lo tanto, la Cooperativa se acoge a lo establecido en el pagare y en concordancia con lo que manifiesta en el Art. 248 del Código Orgánico General de Procesos, declara de plazo vencido la totalidad de dichas obligaciones y por lo tanto acudo ante usted señor Juez a demandar a las referidas personas. Que en sentencia se sirva declarar con lugar la demanda y se condene a la accionada al pago de los siguientes rubros: al pago del saldo de capital de USD. 91.316,39, más los correspondientes intereses, interés normal del 14.93% que cuya cuantía es de USD. 29.525,24, detallado en la hoja de liquidación, interés de mora que sería calculado pericialmente, es decir al pago de USD. 120.841,63, sin perjuicio de realizar una nueva liquidación de forma pericial para establecer al día de que su señoría dicte sentencia. Las expensas y costas judiciales al tenor de lo dispuesto en el Art. 284 y siguientes del Código General de Procesos y el pago de los honorarios del profesional que suscribe. Lago Agrio, miércoles 12 de enero del 2022, las 15h12, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y anexos presentados por la parte actora.- Por cumplido lo dispuesto en el auto de fecha 20 de diciembre del 2021, las 16h31, se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda y escrito de complemento presentada por el Dr. Stalin Bladimir Espinoza Borja, en calidad de Procurador Judicial del Ing. Alex Omar Vivero García, Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pablo Muñoz Vega Ltda.”, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de los señores: RAMÍREZ AGUILAR MILTON YOVANE en calidad de deudor principal, y PALAGUACHAY SANDAL MIGUEL NICOLÁS, CASTRO MANCILLA MAYRA YULI, MEDINA GALLO CESAR JULIO, LIMONES VERDEZOTO BLANCA EUFEMIA, y, RAMÍREZ ALAVA ERVIN JAVIER, en calidad de avales solidarios, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, escrito de complemento, copia de los documentos adjuntos y este auto, a los demandados: RAMÍREZ AGUILAR MILTON YOVANE en calidad de deudor principal, MEDINA GALLO CESAR JULIO, LIMONES VERDEZOTO BLANCA EUFEMIA, en calidad de avales solidarios, en los domicilios señalados en la demanda, para lo cual envíese suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, a fin de que cumplan con dicha diligencia; quienes deberán estar a lo dispuesto en los Arts. 54, 55 y 78 del COGEP reformado, y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem; a la parte demandada se le previene de la

obligación que tiene de señalar casillero judicial electrónico, así como correo electrónico, para sus notificaciones. Se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 0612020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo además con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público; todo ello dentro del término de tres días. A: PALAGUACHAY SANDAL MIGUEL NICOLÁS y CASTRO MANCILLA MAYRA YULI, en calidad de avales solidarios, en el domicilio señalado en la demanda, mediante deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos. A: RAMÍREZ ALAVA ERVIN JAVIER, en calidad de aval solidario, en el domicilio señalado en la demanda, mediante deprecatorio dirigido a la señora Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón La Joya de los Sachas, provincia de Orellana, para el cumplimiento de esta solemnidad, se lo realizara conforme dispone el Memorando Circular CJ-DNGP-2018-0121-MC, de fecha 10 de abril de 2018, esto la implementación del aplicativo de deprecatorios virtuales, en la cual se establece el procedimiento y responsabilidades en la ejecución de cada uno de los funcionarios; en tal virtud la señora actuaria remita los deprecatorios virtuales conforme solicita la parte accionante, previniéndole a los demandados la obligación de señalar casillero judicial electrónico. Se advierte al funcionario de citaciones cumplir cabalmente con lo previsto en el Art. 63 del Código Orgánico General de Procesos; debiendo constatar de forma minuciosa la forma que se practique la citación, el lugar y fecha de la diligencia, y el nombre de la persona que lo recibe, en concordancia con lo previsto en el Art. 53 de la norma legal invocada; para lo cual deberá dejar constancia en el acta respectiva; bajo prevenciones legales; y reformatoria del Art. 55 ibídem que dice: “en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de su familia o dependiente.” CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: RAMÍREZ AGUILAR MILTON YOVANE en calidad de deudor principal, y PALAGUACHAY SANDAL MIGUEL NICOLÁS, CASTRO MANCILLA MAYRA YULI, MEDINA GALLO CESAR JULIO, LIMONES VERDEZOTO BLANCA EUFEMIA, y, RAMÍREZ ALAVA ERVIN JAVIER, en calidad de avales solidarios, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. No ha lugar la providencia preventiva, por cuanto no se ha actualizado el certificado único vehicular. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64 y los correos electrónicos señalados juanpaladines@cpmv.fin. ec stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Incorpórese a los autos los escritos que anteceden.- Atendiendo el requerimiento de la parte actora, en base al juramento rendido CÍTESE a RAMIREZ ALAVA ERVIN JAVIER, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. - Notifíquese. f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Juez. Lo que comunico para fines de Ley. - CERTIFICO. CUENCA DURIMILMA ALEXANDRA MARIA

SECRETARIO 2/3 S-5469

N° JUICIO: 22201-2023-00052

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN FRANCISCO. Orellana, miércoles 27 de diciembre del

10
P S-5470
S-5471

Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024

2023, a las 15h29.

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL: Presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue WILSON GERMANICO CEVALLOS CABRERA (+).

DOMICILIO DEL DEMANDADO: Se desconoce

ACTOR: Sras: Hilda Elizabeth Cevallos Sánchez, Carolina Estefanía Cevallos Sánchez y Abigail Fernanda Cevallos Guamán

N° JUICIO: 22201-2023-000052

PROCEDIMIENTO: Voluntario

CUANTÍA: Indeterminada

JUEZA: Dra. Cumandá Cuaical Galárraga

DEMANDA: Las señoras Hilda Elizabeth Cevallos Sánchez, Carolina Estefanía Cevallos Sánchez y Abigail Fernanda Cevallos Guamán, fundamentado en los Art. 341, 342, 243, del Código Orgánico de la Función Judicial, y, 12 64 1268 1275 y 1278 del Código Civil., demanda a (…) los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue WILSON GERMANICO CEVALLOS CABRERA

(+). AUTO DE CALIFICACIÓN: VISTOS: Dentro del Proceso de Inventario de Bienes Sucesorios Nº 22201-2023-00052, propuesta por las señoras Hilda Elizabeth Cevallos Sánchez, Carolina Estefanía Cevallos Sánchez y Abigail Fernanda Cevallos Guamán en contra de las señoras Diana Gabriela Cevallos Ramos, Paulina Mercedes Cevallos Ramos, Tannia Cristina Cevallos Barzallo y presuntos herederos de quien en vida respondía a los nombres de Wilson Germánico Cevallos Cabrera (+). EN LO PRINCIPAL: 1.- Agréguese al proceso el acta de declaración juramentada suscrita por la procuradora común señora Hilda Elizabeth Cevallos Sánchez, mediante el cual rindió su juramento sobre el desconocimiento del domicilio de los herederos desconocidos del causante, esto de conformidad a lo que dispone el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos; lo cual se pone en conocimiento de los sujetos procesales para los fines consiguientes. 2.- Una vez que se ha cumplido con lo dispuesto en el auto de sustanciación que antecede, se califica la demanda de clara, completa y precisa, ya que reúne los requisitos establecidos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la acepta a trámite mediante el Procedimiento Voluntario establecido en la Sección I, Capítulo IV, Libro IV del invocado cuerpo legal. Por cuanto a fojas 6 del proceso consta el certificado de defunción de quien en vida fue WILSON GERMANICO CE-

VALLOS CABRERA (+), fallecido en la parroquia Iñaquito, cantón Quito, provincia de Pichincha, el 26 de marzo del 2021; al igual que con las actas de posesión efectiva concedidas por el señor Notario Tercero del cantón Francisco de Orellana, el 27 de abril del 2021, y por el señor Notario Segundo del cantón Francisco de Orellana, el 19 de mayo del 2021, e inscritas legalmente en el Registro de la Propiedad del cantón Francisco de Orellana, se justifica que se ha concedido la posesión efectiva proindiviso de los bienes dejados por el causante, a favor de Hilda Elizabeth Cevallos Sánchez, Carolina Estefanía Cevallos Sánchez, Abigail Fernanda Cevallos Guamán, Diana Gabriela Cevallos Ramos, Paulina Mercedes Cevallos Ramos y Tannia Cristina Cevallos Barzallo, como únicas y universales herederas, sin perjuicio de terceros; por lo que se declara abierta la sucesión de todos los bienes dejados por el señor WILSON GERMANICO CEVALLOS CABRERA (+), desde su fallecimiento y, en consecuencia procédase al inventario, tasación y avalúo de todos los bienes dejados por el referido causante, con la concurrencia de los sujetos procesales, interesados, testigos y Peritos que en forma oportuna se nombrarán, acorde con lo establecido en el art. 191 del Código Civil, en concordancia con el art. 341 del Código Orgánico General de Procesos. En consecuencia, al amparo de lo previsto en los arts. 53, 54, 55 y 341 inciso tercero del COGEP, CÍTESE a las señoras DIANA GABRIELA CEVALLOS RAMOS, PAULINA MERCEDES CEVALLOS RAMOS Y TANNIA CRISTINA CEVALLOS BARZALLO, mediante boletas dejadas en sus domicilios o, en persona en el lugar en que se les encuentre, debiendo entregárseles copia de la demanda, del escrito con el que se completa la misma y del presente auto de sustanciación; previniéndoles sobre la obligación que tienen de señalar casilla judicial y/o dirección electrónica para que reciban posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía. Para la diligencia de citación a las señoras DIANA GABRIELA CEVALLOS RAMOS, PAULINA MERCEDES CEVALLOS RAMOS, se contará con el señor Citador de esta Unidad Judicial, para lo cual se librará despacho en forma. Para la diligencia de citación a la señora TANNIA CRISTINA CEVALLOS BARZALLO, DEPRÉQUESE a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Machala, provincia de El Oro, tal como prescribe el art. 72 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con el art. 145 del Código Orgánico de la Función Judicial, ofreciendo reciprocidad en casos análogos y, utilizando el aplicativo de deprecatorio virtual

que se ha incorporado en el SATJE. Además, de conformidad con el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue WILSON GERMANICO CEVALLOS CABRERA

(+), mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en un periódico de amplia circulación de esta localidad, debiendo para el efecto, el señor Secretaria elaborar el correspondiente extracto judicial. Una vez transcurridos veinte días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar la demanda. En virtud de la ubicación de los bienes inmuebles que las accionantes solicita sean inventariados, NOTIFÍQUESE al señor Alcalde y al señor Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Francisco de Orellana, así como también a la señora Procuradora Tributaria de este cantón; para lo cual se contará con el Citador de esta Unidad Judicial, debiendo librarse despacho en forma. Tómese en cuenta la cuantía determinada dentro de la presente causa. Atendiendo el anuncio de prueba que realiza la actora, dispongo que se incorpore a los autos, la documentación que se adjunta a la demanda, cuyo contenido será considerado en el momento de la admisibilidad de los medios probatorios, conforme determina el art. 160 del COGEP; y, de conformidad con el Art. 159 inciso tercero del COGEP, ofíciese conforme solicita la accionante en los numerales 14, 15 Y 16 del anuncio de prueba, toda vez que ha fundamentado legalmente la imposibilidad de acceder al referido medio de prueba. Se conmina a la actora que brinde la colaboración necesaria, para que, en el menor tiempo posible, el referido oficio sea entregado en la institución requerida. De conformidad con el art. 346 inciso tercero del COGEP se requiere a los demandados, señores Diana Gabriela Cevallos Ramos, Paulina Mercedes Cevallos Ramos, Tannia Cristina Cevallos Barzallo, que durante la diligencia de formación de inventario brinden la colaboración necesaria para que se practique el alistamiento y tasación de los bienes que son objeto de la presente causa. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Francisco de Orellana, 27 de diciembre del 2023

Ab. Carmen Leticia Sangurima Álvarez

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ORELLANA.

1/3 Q-4204

Juicio N°. 22201-2023-00727

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN

FRANCISCO. Orellana, viernes 23 de febrero del 2024, a las 12h25.

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL: Presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue CHITO GUACHO ALONSO (+).

DOMICILIO DEL DEMANDADO: Se desconoce

ACTOR: Sra.: BETHY NARCISA GUTIERREZ COQUINCHE N° JUICIO: 22201-2023-00727

PROCEDIMIENTO: Ordinario

CUANTÍA: Indeterminada

JUEZA: Dra. Cumandá Cuaical Galárraga

DEMANDA: La señora BETHY NARCISA GUTIERREZ COQUINCHE, fundamentado en los 68,69,70 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 22 y siguientes del Código Civil, y Arts. 334 y siguientes del Código General de Procesos, demanda a (…) Presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue CHITO GUACHO ALONSO (+). AUTO DE CALIFICACIÓN: VISTOS: Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama, en calidad de Jueza subrogante de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana, al amparo de lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, en concordancia con los Arts. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, AVOCO conocimiento del Proceso de Declaratoria de Unión de Hecho N° 22201-2023-00727, propuesto por la señora BETHY NARCISA GUTIÉRREZ COQUINCHE, en contra de los señores KEVIN JOEL CHITO GUTIERREZ Y JONATHAN STEVEN CHITO GUTIERREZ. EN LO PRINCIPAL: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos establecidos en el art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite, mediante el Procedimiento Ordinario determinado en el art. 289 del invocado cuerpo legal, en concordancia con los arts. 222 y 223 del Código Civil. En consecuencia, CÍTESE a los demandados, señores KEVIN JOEL CHITO GUTIERREZ Y JONATHAN STEVEN CHITO GUTIERREZ, en el lugar que determina la accionante, debiendo entregárseles copia de la demanda y del presente auto de sustanciación. Para la diligencia de citación, se contará con el señor Citador de esta Unidad Judicial, debiendo librarse despacho en forma. Se requiere a la actora que en el menor tiempo posible concurra a esta Unidad Judicial para que brinde

Judiciales

la colaboración necesaria, a fin de reproducir en fotocopias la demanda y sus anexos, con los que se deberá citar a los demandados. Además, en virtud de la naturaleza de la acción planteada y, de conformidad con lo que establece el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue CHITO GUACHO ALONSO (+), mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en fechas distintas, en uno de los periódicos de amplia circulación a nivel nacional, debiendo para el efecto, la señora secretaria elaborar el correspondiente extracto judicial. Se concede a los demandados el término de treinta (30) días para contestar a la demanda propuesta en su contra y deducir las excepciones de las que se crean asistidos, acompañando la prueba que dispongan y anunciando la que ha de actuarse en la respectiva audiencia, conforme prescriben los arts. 151, 152 y 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos. Cabe destacar, que una vez transcurridos veinte días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar a la demanda. Téngase en cuenta la cuantía determinada para la presente causa. En referencia al anuncio de los medios de prueba que realiza la actora, dispongo que se incorpore a los autos la documentación que se adjunta a la demanda, cuyo contenido será considerado en el momento procesal oportuno; y en cuanto a la prueba testimonial solicitada, se considerará durante la respectiva Audiencia Preliminar, en el momento de la admisibilidad de los medios probatorios, conforme determina el art. 294 numeral 7, literal d) del COGEP. Tómese en cuenta la autorización que se confiere a favor de su defensor técnico, para que patrocine a la accionante dentro de la presente causa, así como también la casilla judicial electrónica que señala para recibir sus notificaciones. De conformidad con el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico se les indica a los sujetos procesales que la firma electrónica puesta en la presente providencia tiene plena validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita, en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial. Intervenga y actúe la Ab. Carmen Leticia Sangurima Álvarez, en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE.Francisco de Orellana, 23 de febrero de 2023 Ab. Carmen Leticia Sangurima Álvarez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ORELLA-

NA. 1/3 C-4516

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN LORETO EXTRACTO JUDICIAL DEL PROCESO SIGNADO CON EL N°. 22303-2023-00225

CITACION JUDICIAL A: VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO y SCARLETH JAMILETH

VARGAS ESCOBAR (quién por ser menor de edad, será citada a través de su progenitora, la ciudadana VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO, conforme lo estipula el inciso primero del Art. 32 del COGEP).

ACTOR: SR. JOHN JAIRO VARGAS MENDIETA

DEMANDADAS: SRA. VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO y SCARLETH JAMILETH

VARGAS ESCOBAR.

DOMICILIO ELECTRÓNICO DEL ACTOR: moranjeancarlo2@gmail.com DEL AB. JEANCARLO

SEBÁSTIAN MORÁN SAMANIEGO.

CUANTIA: INDETERMINADA.

JUEZ: DR. GUILLERMO SANTIAGO CELI SARMIENTO.

SECRETARIO: AB. NIXON DARWIN TADAY

LEÓN.

En el Proceso Ordinario de NULIDAD DEL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, signado con el número 22303-2023-00225, propuesto por el señor JOHN JAIRO VARGAS MENDIETA, en contra de SCARLETH JAMILETH VARGAS ESCOBAR y VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO, mediante AUTO DE SUSTANCIACIÓN, emitido con fecha, jueves 29 de febrero del 2024, a las 10h47, se ha ordenado lo siguiente: 1.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el auto que antecede, esto es, ha comparecido la parte actora, señor JOHN JAIRO VARGAS MENDIETA, quien en forma oral, bajo juramento ha manifestado: “…que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, señora VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO, pese haber efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarla inclusive acudiendo a los registros públicos de acceso…”. En mérito al juramento rendido por el señor JOHN JAIRO VARGAS MENDIETA, de que ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO y que ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarla, como acudir a los registros

de acceso público y ha adjuntado la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores, esto es, que ha dado acatamiento a lo determinado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, por lo tanto, con la finalidad de continuar con la sustanciación de la presente causa, este Juzgador ORDENA lo siguiente: CÍTESE a las demandadas VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO y SCARLETH JAMILETH VARGAS ESCOBAR (quién por ser menor de edad, será citada a través de su progenitora, la ciudadana VANESSA DAYANA ESCOBAR VELASCO, conforme lo estipula el inciso primero del Art. 32 del COGEP), mediante TRES publicaciones, que se realizarán en tres fechas distintas, en uno de los periódicos de mayor circulación del cantón Loreto, provincia de Orellana. De no haberlo, se hará en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación, por ser la última dirección domiciliaria de las demandadas, tal como lo dispone el numeral 1) del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos; para el efecto con el EXTRACTO DE CITACIÓN, se le concede el término de TREINTA (30) días para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo prescriben los Arts. 151 y 291 del Código Orgánico General de Procesos, ya que de no comparecer en el término concedido, perderán la oportunidad de hacer valer sus derechos. 2.- Atendiendo el anuncio de prueba que realiza el actor, dispongo que se incorporen a los autos la prueba documental que adjunta a su demanda y se tome en cuenta la prueba TESTIMONIAL y PERICIAL solicitada para justificar la necesidad o conveniencia del acto que es materia de la presente causa. Lo cual será considerado durante la respectiva

AUDIENCIA DE JUICIO, en el momento de la admisibilidad de los medios probatorios, conforme lo determina el Art. 160 del COGEP. Siga actuando el Ab. Nixon Taday León, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. - f) Dr. Guillermo Santiago Celi Sarmiento, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Loreto. - CERTIFICO: Ab. Nixon Taday León, Secretario. Loreto, 29 de febrero del 2024. Particular que comunico a usted para fines de Ley. Atentamente, Ab. Nixon Darwin Taday León.

SECRETARIO UJMCL. 1/3 Q-4209

SHUSHUFINDI

Por orden del titular de la cuenta corriente No. 110602958 del Banco Internacional S.A., se comunica que se está procediendo a anular el(los) siguiente (s) formulario (s) de cheque (s): del número 25926 hasta el número 25926. 1/1 Q-4207

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El Gobierno Provincial de Orellana entrega tablets a estudiantes

El Gobierno Provincial de Orellana a través de la Coordinación de Participación Ciudadana entregó 1756 tablets a 60 unidades educativas, en varios eventos desarrollados en el auditorio de la institución los días 30 de enero, 06 y 18 de febrero del presente año.

Esta dotación, se llevó a cabo a través de un convenio de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Orellana y la Coordinación Zonal de Educación Zona 2, como parte del proyecto "Fortalecimiento a las capacidades de las personas y grupos prioritarios mediante su participación en la provincia de Orellana".

El objetivo de este proyecto es impulsar el sistema educativo y promover una educación de calidad en la provincia. Los beneficiarios de las tablets fueron los futuros bachilleres de la provincia que se destacaron por su aprovechamiento en temas sociales o deportivos en las zonas urbanas, así como todos los estudiantes de la zona rural sin excepción que cursan el último nivel de estudios secundarios.

El Decreto Ejecutivo 135, que establece la semaforización del país, permite la entrega de tablets durante el día sin restricciones de movilidad. Por lo que, los estudiantes pudieron asistir y recibir la dotación de estas herramientas tecnológicas, la cual se efectuó

con todos los protocolos de seguridad y la colaboración de la Policía Nacional para garantizar el bienestar de los asistentes.

La Prefecta de Orellana, Ma-

gali Orellana, mencionó que la entrega de estas tablets es una muestra del compromiso del Gobierno Provincial con la educación de los jóvenes de la provincia. “Estas herramientas tecnológicas les ayudarán a mejorar su aprendizaje y a tener acceso a una educación de calidad”, señaló.

Desde 2019, más de 5.000 estudiantes han sido beneficiados a nivel provincial. Para el año escolar 2023-2024 se tiene previsto entregar 1.835 tablets, de las cuales hasta ahora se han entregado 1.756 tablets a bachilleres de las Unidades Educativas de los cantones Francisco de Orellana, La Joya de los Sachas y Loreto. Próximamente, el cantón Aguarico recibirá estos beneficios.

Comunidad 12 Circulación del 03 al 09 de marzo de 2024
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