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Edición 1392

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La reunión entre las cancilleres de Ecuador y Colombia, celebrada este 6 de febrero en Quito, terminó sin acuerdos.

SUSPENDEN ACTIVIDADES MINERAS EN TRES PROVINCIAS ELECCIÓN DE REINA DE SUCUMBÍOS, CONCITA LA ATENCIÓN DE LA CIUDADANÍA 5 7 Tras reunión con Ecuador, Colombia decide aplicar el arancel de 30% que aún no estaba vigente Tras reunión con Ecuador, Colombia decide aplicar el arancel de 30% que aún no estaba vigente

SÍGUENOS EN NUESTRA CUENTA

Medida dispone paralizar la minería en Napo y restringir plantas de beneficio en El Oro y Loja.

Cinco hermosas candidatas aspiran al reinado de la provincia de Sucumbíos, al celebrar este viernes 13 de febrero, 37 años de creación provincial.

Opinión

Editorial

Cuando hablamos de este caso, de éstos molestosos momentos, mientras no nos toque a nosotros no decimos nada, nos mantenemos callados manteniendo una especie de silencio cómplice, pero cuando nos tocan nuestro sector empiezan los reclamos a la central eléctrica, desde donde viene la disculpa, acusando a la naturaleza, el temporal por sequía o abundancia de lluvia, acusamos a los fuertes ventarrones o al tupido follaje que acaricia los cables de alta tensión, pero cuando todas estas acciones han sido ejecutadas para dar la solución a éstas molestias, porque los técnicos con sus altos estudios han focalizado los “daños” continúan los apagones, por ende la destrucción de los electrodomésticos, los equipos eléctricos: teléfonos, computadoras, aparatos de alta tecnología, etc. las cosas no cambian, no hay

Opinión

Apagón

solución; nos quedamos atónitos, ¿para qué sirve tanta tecnología? Tantos especialistas con decisiones mediocres que no dan solución a nada. Me pregunto. ¿Qué papel cumple tanto burócrata? Si no hay respuestas positivas, sino daños permanentes y sin solución.

Todo se traduce a obras parche que dan soluciones momentáneas y así volvemos de fracaso en fracaso hasta que el colectivo, termina adaptándose a esa realidad que no es sino la ineptitud de la burocracia que practica la nueva matemática, que cambia los resultados en la respuesta, que 2 más dos no son cuatro, sino cuatres o cuatdos, entiéndase esta suma política que se traduce a cuatro en cantidad para mejorar esos servicios, le los cuales se utiliza tres y se esfuma el uno o el segundo caso, que se utilizan dos y desapare-

Circulación del 08 al 14 de febrero de 2026

cen los otros dos. Es la nueva política matemática de los nuevos políticos.

Pero la pregunta del millón es cuando se producen los grandes apagones, regionales o provinciales como en este último apagón Pichincha, Guayas, Tungurahua, Donde la Fiscalía investiga y realiza nuevos allanamientos por el caso Apagón, dónde se habla de Peculado, que es una palabra mayor en términos financieros. Están buscando indicios con contratos financieros de generación Eléctrica, lo que quiere decir que esto no es un simple juego matemático, sino intereses que denotan acciones punibles que habría que hacer el seguimiento hasta las últimas consecuencias. Entonces hablamos que algo oscuro ha hecho su ingreso en estas esferas y que ese cáncer hay que cortarlo de raíz.

Lectura, atención, contemplación y ontología filosófica

Por: Galo Guerrero-Jiménez

No hay aprendizaje ni disfrute sino se lee con atención; la atención nos permite la respectiva concentración, e incluso un estado de contemplación. Pues, la atención favorece la interiorización del conocimiento aprendido desde el efecto lector; se trata de un proceso mental que forma categorías en el aprendizaje de conceptos, crea rutinas y hábitos de aprendizaje (Caballero, 2017) que canalizan la búsqueda de significados y de sentidos a los que nos promueve una lectura asumida con el mayor grado de agilidad activa, y todo, con el ánimo de profundizar en la vida de ese mundo exquisito de lenguaje que reposa en la página de papel o en la pantalla digital que, si el lector no trabaja desde la búsqueda del silencio y de la paz interna que se necesita para concentrarse, la lectura no pasa de ser un mero desgaste cerebral, puesto

que los nuevos medios de comunicación electronal, en especial el de las pantallas digitalizadas, aunque son admirables por la cantidad de facilidades para navegar en la búsqueda de la información, pero son alienantes porque no le permiten centrar la atención en la información, dada la inmediatez con que llega la información, y mucha de ella, conformada por cantidad de basura ideativa, intrascendente, nociva y sin ningún código ético-estético y hermenéutico que sea cualificable para que permita al lector discernir y aplicar la capacidad analítica, dialéctica y ontológico-filosófica para que pueda extraer lo sustancial de lo leído.

Y el ruido mental que produce toda esta información apabullante y desordenada, aleja la intención sana del lector para concentrarse y vivir, al menos, por el tiempo de la lectura, desde el elogio de una vida pensante, reflexiva, ataráxica y profunda desde un accionar contemplativo,

es decir, para leer y estudiar con gracia, desde el silencio físico y mental más profundo, hasta llegar a propiciar una dialéctica de la inactividad, como dice ByungChul Han (2024), es decir, se trata de crear una zona mentalmente para producir algo que no ha existido en el texto y que, dada la capacidad mimética que se genera en el acto contemplativo de ese lenguaje que logra empoderarse de la mente del lector para provocar, como en el caso de la poesía que “suspende el lenguaje entendido como información. En la poesía el lenguaje se pone en modo contemplación. Se torna inactiva: ‘La poesía es precisamente (…) el punto en que la lengua, que ha desactivado sus funciones comunicativas e informativas, descansa en sí misma, contempla su potencia de decir y se abre, de ese modo, a un nuevo posible uso” (Han, 2024) inédito, gozoso, dado el protagonismo tan personal para congraciarse con el tono poético.

Fundadores 1997

Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota

Director–Editor: Roberto Ratti

SUCUMBÍOS

Corresponsales: Carlos Navarrete y Fausto Campos

Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay, detrás del Centro de Atención Ciudadana

Contacto: 062362680

0989404851 • 0997103969 0984660182 • 0939501015

PASTAZA

Contacto: 022906827 0984660182 • 0997103969 0992081870

ORELLANA

6 de Diciembre y Jorge Rodríguez

Contacto: 062806246 0997103969 • 0984660182

NAPO

Contacto: 022906827

0984660182 • 0997103969 0992081870

QUITO

Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0984660182 • 0992081870 0997103969

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Cristina Goyes C.

COBERTURA

Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

IMPRENTA–EDITORIAL Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.

VENTAS

ggranda@periodicoindependiente.com Contacto: 022906827 0984660182 • 0989404851 0992081870 • 0939501015

Circulación del 08 al 14 de febrero de 2026

ANT solicita la renuncia de todo su alto mando y suspende temporalmente el cobro de multas

El nuevo director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito anunció una reestructuración total de la entidad, la suspensión temporal de multas y la revisión urgente de su sistema tecnológico.

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT), en una corta declaración de prensa la mañana del miércoles 4 de febrero, que entra en una etapa de reordenamiento interno. Su nuevo director ejecutivo, Luis Darío Villacres, informó que se solicitó la renuncia de todo el nivel jerárquico y sub-jerárquico superior de la institución, como parte de un proceso de evaluación integral.

“Vamos a evaluar todos los perfiles uno por uno y seleccionar a los más idóneos”, aseguró Villacres, al detallar que la medida busca fortalecer la gestión y recuperar la operatividad de la entidad.

Entre las primeras resoluciones adoptadas por la nueva administración está la suspensión temporal del cobro de multas relacionadas con licencias y matrículas, una decisión que beneficiará a miles de usuarios mientras se normalizan los servicios.

Además, la ANT inició una revisión del sistema tecnológico, con el objetivo de detectar y corregir posibles vulneraciones, así como un análisis servicio por servicio para reactivar los trámites en el menor tiempo posible.

El nuevo director no aceptó preguntas, por lo que aún falta responder inconvenientes como: ¿cuántas licencias se están dejando de sacar? y sobre los pagos que ya se realizaron de los trámites, ¿todavía sirven?

¿QUIÉN ES EL NUEVO

DIRECTOR DE LA ANT?

Luis Darío Villacres fue designado como nuevo director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT). Según el perfil que envió el gobierno, cuenta con cerca de dos décadas de experiencia en gestión administrativa, operativa y estratégica, principalmente en sectores vinculados al transporte terrestre y la logística.

A lo largo de su trayectoria profesional ha ocupado cargos de

gerencia general y de operaciones, desde donde ha liderado procesos de reorganización institucional, fortalecimiento de la gestión y optimización de procesos. Su trabajo ha estado enfocado en mejorar la eficiencia operativa, garantizar el cumplimiento normativo y fortalecer el control documental.

¿POR QUÉ HAY NUEVO DIRECTOR DE LA ANT?

La madrugada del viernes 30 de enero, el exdirector de la Agencia Nacional de Tránsito, Pedro Abril, fue detenido, mientras ejercía su cargo, dentro de un operativo desplegado por una investigación en curso por irregularidades en la entidad. Abril es uno de los diez detenidos en diecinueve allanamientos ejecutados por funcionarios de Fiscalía y Policía.

Es una operación por un presunto delito de delincuencia organizada. El ministro del Interior, John Reimberg, indicó que

la investigación es por emisión irregular de licencias y asignación de frecuencias. Reimberg sostuvo que se presume participación desde la dirección hasta mandos medios. Reimberg señaló que por este delito se habrían movido unos $3 millones. Ese monto se presume que llegó a cuentas de los implicados. Era toda una estructura que enrutaba dinero a diferentes cuentas. (EC)

Coca Codo busca estabilidad operativa tras acuerdo internacional

El Estado ecuatoriano busca la estabilidad de la central que genera 1.500 megavatios y recibirá 400 millones de dólares en pagos.

Quito.- El Gobierno de Ecuador está a un paso de resolver el futuro de Coca Codo Sinclair, la

infraestructura energética más importante del país. La ministra de Energía, Inés Manzano, confirmó

que la Procuraduría ya solicitó al Centro de Arbitraje de Madrid el cierre definitivo del litigio entre la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) y Sinohydro, filial de Power China.

Este acuerdo pone fin a una compleja disputa legal iniciada en 2021 y permite que la empresa asiática asuma la operación y el mantenimiento de la planta. No se trata solo de un trámite administrativo; es una estrategia para que el constructor se haga cargo de sus propios errores. Como parte del trato, Power China deberá sustituir ocho distribuidores

de presión que presentan miles de fisuras, una falla crítica que ha impedido la recepción oficial de la obra durante años.

Además de las reparaciones técnicas, la firma asiática entregará 400 millones de dólares al Estado en pagos hasta 2026. Con esta decisión, el Ejecutivo busca garantizar la estabilidad de una central que genera 1.500 megavatios, vitales para enfrentar la crisis energética actual, trasladando el riesgo operativo a manos expertas y liberando al país de un arbitraje internacional desgastante.| Fuente: periódico Oriente

» Luis Darío Villacres, nuevo director de la ANT.
» Este acuerdo permite que Power China asuma la operación y el mantenimiento de la planta.

La nueva ley aprobada en la asamblea: pacientes con cáncer, derechos en el trabajo y estabilidad

La Ley Orgánica para la Atención Integral del Cáncer fue aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional del Ecuador el 4 de febrero de 2026. Además del acceso a la salud, uno de los principales puntos tiene que ver con la estabilidad laboral y el derecho al trabajo.

Integral del Cáncer

La ley, en su artículo 32, introduce garantías críticas para que el tratamiento médico no signifique la pérdida del sustento económico:

Ì Estabilidad laboral reforzada: Se prohíbe el despido de pacientes oncológicos. Esta protección se extiende incluso después del alta médica, garantizando que el trabajador pueda reintegrarse y mantener su puesto mientras recupera su salud plena.

para reducir los tiempos de espera. A nivel laboral, esto facilita la justificación temprana de ausencias para exámenes y sospechas clínicas.

El artículo 32 plantea también:

Ì Licencias remuneradas para acompañar a un menor con cáncer a consultas, tratamientos y hospitalizaciones.

Ì • Horarios flexibles o teletrabajo.

Ì Protección contra represalias o discriminación

yecto cumple con los criterios de sostenibilidad fiscal exigidos por la Constitución.

ESTRUCTURA

DEL SISTEMA DE SALUD

1. La Red Nacional Oncológica: Articula a hospitales públicos, privados y a SOLCA (reconocido como actor clave) para que la atención sea fluida y no existan "peloteos" de pacientes.

Con votación unánime, la Asamblea Nacional aprobó esta normativa que no solo garantiza medicina y financiamiento, sino que levanta un muro legal para proteger el empleo de los pacientes y sus familias o cuidadores.

El blindaje laboral de La Ley Orgánica para la Atención

Ì Protección a cuidadores: Por primera vez, la ley reconoce y protege a los familiares y cuidadores. Esto implica flexibilidad y garantías para quienes deben acompañar al paciente en su proceso de recuperación sin temor a represalias laborales.

Ì Ruta rápida de diagnóstico: Se establecen protocolos

SOLCA Quito

¿Cuánto dinero representa la Ley Orgánica para la Atención Integral del Cáncer?

Presupuesto: Se estima un costo de $117 millones anuales y la Ley se sustenta en la contribución del 0.5% sobre las operaciones de crédito del sistema financiero privado.

La Comisión de Salud de la Asamblea confirmó que el pro-

2. Comité Nacional de Atención: Un nuevo órgano asesor con participación de universidades, pacientes y sector privado para vigilar que la ley se cumpla.

3. Registro Nacional de Cáncer: Será obligatorio reportar casos para detectar dónde faltan hospitales o brigadas médicas, especialmente en zonas rurales.

ilumina de naranja la ciudad por el día mundial contra el cáncer: 4 de febrero

Quito se ilumina de naranja por el día Mundial de la Lucha contra el Cáncer. También las sedes oncológicas de Solca en Chimborazo, Imbabura y Santo Domingo.

Por el Día Mundial de Lucha contra el Cáncer, SOLCA Quito iluminará de color naranja varios espacios emblemáticos de Quito y sus Unidades Oncológicas en Chimborazo, Tungurahua, Imbabura y Santo Domingo, como una acción simbólica orientada a generar conciencia en la población sobre la importancia de la prevención y el diagnóstico oportuno

frente al cáncer.

A nivel mundial, el cáncer continúa siendo una de las principales causas de morbilidad y mortalidad. En el Ecuador, según datos del Registro Nacional de Tumores de SOLCA Quito, se registran aproximadamente 30.000 nuevos casos de cáncer cada año, con un impacto significativo tanto en hombres como en mujeres, y que necesita un refuerzo de impulsar acciones sostenidas de información, prevención y acceso oportuno a la atención oncológica.

La iluminación naranja transmite un mensaje directo a la ciudadanía: el naranja no es solo un color, es esperanza de vida. Este color representa fortaleza, energía y vida, y se ha consolidado como un símbolo de la lucha contra el cáncer al visibilizar la unión so-

cial frente a una enfermedad que puede enfrentarse con información, controles médicos y hábitos saludables.

En Quito, los espacios iluminados serán El Panecillo, La Guaragua y el tramo comprendido desde la calle Galápagos hasta la avenida Vargas, convirtiendo estos puntos emblemáticos en un mensaje visible de unión y compromiso con la salud. De manera complementaria, la campaña se reforzará con vallas publicitarias a nivel nacional y en el Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito, ampliando el alcance del mensaje de prevención hacia miles de ciudadanos y visitantes.

En las provincias, la iniciativa se replicará, en Santo Domingo, con la iluminación del Parque Ecológico “Jelén Tenka”

y el Parque Central, donde se ubica el Municipio; en Imbabura, en el Obelisco; En Tungurahua el Hospital, y en Chimborazo, en el edificio del Municipio, sumándose a esta conmemoración nacional. La Hora (EC)

» En Ecuador, se diagnostican más de 28,000 nuevos casos de cáncer, anualmente.
» Quito ilumina de naranja la ciudad por el Día Mundial contra el Cáncer.

Circulación del 08 al 14 de febrero de 2026

Suspenden actividades mineras en tres provincias

Medida dispone paralizar la minería en Napo y restringir plantas de beneficio en El Oro y Loja.

Quito.- El Gobierno Nacional dispuso la suspensión total de las actividades mineras en la provincia de Napo y la restricción de operaciones en plantas de beneficio ubicadas en El Oro y Loja, como parte de una estrategia para fortalecer la protección ambiental y combatir la extracción ilícita de minerales.

La resolución fue emitida el 2 de febrero por el Ministerio de Ambiente y Energía, tras la presentación de informes técnicos que evidencian impactos negativos en ecosistemas sensibles y fuentes hídricas. Según la cartera de Estado, la medida responde a los principios de prevención y precaución ambiental, así como a la obligación estatal de garanti-

zar los derechos de la naturaleza y la salud de las comunidades.

La ministra Inés Manzano señaló que se detectaron concen-

traciones de metales pesados y cianuro que superan los límites permitidos en los ríos Calera y Amarillo, pertenecientes a la

cuenca Puyango–Tumbes, situación atribuida a actividades mineras ilegales.

Como parte de las acciones, se iniciarán controles, inspecciones y procesos administrativos sancionatorios en coordinación con la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) y la fuerza pública. Estas intervenciones contemplan la suspensión de operaciones irregulares, decomiso de maquinaria y monitoreo de calidad del agua en las zonas afectadas.

El Gobierno indicó que la medida también busca recuperar ecosistemas dañados y garantizar el acceso al agua segura para las poblaciones locales.

Suspensión minera en Napo ocurre pese a existencia de más de 50 concesiones vigentes

El principal interés extractivo en la provincia se centra en el oro.

Tena.- La suspensión indefinida de la actividad minera en la provincia de Napo, dispuesta por el Gobierno ecuatoriano el 2 de febrero de 2026, reactivó el debate sobre el impacto ambiental de la extracción en la Amazonía. La medida, emitida mediante una resolución del Ministerio de Energía y Ambiente, busca frenar los efectos sociales y ecológicos asociados a la minería en una de las zonas con mayor biodiversidad del país.

Teleamazonas informó que en Napo existían al menos 59 concesiones mineras legalmente otorgadas por el Estado. De ese total, 55 pertenecen al régimen de pequeña minería, lo que convierte a este segmento en el predominante dentro de la actividad extractiva en la provincia. Además, se re-

» La medida busca frenar los efectos sociales y ecológicos asociados a la minería.

gistra una concesión de mediana minería destinada a la explotación de oro y tres concesiones no metálicas bajo el régimen general.

Aunque parte de estas conce-

siones están clasificadas como minería no metálica o de materiales de construcción, el principal interés extractivo en la provincia se centra en el oro. En total, 43

concesiones corresponden a minería metálica, lo que ha generado preocupaciones por su impacto en ríos, quebradas y ecosistemas amazónicos.

La decisión gubernamental se tomó en medio de alertas sobre contaminación de fuentes hídricas y posibles afectaciones a comunidades locales. Según las autoridades, la suspensión permitirá ejecutar inspecciones técnicas y procesos de remediación ambiental en las zonas afectadas. El Ejecutivo también dispuso operativos de control con participación de organismos estatales, Policía Nacional y Fuerzas Armadas para garantizar el cumplimiento de la medida y evitar la reactivación irregular de actividades extractivas en la provincia. | Fuente, periódico Oriente

» La medida también busca recuperar ecosistemas dañados y garantizar el acceso de aguas seguras para las poblaciones locales.

Cascada Mangayacu, un refugio natural para descubrir la amazonía ecuatoriana

Uno de los principales atractivos de este paraíso en Ecuador son sus aguas cristalinas, donde los turistas pueden bañarse en la base de la cascada.

Puyo.- En la provincia ecuatoriana de Pastaza, a pocos minutos de la ciudad de Puyo, se encuentra la cascada Mangayacu, un destino turístico que destaca por su entorno natural y su fácil acceso para visitantes nacionales y extranjeros. Este atractivo forma parte del circuito amazónico y se ha convertido en un espacio ideal

para quienes buscan experiencias de naturaleza y aventura. El sitio está rodeado de vegetación propia de la selva tropical, lo que permite a los visitantes recorrer senderos ecológicos mientras observan la biodiversidad característica de la región. El sonido constante del agua que desciende por formaciones rocosas crea un ambiente propicio para actividades de relajación y turismo sostenible.

Uno de los principales atractivos de la cascada Mangayacu son sus aguas cristalinas, donde los turistas pueden bañarse en la base de la cascada o en pequeñas pozas naturales que se forman en el trayecto del río. El paisaje tam-

bién ofrece escenarios adecuados para fotografía y observación de fauna y flora.

¿CÓMO LLEGAR A LA CASCADA MANGAYACU EN PASTAZA?

Mangayacu se ubica aproximadamente a 15 minutos en vehículo desde Puyo y se puede acceder mediante transporte particular, taxis o recorridos organizados por operadores turísticos locales.

Para una visita segura, se recomienda utilizar ropa ligera, calzado adecuado para caminatas, protector solar y repelente de insectos.

Ila Kucha: turismo ancestral en el corazón de la amazonía ecuatoriana

Loreto.- En la comuna kichwa Parutu Yaku, ubicada en el cantón Francisco de Orellana, redefine el viaje de aventura: el centro turístico comunitario Ila Kucha. Este emprendimiento, gestionado íntegramente por familias locales, se ha consolidado como un referente del turismo sostenible que protege la identidad amazónica mientras impulsa la economía de la zona.

NATURALEZA VIVA Y CULTURA COMPARTIDA

La experiencia en Ila Kucha invita a una desconexión total para conectar con lo esencial. Los visitantes pueden explorar la laguna de Taracoa mediante recorridos en canoa, realizar senderismo en el bosque tropical o participar en la pesca recreativa. La observación de fauna silvestre es otro de sus grandes atractivos, permitiendo el avistamiento de aves exóticas y especies endémicas en su hábitat natural.

UN PUENTE HACIA LA COSMOVISIÓN KICHWA

Más allá del paisaje, el centro ofrece una inmersión profunda en la cultura local. Las jornadas incluyen:

Ì Gastronomía tradicional: Sabores auténticos preparados con ingredientes de la selva.

Ì Danza y espiritualidad: Presentaciones culturales y ceremonias guiadas por sabios locales que comparten la cosmovisión amazónica.

Ila Kucha no es solo un destino, es una apuesta por la preservación de tradiciones milenarias, invitando a viajeros nacionales y extranjeros a ser parte de un desarrollo comunitario que respeta y honra a la naturaleza.

Entre las actividades que ofrece el centro están pesca recreativa, danza kichwa, senderismo, gastronomía local, hospedaje y camping observación de aves y animales de la zona, práctica de la cerbatana.

» Este emprendimiento se ha consolidado como un referente del turismo sostenible que protege la identidad amazónica.

¿EN DÓNDE ESTÁ UBICADA ILA KUCHA?

Para visitar este destino en la Amazonía, el punto de partida principal es la conexión entre la capital y la ciudad de El Coca. El Coca – Ila Kucha

Una vez en El Coca, el recorrido hacia el centro turístico cubre una distancia total de 35 km mediante una combinación de rutas:

1. Trayecto Terrestre (30 km): Se toma la Vía Auca recorriendo 15 km por el margen izquierdo, seguido de otros 15 km hacia la Parroquia Taracoa.

2. Tramo en bote (5 km): El último segmento de 5 km se realiza por el margen izquierdo, culminando con un traslado en bote por la ribera del río Napo para acceder directamente al corazón del proyecto comunitario.

» Mangayacu se ubica aproximadamente a 15 minutos en vehículo desde el Puyo.

Elección de reina de Sucumbíos, un evento que concita la atención de ciudadanía

Cinco hermosas candidatas aspiran al reinado de la provincia de Sucumbíos, al celebrar este viernes 13 de febrero, 37 años de creación provincial.

Las cinco candidatas cuya ganadora tomará la posta de la reina saliente Jaily Mina, de Lago Agrio, representan a su respectivo cantón, es decir Lago Agrio, Shushufindi, Cascales, Cuyabeno y Putumayo. En esta ocasión, no estarán presentes las candidatas de los cantones Sucumbíos y Gonzalo Pizarro.

Le elección de la reina de la provincia, está prevista para el viernes 13 de febrero, en una noche galante a darse en la explanada del gobierno provincias de Sucumbíos. Las candidatas son: Shirley

Romero, por Lago Agrio; María José Correa, representante de Shushufindi; Marilyn Alvarado, cantón Cascales; Melissa Quiroz de Cuyabeno; y Lili Paz, por el cantón Putumayo.

En la presentación que se realizó el 2 de febrero en las instalaciones del gobierno provincial, ante autoridades y del mismo prefecto Yofre Poma, las candidatas lucieron su belleza y elegancia, demostrando con ello, que tienen capacidad e inteligencia para asumir la responsabilidad aspirar al reinado.

» Shirley Romero, representante del cantón Lago Agrio.
» Lili Paz, representante del cantón Putumayo.
» Melissa Quiroz, representante del cantón Cuyabeno.
» María José Correa representante del cantón Shushufindi.
» Marilyn Alvarado, representante del cantón Cascales.
» La elección está prevista para el viernes 13, en la noche.

Actualidad

Tras reunión con Ecuador, Colombia decide aplicar el arancel de 30% que aún no estaba vigente

La reunión entre las cancilleres de Ecuador y Colombia, celebrada este 6 de febrero en Quito, terminó sin acuerdos, por lo que el país vecino decidió aplicar los aranceles anunciados y demandará a Ecuador ante la CAN.

Tras una reunión sin resultados concretos entre las autoridades de Ecuador y Colombia, celebrada este 6 de febrero en Quito, el Gobierno del país vecino decidió expedir el decreto para la aplicación de un arancel de 30% a productos de Ecuador, "cuya firma se había aplazado a la espera de acuerdos más inmediatos", informó la Cancillería de Colombia.

Además, señaló que este mismo viernes 6 de febrero, se presentará una demanda ante la Comunidad Andina (CAN) por el "desconocimiento del Ecuador de lo pactado en el Acuerdo de Cartagena, suscrito el 26 de mayo de 1969".

Las cancilleres de Ecuador, Gabriela Sommerfeld, y Colombia, Rosa Yolanda Villavicencio, mantuvieron una reunión de trabajo en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Quito, junto a autoridades de ambos países, con el fin de abordar la relación bilateral en materia de seguridad, control fronterizo, energía y comercio, informó previamente la Cancillería de Ecuador en un comunicado.

En el encuentro, acordaron avanzar en acciones para reforzar la seguridad fronteriza y estrategias para luchar contra el crimen organizado, aseguró la Cancillería de Ecuador.

có la Cancillería de Colombia en un comunicado.

GUERRA COMERCIAL

El domingo 1 de febrero, entró en vigor el arancel de 30% a los productos colombianos en Ecuador. Aunque, en Colombia se había anunciado un arancel espejo a unas 23 líneas de productos de Ecuador, el tributo no comenzaba a cobrarse hasta ahora.

Además, añadió la Cancillería, analizaron el estado de la cooperación en materia de energía y mecanismos para hacer más expedita la colaboración en el ámbito judicial. Y acordaron "tratar de manera integral los temas pendientes de solución en la relación comercial bilateral.

SOLICITÓ SUSPENSIÓN DE ARANCELES

De acuerdo con la información difundida por la Cancillería de Colombia, en el encuentro, la delegación del país vecino solicitó la suspensión de la resolución arancelaria del 30% adoptada por el

Servicio de Aduanas del Ecuador (Senae) el 24 de enero de 2026, "mientras los dos gobiernos adelantan las conversaciones con el fin de llegar a acuerdos de mutuo beneficio".

Sin embargo, la respuesta del Gobierno de Ecuador fue que "evaluará esta solicitud en una etapa posterior, cuando se llegue a un acuerdo en relación con los demás temas tratados durante la reunión".

Por lo que, el Gobierno de Gustavo Petro se vio "obligado a expedir el decreto de aranceles de respuesta por razones de seguridad nacional, cuya firma se había aplazado a la espera de acuerdos más inmediatos", expli-

La canciller de Colombia ya había adelantado el jueves 5 de febrero que su país estaba dispuesto a retirar la medida arancelaria anunciada, si Ecuador hacía lo mismo. Sin embargo, en el encuentro de este 6 de febrero no se alcanzó un acuerdo para el levantamiento de los aranceles.

La reciente tensión entre los dos países arrancó con el anunció del presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, el 21 de enero de 2026, de que impondría aranceles a las importaciones colombianas desde febrero, ante lo que consideraba como una falta de compromiso de Colombia en la lucha contra el crimen organizado en la frontera.

Como represalia, Colombia anunció un día después la suspensión de la venta de electricidad a Ecuador, que comenzó desde ese 22 de enero, y un arancel de 30% a productos ecuatorianos, que todavía no se aplica.

» La canciller de Colombia, Rosa d Yolanda Villavicencio, en una reunión con una delegación del Gobierno de Colombia, previa a la reunión con la canciller de Ecuador, Gabriela Sommerfeld, este 6 de febrero de 2026 en Quito.

Actualidad

Circulación

Proyecto minero el domo prevé iniciar operaciones en 2027

El desarrollo del proyecto ha implicado una actualización en su presupuesto, que pasó de 240 millones de dólares a 284 millones.

Quito.- El proyecto minero de cobre y oro El Domo (Curipamba), ubicado en la provincia de Bolívar y operado por la empresa canadiense Silvercorp Metals, prevé iniciar operaciones en julio de 2027, según información difundida por Bnamericas.

De concretarse el cronograma, el yacimiento se convertiría en la tercera mina industrial en funcionamiento en Ecuador.

El desarrollo del proyecto ha implicado una actualización en su presupuesto, que pasó de 240 millones de dólares a 284 millones. El ajuste responde a factores técnicos, logísticos y climáticos, así como a modificaciones en el diseño de ingeniería orientadas

a mejorar accesos y condiciones operativas.

De acuerdo con los reportes técnicos, nuevas pruebas metalúrgicas mediante procesos de flotación proyectan incrementos en los niveles de recuperación de minerales, estimados en 5,4 % para cobre y 6,2 % para oro.

Las labores de construcción están a cargo de la empresa china CRCC, mientras que el plan energético contempla la instalación de una línea de transmisión eléctrica de 61 kilómetros, complementada con generadores diésel para garantizar el funcionamiento inicial de la planta.

El proyecto cuenta con licencia ambiental que establece

monitoreo hídrico y sistemas de recirculación de agua. Según la planificación vigente, la explotación se realizaría inicialmente

mediante minería a cielo abierto durante aproximadamente diez años, para luego pasar a una fase subterránea

Sucumbíos: Ejército desmantela conexión clandestina de robo de hidrocarburos

Las Fuerzas Armadas confirmaron que continuarán los despliegues permanentes en la provincia de Sucumbíos.

» El personal uniformado descubrió una piscina artesanal que almacenaba aproximadamente 6.000 galones de combustible.

Shushufindi.- En un reciente operativo de control en el cantón Shushufindi, el Ejército Ecuatoriano desarticuló una infraestructura dedicada al robo de hidrocarburos en el sector de la vía a La Primavera. Durante patrullajes preventivos, las unidades militares detectaron un acople ilegal conectado directamente a la red de transporte de Petroecuador.

La institución señaló que, tras asegurar el perímetro, el personal uniformado descubrió una piscina artesanal que almacenaba

aproximadamente 6.000 galones de combustible, presuntamente gasolina blanca.

Además del crudo, se incautaron cerca de 2.000 metros de manguera utilizados para el trasvase ilícito.

El hallazgo fue puesto a disposición de las autoridades competentes para iniciar las investigaciones de ley.

Con esta intervención, las Fuerzas Armadas confirmaron que continuarán los despliegues permanentes en la provincia de Sucumbíos.

» Las labores de construcción están a cargo de la empresa china CRCC.

Judiciales

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EL COCA

“BANCO PICHINCHA S.A.”, informa al público en general qué los COMPROBANTES PROVISIONALES PARA DEPÓSITO de la siguiente numeración: 0002219, queda anulado por haberse extraviado. BANCO PICHINCHA S.A.” no se responsabiliza del uso que terceras personas pudieran darle al documento antes mencionado. 1/1 Q-4481

Juicio No. 21331-2024-00432

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 9 de diciembre del 2025, a las 12h33.

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: RUIZ LUCANO LUIS FERNANDO Y ROMERO ZAMBRANO EDGAR FRANCISCO

ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A.

DOMICILIO DEL ACTOR: banco@pichincha.com, daniloramirezl@yahoo.com

CUANTÍA: USD. 12.221,38

JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.

SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma.

PRETENSIÓN: En Juicio ORDINARIO No. 213312024-00432 que sigue BANCO PICHINCHA C.A., en contra de RUIZ LUCANO LUIS FERNANDO Y OTRO. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente: El 30 de diciembre del 2020, los señores Ruiz Lucano Luis Fernando, en calidad de deudor principal, y Romero Zambrano Edgar Francisco, en calidad de garante, suscribieron el pagaré a la orden signado con el No. 1288037-80, a través del cual se obligó al pago de $13.690,00, suma de dinero recibida en préstamo que los accionados debían restituir en el plazo de 2566 días vista, mediante el pago de 84 dividendos mensuales por los valores, plazo y vencimiento detallados en el aludido pagaré, con un interés de 21,29% anual, que corresponde a la tasa de interés efectiva anual del 23,50%. En el mismo pagaré a la orden, los accionados señores Ruiz Lucano Luis Fernando y Romero Zambrano Edgar Francisco, se comprometieron a que en caso de moratoria de cualquiera de las cantidades convencidas, pagarían la tasa máxima de interés por mora vidente a la fecha de vencimiento respectivo, calculado de acuerdo a lo dispuesto en las leyes y regulaciones pertinentes, sobre el valor del capital vencido y no pagado. A su vez, los hoy demandados prestaron su consentimiento para que en caso de mora de una o varias cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuota, el Banco Pichincha C.A., tenga la plena facultad de declarar de plazo vencido el pagaré a la orden, y en consecuencia exigir el pago anticipado de todo el capital, intereses moratorio y gastos de cobranza. Así también los accionados suscribieron una carta de conocimiento del cliente, en la que se deba a conocer los detalles de la operación de crédito efectuada, y por la cual los demandados expresamente declararon y aceptaron la contratación de un seguro de desgravamen para protección del préstamo, facultando al Banco Pichincha para que, a su arbitrio, contrate dicho seguro, así como también aceptaron realizar el pago correspondiente por gestión de recuperación extrajudicial por mora. Según consta en la liquidación, los demandados se encuentran adeudando dicha obligación a partir del dividendo No. 38, que se encuentra vencido desde el 09 de marzo del 2024, razón por la cual, Banco Pichincha C.A., unilateral y anticipadamente, procede a declarar de plazo vencido el total de la obligación y por ende exigir el pago anticipado de todo el capital e intereses adeudados. PRETENSIÒN: Que en sentencia y luego del trámite ejecutivo que corresponde a esta acción, ordene a los señores Ruiz Lucano Luis Fernando, en calidad de deudor principal, y, Romero Zambrano Edgar Franciso, en calidad de garante, el pago de lo siguiente: la cantidad de diez mil trescientos noventa y dos con 82/100 dólares americanos ($10.392,82), equivalente al capital insoluto de la operación de crédito No. 1288037-80; la suma de setecientos ochenta con 43/100 dólares americanos ($780,43), correspondientes a los intereses normales; la cantidad de diecisiete con 52/100 dólares americanos (17,52), equivalente al interés de mora; la suma de treinta con 61/100 dólares americanos ($30,61), correspondiente al seguro de desgravamen; las costas procesales y los honorarios de mis abogados patrocinadores, que los estimo en la cantidad de mil dólares americanos ($1.000).VISTOS: Agréguese al proceso el escrito y anexo que antece-

den.- Lago Agrio, miércoles 31 de julio del 2024, a las 11h56. En lo principal, por cumplido lo dispuesto en auto inmediato anterior, se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Ab. Ramírez Loayza Wilmer Danilo, en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes, Representante Jurídico, en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del BANCO PICHINCHA C.A., conforme lo acredita con la documentación que adjunta, en mérito a la cual se declara legitimada su personería e intervención, en contra de los señores: RUIZ LUCANO LUIS FERNANDO en calidad de deudor principal; y ROMERO ZAMBRANO EDGAR FRANCISCO en calidad de aval solidario, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en 1 pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 6 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Cítese a los demandados en los domicilios señalados, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de complemento, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 53 y siguientes del COGEP, a: RUIZ LUCANO LUIS FERNANDO en calidad de deudor principal; mediante Deprecatorio que será remitido a la Unidad Judicial Civil con sede en ela parroquia Quitumbe del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha.- En aplicación del principio de celeridad previsto en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, y la directriz DNGP-DIR-2018-006 dispuesta por la Dirección de Gestión Procesal del Consejo de la Judicatura, se dispone que el Deprecatorio sea enviado en forma electrónica, para lo cual por secretaría procédase a la digitalización, escaneo y remisión del mismo, a la Unidad Judicial Civil señalada; para que uno de los señores Jueces ordene la ejecución de lo dispuesto por esta autoridad, y una vez ejecutado lo devuelva.- Ofreciendo reciprocidad en casos análogos. A: ROMERO ZAMBRANO EDGAR FRANCISCO en calidad de garante; enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia; quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53 (sustituido por el Art. 72 de la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual, R.O. Tercer Suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), 54, 55 ibídem (sustituido por el Art. 74 de la Ley Orgánica para la transformación digital y audiovisual, R.O. tercer suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), que dice: “Citación por boletas y por boletas electrónicas.- Si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos y seguidos en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de la familia. Si no se encuentra a persona alguna a quien entregarlas, se fijarán en la puerta del lugar de habitación, de este particular el citador dejará constancia fotográfica adjunta a las actas de citación.” y 78 del COGEP; y, extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniendo a la parte demandada la obligación de señalar casilla electrónica judicial y correo electrónico. Para el efecto la parte actora prestará las facilidades del caso de manera oportuna a fin de que entregue al archivo de esta dependencia judicial las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al formulario de entrega de copias para citación, conforme a lo dispuesto en el Art. 4 de la Resolución N° 061-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, en el término de tres días, bajo la responsabilidad de su inactividad y las consecuencias que recae en ella. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado fernando_ruiz64@hotmail.com , se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y de este auto, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. CUARTO.-

CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: RUIZ LUCANO LUIS FERNANDO en calidad de deudor principal; y ROMERO ZAMBRANO EDGAR FRANCISCO en calidad de aval solidario, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, la casilla electrónica 2100038047 y los correos electrónicos señalados banco@pichincha. com daniloramirezl@yahoo.es daniloramirezl@ yahoo.com, ramirezasociadosjuzgados@yahoo.com para sus notificaciones…Lago Agrio, viernes 28 de noviembre del 2025, a las 14h00. Se agrega al expediente el escrito que antecede. Atendiendo el requerimiento de la parte actora y en base al juramento rendido CÍTESE a: RUIZ LUCANO LUIS FERNANDO y ROMERO ZAMBRANO EDGAR FRANCISCO, en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en el país y los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, para cuyo efecto por intermedio de Secretaría de esta Unidad, confiérase el extracto correspondiente conforme lo determina el art. 56, numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP)... Lo que comunico para fines de Ley.- CERTIFICO. CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA

SECRETARIA

1/3 Q-4480

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS

PUBLICACIÓN JUDICIAL

PUBLICACIÓN: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales recaídas en el presente juicio Sumario por Divorcio por Causal, para que se Cite por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del COGEP en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación para dar con el domicilio o paradero del señor BENTURA CRIOLLO TOCAGÓN, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: FABIOLA RAQUEL PÉREZ LLIVIPUMA

JUICIO NRO.: 21201-2026-00045

CUANTÍA: INDETERMINADA

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

TRAMITE: SUMARIO

JUZGADO: U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, DEPENDENCIA “D” CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.–UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.–FABIOLA RAQUEL PÉREZ LLIVIPUMA. La presente demanda solicita que se cite por unos medios de comunicación (prensa) al demandado BENTURA CRIOLLO TOCAGÓN. NARRACIÓN DE LOS HECHOS. Señor juez, del acta de matrimonio que acompaña a la presente vendrá a su conocimiento que con fecha 22 de mayo del 2000, contraje matrimonio civil con el demandado señor CRIOLLO TOCAGON BENTURA, matrimonio celebrado en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, en la inscripción Tomo 1, Página 49, Acta 49, certificación emitida por la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, nuestro domicilio matrimonial lo fijamos en la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. Fruto de nuestro matrimonio procreamos 4 hijos, que responden a los nombres de JUAN DANIEL CRIOLLO PÉREZ, de 29 años de edad, LIZBETH MARIUXI CRIOLLO PEREZ, de 26 años de edad, KAROLAY LIZETH CRIOLLO PEREZ, de 24 años de edad, KEVIN JHOEL CRIOLLO PEREZ, de 15 años de edad, como se observa en los certificados de nacimiento que adjunto. Señor juez, declaro libre y voluntariamente que durante nuestro matrimonio no hemos adquirido bienes muebles ni bienes inmuebles. Señor juez, sucede que, hace algunos años atrás nues-

tra convivencia se convirtió insostenible por diversas situaciones, al no tener una buena relación marital, se generó un daño irreparable en nuestra relación, es asi que el 11 de febrero del 2021, el hoy demandado decidió abandonar el hogar que compartimos junto a nuestros hijos, es asi señor juez que desde la mencionada fecha han trascurrido más de cuatro años, tiempo en el cual no hemos mantenido relaciones maritales, ni sexuales, ni conyugales de convivencia social, a tal extremo que no sé del paradero ni de la existencia del mencionado cónyuge, por lo que he decidido disolver el vinculo matrimonial que nos une. FUNDAMENTOS DE DERECHO. Numeral 9 del Art. 110 del Código Civil. LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Acepte mi demanda de divorcio por causal. TRÁMITE QUE SE DARA EN LA PRESENTE CAUSA. Sumario. CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal Nro. 5903-DNTH-2014, Resolución Nro. 122-2014 del 28 de julio de 2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura, al estar legalmente posesionado y en funciones. Súmese al proceso el escrito presentado por FABIOLA RAQUEL PÉREZ LLIVIPUMA de fecha 19 de enero del 2026 a las 12h40 el cual se atiende. En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por FABIOLA RAQUEL PÉREZ LLIVIPUMA en contra de CRIOLLO TOCAGON BENTURA por reunir los requisitos de ley determinados en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica de clara, precisa y completa, por lo que se la acepta al trámite sumario prescrito en el artículo 333 el cuerpo legal invocado, por lo tanto se dispone: 1.- CÍTESE al demandado CRIOLLO TOCAGON BENTURA; se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado cuarto inciso, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos, para el efecto la señora secretaria de esta Unidad Judicial debe elaborar el correspondiente extracto de prensa, previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Nueva Loja, en el término de tres días, para recibir notificaciones que le correspondan, quien adjuntará copia de la cédula de ciudadanía, en caso de no comparecer se procederá en rebeldía. 2.- De conformidad con el Art. 158 del COGEP respecto a los medios probatorios, presentado por la actora los mismos se dispone: 2.1.- Téngase en cuenta anuncios probatorios documentales. Así como también la declaración de parte y los testigos portando sus documentos personales ALISSON VANESSA CALI CATAGUA y KEVIN SANTIAGO CAGUA SUÁREZ que se actuara el día de la audiencia única. 3.- La parte accionada tendrá que contestar la demanda y anunciar las pruebas en la forma prescrita en el artículo 151 y 333 del Código Orgánico General de Procesos. 4.-De conformidad a la Disposición Derogatoria Única de la Ley Reformatoria al Código Civil publicada en el segundo suplemento del Registro Oficial N. 526 del viernes 19 de junio de 2015, derogado el Art.111 del Código Civil, no se necesita representación de curador Ad-liten para los menores de edad en el juicio de divorcio. 5.- Al tenor de lo que establece el inciso segundo del numeral 4 del artículo 332 del COGEP en conexión con la tabla de pensiones alimenticias mínimas establecida por el Ministerio de Inclusión Económica y Social se fija provisionalmente la cantidad de $142,14 (CIENTO CUARENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA CON CATORCE CENTAVOS), más los beneficios de ley que establecen los artículos 16 y 43 del Código de la Niñez y Adolescencia y Ley Reformatoria al mismo código respectivamente, que el demandado CRIOLLO TOCAGON BENTURA, tendrá que cancelar a favor de su hijo KEVIN JHOEL CRIOLLO PÉREZ los primeros cinco días de cada mes, en la cuenta de ahorros número 0056095123 del Banco de Guayaquil, cuya titular es la actora FABIOLA RAQUEL PÉREZ LLIVIPUMA, remítase el proceso a la señora pagadora de esta dependencia para que proceda con el registro correspondiente en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias y se emita el código a la presente causa. 6.- La declaración de parte se actuara el día de la audiencia. 7.- Con sustento en el artículo 122 Ibídem del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en correlación con el in-

Circulación del 08 al 14 de febrero de 2026

ciso quinto del artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone de manera provisional que el demandado ejerza el derecho a las visitas de manera abierta, previa notificación a la parte demandante. 8.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el accionante para recibir las notificaciones que le correspondan, así como la designación de su abogado patrocinador. 09.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. El presente auto se ha firmado electrónicamente con los efectos y alcances establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. Intervenga la abogada Dolores Ordóñez Quiñónez, en

calidad de secretaria de esta Judicatura. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. ACTA DE DECLARACIÓN CONFORME AL NUMERAL 1 DEL ART. 56 DEL COGEP. En Nueva Loja, a los treinta días del mes de enero del 2026 a las nueve horas con treinta minutos, ante el Dr. Fredy Álava Muentes, Juez titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, dependencia “D”; y la infrascrita secretaria titular, comparece la señora FABIOLA RAQUEL PÉREZ

LLIVIPUMA con cédula de ciudadanía No. 2100286596; con el objeto de rendir su declaración conforme con lo dispuesto en el numeral 1 e

Judiciales

inciso segundo del numeral 2 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos. Al efecto juramentado que es en legal y debida forma previas las explicaciones de las penas de perjurio y de la obligación que tiene en decir la verdad con claridad y exactitud manifiesta: Mis nombres y apellidos son como los dejo indicados, de cuarenta y cinco años de edad, estado civil casada, ecuatoriana, domiciliada en el barrio Urdesa, del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos: Señor Juez, pese a haber realizado averiguaciones a conocidos y amigos del señor BENTURA CRIOLLO TOCAGÓN, para dar con su domicilio o paradero, me ha sido imposible llegar a

CRUCIGRAMA

ISAÍS 54

1 Regocíjate, oh estéril, la que no daba a luz; levanta canción y da voces de júbilo, la que nunca estuvo de parto; porque más son los hijos de la desamparada que los de la casada, ha dicho Jehová. 2 Ensancha el sitio de tu tienda, y las cortinas de tus habitaciones sean extendidas; no seas escasa; alarga tus cuerdas, y refuerza tus estacas. 3 Porque te extenderás a la mano derecha y a la mano izquierda; y tu descendencia heredará naciones, y habitará las ciudades asoladas.

4 No temas, pues no serás confundida; y no te avergüences, porque no serás afrentada, sino que te olvidarás de la vergüenza de tu juventud, y de la afrenta de tu viudez no tendrás más memoria.

5 Porque tu marido es tu Hacedor; Jehová de los ejércitos es su nombre; y tu Redentor, el Santo de Israel; Dios de toda la tierra será llamado. 6 Porque como

a mujer abandonada y triste de espíritu te llamó Jehová, y como a la esposa de la juventud que es repudiada, dijo el Dios tuyo: 7 Por un breve momento te abandoné, pero te recogeré con grandes misericordias. 8 Con un poco de ira escondí mi rostro de ti por un momento; pero con misericordia eterna tendré compasión de ti, dijo Jehová tu Redentor.

9 Porque esto me será como en los días de Noé, cuando juré que nunca más las aguas de Noé pasarían sobre la tierra; así he jurado que no me enojaré contra ti, ni te reñiré. 10 Porque los montes se moverán, y los collados temblarán, pero no se apartará de ti mi misericordia, ni el pacto de mi paz se quebrantará, dijo Jehová, el que tiene misericordia de ti.

11 Pobrecita, fatigada con tempestad, sin consuelo; he aquí que yo cimentaré tus piedras sobre carbunclo, y sobre zafiros

individualizar el domicilio o residencia, desconozco en absoluto su paradero y domicilio, por lo que solicito que se cite a través de la prensa al demandado señor BENTURA CRIOLLO TOCAGÓN. Con lo que termina la presente diligencia, firmando juntamente con el señor Juez y la señorita secretaria titular que Certifica.Particular que se comunica para los fines legales pertinentes. Atentamente, Ab. Dolores Virginia Ordóñez Quiñónez SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DEPENDENCIA “D” 1/3 S-5640

HORIZONTALES

1: Diez en el sistema hexadecimal. Pronosticar, adivinar, profetizar. 2: Existas. Enlosaré. 3: Marcharse. Soslayar o esquivar una dificultad. Cien. 4: Explicabais (una lección). Saco grande de tela fuerte. 5: Día sagrado de la semana judía. Uno de los ocho supervivientes del gran diluvio creado por Dios para destruir a los descendientes pecaminosos de Adán y Eva, según la Biblia. 6: Deslumbrar. Partir, abrir, hender. 7: Celebre con risa. Aceptar voluntariamente una norma o autoridad. 8: Punto cardinal por donde sale el Sol. Octavo mes. 9: Vocal. Persona que edita o adapta un texto. Persona que sobresale de manera notable en un ejercicio o profesión. 10: Afligida u ofendida. Capital de Ghana. 11: Exaltado, agitado. Símbolo del newton.

VERTICALES

1: Coged, agarrad. Vanidosa, orgullosa. 2: Formaseis eras. Lengua que antiguamente se hablaba en el mediodía de Francia. 3: Se dirige. Fruslería. 4: Limpiaba, adecentaba. Miembro electo de un ayuntamiento. 5: Consonante. Libera. Falto de juicio. 6: Que se deja engañar con facilidad, en femenino. Probar un alimento o una bebida para examinar su sabor o su calidad. 7: Abreviatura de código. Lingotazo. Diez en el sistema hexadecimal. 8: Diosa de la mitología egipcia. Atascad, obstruid. 9: Fruto del naranjo, en plural. Cobalto. 10: Símbolo químico del argón. Limitar, restringir. 11: Volver a caer. Se atreven.

te fundaré. 12 Tus ventanas pondré de piedras preciosas, tus puertas de piedras de carbunclo, y toda tu muralla de piedras preciosas. 13 Y todos tus hijos serán enseñados por Jehová; y se multiplicará la paz de tus hijos. 14 Con justicia serás adornada; estarás lejos de opresión, porque no temerás, y de temor, porque no se acercará a ti.

15 Si alguno conspirare contra ti, lo hará sin mí; el que contra ti conspirare, delante de ti caerá. 16 He aquí que yo hice al herrero que sopla las ascuas en el fuego, y que saca la herramienta para su obra; y yo he creado al destruidor para destruir. 17 Ninguna arma forjada contra ti prosperará, y condenarás toda lengua que se levante contra ti en juicio. Esta es la herencia de los siervos de Jehová, y su salvación de mí vendrá, dijo Jehová.

Autoridades y ciudadanía se prepararon para recibir a turistas en este largo feriado

Los preparativos para recibir a los turistas este largo feriado, tanto las autoridades de Orellana como de Sucumbíos se dio, por ejemplo, con la realización de la mingas. En Lago Agrio, autoridades y ciudadanía dedicaron dos días de minga en el puente del río Aguarico. En El Eno, en su río, también se limpió para recibir a los turistas. En general, en Shushufindi, El Coca, Sachas, Loreto, el feriado es importante para el turismo y los emprendimientos.

En la provincia de Sucumbíos, nos preparamos para celebrar un largo feriado de seis días consecutivos. De hecho, la provincia es la única que tiene un feriado tan prolongado que va desde el jueves 12 de febrero hasta el martes 17. El jueves 12 se celebra el Día de la Amazonía; mientras que el 13 se recuerda un aniversario más de la creación de la Quinta Provincia Amazónica, en este caso la provincia de Sucumbíos que cumple 37 años de creación provincial. La celebración inicia

justamente el viernes 13, con los principales actos: desfile cívico, sesión solemne y elección de la reina de la provincia. Las festividades, se prolongan durante los días sábado 14 y domingo 15 de febrero. Sin olvidar además, que el 14 es el día de San Valentín.

Para los días lunes 16 y martes 17 de febrero, se viene el feriado por carnaval, con diferentes actividades a realizarse y preparadas desde los gobiernos municipales de estos cantones amazónicos, con espléndidos parajes turísticos que tienen.

» El río El Eno, en la parroquia del mismo nombre, un lugar privilegiado para hacer turismo.
» La cascada de Las Loras, una de las tantas cascadas y atracciones en Loreto, provincia de Orellana.
» En Gonzalo Pizarro, el puente sobre el río Chuscuyacu, una grata experiencia al cruzarlo.
» El parque Turístico en Nueva Loja, ofrece un sinnúmero de atractivos para los turistas que lo visitan.
» La Bocana del Payamino en El Coca, en la unión de los ríos Payamino y Napo, desde una torre de 30 metros de altura, su vista es espectacular.

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