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Edición 1395

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Opinión

Editorial

Migración:

entre la necesidad

y la esperanza, el desafío humano del Ecuador

La migración no es solo una estadística ni un fenómeno pasajero. Es el reflejo más doloroso de las carencias estructurales de un país y, al mismo tiempo, la expresión más valiente de la esperanza de su gente. Cada ecuatoriano que abandona su hogar en busca de mejores oportunidades lleva consigo una historia de esfuerzo, despedidas y sueños que pesan más que cualquier maleta.

En Ecuador, salir del país ha dejado de ser una opción excepcional para convertirse en una decisión forzada por la inseguridad, el desempleo y la incertidumbre económica. Familias enteras se fragmentan, comunidades pierden a su población joven y productiva, y la migración se consolida como una válvula de escape ante la falta de oportunidades internas.

Las rutas hacia Estados Unidos, España y otros destinos se han convertido en caminos de alto riesgo. Quienes emprenden el viaje enfrentan redes de tráfico de personas, extorsiones, violencia y condicio-

Opinión

nes extremas que ponen en peligro su vida. Muchos no llegan; otros regresan con deudas, traumas o deportaciones. El costo humano rara vez se mide con justicia.

Sin embargo, también es innegable que los migrantes sostienen buena parte de la economía nacional. Las remesas enviadas mes a mes se han transformado en un soporte vital para miles de hogares, dinamizan el comercio local y alivian la pobreza en numerosas comunidades. Paradójicamente, el sacrificio de quienes se van mantiene a flote a quienes se quedan. Pero un país no puede depender indefinidamente de la partida de su gente para sostenerse. La migración masiva es síntoma de fallas profundas: falta de empleo digno, educación limitada, servicios básicos precarios y escasa confianza en las instituciones. Cuando la única salida parece cruzar fronteras, el Estado ha perdido su capacidad de ofrecer futuro.

La respuesta no puede limitarse a controles o discursos coyunturales.

Se requiere una política integral que combine generación de empleo, apoyo al emprendimiento, seguridad jurídica, protección a los migrantes en el exterior y programas de reinserción para quienes regresan. La migración debe ser una elección libre, no una obligación desesperada.

También es necesario cambiar la narrativa. El migrante no es una cifra ni una carga; es un trabajador, un padre, una madre, un joven profesional que aporta talento y sacrificio. Su dignidad merece respeto y políticas públicas que reconozcan su contribución al desarrollo nacional.

El desafío es claro: construir un Ecuador donde nadie tenga que marcharse por necesidad, sino que pueda quedarse por convicción. Un país que ofrezca oportunidades dentro de sus fronteras y protección más allá de ellas. Solo entonces la migración dejará de ser una despedida dolorosa para convertirse, verdaderamente, en una opción de libertad.

Ruido mental y gestión del pensamiento

Para que la lectura convalide la existencia de un texto leído, no es desde cualquier lectura, peor si esta es llevada a cabo de manera mecánica, o solo para cumplir una tera escolar, o desde el ruido mental y físico que produce el exceso de la información digitalizada, en especial el de la inteligencia artificial que, tal como lo plantean las académicas Santamarina Sancho y Domínguez-Oller, al sostener que, en especial “los estudiantes perciben esta herramienta como un atajo para ahorrar tiempo, un corrector lingüístico de trabajos ya elaborados o, directamente como un generador de textos. Esta visión centrada en el resultado final y no en el proceso limita su valor educativo y plantea importantes retos para la enseñanza universitaria. Más que favorecer una mejora de la escritura [y de la lectura] académica, estos usos no permiten llevar

a cabo una relación más profunda con los textos y con el propio aprendizaje” (2026) para aprender a gestionar el pensamiento desde un actuar consciente del conocimiento. En este contexto, solo una lectura que evite, en especial, el ruido mental del lector, es decir, el estar, al mismo tiempo llevando a cabo diferentes actividades en las redes sociales, en las cuales, como sabemos, el uso excesivo “puede generar impactos perjudiciales en la salud mental y física de los menores [especialmente], afectando su atención, provocando distracciones respecto a sus deberes y originando trastornos psicológicos y patrones de conducta inadecuados. [Por lo tanto], su uso indiscriminado también puede acarrear efectos negativos significativos, especialmente cuando no se consideran adecuadamente sus repercusiones sobre los derechos humanos, en particular los de los menores de 16 años. Entre los riesgos destacan el impacto en

la salud mental, la tendencia a las adicciones digitales y la protección insuficiente de los datos personales” (Drouet Mármol, 2026).

Por supuesto que, como señala el filósofo Antonio Fornés, “probablemente el conocimiento no conseguirá, al menos a corto plazo, que mejore nuestra situación social, ni que ganemos más dinero, pero nos permitirá ver con mayor profundidad el mundo que nos rodea; cada vez que aprendemos algo nuevo nos elevamos, nos subimos a un pedestal desde el que tenemos una visión privilegiada que nos permite mejorar nuestra comprensión de la realidad. Nuestra fuerza como personas radica esencialmente en el pensamiento, en nuestra capacidad de pensar, aprender y comprender. Cada vez que lo hacemos somos un poquito más fuertes, más dignos y, sobre todo, un poquito más humanos” (2018), o poco humanos desde el ruido mental que aniquila la capacidad de pensar para comprender, inferir y criticar axiológica y cognitivamente.

Fundadores 1997

Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota

Director–Editor: Roberto Ratti

SUCUMBÍOS

Corresponsales: Carlos Navarrete y Fausto Campos

Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay, detrás del Centro de Atención Ciudadana

Contacto: 062362680

0989404851 • 0997103969 0984660182 • 0939501015

PASTAZA

Contacto: 022906827 0984660182 • 0997103969 0992081870

ORELLANA

6 de Diciembre y Jorge Rodríguez

Contacto: 062806246 0997103969 • 0984660182

NAPO

Contacto: 022906827

0984660182 • 0997103969 0992081870

QUITO

Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0984660182 • 0992081870 0997103969

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Cristina Goyes C.

COBERTURA

Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

IMPRENTA–EDITORIAL Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.

VENTAS

ggranda@periodicoindependiente.com Contacto: 022906827 0984660182 • 0989404851 0992081870 • 0939501015

Asamblea aprobó

ley de energía y minería con votos de ADN y tres asambleístas amazónicos

Tres asambleístas ex Pachakutik exigieron que se mantenga la asignación del 30% de regalías petroleras para las provincias amazónicas. La Asamblea sesionó en la Universidad ECOTEC, en Guayaquil. El texto será remitido al Ejecutivo para su veto o aprobación.

La Asamblea Nacional dio luz verde, tras más de tres horas de debate, al proyecto de Ley para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía impulsado por el Ejecutivo como económico urgente y enviado el 28 de enero de 2026.

El proyecto, auspiciado por el partido de gobierno Acción Democrática Nacional (ADN), contó con los 77 votos necesarios para su aprobación.

Tres asambleístas amazónicos que fueron expulsados del movimiento Pachakutik condicionaron su voto a favor del proyecto de ADN a que se excluya el artículo 29.

El punto más álgido en el debate fue cuando intervinieron los ex asambleístas del movimiento Pachakutik, Edmundo Cerda (Napo) y José Luis Nango (Pastaza), quienes habitualmente respaldan las iniciativas gubernamentales. Ellos condicionaron el apoyo al proyecto, y ofrecieron su voto a cambio de que se elimine el artículo 29 del proyecto, logrando que se mantenga la asignación del 30% del superávit de las regalías petroleras para las provincias amazónicas.

“Si no se corrige ese punto no podemos respaldar la propuesta porque afecta directamente a las provincias amazónicas; exigimos

para la Amazonía lo necesario y lo suficiente de forma justa y equitativa para todos”.

Agregó que el Ecuador necesita fortalecer sectores estratégicos, generar empleo y estabilidad económica “pero no a costa de debilitar la Amazonía y los derechos”.

Fernando Nantipia (Morona Santiago), exPachakutik, que también ha apoyado las propuestas del Gobierno, dijo que hay que reconocer que los recursos naturales son fundamentales para sostener las finanzas públicas, los servicios y el desarrollo nacional, y sobre todo combatir la minería ilegal.

Por eso, Fernando Nantipia se sumó a la posición de Cerda y Nango, y dijo que su voto será responsable y condicionado, siempre y cuando se defiendan los derechos de los pueblos amazónicos.

La moción para eliminar el artículo 29 del proyecto, que fue el único cambio sustancial que sufrió el texto en este segundo y último debate, fue presentada por Anthony Becerra de ADN (Azuay). El asambleísta condicionó su postura a la protección de los recursos de las provincias generadoras de energía. El artículo 29 pretendía eliminar el 30% de los excedentes (superávit) que reciben los GAD provinciales,

cantonales y parroquiales por la generación eléctrica (en el caso del Austro).

Becerra mocionó para la votación en dos partes. En primera instancia se votó por los primeros 28 artículos y las disposiciones transitorias, que fueron aprobados; y luego se votó --y aprobó-- la moción de eliminar el artículo 29.

LA BANCADA CORREÍSTA PIDIÓ EL ARCHIVO DE LA LEY

El debate en la Asamblea, como ocurrió con la aprobación de la Ley urgente para el Gasto de los Gobiernos Autónomos, estuvo marcado por la polarización política.

Durante la jornada, los legisladores correístas liderados por Noemí Cabrera (Revolución Ciudadana), centraron sus pedidos para que el proyecto sea archivado y apuntaron sus críticas en lo que consideraron una iniciativa que ha sido cuestionada por organizaciones ambientalistas.

¿Vamos a permitir que se consolide un régimen que debilita licencias ambientales, reduce controles y entrega concesiones mineras a corporaciones mientras las comunidades siguen esperando el desarrollo, el agua potable?, cuestionó Cabrera al señalar que la Asamblea tiene una responsabilidad histórica.

Alejandro Lara (ADN), ponente de proyecto e integrante de la Comisión de Desarrollo Económico, defendió el proyecto y desestimó las críticas del correísmo.

Dijo que el proyecto no responde a un capricho del Gobierno, sino a una necesidad urgente que vive el país. La ley legalizará y formalizará la minería artesanal y establece permisos improrrogables por 10 años, sin extensiones respecto de los que se otorguen. Destacó como un eje innovador la incorporación de los clústeres mineros, que no solo se dedicarán a la exploración y explotación, sino que también buscarán fortalecer los territorios mineros donde se desarrollen estas actividades para impulsar el empleo y el desarrollo local. La Hora (SC)

INSTITUTO EDUCATIVO PROFESIONAL ORELLANA INEDUP S.A.

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Social y la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía INSTITUTO EDUCATIVO PROFESIONAL ORELLANA INEDUP S.A., a Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a efecto el día jueves 12 de marzo de 2026, a las 09h00, en el domicilio principal de la compañía ubicado en ORELLANA / ORELLANA / PUERTO FRANCISCO DE ORELLANA (EL COCA) / ENRIQUE CASTILLO NAPO CENTRAL PB Y PUERTO FRANCISCO DE ORELLANA.

La Junta tratará el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1. Conocimiento del vencimiento del período de funciones de la Gerente General.

2. Designación de Gerente General.

3. Designación de Presidente.

4. Determinación de facultades y período de duración de los cargos designados.

5. Autorización para la inscripción de los nombramientos en el Registro Mercantil y actualización ante los organismos competentes.

6. Resolución sobre el procedimiento de entrega–recepción de información de la compañía de la administración saliente a la administración entrante.

7. Autorización para la adopción de medidas administrativas necesarias para la protección de los intereses sociales.

Los accionistas podrán concurrir personalmente o mediante apoderado debidamente acreditado conforme a la ley y al Estatuto Social. Orellana, 2 de marzo de 2026.

Lic. Consuelo Miguel Urvina Romo

Presidente

C.C.: 1801254044

INSTITUTO EDUCATIVO PROFESIONAL ORELLANA INEDUP S.A.

» Protestas por la ley minera en los exteriores de la Asamblea Nacional.

Nacional

Elecciones: gremio de restaurantes pide al CNE modificar fecha del 14 de febrero por el perjuicio que provocará al sector

Diego Vivero, vocero de COREC dijo que con la decisión de convocar a elecciones el 14 de febrero de 2027, día del Amor y la Amistad, “agrava más aún el problema porque no estaremos en condiciones de vender licores y provocará que muchos negocios cierren”.

han trabajado técnica y responsablemente en la propuesta de reforma al Código de la Democracia respecto a la denominada “ley seca”, planteando una reducción razonable de horas que permita equilibrio entre el proceso electoral y la actividad económica formal.

En los últimos 13 procesos electorales se han acumulado 39 días de Ley Seca, con pérdidas estimadas superiores a $150 millones para el sector formal.

La Confederación de Restaurantes del Ecuador (COREC) que agrupa a seis asociaciones y más de 2.500 restaurantes envió hoy, 25 de febrero de 2026, al Consejo Nacional Electoral (CNE) un oficio donde le solicitan modificar la fecha para las elecciones seccionales de 2027.

El 14 de febrero de 2026, el CNE prorrogado en funciones, declaró el inicio del periodo electoral para las seccionales y anunció para el 14 de febrero de 2027 la fecha en la que los ecuatorianos deberán elegir a las autoridades locales.

“A nosotros, este anuncio nos cayó como un balde de agua fría”, dijo Diego Vivero, vocero de COREC, y señaló que el CNE, con la decisión de convocar a

elecciones el 14 de febrero, día del Amor y la Amistad, “agrava más aún el problema” porque “no estaremos en condiciones de vender licores y provocará que muchos negocios cierren

Los locales no se podrán abrir entre el 12, 13 y 14 de febrero por la denominada “ley seca”. “Pedimos al CNE que modifique la fecha porque es un gravísimo daño para el sector turístico; confiamos que, como falta un año se cambie la fecha y nos tomen en cuenta". Sugirió que el CNE podría anticipar o postergar la fecha.

“Febrero tiene 28 días, y a veces el 14 de febrero nos salva para reactivar la economía del sector”, subrayó.

Por otro lado, comentó que durante meses, desde la COREC

A Vivero le preocupa que eventualmente no se alterarían las horas de restricción y, además, que las próximas elecciones seccionales se realizarían un 14 de febrero, una de las fechas comerciales más importantes del año para el sector gastronómico, turístico y de entretenimiento, insistió. El 14 de febrero representa, para miles de restaurantes, bares, hoteles y sus proveedores, uno de los días de mayor facturación del año.

En muchos casos, las ventas de esa jornada equivalen a varios días normales de operación y permiten cubrir obligaciones laborales, tributarias y financieras del mes.

Según COREC, el sector genera:

Ì Más de 450.000 empleos directos e indirectos a nivel nacional.

Ì Está conformado por más de 20.000 negocios formales, en su mayoría empresas familiares.

Ì Aporta significativamente a la recaudación tributaria y a la dinamización del turismo interno y receptivo.

La democracia se fortalece con control, no con prohibiciones desproporcionadas que castigan reiteradamente a los mismos sectores productivos, dijo.

Especificó que, en ningún recinto electoral se permite votar en estado etílico. El Estado ya controla muchos aspectos del proceso electoral; puede hacerlo también aquí, sin paralizar economías enteras.

Realizar elecciones un 14 de febrero, bajo 72 horas de restricción total, no sólo profundiza el impacto económico, sino que envía un mensaje preocupante: que el esfuerzo de miles de emprendedores formales puede ser subestimado frente a decisiones que podrían planificarse con mayor sensibilidad económica.

El Ecuador necesita más actividad formal, más empleo y más recaudación. Reiteró la disposición al diálogo técnico y responsable, pero también expresaron con claridad su frustración ante decisiones que afectan de manera directa a miles de familias que viven del trabajo honesto y formal. “La democracia no debe estar reñida con la economía, debe caminar junto a ella”, dijo.

La Hora.(SC)

» El 14 de febrero de 2026, el CNE declaró el inicio del periodo electoral para las seccionales para el 14 de febrero de 2027 la fecha en la que los ecuatorianos elegirán a las autoridades locales.

MDH y municipio de Tena suscriben convenio para fortalecer emprendimientos en Napo

El acuerdo busca promover la innovación, sostenibilidad y consolidación de los emprendimientos impulsados por beneficiarios del Bono de Desarrollo Humano.

Tena.- El Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) y la Dirección de Desarrollo Social y Económico del GAD Municipal de Tena firmaron un convenio de cooperación interinstitucional orientado a fortalecer las capacidades técnicas y productivas de familias emprendedoras vinculadas al Crédito de Desarrollo Humano en el cantón Tena, provincia de Napo.

El acuerdo busca promover la innovación, sostenibilidad y consolidación de los emprendimientos impulsados por beneficiarios del Bono de Desarrollo Humano y otras pensiones estatales, quienes accedieron al financiamiento para iniciar o fortalecer actividades productivas.

Durante la suscripción,

Gabriela Landázuri, coordinadora zonal 2 del MDH, que abarca Napo, Orellana y Pichincha, excepto Quito, señaló que la alianza prioriza a familias en situación de pobreza y pobreza extrema. Según indicó, para 2026 se prevé capacitar a más de

300 usuarios en áreas como artesanías, gastronomía e ideas de negocio, con el objetivo de impulsar el desarrollo territorial y mejorar los ingresos familiares.

Por su parte, Fabián Escobar, director de Desarrollo Social y Económico del cabildo local,

destacó la corresponsabilidad de los gobiernos seccionales en la dinamización de la economía. Explicó que el municipio aportará profesionales y un equipo técnico especializado para brindar formación en pastelería, artesanías, atención al cliente, marketing y gestión administrativa, con el fin de elevar la calidad de productos y servicios y fortalecer la sostenibilidad de los negocios.

De acuerdo con datos oficiales, para 2026 el MDH proyecta entregar 1.400 Créditos de Desarrollo Humano en la provincia de Napo, con una inversión superior a 1,6 millones de dólares, destinados a la generación y fortalecimiento de emprendimientos productivos de familias usuarias del bono estatal. Periódico Oriente

Exploradores de Sucúa reportan hallazgo de anaconda verde en la Amazonía ecuatoriana

La anaconda verde (Eunectes murinus) habita en ríos, lagunas y zonas inundables de la cuenca amazónica.

Sucúa.- Una publicación difundida por el medio digital Sucúa TV informó sobre el hallazgo de una anaconda verde por parte de dos exploradores del cantón Sucúa, en la provincia de Morona Santiago. Según el contenido compartido en redes sociales, los ciudadanos se internaron en la selva amazónica y lograron ubicar un ejemplar de esta especie, considerada una de las serpientes más grandes del mundo. La publicación incluye imágenes del animal y anuncia un video completo; sin embargo, no precisa la fecha exacta del registro ni el sitio específico donde ocurrió el encuentro.

La anaconda verde (Eunectes murinus) habita en ríos, lagunas

» De acuerdo a la UICN, la anaconda verde está catalogada a nivel global como Preocupación Menor.

y zonas inundables de la cuenca amazónica, que abarca territorios de varios países sudamericanos, entre ellos Ecuador. Se trata de una especie clave en los ecosis-

temas acuáticos y pantanosos, donde cumple un rol como depredador tope.

De acuerdo con la Unión Internacional para la Conservación de

la Naturaleza (UICN), la anaconda verde está catalogada a nivel global como Preocupación Menor (Least Concern), debido a su amplia distribución geográfica y a que no se registran disminuciones poblacionales generalizadas. No obstante, enfrenta amenazas asociadas a la deforestación, la contaminación de fuentes hídricas, la expansión de actividades extractivas y la cacería por conflicto o desconocimiento.

Hasta el momento, no se ha informado si el hallazgo fue notificado a autoridades ambientales ni si formó parte de una actividad científica, turística o recreativa. Tampoco se han difundido detalles sobre el tamaño del ejemplar observado.

» Para el 2026 el MDH proyecta entregar 1.400 Créditos de Desarrollo Humano, en la provincia de Napo.
Más de 4400 niños y gestantes en orellana reciben atención médica a través de brigadas

interinstitucionales

El Coca.- Más de 4.400 niñas, niños y mujeres gestantes que forman parte de los servicios de desarrollo infantil del Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) en la provincia de Orellana acceden a atención médica integral mediante brigadas coordinadas con el Ministerio de Salud Pública (MSP).

La estrategia beneficia a usuarios de 26 Centros de Desarrollo Infantil (CDI) y 90 unidades del programa Creciendo con Nuestros Hijos (CNH), con el objetivo de fortalecer la prevención y reducir la desnutrición crónica infantil a través de controles oportunos y acompañamiento en territorio.

Durante las jornadas, el personal de salud realiza evaluaciones

los proveedores del servicio de alimentación externalizada de los CDI, verificando el cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura para garantizar la calidad e inocuidad de los alimentos que reciben los menores.

Las educadoras del programa CNH también desarrollan actividades de consejería familiar y sensibilización comunitaria, promoviendo prácticas adecuadas de alimentación, higiene y consumo de agua segura como medidas preventivas frente a la desnutrición.

Homenaje

nutricionales que incluyen medición de peso, talla y niveles de hemoglobina, además de controles odontológicos para detectar posibles afecciones bucales. En

los casos que lo requieren, se entregan suplementos como vitaminas y micronutrientes.

De manera paralela, se ejecutan procesos de seguimiento a

Según datos oficiales, en Orellana el MDH atiende a 4.436 usuarios de los servicios de desarrollo infantil, con una inversión superior a cinco millones de dólares

Homenaje a forjadores de Lago Agrio, reunió a mujeres y hombres, que creyeron en el desarrollo de este rincón amazónico

La iniciativa que nació desde hace algunos meses de parte de Walter Mármol y que la fue fortaleciendo a través de su página

“Noticias Chíparo” tuvo su final feliz, el viernes 27 de febrero, en una de las canchas del parque Recreativo Nueva Loja, con la en-

trega de alrededor de 150 placas a familiares de aquellos y aquellas forjadores que hicieron de Lago Agrio, la tierra de promisión como es ahora, donde mujeres y hombres que han venido de diferentes partes del país, se quedaron en este rincón amazónico. De

hecho, las placas se entregaron también a hombres y mujeres, que trabajan y hacen de Lago Agrio un lugar a visitar; es el caso de Washington Fiallos, creador del tema “Yo nací en Lago Agrio”, Luis Arboleda, que por avance de la tecnología, debió dejar su cámara fotográfica, para ahora tomar fotos con el celular; del mismo padre Pablo Gallegos, a quién le hicieron bailar, casi al final de la programación.

El evento que tuvo el apoyo de parte de la Casa de la Cultura Núcleo de Sucumbíos, con su presidente Joofre Gómez, fue amenizado con artistas como Teófilo Aldaz y su hija Kerly, quien hace 40 años crearon con su hermano, el tema “Lago Agrio Petrolero”, “Sonidos del Ecuador”

conjunto que hizo bailar a los presentes; Marco Haro, entre otros.

La entrega de placas se realizó en un ambiente festivo y de recordación, para quienes ya no están, pero nos dejaron un importante legado, como es Lago Agrio.

» Durante las jornadas, el personal de Salud realiza evaluaciones nutricionales, que incluyen medición de peso, tallas y niveles de hemoglobina.
» El evento se realizó el viernes 27 de febrero.
» Pascual Grefa recibe su placa de parte de Pablo Gallegos.

Unidad Educativa Ejército Ecuatoriano, 45 años de labor educativa

Con llamativos programas culturales y con la participación de estudiantes de los distintos paralelos, como también la participación de padres de familia y docentes, la Unidad Educativa Ejército Ecuatoriano, celebró durante los días 26 y 27 de febrero, sus 45 años de creación como institución educativa.

El jueves 26, el concurso de Danza Folclórica, con la participación de estudiantes de los diferentes paralelos, concitó la atención de padres de familia y personal docente, con la intención que sus respectivos paralelos, representen de la mejor forma en su presentación. De hecho, interpretaciones de la Bomba del Chota, danza costeña, en especial de la provincia de Manabí; danza de la serranía en general, como también de nuestra Amazonía y su baile

ancestral de las nacionalidades, se presentaron en diversos grupos que participaron, teniendo en cuenta que entre el jurado estaba el Director Distrital de Educación, en este caso, el licenciado Freddy Alarcón.

El día viernes 27, fue día para fue el concurso para el Festival de la Canción, en el que participaron padres de familia e hijos, creando un ambiente de gran expectativa y participación, al cumplir la institución sus 45 años de vida

educativa. La Unidad Educativa Ejército Ecuatoriano, se creó el 27 de febrero de 1981.

Carmita Orellana, directora de la institución, mostró su satisfacción por la celebración de un aniversario más de la institución, donde se educan alrededor de 1.100 estudiantes. La Ejército Ecuatoriano, se ubica entre las calles Amazonas, donde tiene una importante infraestructura con un bloque de aulas modernas, como también por la calle Vicente Narváez, por la que generalmente también salen los estudiantes; otro ingreso es por la calle Amazonas, a poca distancia de las malocas del parque Turístico Nueva Loja.

Así celebró su 45 años, una de las unidades más representativas de Lago Agrio, en este caso la Unidad Ejército Ecuatoriano.

“Me cortaron las alas” y no puedo avanzar: Rosa Pinzón

Cuando en agosto del 2025 la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, le emitió su Certificación Sanitaria, por el que había venido tramitando desde hace algunos meses, no se imaginó que en lugar de favorecerla en sus aspiraciones de crecer como emprendedora, dicho

certificado, más bien le cortó esas aspiraciones; pues el certificado que debía emitirse a Rosa Pinzón, con el carácter de certificación para emprendedora, le entregaron como si fuera una empresaria.

“Me cortaron las alas; me hicieron pedazos”, señala la emprendedora que ocupa un puesto

en la parte baja del Centro de Atención Ciudadana, donde ofrece su producto: “Pulpa Concentrada de Totumo” con su marca “Creación de Dios” y es como lo inscribió para lograr su certificación; producto que ella lo prepara con dedicación y esmero.

Es decir Pinzón no tiene opción de ser beneficiaria o favorecida como cualquier persona que trabaja el día a día; “fui al Miduvi, para ingresar en un programa de vivienda, pero me dicen que al constar como empresaria, no tengo opción al programa” señala la mujer, quien vive sola y con sus ventas apenas le alcanza para sus gastos y pago del arriendo; ante tanta preocupación “casi me da un derrame” añade.

De hecho, Rosa Pinzón ha ido por varias ocasiones a reclamar en las oficinas de esta agencia en Nueva Loja, mismas que están en el primer piso del Centro de Aten-

ción Ciudadana, “pero siempre está cerrado”. Le han sugerido que busque un abogado para que arregle su situación, pero dice no contar con recursos para este trámite. “Quiero que se haga justicia, porque no es justo lo que me están haciendo” afirma Pinzón.

» El concurso de danza folclórica, creo gran expectativa entre estudiantes, padres de familia y docentes.
» En septiembre del 2025, en un programa de emprendimientos, en el C.A.C, Rosa Pinzón -centro- muestra su producto y certificación.
» Las oficinas de la Agencia, pasan cerradas porque el “equipo de la ACESS, se encuentra en inspecciones en territorio”.

Actualidad

Yuri Colorado, presidenta de la AME, asegura que habrá acompañamiento a los cantones para implementar la ley de los gad

La AME respalda la ley porque considera que la disciplina fiscal generará progreso y desarrollo en cada territorio del país. La AME representa a 222 gobiernos autónomos descentralizados (gad) municipales del Ecuador.

Yuri Colorado, alcaldesa de Muisne y presidenta de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), explica las razones por las que respalda la aprobación de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

“Nosotros respaldamos la Ley, creemos firmemente que la disciplina fiscal, orientada a la ciudadanía, genera progreso, bienestar y desarrollo en cada uno de los territorios del país. Es importante la aprobación de esta Ley que va a medir de manera eficiente la inversión de los recursos del Modelo de Equidad Territorial en las prefecturas, en las alcaldías, en las juntas parroquiales”, argumentó Colorado a LA HORA.

Subrayó que la AME mantiene contacto permanente con los alcaldes y alcaldesas del país, y que antes de que el proyecto de ley sea tramitado, ya se trabajaba en metodologías técnicas que permitan conseguir ingresos propios a las alcaldías. “Nosotros convocamos a los siete presidentes regionales (que representan a todos los alcaldes del país) para recoger los aportes”.

ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO PARA CANTONES

La Ley establece como regla que los GAD destinen obligatoriamente al menos el 70% de su presupuesto en gasto no permanente de inversión, mantenimiento

y reposición de infraestructura. La Ley se publicó en el Registro Oficial el 23 de febrero y lo que se incorporó son mecanismos de control que permitan especificar ese 70% de inversión, puntualizó Colorado. Si se incumple la regla, habrá reducción en el ingreso que asigne el Estado central.

MINISTERIO DE FINANZAS

TIENE 90 DÍAS PARA EMITIR LINEAMIENTOS TÉCNICOS

A partir de esa fecha (23 de febrero), el Ministerio de Finanzas tiene 90 días para emitir lineamientos técnicos para el cumplimiento de la regla de asignación mínima prioritaria, es decir, para generar el reglamento.

“Desde la AME nacional ya hemos tenido tres reuniones para poder hacer el acompañamiento técnico, pedir la autorización a los compañeros alcaldes y alcaldesas que deseen el apoyo de la AME para, con sus equipos técnicos, empezar la planificación de

implementación y cumplimiento de la Ley: que para el 2026 es del 65%; para el 2027, el 68%; y para el 2028 ya el 70%”, indicó Colorado. Una de esas reuniones se desarrolló el 24 de febrero de 2026.

“Ya iniciamos con todo el equipo técnico este acompañamiento, para revisar las condiciones de los cantones que quieran y poder hacer una hoja de ruta de implementación de la Ley”, agregó la presidenta de la AME.

¿PREOCUPAN LAS DEMANDAS DE INCONSTITUCIONALIDAD?

Frente a los anuncios de demandas de inconstitucionalidad hechos por prefectos y alcaldes de la línea de la Revolución Ciudadana, Colorado señala: “La Ley ya existía (sobre el porcentaje del 70%) y está respaldada en el artículo 271 de la Constitución. Irónicamente, los compañeros que tienen esta narrativa de una sola tendencia fueron quienes

implementaron la Ley en su momento. ¿Antes era eficiencia y hoy ya no lo es? Es importante hablarle con claridad al pueblo ecuatoriano y no mentirle. Lo que tenemos que hacer las autoridades es trabajar en armonía y buscar puntos de encuentro orientado a la ciudadanía”.

Colorado considera que la Corte Constitucional (CC) debe administrar justicia de manera imparcial frente a las demandas de inconstitucionalidad que se presenten.

“Creería yo que, apegada a normativa, (la CC) va a resolver de manera favorable porque quién puede estar en contra de algo que ya está normado, que está respaldado en la Constitución. Además, la eficiencia, la disciplina fiscal genera más agua potable, más alcantarillado, infraestructura en cada uno de los territorios”, expuso.

Por el Modelo de Equidad Territorial aproximadamente se depositan $300 millones todos los meses a 23 prefecturas, 222 municipios y 824 juntas parroquiales, detalló. “Si se cumpliera la norma, $210 millones cada mes deberían ser invertidos en agua, saneamiento e infraestructura. Es decir, las condiciones de cada uno de los cantones serían mejores”, dijo. Eso sin contar con los cerca de $5000 millones que representan los ingresos propios de los 222 municipios de todo el país juntos, agregó.

En total, Colorado ha obtenido $18 millones en recursos no reembolsables en lo que va de su gestión para diferentes proyectos.

» Yuri Colorado, alcaldesa de Muisne y presidenta de la AME, mantuvo una reunión sobre el tema de la reforma el 24 de febrero de 2026.

Actualidad

Asamblea: en comisión de la niñez debaten

ley para prohibir redes sociales a menores de 15 años

La iniciativa planteada por Katherine Pacheco (ADN) está orientada a reforzar el derecho a la dignidad, reputación, honor e imagen de niños, niñas y adolescentes.

En la Comisión de la Niñez y Adolescencia de la Asamblea Nacional, donde el correísmo ostenta la mayoría, está en proceso de socialización y tratamiento del proyecto de Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia.

La iniciativa planteada por Katherine Pacheco (ADN) está orientada a reforzar el derecho a la dignidad, reputación, honor e imagen de niños, niñas y adolescentes.

Como parte la socialización, la Comisión presidida por Viviana Veloz (Revolución Ciudadana) recibió, el 22 de febrero de 2026, a los delegados de la Defensoría del Pueblo, Rodrigo Varela y Lorena Chávez.

El proyecto prohíbe el acceso y uso de redes sociales por parte de niños, niñas y adolescentes menores de 15 años, con el fin de proteger su integridad y bienestar, así como reducir los riesgos asociados a la exposición prematura a contenidos inapropiados y situaciones de ciberacoso.

También parte de varias estadísticas. El 89,94 % de los adolescentes de 12 a 17 años en zonas urbanas utiliza internet a diario, mientras que el 79,58 % lo hace en zonas rurales. Además, se estima que el 70 % de niñas, niños y adolescentes utiliza redes sociales, principalmente TikTok y WhatsApp, lo que incrementa su exposición a múltiples riesgos. Países como Francia, Dinamarca y Noruega estudian la adopción de umbrales de edad en esta materia. Rodrigo Varela, secretario general misional de la Defensoría del Pueblo, señaló que esta norma es importante para proteger a niños, niñas y adolescentes y que debe formar parte de una política integral. No obstan-

te, manifestó la necesidad de analizar hasta qué edad podría aplicarse la restricción.

Asimismo, consideró pertinente revisar la redacción de las prohibiciones establecidas en el artículo 52 del Código de la Niñez y Adolescencia, ya que estas se dirigen a terceros.

El artículo 52 en el apartado “Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen, se prohíbe”, dice:

1. La participación de niños, niñas y adolescentes en programas, mensajes publicitarios, en producciones de contenido pornográfico y en espectáculos cuyos contenidos sean inadecuados para su edad.

2. La utilización de niños y niñas o adolescentes en programas o espectáculos de proselitismo político o religioso.

3. La publicación o exhibición de noticias, reportajes, crónicas, historias de vida o cualquiera otra expresión periodística con imagen o nombres propios de niños, niñas o adolescentes que han sido víctimas de maltrato o abuso.

4. La publicación o exhibición de imágenes y grabaciones o

referencias escritas que permitan la identificación o individualización de un niño, niña o adolescente que ha sido víctima de maltrato, abuso sexual o infracción penal, y cualquier otra referencia al entorno en el que se desarrollan.

5. La publicación del nombre, así como de la imagen de los menores acusados o sentenciados por delitos o faltas.

“Aún en los casos permitidos por la ley, no se podrá utilizar públicamente la imagen de un adolescente mayor de quince años, sin su autorización expresa; ni la de un niño, niña o adolescente menor de dicha edad, sin la autorización de su representante legal, quien sólo la dará si no lesiona los derechos de su representado”, dice el Código de la Niñez y Adolescencia.

A su vez, Lorena Chávez, directora nacional de Mecanismos de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes de la Defensoría del Pueblo, recordó que Ecuador contó anteriormente con el apoyo del Centro Internacional para Niños Desaparecidos y Explotados para analizar la problemática

de captación a través de redes sociales.

“Es necesario tener cuidado, ya que también existen aspectos positivos, como el acceso a la investigación; el problema surge cuando acceden, por ejemplo, a determinados juegos”, mencionó.

En el análisis dentro de la Comisión se señaló que es oportuno investigar cuáles son las consecuencias del uso de redes sociales en edades tempranas en Ecuador, la gravedad de sus efectos, así como los beneficios que pueden generar en niños, niñas y adolescentes. La Hora. (SC)

CONVOCATORIA

Shushufindi, 26 de febrero del 2026

A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA TRANSPORTE PESADO ÁGUILA EAGLETRUCKS S.A

Se convoca a los señores accionistas de la compañía de TRANSPORTE PESADO “ÁGUILA EAGLETRUCKS” S.A., a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a efecto el día viernes, 13 de marzo del 2026 a las 15:00 p.m., en las oficinas administrativas de la compañía, en la Av. Unidad Nacional s/n y Pablo Milanés en el barrio las Vegas de la ciudad de Shushufindi; a fin de tratar y resolver el siguiente orden del día:

1. Exposición, Análisis y Aprobación de los Estados de Situación Financiera del Periodo Fiscal 2025.

2. Análisis y Aprobación del Informe del Señor Comisario del Periodo Fiscal 2025.

3. Análisis y Aprobación del Informe del Señor Gerente General del Periodo Fiscal 2025.

4. Presentación y Análisis del Informe sobre la Unidad Vehicular de Propiedad de la Empresa.

5. Análisis y aprobación del Presupuesto para el periodo 2026.

6. Designación del Comisario Principal de la Compañía para el periodo fiscal 2026.

De manera especial, se convoca al Sr. Chacha Kleber, Comisario Principal de la Compañía para que asista personalmente a la reunión, además se informa a los señores accionistas que en la oficina se dispone los informes mencionados.

Atentamente,

Sr. Luis Arroyo

PRESIDENTE

TRANSPORTE PESADO ÁGUILA EAGLETRUCKS S.A.

» Viviana Veloz (RC) preside la Comisión de la Niñez de la Asamblea Nacional. El 22 de febrero de 2026, la Mesa recibió aportes sobre los riesgos del uso de redes sociales en menores de edad.

Judiciales

Juicio: 21331-2025-00533

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, jueves 29 de enero del 2026 a las 15h18.

EXTRACTO–CITACIÓN JUDICIAL

NOTIFICAR A LOS HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DE BLAZ ISAURO ENRIQUEZ ENRIQUEZ

ACTOR: ENRIQUEZ GONZA CARMEN JANETH

DEMANDADOS: ENRIQUEZ ENRIQUEZ BLAZ ISAURO Y GONZA CHAMBA ROSA BREMILDA

JUICIO: 21331-2025-00533

TRAMITE: EJECUTIVO-COBRO DE LETRA DE CAMBIO

FECHA DE INICIO: 24-07-2025

CUANTIA: 31.604,02 DOLARES

JUEZA: ABG. JUAN PRADO MORENO

SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ

OBJETO: Que en sentencia se sirva ordenar que los demandados señores Enriquez Enriquez Blaz Isauro, en calidad de deudor principal del cambial y la Sra. Gonza Chamba Rosa Bremilda, en calidad de garante, pague inmediatamente a mi favor, lo siguiente: 8.1.- El monto del capital determinado en la letra de cambio cuyo monto asciende a 25.000. 8.2.- El interés del 8% anual, desde la aceptación de la letra de cambio. 8.3.- Costas procesales en las que incluirán los honorarios profesionales de mi abogado.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, lunes 28 de julio del 2025, a las 16h52. VISTOS. 2.— En lo principal, la demanda presentada por Carmen Janette Enríquez Gonza , en contra de Blaz Isauro Enríquez Enríquez, como deudor principal; y, Rosa Bremilda Gonza Chamba, en calidad de garante solidaria, se funda en la letra de cambio, que conforme lo prescrito en los artículos 347 (4), 348 y 349 del Código Orgánico General de Procesos, constituye título ejecutivo; por tanto, siendo la demanda clara, completa y por reunir los requisitos de ley previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se acepta al trámite EJECUTIVO. 3. Cítese con copia de la demanda y este auto a los demandados Blaz Isauro Enríquez Enríquez, como deudor principal; y, Rosa Bremilda Gonza Chamba, en calidad de garante solidaria, en el lugar que se indica en la demanda, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia Pacayacu, de este cantón Lago Agrio. 4.- En virtud de lo establecido en los artículos 351, 352, 355 y 333.3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede el término de QUINCE (15) DÍAS a fin de que los demandados cumplan con la obligación, formulen oposición, reconvengan o propongan excepciones conforme de manera taxativa lo prevé el artículo 353 ibídem, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia ordenando el pago, misma que no será susceptible de recurso alguno, tal como lo prescribe la norma del artículo 352 ibídem. 5. Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem, en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada. 6. Téngase en cuenta la cuantía fijada, el correo electrónico y la autorización conferida a su abogado patrocinador, para recibir futuras notificaciones que le correspondan dentro de la circunscripción de esta Judicatura. 7. En mérito del certificado del Registro de la Propiedad y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 126 y 351 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena la prohibición de enajenar del predio rural signado con el número 13, ubicado en la zona 146, sector precooperativa Chiritza, parroquia Pacayacu, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, de propiedad del demandado Blaz Isauro Enríquez Enríquez; en tal sentido notifíquese al Registrador de la Propiedad de este cantón, a fin de que proceda a inscribir dicha prohibición. 8.-Intervenga la Ab. Fany Jumbo Gómez, en calidad

de secretaria de este despacho. Notifíquese. Abg. Juan Prado Moreno, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, martes 20 de enero del 2026, a las 15h59. En atención a lo previsto en el artículo 68.1 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena notificar a los herederos presuntos o desconocidos de (+) Blaz Isauro Enríquez Enríquez, mediante tres publicaciones de prensa, en uno de los periodos de mayor circulación de esta provincia. Secretaría elabore el extracto correspondiente, a fin de que se proceda con la notificación. Intervenga la Ab. Fany Jumbo Gómez en calidad de secretaria de este despacho. Notifíquese. Abg. Juan Prado Moreno, JUEZ.-

Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial, para sus notificaciones.Lago Agrio, 29 de enero del 2026.JUMBO GOMEZ FANY ESPERANZA

SECRETARIA

3/3 Q-4483

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS

PUBLICACIÓN JUDICIAL

PUBLICACIÓN: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales recaídas en el presente juicio Ordinario por Declaratoria de Unión de Hecho para que se Cite por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del COGEP en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación para dar con el domicilio o paradero de YOLANDA JUDITH CALVACHE RON en representación del menor IKER WILSON GAIBOR CALVACHE cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: RUTH MABEL CRIOLLO ROJAS

JUICIO NRO: 21201-2026-00055

CUANTÍA: INDETERMINADA

CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO

TRÁMITE: ORDINARIO

JUZGADO: U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, DEPENDENCIA “D”

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.–UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.–RUTH MABEL CRIOLLO ROJAS. La presente demanda solicita que se cite por unos medios de comunicación (prensa) a la demandada YOLANDA JUDITH CALVACHE RON. NARRACIÓN DE LOS HECHOS. De la partida de defunción que adjunto a la presente demanda, vendrá a su conocimiento, que el señor Wilson Freider Gaibor Castillo, falleció en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, sin haber otorgado testamento alguno, el día 19 de julio del año 2025, quien a la fecha de fallecimiento, su estado civil era el de soltero. La compareciente con esta demanda con el certificado de datos de identidad que adjunto, justifico que mi estado civil es el de soltera. Sucede señor/a Juez, que con el señor WILSON FREIDER GAIBOR CASTILLO, nos conocimos cuando una amiga nos presentó, él empezó a invitarme a salir y poco a poco empezamos una relación, desde el día 26 de enero del 2013, donde iniciamos una relación sentimental de convivencia, yo vivía en la casa de mis papás, ubicada en las calles 23 de septiembre entre Venezuela y Cofanes, ubicada en ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbios, en una habitación que yo tenía en la casa de mis padres y es ahí donde empezamos a vivir juntos; en ese tiempo yo trabajaba en Rainforest Alliance Ecuador; además también me encontraba haciendo mi tesis de

universidad. Es así, a inicios del mes de diciembre del año 2016, luego de 3 años de convivencia como marido y mujer, quedo embarazada de nuestro único hijo Cristopher Julián Gaibor Criollo, quién nació en esta ciudad de Nueva Loja, el día 01 de agosto del 2017, quien en la actualidad frisa los 8 años. FUNDAMENTOS DE DERECHO. Constitución de la República Art. 68; Código Civil Art. 222, 223, 227, 229, 331. LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Que en sentencia su autoridad declare la unión de hecho post mortem, que existió entre la compareciente Ruth Mabel Criollo Rojas y el causante señor Wilson Freider Gaibor Castillo, en el período comprendido entre el 26 de enero del 2013 hasta el 23 de septiembre del 2024, ejecutoriada que sea dicha sentencia ordenará que la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación inscriba y registre la existencia de la unión de hecho. TRÁMITE QUE SE DARA EN LA PRESENTE CAUSA. Ordinario. CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA. “...VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal Nro. 5903-DNTH-2014, Resolución Nro. 122-2014 del 28 de julio de 2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO propuesta por RUTH MARIBEL CRIOLLO ROJAS en contra del menor CRISTOPHER JULIAN GAIBOR CRIOLLO representado por su curadora especial MARÍA DE JESÚS ROJAS. Al menor IKER WILSON GAIBOR CALVACHE en representación a su madre YOLANDA JUDITH CALVACHE RON es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo tanto se la admite a TRÁMITE ORDINARIO. 1.- CÍTESE conforme lo establece la ley al demandado CRISTOPHER JULIAN GAIBOR CRIOLLO representado por su la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial, previniéndole al demandado la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que le correspondan, en caso de no comparecer se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y curadora especial MARÍA DE JESÚS ROJAS en el lugar señalado por la actora cuyo croquis se anexa, mediante 157 del Código Orgánico General de Procesos.En atención a lo dispuesto por la el Pleno del Consejo de la Judicatura en la Resolución Nro. 219-2024 en conexión con el Acuerdo Ministerial Nro. MDI-DMI-2025-0006 de fecha 20 de enero de 2025, expedido por el Ministerio del Interior y en concomitancia con lo previsto en la Directriz Nro. DNGP-DIR-2025-009, se contará con el apoyo de la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) para que brinde acompañamiento a la realización de la diligencia de citación a la parte demandada. De tal manera que se oficiará como corresponde. 2.- CÍTESE al menor IKER WILSON GAIBOR CALVACHE en representación a su madre YOLANDA JUDITH CALVACHE RON; se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos, para el efecto la señora secretaria de esta Unidad Judicial debe elaborar el correspondiente extracto de prensa, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Nueva Loja. 2.- Se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 291 del mismo cuerpo normativo; 3.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala para recibir notificaciones que le corresponda; así como la autorización que le confiere a su abogado defensor en la presente causa; 4.- De conformidad con el Art. 158, del

Palabras de Vida Eterna

Y poderoso es Dios para hacer que abunde en vosotros toda gracia, a fin de que, teniendo siempre en todas las cosas todo lo suficiente, abundéis para toda buena obra; como está escrito:

Repartió, dio a los pobres; Su justicia permanece para siempre.

Y el que da semilla al que siembra, y pan al que come, proveerá y multiplicará vuestra sementera, y aumentará los

Código General de Procesos respecto a los medios probatorios, presentados por la actora los mismos se dispone: 4. 1).- Téngase en cuenta los anuncios probatorios documentales a su favor los enunciado en los numerales 6.1 y 6.2 de su demanda; la declaración de parte se actuara el dia de la audiencia. Así como también de conformidad con los Art. 187, 189 y 190 se recepte el testimonio de DAISY MARGARITA GAIBOR TAPIA, ERIKA JESSENIA SOLANO MONTERO y LIVIA LUCÍA GAONA JIMÉNEZ, quienes rendirán sus testimonios sobre los hechos narrados en la presente demanda según lo solicitado en día de la audiencia; y, 5.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda...”. “...ACTA DE DECLARACIÓN CONFORME AL NUMERAL 1 DEL ART. 56 DEL COGEP. En Nueva Loja, a los seis días del mes de febrero del 2026 a las nueve horas, ante el Dr. Fredy Álava Muentes, Juez titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, dependencia “D”; y la infrascrita secretaria titular, comparece la señora RUTH MARIBEL CRIOLLO ROJAS con cédula de ciudadanía No. 2100351630; con el objeto de rendir su declaración conforme con lo dispuesto en el numeral 1 e inciso segundo del numeral 2 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. Al efecto juramentado que es en legal y debida forma previas las explicaciones de las penas de perjurio y de la obligación que tiene en decir la verdad con claridad y exactitud manifiesta: Mis nombres y apellidos son como los dejo indicados, de cuarenta años de edad, estado civil soltera, ecuatoriana, domiciliada en la ciudadela Del Chofer, del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos: Señor Juez, pese a haber realizado averiguaciones a conocidos y amigos de la señora YOLANDA JUDITH CALVACHE RON, para dar con su domicilio o paradero, se han efectuado las diligencias necesarias y me ha sido imposible llegar a individualizar el domicilio o residencia, desconozco en absoluto su paradero y domicilio, por lo que solicito que se cite a través de la prensa a la demandada señora YOLANDA JUDITH CALVACHE RON en representación del menor IKER WILSON GAIBOR CALVACHE. Con lo que termina la presente diligencia, firmando juntamente con el señor Juez y la señorita secretaria titular que Certifica…”.Particular que se comunica para los fines legales pertinentes.

Atentamente,

Ab. Dolores Virginia Ordóñez Quiñonez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DEPENDENCIA “D” 1/3 Q-4486

En el juicio No. 22201-2023-00072

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN FRANCISCO.

Se pone en conocimiento del público en general, que dentro del Proceso de Alimentos con Presunción de Paternidad (Incidente de Rebaja de Pensión Alimenticia) N° 22201-2023-00072, se ha dispuesto lo siguiente:

ACTOR: SR. JUAN SEGUNDO GONZALEZ BURBANO

DEMANDADA: SRA. AYDALI YARPAZ TOBAR PROCEDIMIENTO: SUMARIO

ACCIÓN: ALIMENTOS CON PRESUNCIÓN DE PATERNIDADINCIDENTE DE REBAJA DE PENSIÓN ALIMENTICIA

CUANTÍA: INDETERMINADA

JUEZA: DRA. MARCIA VANESSA JIMÉNEZ SARITAMA

DEMANDA: El señor JUAN SEGUNDO GONZALEZ BURBANO, presenta la demanda de Incidente de Rebaja haciendo uso del Formulario Único para Disminución de Pensión Alimenticia, debidamente fundamentada en los Arts.- 44, 45, 69 numerales 1 y 5, 83 numeral 16 de la Constitución de la República

frutos de vuestra justicia, para que estéis enriquecidos en todo para toda liberalidad, la cual produce por medio de nosotros acción de gracias a Dios. Porque la ministración de este servicio no solamente suple lo que a los santos falta, sino que también abunda en muchas acciones de gracias a Dios; pues por la experiencia de esta ministración glorifican a Dios por la obediencia que profesáis al evangelio de Cristo, y por la liberalidad de vuestra contribución para ellos y para todos.

Circulación

del Ecuador, Arts.- 27, 29, 30, y 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Art.- 20, 26 del Código de la Niñez y Adolescencia, y Arts.- 142 , 144 numeral 4, y 332 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, (COGEP) demanda a la señora AYDALI YARPAZ TOBAR, por Incidente de Rebaja de pensión alimenticia, en virtud a que han variado las circunstancias y hechos que sirvieron de base para la fijación de pensión alimenticia esto es que cuenta con una carga familiar adicional y se encuentra desempleado, conforme se detalla en el ingreso de su demanda a fojas 140, y 141. AUTO DE CALIFICACIÓN: (...) “La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa, ya que reúne los requisitos establecidos en los Arts. 142 del Código Orgánico General de Procesos, admitiendo a trámite mediante el Procedimiento Sumario determinado en los Arts. 332 numeral 4 y 333 del invocado cuerpo legal. 1.1.- En consecuencia, en mérito al juramento rendido por la accionante, de que pese a las diligencias realizadas, es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, de conformidad con lo que establece los Arts. 53 y 56 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a la señora AYDALI YARPAZ TOBAR, con número de Pasaporte Nro.- FB556168, mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán a través de uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, para cuyo efecto, por Secretaría, confiérase el extracto respectivo. 1.2.- A la demandada se le previene que tiene el término de diez (10) días para contestar a la demanda propuesta en su contra, conforme prescriben los Arts. 151 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos. 1.3.- Término que comenzará a decurrir una vez transcurridos veinte días desde la última publicación. 1.4.- Atendiendo el anuncio de prueba documental que realiza el actor, dispongo que se incorpore a los autos la documentación que se adjunta a la demanda, cuyo contenido será considerado en el momento procesal oportuno…” f).- Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Lo que comunico para los fines de ley.

GARCIA JARAMILLO HELEM KARINA

SECRETARIA

2/3 Q-4485

EXTRACTO

CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) RIO SHUSHUFINDI-RIO UBICADA EN BLOQUE 57, PARROQUIA SIETE DE JULIO, CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA.

ACTOR(ES): EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 9. Proceso Administrativo Nro DZ09-DZ09-202500002-AA. Fecha 21-07-2025 A las 10:25. VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.

En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR de 2025-07-21 10:25:16.318, en el mismo que solicita la Autorización de ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, provenientes de la fuente, RIO SHUSHUFINDI-RIO ubicada en BLOQUE 57, parroquia SIETE DE JULIO, cantón SHUSHUFINDI, provincia de SUCUMBÍOS. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se DISPONE:

1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.-Notifíquese a los señores Sin Servidumbre, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos BLOQUE 57–SIETE DE JULIO–SHUSHUFINDI- SUCUMBÍOS, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia SIETE DE JULIO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesio-

nes, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo.

5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.-Téngase en cuenta Casillero Judicial 0, correo electrónico anl@eppetroecuador.ec señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso

PACHECO LUZURIAGA LUIS EDUARDO

NOTIFIQUESE.-

JOSELYN MICHELLE CAMACHO AGURTO

DIRECTOR/A ZONAL DIRECCIÓN ZONAL 9 1/3 Q-4488

EXTRACTO

CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) RIO SHUSHUFINDI-RIO UBICADA EN BLOQUE 57, PARROQUIA SIETE DE JULIO, CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA.

ACTOR(ES): EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 9. Proceso Administrativo Nro. DZ09-DZ09-202500003-AA. Fecha 21-07-2025 A las 10:59. VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía. En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR de 2025-07-21 10:59:32.96, en el mismo que solicita la Autorización de ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, provenientes de la fuente, RIO SHUSHUFINDI-RIO ubicada en BLOQUE 57, parroquia SIETE DE JULIO, cantón SHUSHUFINDI, provincia de SUCUMBÍOS. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se DISPONE:

1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.-Notifíquese a los señores Sin Servidumbre, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos BLOQUE 57–SIETE DE JULIO–SHUSHUFINDI- SUCUMBÍOS, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia SIETE DE JULIO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo.

5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.-Téngase en cuenta Casillero Judicial 0, correo electrónico anl@eppetroecuador.ec señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso

PACHECO LUZURIAGA LUIS EDUARDO

NOTIFIQUESE.-

JOSELYN MICHELLE CAMACHO AGURTO

DIRECTOR/A ZONAL

DIRECCIÓN ZONAL 9 1/3 Q-4488

EXTRACTO

CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO

Judiciales

AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) RIO ENO-RIO UBICADA EN 57, PARROQUIA SIETE DE JULIO, CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA.

ACTOR(ES): EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 9. Proceso Administrativo Nro. DZ09-DZ09-202500004-AA. Fecha 21-07-2025 A las 11:29.

VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.

En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR de 2025-07-21 11:29:56.899, en el mismo que solicita la Autorización de ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, provenientes de la fuente, RIO ENO-RIO ubicada en 57, parroquia SIETE DE JULIO, cantón SHUSHUFINDI, provincia de SUCUMBÍOS. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se DISPONE: 1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.-Notifíquese a los señores Sin Servidumbre, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos 57–SIETE DE JULIO–SHUSHUFINDI- SUCUMBÍOS, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia SIETE DE JULIO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo.

5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.-Téngase en cuenta Casillero Judicial 0, correo electrónico anl@eppetroecuador.ec señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso PACHECO LUZURIAGA LUIS EDUARDO NOTIFIQUESE.JOSELYN MICHELLE CAMACHO AGURTO DIRECTOR/A ZONAL DIRECCIÓN ZONAL 9 1/3 Q-4488

EXTRACTO

CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) ESTERO ENOESTEROS/ESTUARIO/HUMEDALES MARINO COSTEROS UBICADA EN BLOQUE 57, PARROQUIA SIETE DE JULIO, CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA.

ACTOR(ES): EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 9. Proceso Administrativo Nro. DZ09-DZ09-202500005-AA. Fecha 21-07-2025 A las 11:53.

VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía. En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por EMPRESA PUBLICA DE HIDROCARBUROS DEL ECUADOR EP PETROECUADOR de 2025-07-21 11:53:43.095, en el mismo que solicita la Autorización de ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, provenientes de la fuente, ESTERO ENO-ESTEROS/ ESTUARIO/HUMEDALES MARINO COSTEROS

ubicada en BLOQUE 57, parroquia SIETE DE JULIO, cantón SHUSHUFINDI, provincia de SUCUMBÍOS. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se DISPONE:

1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua ACTIVIDAD HIDROCARBURIFERA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.-Notifíquese a los señores Sin Servidumbre, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos BLOQUE 57–SIETE DE JULIO–SHUSHUFINDI- SUCUMBÍOS, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia SIETE DE JULIO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo.

5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.-Téngase en cuenta Casillero Judicial 0, correo electrónico anl@eppetroecuador.ec señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso PACHECO LUZURIAGA LUIS EDUARDO NOTIFIQUESE.JOSELYN MICHELE CAMACHO AGURTO DIRECTOR/A ZONAL DIRECCIÓN ZONAL 9 1/3 Q-4488

EXTRACTO NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI,PROVINCIA DE SUCUMBÍOS: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mi DOCTOR PATRICIO TAPIA CARPIO Notario Primero de este Cantón Shushufindi, el veintitrés de febrero del año dos mil veintiséis, los señores DENYS MIGUEL MENDOZA OLMEDO, Y; CECILIA PATRICIA GUALPA OLALLA, los mismos procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fue disuelta por SENTENCIA, dictada por el Dr. Víctor Hugo Garofalo García, Juez de la Unidad Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, con fecha de cuatro de septiembre del dos mil veinticinco, declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL POR DIVORCIO existente entre los señores DENYS MIGUEL MENDOZA OLMEDO, Y; CECILIA PATRICIA GUALPA OLALLA, e inscrita en el Registro Civil el veintiséis de noviembre del año dos mil veinticinco. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma del Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores: DENYS MIGUEL MENDOZA OLMEDO. Y; CECILIA PATRICIA GUALPA OLALLA, otorgada mediante escritura pública el veintiuno de febrero del año dos mil veintiséis, ante el suscrito DOCTOR PATRICIO TAPIA CARPIO, Notario Primero del Cantón Shushufindi, por el termino de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta liquidación pueden presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Shushufindi, 23 de febrero del 2026. Dr. Patricio Tapia Carpio NOTARIO PÚBLICO 1/1

8 de marzo, Día Internacional de la Mujer Local

En Ecuador y de manera particular en la provincia de Sucumbíos, la mujer ha tenido un papel preponderante en el desarrollo de la sociedad. En esta ocasión queremos referirnos a mujeres que en los últimos 15 años, dejaron un legado muy importante antes de su partida: Miriam Martínez, Anita Flores, Jenny Cango, Sheila Carvajal, son hasta ahora muy recordadas y queridas; y sus huellas son ejemplo para mujeres que siguen su legado, para bien de sus compañeras y la sociedad en general.

De hecho, cada 8 de marzo, las marchas de mujeres de las organizaciones, por las calles de Nueva Loja, son el reflejo de esa unidad.

Antecedentes del Día Internacional de la Mujer

En marzo de 1909, 129 mujeres murieron calcinadas en la fábrica Cotton Textile Factory, por un incendio provocado por sus dueños. Esta tragedia ocurrió duran-

te una huelga en reclamo por aumento de salarios, reducción de jornada laboral y fin del trabajo infantil.

La asamblea general de las Organizaciones de las Naciones Unidas, ONU, estableció el 8 de marzo, como

» Jenny Cango, creadora con un grupo de compañeras, del Frente de Mujeres de Sucumbíos. Creó una academia para mujeres, con la intención de profesionalizar en algunas carreras cortas a disposición de ellas.

el Día Internacional de la Mujer, en 1977. Esta fecha reconoce y promueve los derechos de las mujeres en todo el mundo.

Se conmemora la lucha de las mujeres por su participación en la sociedad contra la violencia. Se busca recordar los avances alcanzados en términos de igualdad de género. Se habla de las áreas en las que aún se debe trabajar, como la brecha salarial, la participación política o los distintos tipos de violencia que existe.

» Miriam Martínez, es un referente de liderazgo de las mujeres. Fue parte primordial y lideresa de la Federación de Mujeres de

La calle ex

lleva ahora su nombre.

» Cada 8 de marzo, las organizaciones de mujeres de Sucumbíos, lideradas por la Federación de Mujeres, realizan su marcha, en procura y reclamo de sus derechos.
Sucumbíos.
Petrolera,
» Anita Flores (derecha) parte importante de la directiva de la Asociación de Mujeres de Juntas Parroquiales del Ecuador, AMJUPRE. Falleció en un accidente del vehículo en el que viajaban, junto a su esposo Jorge Aguilera y dos nietas, en marzo del 2015.
» La eterna Sheila Carvajal, siempre presente con su arte de cantar. Fue reina del grupo de personas de la tercera edad. Fue fundadora y parte de la directiva de la Asociación de Comerciantes La Bahía de Nueva Loja.

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