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Edición 1390

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Colombia exportó energía a Ecuador por un valor estimado de 329,1 millones de dólares.

ORELLANA: PUENTE ESTÁ LISTO PARA SU INAUGURACIÓN

PREFECTURA DE SUCUMBÍOS FORTALECE EL DESARROLLO VIAL EN LA COMUNIDAD LAS PALMAS, DE PATRIA NUEVA 6 9 Comercio,

La Prefectura continúa impulsando obras de infraestructura vial en el cantón Lago Agrio, orientados a fortalecer el desarrollo productivo y social del territorio.

Opinión

Editorial

Los aranceles golpean al mundo del comercio mundial. Los países que poseen cierto desarrollo financiero basado en la tecnología y en el armamentismo imponen a los países menos favorecidos, el pago de aranceles a su antojo, hasta conseguir los beneficios o intereses, que durante toda la vida saquearon a éstos últimos. Recordemos el caso de Ecuador con el banano. Como es un producto postre, los países industrializados imponen los precios y las cantidades a comprar como al vender. Son diferencias económicas abismales bajo condiciones imperativas que se alejan de lo que en algún momento se llegó a llamar interdependencia, pasando a una dependencia criminal.

Hoy se aplica las mismas sanciones hasta obtener los resultados que económicamente a ellos les interesa. Pero entre esos

Opinión

¿Vendeta?

aranceles se da el caso ecuatoriano – colombiano, cuando ecuador decide poner aranceles a ciertos productos, Colombia lo hace contra Ecuador, en la venta de energía, que por descuido y por acción de la naturaleza, este último no pudo superar, la larga crisis del país bananero, por la sequía prolongada que dejó sin luz a la industria y a la comunidad entera. Colombia suspende unilateralmente el compromiso de venta energética con la intención de perjudicar económicamente a Ecuador. La suspensión se dio a partir de las 18.30 horas del día jueves 22 de enero del presente año. Esa decisión al parecer no le gustó ni a la naturaleza, porque ella se hizo presente con torrenciales lluvias que poco a poco van elevando la cota necesaria para no suspender la energía en todas las regiones del país.

Circulación del 25 al 31 de enero del 2026

Estas acciones deben dejar sus huellas para que el gobierno central, tome los correctivos para superar esta clase de crisis. No es posible que en esta alta modernidad no se proceda a dar solución al campo energético vital en estos momentos en que la tecnología requiere de soluciones permanentes y no parches como, hasta el momento.

Bien es cierto que hay áreas que requieren la atención necesaria; pero, la energética es vital para el desenvolvimiento de la economía de nuestro país. Este es el momento de tomar las riendas de desarrollo, dando las prioridades indispensables a las áreas que mantienen el equilibrio de la economía de la nación y de quienes lo integran. El tiempo de la improvisación se acabó. Obras y no palabras.

Basta de improvisación, Ecuador exige seguridad inteligente y resultados, no solo más impuestos. ¿Dónde está nuestro IVA?

Por: Abogado José Quinga

Como profesional del Derecho y entendido en temas de seguridad y entiendo que el clamor ciudadano no es solo por "más policías", sino por inteligencia, tecnología y resultados tangibles.

Seguridad con Inteligencia: Hacia una Transformación Estructural en el Ecuador Ecuador atraviesa una crisis de seguridad sin precedentes que no se resolverá con parches ni operativos de "papel y formulario", la realidad nos exige una modernización radical, no podemos pretender enfrentar al crimen organizado del siglo XXI con herramientas del siglo XX, es imperativo que tanto la fuerza pública como el sistema civil operen bajo una infraestructura digital robusta que permita la verificación de datos en tiempo real, la información es poder el papel es burocracia.

1. Del Operativo de Tránsito a la Vigilancia Estratégica

Es inaceptable que nuestras carreteras sean "tierra de nadie", mientras en países desarrollados los puntos fijos de control son la columna vertebral de la vigilancia, en Ecuador sufrimos de una ausencia crítica de patrullaje preventivo, el enfoque actual está distorsionado, si eliminamos el incentivo recaudatorio de las multas de tránsito y priorizamos la captura de requeridos por la justicia, la seguridad daría un giro de 180 grados, necesitamos un sistema de incentivos que premie la efectividad contra el delito, no la capacidad de llenar boletas de infracción.

2. Sectorización Táctica y Tecnología en el Territorio Los Estados de Excepción se han convertido en una medida reactiva y sin estrategia, propongo una sectorización técnica de las provincias, intervenciones focalizadas y preventivas en domicilios bajo sospecha, no mediante el uso

de la fuerza bruta, sino a través de tecnología y cruce de datos para identificar a personas con cuentas pendientes ante la ley, debemos buscar al delincuente donde se esconde, con la ley en la mano y la tecnología en el bolsillo.

3. Del Eje Reactivo al Eje Preventivo: ¿Dónde está el IVA?

La ciudadanía ha cumplido con su parte, el incremento del IVA debe verse reflejado en el bienestar común, específicamente en la modernización urgente del ECU911. No podemos permitir que el Estado solo actúe cuando la sangre ya ha corrido, hoy, el sistema es meramente reactivo necesitamos que sea preventivo. "La seguridad no es un gasto, es la inversión mínima necesaria para que la democracia sea funcional."

Exigimos una transformación que pase de la "fuerza reactiva" a la inteligencia preventiva. Es hora de que la tecnología nos devuelva la paz que la improvisación nos quitó.

Fundadores 1997

Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota

Director–Editor: Roberto Ratti

SUCUMBÍOS

Corresponsales: Carlos Navarrete y Fausto Campos

Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay, detrás del Centro de Atención Ciudadana

Contacto: 062362680

0989404851 • 0997103969 0984660182 • 0939501015

PASTAZA

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6 de Diciembre y Jorge Rodríguez

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QUITO

Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0984660182 • 0992081870 0997103969

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Cristina Goyes C.

COBERTURA

Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

IMPRENTA–EDITORIAL

Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.

VENTAS

ggranda@periodicoindependiente.com Contacto: 022906827 0984660182 • 0989404851 0992081870 • 0939501015

Conflicto comercial: Ecuador no acepta diálogo con Colombia para esta semana, hizo una contrapropuesta

Existe una respuesta de Ecuador a la invitación de la Cancillería colombiana para un diálogo, pero no es la que esperaban.

El conflicto entre Ecuador y Colombia por los anuncios en al ámbito comercial generó incertidumbre en varios sectores y el diálogo es la propuesta del país vecino. La respuesta de Ecuador se dio desde Davos, Suiza.

1. Colombia propuso dialogar el 25 de enero

El 22 de enero de 2026 se conoció una nota de protesta que la Cancillería colombiana, la cual fue remitida a la Cancillería de Ecuador.

La Cancillería colombiana manifestó preocupación por el anuncio del presidente Daniel Noboa sobre aplicar una tasa de seguridad del 30% a importaciones provenientes de Colombia.

En la nota de protesta Colombia planteó un diálogo. "Para tal fin, el Ministerio de Relaciones Exteriores propone adelantar una reunión, a nivel ministerial, entre los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Comercio y Energía, de los dos países, el próximo (domingo) 25 de enero de 2026, en el municipio de Ipiales- Nariño, en hora y lugar por confirmar”.

2. ¿Cuál fue la respuesta de Ecuador?

La Cancillería de Ecuador, institución responsable de la política exterior del país, no había emitido ningún pronunciamiento oficial hasta el 22 de enero.

Sin embargo, la prensa abordó a Gabriela Sommerfeld, canciller de Ecuador, en Davos, Suiza. Dio una respuesta.

“Ese día (el 25 de enero) ha solicitado Colombia, pero ese día el Ecuador está recibiendo en los salones de Cancillería una misión de seguridad de un país cooperante importante”, justificó Sommerfeld.

Palabras de Vida Eterna

Acuérdate de tu Creador en los días de tu juventud, antes de que lleguen los días malos y vengan los años en que digas: «No encuentro en ellos placer alguno».

Eclesiastés 12:1

Explicó que esa actividad es parte de agendas ya establecidas con los diferentes ministros y “no se puede recibir el 25”.

“Sin embargo, el Ecuador ha hecho una contrapropuesta de fechas para la siguiente semana para poder mantener diálogos, pero insistir en la posición del Ecuador sobre este tema”, refirió la canciller.

La canciller destacó que “el diálogo siempre es parte importante de los procesos, sobre todo a nivel internacional que lleva el

se ha tenido a todo nivel, ha solicitado varias veces que “haya mayor presencia y control del Estado colombiano en la frontera con Ecuador para poder disminuir la cantidad de estos productos (droga) que pasan de forma ilícita a nuestro país y crea tanta violencia”.

Sommerfeld se respaldó el anuncio de Noboa: “Lo que el Ecuador ha hecho es no poner un arancel, no nos equivoquemos, es una tasa de seguridad que se está poniendo a los productos para cubrir este costo que el día de hoy no es compartido, sino que mayormente se lo deja al costo del Ecuador. Y cuando hablamos de costo no hablamos solamente del gasto en seguridad, sino el costo de las vidas de los ecuatorianos y de la de la violencia que se crea”.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI

CERTIFICADO NRO. 427 - 2026

Conforme a la solicitud presentada y al informe del departamento de revisión de títulos en el Registro de la Propiedad del cantón SHUSHU FINDI, certifica lo siguiente: Que revisados los libros de registros de la oficina a mi cargo según sus índices, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI AVISO PÚBLICO

VISITA NUESTRA

Biblioteca Virtual

Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segun do del Código Civil en concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registro, se comu nica al público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del Cantón Shushufindi, la TERCERA COPIA CERTIFICADA del siguiente contrato de ADJUDICACIÓN

OTORGADA EL: 06 de octubre del año 2016 PRIMERA DEL CANTÓN SHUSHUFINDI OTORGADO POR: EL GOBIERNO AUTÓNO MO DESCENTRALIZADO; MUNICIPAL DEL CANTÓN SHUSHUFINDI, legalmente represen tado por el señor ESGAR ALONSO SILVESTRE SINCHIRE, en calidad de ALCALDE. FAVOR DE: ALVARADO LOOR MAYRA YOLAN

$ 4.060,02 DÓLARES de terreno signado con el número DOS, de la Manzana OCHENTA - F, Sector número CERO UNO, con una cabida de TRESCIENTOS VEINTISÉIS METROS CUADRADOS (326,00 M2) de superficie.

UBICACIÓN: localizado en la calle pasaje Olme do entre Venezuela y Colombia del Barrio "Ocho de Enero", de la Parroquia y Cantón Shushufindi, Provincia de Sucumbíos.

LOS LINDEROS SON: Con pasaje Olmedo, en once metros con sesenta centímetros de extensión; SUR: Con lotes diecisiete y dieciséis, en once metros con setenta centímetros de extensión; ESTE: Con lote número tres, en veintisiete metros con sesenta centímetros de extensión; OESTE: Con lote uno y diez, en veintiocho metros con cuaren ta centímetros de extensión.

SHUSHUFINDI, lunes 19 de enero de 2.026

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MGS. NORMA CUMANDA GALEAS GALEAS REGISTRADORA Enc.

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» Gabriela Sommerfeld, canciller de Ecuador, emitió una respuesta desde Davos.

Nacional

Ecuador prende a tope su parque termoeléctrico, tras desconexión de Colombia

Un día después de la suspensión de la venta de electricidad desde Colombia, Ecuador prendió a tope su parque termoeléctrico este 23 de enero de 2026 para cubrir la demanda interna, según datos del operador estatal de energía, el Cenace.

Hasta las 17:00, la generación termoeléctrica aportó 1.313 megavatios, lo que representa el 31% del total de la electricidad que se inyectó al sistema nacional, de acuerdo con los registros oficiales. Lluvias ayudan a sostener la demanda, en medio del estiaje

LLUVIAS ATÍPICAS EN ESTA ÉPOCA AYUDAN A SOSTENER DEMANDA

Este mayor uso de generación térmica se da en un contexto de alta vulnerabilidad del sistema eléctrico, debido a que Ecuador atraviesa la temporada de estiaje, período en el que disminuye la disponibilidad de agua para las

centrales hidroeléctricas.

En ese escenario, las lluvias registradas durante desde el 8 de enero de 2026 en la zona del Austro (centro oriente del país), donde se ubica Mazar, el principal embalse que abastece al sector eléctrico ecuatoriano, han sido atípicas para esta época del año y contribuyeron a sostener la demanda.

La suspensión de la venta de energía eléctrica se produce en un momento particularmente sensible para la relación bilateral entre

Ecuador y Colombia, marcada por una escalada de medidas comerciales unilaterales.

El conflicto se detonó tras el anuncio del Gobierno ecuatoriano de imponer una tasa de seguridad o arancel del 30% a las importaciones colombianas, una decisión que Bogotá considera como una "agresión económica" y una amenaza a la integración regional.

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, justificó la tasa en que no hay un compromiso real

del país vecino para enfrentar el narcotráfico.

UN PARQUE TERMOELÉCTRICO OBSOLETO

El mayor uso de las termoeléctricas ocurre en un contexto complejo para el sistema eléctrico además porque más de un tercio de esas generadoras tiene entre 30 y 52 años de antigüedad.

Lo anterior provoca frecuentes mantenimientos, fallas e indisponibilidad en momentos críticos.

Según el Plan Maestro de Electricidad, 13 centrales entraron en operación en las décadas de los 70, 80 y 90 y ya cumplieron su vida útil.

Eso explica que la indisponibilidad del parque termoeléctrico. De ahí que el 16 de enero de 2026, por ejemplo, de los 2.088 megavatios termoeléctricos, 797 megavatios estuvieron indisponibles, esto es, un 20% de la demanda del país.

Empresarios de Ecuador piden diálogo con Colombia

das, significa un monto total que se acerca a los 3.000 millones de dólares", indicó el Comité en un comunicado.

El pronunciamiento se realiza después de que el presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, anunciara el miércoles, sin previo aviso, la imposición de una "tasa de seguridad" del 30 % a las importaciones provenientes de Colombia, por la supuesta inacción de Bogotá en la lucha contra el narcotráfico.

te y Energía de Ecuador, Inés Manzano, adelantó que habrá una modificación en la tarifa de transporte del crudo colombiano que pasa por el Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), uno de los dos grandes oleoductos de Ecuador.

Guayaquil.- El Comité Empresarial Ecuatoriano expresó este jueves 22 de enero su preocupación "ante la escalada de medidas comerciales" (aranceles), anunciadas entre Ecuador y Colombia, y llamó al diálogo para evitar los "efectos directos" que estas decisiones podrían causar "sobre los ciudadanos, los productores y las economías de ambos países".

"La relación comercial que se ha tomado construir por déca-

La Presidencia precisó luego que estos aranceles no aplicarían en donaciones, efectos personales, ayudas técnicas, así como en "la venta de energía eléctrica y el servicio de logística de hidrocarburos".

La medida fue rechazada por el Gobierno del vecino país, que anunció que aplicará un gravamen del 30 % a la importación de 20 productos provenientes de Ecuador, y que también suspenderá de la venta de energía.

En "reciprocidad" a esta última decisión, la ministra de Ambien-

Los empresarios dijeron que reconocían y compartían la "legítima preocupación" del Gobierno por la situación de la frontera, "históricamente un espacio clave para el comercio, pero que también ha sido vulnerable a actividades ilícitas".

Sin embargo, consideran fundamental "privilegiar el diálogo bilateral al más alto nivel como el mecanismo más eficaz para canalizar las diferencias", y que se busquen "soluciones concertadas" que permitan "preservar la seguridad, proteger el empleo y fortalecer una relación histórica que ha sido estratégica para Ecuador y Colombia".

Por su parte, la Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fe-

dexpor) también reconoció que la "protección de la seguridad nacional" es un "objetivo legítimo", pero que resultaba urgente que se alcance un compromiso entre ambos países para "enfrentar los desafíos de seguridad fronteriza" y "preservar las condiciones de libre comercio que permiten sostener miles de empleos en las cadenas de exportación del Ecuador".

En 2024, el comercio no petrolero con Colombia dejó un saldo desfavorable para Ecuador de 919 millones de dólares, en donde las importaciones tuvieron mayor preponderancia que las exportaciones, al alcanzar los 1.756 millones, de acuerdo a datos de Fedexpor. De enero a noviembre de 2025 el saldo fue de 852 millones. Las exportaciones alcanzaron 838 millones de dólares en 2024, lo que significó un incremento del 14 % en relación a 2023. Colombia se constituyó ese año como el quinto país de destino para las exportaciones no petroleras ecuatorianas.

» Mantenimiento en las redes de transmisión de Ecuador, el 19 de junio de 2025.
» Los empresarios dijeron que reconocían y compartían la “legítima preocupación” del Gobierno, por la situación de frontera.

Comercio, energía y seguridad fronteriza marcan la relación tensa entre Ecuador y Colombia

Colombia exportó energía a Ecuador por un valor estimado de 329,1 millones de dólares.

Bogotá.- La decisión del presidente de Ecuador, Daniel Noboa, de imponer una sobretasa del 30 % a las importaciones procedentes de Colombia, y las medidas recíprocas adoptadas este jueves por el Gobierno de Gustavo Petro abren un nuevo episodio de tensión bilateral entre dos países históricamente ligados por la geografía, el comercio y una extensa cooperación fronteriza.

Las siguientes son las claves de la relación entre Colombia y Ecuador:

1. Balanza comercial favorable a Colombia

Según cifras colombianas, con corte a noviembre de 2025, las exportaciones colombianas a Ecuador sumaron 1.673 millones de dólares, frente a importaciones por 808 millones, con un superávit cercano a 865 millones de dólares.

Las ventas de Colombia, después de la electricidad, están encabezadas por combustibles y aceites minerales (169,8 millones de dólares), productos de perfumería y cosméticos (132,8 millones), vehículos y autopartes (119,5 millones), plásticos y sus manufacturas (107,6 millones).

En sentido contrario, Colombia importó desde Ecuador principalmente preparaciones de carne, pescado y productos pesqueros (136,4 millones de dólares), grasas y aceites animales o vegetales (99,8 millones), vehículos y autopartes (91 millones) y pescados, crustáceos y moluscos (74,2 millones), entre otros.

2. Energía eléctrica, un componente estratégico

Cifras del sector eléctrico dan cuenta que en 2024 Colombia exportó energía a Ecuador por un valor estimado de 329,1 millones de dólares, con un promedio mensual cercano a 27,4 millones de dólares, en el marco de un esquema de interconexión que opera desde hace más de dos décadas.

Las exportaciones se concentraron en meses de alta demanda, como agosto, septiembre y diciembre, cuando los envíos superaron los 60 millones de dólares mensuales, reflejando la dependencia del sistema ecuatoriano del suministro colombiano en momentos críticos.

3. El petróleo, otro frente de la tensión bilateral Ecuador anunció este jueves 22 de enero, la aplicación de acciones recíprocas en la tarifa que cobra por el transporte de petróleo colombiano a través del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), una infraestructura estratégica en la región.

El OCP, con una capacidad de transporte de hasta 450.000 barriles diarios, ha sido utilizado por Colombia en los últimos años para movilizar crudo hacia el Pacífico, lo que permite reducir costos logísticos y acceder a mercados internacionales, mientras genera ingresos para Ecuador por concepto de tarifas.

4. Una frontera compartida Colombia y Ecuador comparten una frontera de 586 kilómetros en la que viven más de tres millones de personas, según datos oficiales de ambos países, concentradas principalmente en los departamentos colombianos de Nariño y Putumayo y en las provincias ecuatorianas de Car-

chi, Sucumbíos y Esmeraldas. El principal punto de intercambio es el puente internacional de Rumichaca, por donde circula una parte sustancial del comercio bilateral, además de flujos diarios de trabajadores, estudiantes y pequeños comerciantes con una economía fronteriza que combina comercio formal e informal con mercados locales altamente interdependientes.

5. La seguridad, factor de fricción frecuente

La seguridad en la frontera entre Colombia y Ecuador ha

sido históricamente un punto sensible de la relación bilateral, marcada por la presencia de disidencias de las antiguas FARC, del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y redes del narcotráfico y contrabando que operan a ambos lados de la línea limítrofe.

Este componente ha generado mecanismos de cooperación, pero también momentos de alta tensión diplomática, como el ocurrido en 2008, cuando una operación militar colombiana en territorio ecuatoriano dio de baja al jefe guerrillero Raúl Reyes, lo que derivó en la ruptura temporal de relaciones entre ambos países.

Otro episodio crítico se produjo en 2018, cuando un equipo periodístico del diario ecuatoriano El Comercio, integrado por Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, fue secuestrado y posteriormente asesinado por una disidencia de las FARC que operaba desde Colombia, liderada por Walter Arízala, alias Guacho.

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA LAGO AGRIO TE S.A. CONVOCATORIA

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA LAGO AGRIO TE S.A.

Se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA LAGO AGRIO TE S.A. y, de manera especial e individual, se convoca: Al Sr. Comisario Principal, MACAS ROMERO HERNÁN TULIO, con dirección Parroquia Nueva Loja, Lago Agrio, Avenida Amazonas 333 y Vicente Narváez, de la Compañía de Transporte Comercial de Carga Pesada Lago Agrio TE S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, de manera presencial, en concordancia con el Art. 119 de la Ley de Compañías, y de acuerdo a lo que dicta el Art. 236 de la misma ley, obedeciendo a la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0001 del 7 de marzo de 2025, que se llevará a cabo el día 31 de enero de 2026, a partir de las 16:00 PM, en las oficinas ubicadas en la:

Provincia: Sucumbíos

Cantón: Lago Agrio

Dirección: Mundiacabados kilómetro 12 1/2

Con el objeto de tratar el siguiente orden del día:

1. Conocimiento y aprobación del informe del Gerente de la Compañía del ejercicio económico 2025.

2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario de la Compañía del ejercicio económico 2025.

3. Conocimiento y aprobación del Balance General del ejercicio económico 2025.

4. Conocimiento y aprobación del Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio económico 2025.

5. Aprobación del Estado de Cambios del Patrimonio al finalizar el período fiscal año 2025.

6. Aprobación del Estado de Flujo de Efectivo del año 2025.

7. Resolver sobre el destino de utilidades del ejercicio 2025.

8. Elección de presidente y gerente de la Compañía, y renovación del Permiso de Operaciones. Los informes mencionados se encuentran a disposición de los señores accionistas en la dirección antes mencionada. Provincia: Sucumbíos - Cantón: Lago Agrio - Dirección: Mundiacabados kilómetro 12 1/2.

SRA. ROJAS EMBUS KRISNA FERNANDA GERENTE

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE COMERCIAL DE CARGA PESADA LAGO AGRIO TE S.A.

» Según cifras colombianas, las exportaciones colombianas a Ecuador, sumaron 1.673 millones de dólares.

Regional

Indígenas amazónicos presentaron proyectos educativos comunitarios al gobierno

Este trabajo lo realizaron con el apoyo de equipo técnico y de las organizaciones Alianza Ceibo y Amazon Frontlines

Delegados de las

Quito.- Un centenar de indígenas de tres nacionalidades de la Amazonía ecuatoriana entregaron el martes 20 de enero, al Ministerio de Educación sus proyectos educativos comunitarios (PEC), trabajados durante los últimos cinco años, para que se los incluya en la malla curricular a fin de reforzar la enseñanza ancestral.

Tras una marcha con cantos, bailes y tambores, por una de las principales avenidas del centro norte de Quito, en la que participaron ancianos, adultos y niños,

los indígenas, delegados de las nacionalidades indígenas A'i Cofán, Waorani y Siekopai, presentaron al Ministerio el resultado de procesos participativos y diferenciados de educación propia, que combinan la transmisión de la cultura para la defensa del territorio y los temas del currículo regular.

Este trabajo lo realizaron las propias comunidades con el apoyo de equipo técnico y de las organizaciones Alianza Ceibo y Amazon Frontlines, e incluye la elaboración de diagnósticos, capacitación

a docentes comunitarios e intercambios de experiencias con otros procesos nacionales e internacionales, entre otros.

La comunidad A'i Cofán, de Sinangoe; la Organización Waorani, de Pastaza, y la delegación de la nacionalidad Siekopai exigieron al Ministerio de Educación tome en cuenta sus tradiciones y valores ancestrales y los incorpore en la malla curricular.

Nataly Saritama, abogada defensora de derechos humanos y de la naturaleza, que acompaña a los indígenas, aseguró en una rueda de prensa que los indígenas exigen y "no están pidiendo permiso" para la inclusión de los PEC "porque son una garantía para la supervivencia cultural y como nacionalidades indígenas". Están aquí para exigir el respeto a su derecho a la autodeterminación", indicó.

Wilmer Piaguaje, dirigente de educación de la nacionalidad Siekopai, de San Pablo de Katesiaya, dijo que les preocupan los saberes ancestrales y las intromisiones externas.

Cuestionó que los "sabios" de las comunidades no hayan podido

intervenir en los centros educativos, por lo que su PEC incluye su participación en la formación de saberes, "no solo saber escribir, sumar y restar".

Graciela Quenamá, maestra de la comunidad Sinangoe, recordó que enseña a los niños a hacer canastas, shigras (bolsos de fibra vegetal extraída de la penca, entre otros) y también el idioma ancestral "para que nuestros hijos no se olviden de nuestra cultura, nuestra identidad, y también para seguir recuperando todo lo que nuestros mayores han estado haciendo".

El secretario de Educación Intercultural Bilingüe del Ministerio, José Atupaña, dio la bienvenida a los indígenas, y subrayó que el Ministerio es "la casa de los pueblos y las nacionalidades.

Explicó que el equipo técnico-pedagógico del Ministerio analizará los proyectos, que ya se aplican como planes piloto hace un par de años, y dijo no ver mayores inconvenientes pues el sistema de la institución "ya habla de los saberes ancestrales, la cosmovisión, del fortalecimiento de la lengua". EFE

Orellana: Puente está listo para su inauguración

Loreto.- La comunidad La Puyo, ubicada en la parroquia San José de Payamino, cantón Loreto, provincia de Orellana, ya cuenta con una obra clave para su desarrollo. La construcción del nuevo puente alcanzó el 100 % de avance y se encuentra lista para su próxima inauguración. Así informó la Prefectura de Orellana, liderada por su prefecta Magali Orellana.

Con la losa totalmente fundida y los trabajos concluidos, el puente garantiza un paso seguro tanto para peatones como para vehículos, facilitando el tránsito diario

de los habitantes y mejorando la movilidad interna de la comunidad. Esta obra responde a una necesidad histórica, especialmente en épocas de lluvia, cuando el acceso se veía seriamente afectado por las condiciones climáticas y el estado de las vías. La nueva infraestructura permitirá reducir tiempos de desplazamiento y mejorar el acceso a servicios esenciales como educación y salud, además de optimizar el traslado de productos agrícolas y otras actividades productivas que sostienen la economía local.

»

De esta manera, el puente no solo mejora la seguridad vial, sino que también fortalece las

condiciones para el desarrollo social y económico de las familias del sector.

»
nacionalidades indígenas, A´i Cofán, Waorani y Siekopai, presentaron al Ministerio, el resultado de procesos participativos y diferenciados de educación propia.
El puente está ubicado en la comunidad La Puyo, parroquia de San José de Payamino.

Ganaderos de El Chaco recibieron equipos especializados

El Chaco.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGP) fortaleció la actividad ganadera en el cantón El Chaco, provincia de Napo. Entregó equipos especializados para el manejo seguro y técnico del ganado, como parte de su estrategia de apoyo a los pequeños y medianos productores rurales. El evento se realizó el jueves 22 de enero.

Banco Central inauguró oficina técnica de oro en Zamora

Quito.- El Banco Central del Ecuador (BCE) puso en marcha una nueva oficina técnica de comercialización de oro en la ciudad de Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, una de las zonas estratégicas para la actividad aurífera del país. El nuevo punto de atención busca agilizar y transparentar el proceso de compra de oro no monetario proveniente de la pequeña minería y la minería artesanal, reduciendo riesgos operativos y promoviendo la formalización del sector.

La iniciativa permite que los mineros artesanales y pequeños productores vendan su oro directamente al Banco Central del Ecuador, a través de agentes económicos previamente autorizados, bajo un esquema técnico que prioriza seguridad, trazabilidad y control. Según la institución, este mecanismo no

La dotación incluyó dos equipos ganaderos compuestos por brete y báscula, herramientas fundamentales para mejorar la sanidad animal, reducir riesgos durante los procedimientos pecuarios y optimizar la gestión productiva. Estos implementos permiten inmovilizar al animal de manera segura para realizar vacunaciones, desparasitaciones, inseminación artificial, palpaciones, curación de heridas, marcaje y cirugías menores, protegiendo tanto al ganado como a los productores.

Además, el uso de la báscula facilita el registro preciso del peso del ganado, un factor clave para una toma de decisiones más eficiente y para transparentar los procesos de comercialización.

La directora distrital del MAGP en Napo, Daniela Jurado, subrayó que cada equipo cuenta con una subvención estatal del 75 %. Permite a los ganaderos acceder a tecnología esencial para elevar su productividad y trabajar con mayores estándares de seguridad. La inversión institucional alcanza los $ 3.866,50 por equipo, sumando un total de $ 7.733. Los productores beneficiarios destacaron el impacto directo de esta iniciativa. Wilson Alquinga, de la parroquia Gonzalo Díaz de Pineda, señaló que la báscula permitirá garantizar precios justos en la venta del ganado. Santiago Miranda, del cantón Borja, afirmó que el equipamiento fortalece el manejo del hato y mejora la producción.

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solo mejora las condiciones de comercialización para los productores, sino que también contribuye al fortalecimiento de las reservas internacionales y al desarrollo sostenible de la actividad minera.

Durante el acto de inauguración, del día jueves 22 de enero, el presidente de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM), Gustavo Camacho, subrayó la importancia estratégica de Zamora Chinchipe dentro del mapa minero nacional. Destacó el rol del BCE y de la Junta en la promoción de mejores prácticas, formalización y cumplimiento normativo en el sector aurífero.

La oficina, ubicada en la Gobernación de Zamora Chinchipe, cuenta con infraestructura moderna y un entorno completamente controlado, diseñado para ofrecer un servicio seguro, cómodo y eficiente tanto para los usuarios como para el personal. El BCE señaló que esta presencia territorial permitirá acercar sus servicios a los agentes mineros de la región, reduciendo intermediación informal y elevando los estándares de comercialización.

CÍA. TRABRIMAN S.A.

FIDEL VILLAVICENCIO PROVEEDURIA Y SERVICIOS CIA. LTDA.

COMPAÑÍA DE TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL BRISAS DEL MANANTIAL CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS CONVOCATORIA

Se convoca de carácter obligatorio a todos los accionistas de la Compañía de TRANSPORTE ESCOLAR E INSTITUCIONAL BRISAS DEL MANANTIAL TRABRIMAN S.A, a una sesión ORDINARIA para el viernes 30 de enero del año 2026 a las 17:00 horas, en la oficina de la compañía domiciliada en la ciudad de Lumbaquí, Cantón Gonzalo Pizarro, Provincia de Sucumbíos, plaza comercial local Nº 22, donde se tratará el siguiente orden del día:

1. Constatación del Quorum.

2. Instalación de la sesión por parte del Sr. Presidente.

3. Elección de la nueva administración de la compañía TRABRIMAN S.A.

4. Clausura

Le agradecemos por su puntualidad. Atentamente,

Ing. Cristian Cevallos PRESIDENTE DE CÍA. TRABRIMAN S.A.

Ltda., Se CONVOCA. A los siguientes Socios: ANDI GREFA GERARDO, ANDI GREFA RODRIGO PATRICIO, ANDI GREFA SIMÓN BOLÍVAR, CUJILAN BUSTAMANTE GLENDA ISABEL, GREFA DEA MEDARDO WELINGTON, GREFA GREFA JAIME RAFAEL, GREFA GREFA TEOFILO REMIGIO, GREFA MACANILLA SIXTO FRANCISCO, GREFA VEGAY FREDI JHOVANY, MACANILLA MACHOA ABEL RONALDO, SANTI RODRÍGUEZ PATRICIO ANTONIO, TAPUY HUATATOCA SAUL WASHINGTON y VILLAVICENCIO ENDARA FIDEL. A Junta General Ordinaria de Socios, a realizarse el día sábado, 21 de Febrero del año 2026, en el Cantón Shushufindi, Barrio La unión en las calles. Venezuela y José González (Ref. Frente a Cuba Medica), a las 18H00, a fin de tratar los siguientes puntos:

1. Constatación del Quórum.

2. Instalación de la Junta General Ordinaria de Socios.

3. Presentación del estado de situación, Balance de Resultados Integral del año 2025.

4. Presentación y Aprobación del Informe de Gerencia 2025 5. Ruegos y Preguntas.

5. Lectura y aprobación del Acta de la Junta General Ordinaria de Socios N: 0026.

6. Clausura.

Espero contar con su distinguida presencia en esta Junta. Su asistencia es importante.

Shushufindi, enero 23 del 2026.

Atentamente,

Lcda.

» Los equipos permiten inmovilizar al animal de forma segura, para realizar vacunaciones, desparasitaciones, inseminación artificial.
De conformidad con el Articulo Décimo Tercero de la Escritura Pública de Fidel Villavicencio Proveeduría y Servicios Cía.
Glenda Cujilán PRESIDENTA
Señores accionistas TRABRIMAN S.A.

Laguna Bay inicia la búsqueda de la reina del carnaval 2026 en Lago Agrio

Lago Agrio.– Con el propósito de resaltar la belleza, el carisma y la alegría de la juventud local, Laguna Bay abrió oficialmente la convocatoria para la elección de la Reina del Carnaval 2026, un evento que busca fortalecer la identidad cultural y el espíritu festivo de las tradicionales celebraciones de carnaval.

El certamen está dirigido a jóvenes mujeres de entre 17 y 26 años, residentes en el cantón Lago Agrio, que deseen convertirse en embajadoras de la alegría y el colorido carnavalero, representando a Laguna Bay durante las festividades del próximo año.

De acuerdo con los organizadores, la ganadora del certamen

recibirá premios en efectivo, órdenes de compra y diversos incentivos entregados por los auspiciantes, además del reco-

nocimiento y la oportunidad de participar en actividades oficiales y promocionales del Carnaval 2026.

Asimismo, las interesadas pueden obtener mayor información a través de contacto directo vía WhatsApp al número 098 204 7846. Desde la organización se hizo un llamado a la ciudadanía a difundir esta convocatoria e incentivar la participación de las jóvenes, destacando que el evento no solo busca elegir una soberana, sino también promover la integración, la cultura y el talento de la mujer amazónica. Con esta iniciativa, Laguna Bay ratifica su compromiso con el impulso de actividades recreativas y culturales que fortalecen la identidad local y convierten al Carnaval en una celebración de unión, tradición y alegría para toda la comunidad.

Concejales del Gad Municipal de Cuyabeno supervisan avance de obras clave para el desarrollo cantonal

Cuyabeno.- El equipo de concejales del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Cuyabeno realizó un recorrido de verificación técnica

por varias obras estratégicas que se ejecutan en distintos sectores del cantón, con el objetivo de constatar su avance y garantizar que los trabajos se desarrollen

conforme a lo planificado.

Durante la jornada, las autoridades constataron el progreso en la construcción del ducto cajón en el barrio El Paraíso, una obra considerada prioritaria para mejorar el sistema de drenaje y reducir riesgos durante la temporada invernal, beneficiando de manera directa a decenas de familias del sector.

Posteriormente, la comitiva se trasladó a la planta de agua potable de la parroquia El Triunfo, donde se verificaron las adecuaciones realizadas para optimizar su funcionamiento. Estas mejoras permitirán fortalecer el abastecimiento de agua potable, un servicio esencial para la salud y el bienestar de la población. El recorrido concluyó en el Coliseo Mayor de la parroquia Tarapoa, infraestructura que re-

gistra importantes avances y que está destinada a convertirse en un espacio para el fomento del deporte, la recreación y el encuentro comunitario.

Las autoridades municipales destacaron que estas acciones forman parte del seguimiento permanente a las obras que ejecuta la administración local, liderada por el alcalde Nelson Yaguachi, con el fin de asegurar inversiones eficientes y obras de calidad que impulsen el desarrollo integral del cantón Cuyabeno.

La ciudadanía, por su parte, espera que estos proyectos se culminen en los plazos establecidos, al considerar que representan mejoras significativas en servicios básicos e infraestructura pública, fundamentales para el progreso local.

» Laguna Bay abrió oficialmente la convocatoria para la elección de la Reina del Carnaval 2026.
» Las autoridades destacaron que estas acciones forman parte del seguimiento permanente a las obras que ejecuta la administración local, liderada por el alcalde Nelson Yaguachi.

Circulación del 25 al 31 de enero del 2026

Prefectura de Sucumbíos fortalece el desarrollo

vial en la comunidad Las Palmas de Patria Nueva

» La ejecución del proyecto genera empleo directo para los habitantes de la comunidad, reafirmando el compromiso de la Prefectura de Sucumbíos con un desarrollo inclusivo y sostenible.

La Prefectura de Sucumbíos continúa impulsando obras de infraestructura vial en el cantón

Lago Agrio, con la ejecución

Actualidad

de trabajos en la comunidad

Las Palmas del recinto Patria

Nueva, parroquia General Farfán, orientados a fortalecer el

desarrollo productivo y social del territorio.

El proyecto contempla la apertura y lastrado de un kilómetro de vía, una intervención estratégica que permitirá mejorar la conectividad y facilitar el acceso de los habitantes a servicios básicos y mercados locales. Actualmente, la obra registra un avance del 65 %.

Entre las labores ejecutadas se encuentra la colocación de 6 de los 7 pasos de alcantarilla previstos, así como los trabajos de encofrado para la construcción de gaviones, estructuras que garantizarán la estabilidad y durabilidad de la vía frente a las condiciones climáticas de la zona.

Esta intervención forma parte de un conjunto de tres tramos viales que se construyen con una inversión total de USD 422.221,80, junto a las obras que se desarrollan en las comunidades 16 de Febrero y Cinco Ases, contribuyendo al fortalecimiento de la red vial rural del cantón.

La nueva infraestructura permitirá mejorar el transporte y la comercialización de productos agrícolas como cacao, plátano verde, café y maíz, dinamizando la economía local. Además, la ejecución del proyecto genera empleo directo para los habitantes de la comunidad, reafirmando el compromiso de la Prefectura de Sucumbíos con un desarrollo inclusivo y sostenible.

La comunidad Andina se ofrece a mediar entre

Ecuador y Colombia

El secretario general de la CAN, remitió comunicaciones a los presidentes de ambos países para solicitar la postergación de las medidas anunciadas.

Lima.- La Comunidad Andina (CAN) se ofreció este jueves 22 de enero, a mediar entre los gobiernos de Colombia y Ecuador para evitar que comience a aplicarse las medidas de la guerra comercial en la que se han enzarzado ambos países, con aranceles del 30 % y suspensión de medidas de cooperación energética.

El secretario general de la CAN, el diplomático peruano Gonzalo Gutiérrez, ha remitido comunicaciones a los presidentes de ambos países para solicitar la postergación de las medidas anunciadas, según señaló en un comunicado el organismo, con sede en Lima.

Gutiérrez también se puso a disposición de los presidentes

de Colombia, Gustavo Petro, y de Ecuador, Daniel Noboa, para ayudar a un "diálogo estrecho que permita abordar las preocupaciones de ambos países", según señaló en un comunicado el organismo, con sede en Lima.

La máxima autoridad de la Comunidad Andina, el organismo de integración regional que forman Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, apuntó a "privilegiar la integración latinoamericana como base para alcanzar el bienestar de los ciudadanos andinos, en un escenario cada vez más complejo y dinámico".

Colombia y Ecuador, dos grandes socios comerciales, entraron este jueves en una inusitada y dañina guerra comercial con la imposición mutua de aranceles.

El primero en dar el paso fue Daniel Noboa, presidente de

Ecuador, al anunciar que impondrá un arancel del 30 % a las importaciones de Colombia al argumentar que la Administración de Petro, presidente de Colombia, no está lo suficientemente comprometida con la lucha contra el narcotráfico, un día después de que el mandatario colombiano volviese a exigir la libertad del encarcelado ex vicepresidente correísta Jorge Glas.

En respuesta, Colombia anunció una medida recíproca de aranceles del 30 % a las importaciones ecuatorianas y el corte del suministro de electricidad, clave para mitigar las recientes crisis energéticas que ha sufrido en los últimos años Ecuador, que a su vez anticipó que prohibirá la circulación de petróleo colombiano por su oleoducto de crudos pesados (OCP). EFE

» Colombia y Ecuador, entraron el jueves 22 en una inusitada y dañina guerra comercial por la imposición mutua de aranceles.

Judiciales

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS

CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de VOLUNTARIO/APERTURA DE LA SUCESIÓN

HEREDITARIA a los herederos, conocidos y desconocidos y presuntos de la causante del señor BARRETO VARGAS JHONNY VICENTE, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: BARRETO MORANTE JOHNY VICENTE

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE BARRETO VARGAS JHONNY VICENTE

JUICIO NRO: 21201-2025-00971

CUANTÍA: INDETERMINADA

CAUSA: APERTURA DE LA SUCESIÓN HEREDITARIA

TRÁMITE: VOLUNTARIO

JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO DE LA DEMANDA.–NARRACIÓN DE LOS HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO. Con fecha 20 de noviembre del presente año 2025, en esta Ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, fallece el señor BARRETO VARGAS JHONNY VICENTE, como víctima de un hecho violento. El fallecido es padre del compareciente. Al momento del fallecimiento el causante no dejó testamento, y le sobrevivimos como herederos únicos y conocidos sus tres hijos: BARRETO CHERREZ JHONNY VICENTE; BARRETO CHERREZ JESUS ANDRES y el compareciente BARRETO MORANTE JOHNY VICENTE. Al momento del fallecimiento mi padre tenía el estado civil DIVORCIADO. Al momento del fallecimiento el prenombrado causante era propietario de los siguientes bienes: Un negocio que constituye un Almacén de venta de materiales y equipos agropecuarios; muebles de oficina; artículos de ferretería; y, electrodomésticos. El almacén está ubicado en la Avenida Petrolera, barrio Guayaquil de esta Ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, frente al estadio Carlos Vernaza. Dinero efectivo en la cuenta No.4022303850 de BANECUADOR. Dinero efectivo en la cuenta Corriente No.2100325135 y en la cuenta de Ahorros No. 2203614294 del Banco del Pichincha C.A. Un vehículo tipo motocicleta marca HONDA, de placas KK587L, de color negro. Un vehículo tipo motocicleta mara YAMAHA, de color plomo de placasa IK414G. Un vehículo tipo camioneta, marca FORD RANGER, doble cabina, color plomo, de placas IBF3599. Además, hay otros Bienes muebles. Es posible que existan Bienes inmuebles que desconozco de su existencia al momento. FUNDAMENTOS DE DERECHO.–La presente demanda tiene fundamento en los Artículos 1264, 1268,1275, 1278 y siguientes del Código Civil. Para justificar los fundamentos de la demanda solicitó la práctica de las siguientes pruebas: PRUEBA DOCUMENTAL: Certificados de nacimiento de los tres hijos herederos legítimos y únicos por el momento. Partida de defunción del difunto BARRETO VARGAS JHONNY VICENTE. Escritura de posesión efectiva de bienes, del causante BARRETO VARGAS JHONNY VICENTE. Certificados Únicos Vehiculares, de los vehículos de propiedad del antes citado causante. Ochenta y dos fojas que corresponden a las materializaciones de las facturas electrónicas emitidas por las empresas proveedoras de bienes y productos para el funcionamiento del almacén. Sin que esto signifique toda la existencia de bienes en bodega, sino las últimas adquisiciones. El almacén tiene también obligaciones pendientes con los proveedores, y están girados cheques de la cuenta corriente que soy el titular, porque conjuntamente con mi señor padre administraba el negocio. Con las pruebas documentales anunciadas demuestro la existencia del fundamento para proponer la demanda de apertura de la sucesión y la formación de Inventarios. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE.–Con los fundamentos expuestos concurrimos ante su autoridad y solicitamos: Se proceda a la APERTURA DE LA SUCESIÓN Y LA FORMACIÓN DE INVENTARIO SOLEMNE DE BIENES HEREDITARIOS, dejados por quien en vida fue mi señor padre BARRETO VARGAS JHONNY VICENTE. CUANTÍA DE LA DEMANDA. -En razón de la naturaleza de la presente causa,

la cuantía es indeterminada. ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.- El procedimiento a seguir es VOLUNTARIO, conforme determina el Art. 334, numeral 4 del Código Orgánico General de procesos AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio 19 de Diciembre del 2025 a las 09h59, conforme el Art.172 de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con el Art.160, numeral 1, y Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, una vez que se ha cumplido lo dispuesto en el auto inmediato anterior, en lo principal: La petición de Inventarios y Avalúo de Bienes Sucesorios propuesta por: JOHNY VICENTE BARRETO MORANTE, por cumplir con los requisitos legales previstos en el Art.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos y, según lo señala el Art.334.4 del COGEP, se la acepta al procedimiento voluntario que le corresponde.- Por lo que se dispone: Por el fallecimiento de JHONNY VICENTE BARRETO VARGAS según se verifica de la partida/certificado de defunción que se adjunta, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, por lo que se manda a formar el inventario y avalúo de sus bienes y, en la forma prevista el Art.341 y 342 del Código Orgánico General de Procesos.–CITACIONES HEREDEROS DESCONOCIDOS.–Al amparo de lo determinado en el Art.58 del Código Orgánico General de Procesos; se ORDENA la CITACIÓN a los herederos desconocidos del hoy causante JHONNY VICENTE BARRETO VARGAS esto en la forma determinada en el Art.56, numerales 1 y 2 del Código Orgánico General de Procesos; para lo cual concédase el extracto respectivo. -

Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente.

Ab. Oswaldo Luzuriaga

SECRETARIO UJFMNALAS

3/3 S-5636

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA.

CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS

CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de inventario de Bienes Sucesorios a los herederos desconocidos cuyo extracto es el siguiente:

ACTORA: JIMENEZ JIMENEZ VALERIA ANDREA

DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS

DESCONOCIDOS

JUICIO NRO: 21201-2025-00837

CUANTÍA: INDETERMINADA

CAUSA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS

CASILLERO: 0942554940

TRÁMITE: VOLUNTARIO

AB. DEL ACTOR: Dr. WILMER DANILO RAMIREZ

LOAYZA

JUEZ: DR. FABIÁN TORRES ARMIJOS

SECRETARIA: DRA. JARAMILLO ANDY MARÍA BELÉN

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE VISTOS: GARCIA BONILLA IMELDA MARIA, portadora de la cédula de ciudadanía No. 2100457718, de 35 años de edad, de estado civil casada, de ocupación bachiller, de nacionalidad ecuatoriana y domiciliada en el barrio central de la ciudad de Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, Las notificaciones que nos correspondan recibiremos en el Casillero Judicial Electrónico N°: 0942554940, al correo electrónico daniloramirezl@yahoo.es., autorizo al abogado Dr. WILMER DANILO RAMIREZ LOAYZA, profesional del Derecho a quien en forma expresa autorizo para que a mi nombre y representación presente cuantos escritos sean necesarios en mi defensa. 2.- HECHOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO: En calidad de hija del causante, quien en vida se llamó; Jímenez Rámirez Fredy Rodrigo, conforme justificó con la partida de nacimiento y posesión efectiva. por su parte las demandadas también tienen vínculos familiares con mi fallecido padre, quien falleció el 25 de marzo del 2024, debido a un paro cardíaco, en vida mi padre adquirió los siguientes bienes activos: 50% derechos y acciones sobre los lotes de terrenos

rurales, 50% 50% derechos y acciones sobre los lotes de terrenos urbanos, 50% derechos y acciones sobre el lote de terrenos ubicado en el barrio la floresta, derechos y acciones sobre una motocicleta, derechos y acciones sobre un depósito a plazo fijo en la cooperativa de ahorro y crédito Chibuleo, derechos y acciones correspondiente a la cuenta 24270207100, en la Cooperativa de ahorro y crédito Chibuleo, derechos y acciones sobre un taller con razón comercial el Oro, al momento del fallecimiento de mi padre los bienes quedaron siendo administrados por la señora GAIBOR CARMEN BERTILA, conviviente supérstite de mi padre, quien actualmente hace uso de todos los predios. 3.–FUNDAMENTOS DE DERECHO.–La presente demanda tiene fundamento en los Arts.407 del Código Civil, Artículo 341 del Código Orgánico General de Procesos. 4.- ANUNCIO DE PRUEBA; Partidas de nacimiento, certificado de defunción, sentencia de fecha 16 de abril del 2025, certificados emitido por el Registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, certificado de depósito plazo fijo, un certificado de inversión, estado de cuenta, Posesión efectiva, patente Municipal año 2024. 5.- PRETENSIÓN.–Se proceda a la apertura de la sucesión y la facción de inventarios de los bienes dejados por el causante Jímenez Rámirez Fredy Rodrigo. Que en sentencia se sirva aprobar el inventario y avaluó de los bienes inmuebles del causante: (+) Jímenez Rámirez Fredy Rodrigo. 6.–LA CUANTÍA.–Es indeterminada; 7.- EL PROCEDIMIENTO.–A la presente causa se le dará el trámite de Procedimiento Voluntario estipulado en el Artículo 334 numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos. Calificación de la demanda.–Lago Agrio, martes 11 de noviembre del 2025, a las 16h00. VISTOS.–Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal No. 8533DNP, referente a la Resolución No. 045-2013 de fecha 22 de mayo del año 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la actora a fj. 57 declara bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad, el domicilio o residencia de él o los herederos desconocidos de quien en vida fue el señor Jímenez Rámirez Fredy Rodrigo, lo cual se tiene en cuenta para los fines legales pertinentes. La demanda de INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS, propuesta por JIMENEZ JIMENEZ VALERIA ANDREA en contra de: GAIBOR CARMEN BERTILA, JIMENEZ GAIBOR TITA JARETH y JIMENEZ GAIBOR MARVEL LIZBETH, la misma que es clara, precisa, completa y reúne los requisitos legales determinados en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia, se la acepta al trámite, previsto en el Art 335 en concordancia con el Art. 341 del COGEP, por lo que se dispone: 1.INSCRIPCIÓN DEMANDA.- Dando cumplimiento con el Art. 146, inciso 5 y 6 del COGEP se dispone notificar al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, para que se proceda a inscribir la presente demanda en el libro correspondiente. 2.- CITACIÓN.–2.1- Conforme lo establece la ley a los demandados señoras GAIBOR CARMEN BERTILA, JIMENEZ GAIBOR TITA JARETH y JIMENEZ GAIBOR MARVEL LIZBETH, en el lugar señalado por la actora cuyo croquis se anexa, mediante la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, sin perjuicio de poderlo citar conforme lo establece el Art. 10 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, publicada en el R.O. SUPLEMENTO No. 517 de fecha 26 de junio del año 2019. Los citadores deberán estar a lo dispuesto en los artículos 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo previsto en el Art. 63 ibídem. En caso de no comparecer a juicio se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y 157 del Código Orgánico General de Procesos. CITACIÓN.–2.2A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS, se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem; y, 58 del COGEP., para el efecto confiera el extracto respectivo. previniendo a los accionados la obligación de señalar casilleros judiciales y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). En caso de no comparecer a juicio se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y 157 del Código Orgánico General de Procesos. 3.- INVENTARIOS.–Citadas las partes demandadas en legal y debida forma y cumplida la diligencia del numeral 2.2, se procederá a sortear el perito para que proceda a

su formación y avalúo de los bienes, en presencia de los interesados, conforme prevé el Art. 341 del COGEP. 4.- Una vez que conste de autos el informe pericial se procederá de conformidad con el Art. 345 del COGEP, esto es se convocará a la audiencia correspondiente. 5.- Téngase en cuenta la casilla judicial y la dirección del correo electrónico señalado por la demandante, así como la autorización que confiere a su abogado defensor para que firme escritos en su defensa. 6.- Agréguese al proceso la documentación adjunta al libelo de demanda. Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. Actúe la Abg. Jaramillo Andy María Belén, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial, despacho “C”.–CÚMPLASE, NOTIFÍQUESE. Lo que comunico para los fines de ley. María Belén Jaramillo Andy SECRETARIA 3/3 S-5638

NOTARIA PUBLICA EXTRACTO

NOTARIA PRIMERA DEL CANTON SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBIOS: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante mi DOCTOR PATRICIO TAPIA CARPIO Notario Primero de este Cantón Shushufindi, el siete de enero del año dos mil veintiséis, los señores MAYRA YOLANDA ALVARADO LOOR, y; DARWIN JAVIER ANGULO CHUCUYAN, los mismos procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad Conyugal la misma que fuera disuelta mediante Sentencia dictada por Luis Alfredo Tatamues Nazate, Juez de Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, Provincia de Sucumbíos, de fecha primero de Julio del año dos mil veinte, con razón Ejecutoriada por el Ministerio de la Ley, el siete de Julio del año dos mil veinte, dan por terminada la Sociedad Conyugal que existía entre los comparecientes MAYRA YOLANDA ALVARADO LOOR, y; DARWIN JAVIER ANGULO CHUCUYAN, por Divorcio. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad ·y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores: MAYRA YOLANDA ALVARADO LOOR, y; DARWIN JAVIER ANGULO CHUCUYAN, otorgada mediante escritura pública el siete de enero del año dos mil veintiséis, ante el suscrito DOCTOR "PATRICIO TAPIA CARPIO, Notario Primero del Cantón Shushufindi, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Shushufindi, 07 de enero del 2026

Dr. Patricio Tapia Carpio NOTARIO PÚBLICO 1/1 S-5639

Juicio No. 21331-2024-00015

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, lunes 15 de diciembre del 2025, a las 10h06

EXTRACTO–CITACIÓN JUDICIAL

CITACIÓN A: A los señores: HARO HARO FREDY ENRIQUE Y PEREZ JARAMILLO NARCISA TERESA

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 29 DE OCTUBRE LTDA

DEMANDADOS: HARO HARO FREDY ENRIQUE, PEREZ JARAMILLO NARCISA TERESA JUICIO: 21331-2024-00015 Publica tus EXTRACTOS con nosotros 0989404851 | 0997103969 | 0984660182 | 0992081870 aquí

Circulación del 25 al 31 de enero del 2026

TRAMITE: EJECUTIVO-COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

FECHA DE INICIO: 16-01-2024

CUANTÍA: 8.848,20 DOLARES

JUEZA: ABG. JUAN PRADO MORENO

SECRETARIA: ABG. FANY JUMBO GOMEZ

OBJETO: Que en sentencia se digne declarar con lugar la demanda y se condene a los demandados HARO HARO FREDY ENRIQUE, en calidad de deudor principal y PEREZ JARAMILLO NARCISA

TERESA, en calidad de Garante y deudora solidaria al pago de los siguientes rubros: 8.1. El saldo del capital constante en el pagare a la orden, con un interés anual efectivo del 17.17 %, desde la fecha de vencimiento se pague, desde la cuota No. 8 vencida el 18 de abril del año 2022, en que ha sido declarada la obligación de plazo vencido, en la suma de 5.931,69 USA, de capital, consistente en los siguientes rubros: capital adeudado 5.931,69 USA; gestión de cobranza extrajudicial 40.54 dólares; interes de mora 568,46 USA; e interés de 1.180,20, USA, seguro de desgravamen en 127,31,lo que nos da un total de la deuda la suma de 7.848,20 USA; a los que se adicionarán los intereses que se devenguen hasta la total cancelación de la deuda, las costas procesales y honorarios de mi defensor.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 21 de febrero del 2024, a las 12h33. VISTOS. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE LTDA.”, con RUC: 1790567699001 en contra de HARO HARO FREDY ENRIQUE y PEREZ JARAMILLO NARCISA TERESA es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en el pagaré a la orden documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347 y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del mismo código. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art.160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Cítese a HARO HARO FREDY ENRIQUE y PEREZ JARAMILLO NARCISA TERESA en el lugar señalado en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, y documentos constantes en el artículo 4.3 de la resolución 61-2020 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, los correos electrónicos señalados para sus notificaciones.Actúe la Ab. Fany Jumbo en calidad de Secretaria del despacho.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 2 de abril del 2025, a las 14h42. Agréguese a los autos el escrito de la parte actora, en atención a lo solicitado, cítese a los señores HARO HARO FREDY ENRIQUE y PEREZ JARAMILLO NARCISA TERESA, mediante tres publicaciones realizadas en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de este cantón, en la forma prevista en el artículo 56 (1) del Código Orgánico General de Procesos. . Intervenga la Abg. Fany Esperanza Jumbo Gómez en calidad de Secretaria de este despacho.- NOTIFÍQUESE .-UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO,PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, jueves 13 de noviembre del 2025, a las 16h26. Agréguese a los autos el escrito de la parte actora. En atención a lo so-

licitado, se dispone que a más de lo dispuesto en el auto del 02 de abril de 2025, la citación a los demandados se realice también mediante tres publicaciones en días distintos, en un periódico de circulación nacional y en uno de circulación provincial. La señora actuaria elabore los extractos para la publicación por la prensa. Intervenga la Ab. Fany Jumbo en calidad de secretaria de este despacho. Notifíquese. Abg. Juan Prado Moreno, JUEZ.-

Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial, para sus notificaciones.- Lago Agrio, 15 de diciembre del 2025

3/3 Q-4470

EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: MENDOZA SOLORZANO CARLOS LUIS

ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A.

DOMICILIO DEL ACTOR: banco@pichincha.com, daniloramirezl@yahoo.com

CUANTÍA: USD. 12.611,12

JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.

SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. PRETENSIÓN: En Juicio EJECUTIVO No. 213312024-00576 que sigue BANCO PICHINCHA C.A., en contra de MENDOZA SOLORZANO CARLOS LUIS. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente: El 23 de enero del 2024, el señor Mendoza Solorzano Carlos Luis, en calidad de deudor principal, suscribió el pagaré a la orden signado con el No. 5257882-00, a través del cual se obligó al pago de $10.591,41, suma de dinero recibida en préstamo que el accionado debía restituir en el plazo de 1836 días vista, mediante el pago de 60 dividendos mensuales por los valores, plazo y vencimiento detallados en el aludido pagaré, con un interés inicial reajustable de 15,60% anual, que corresponde a la tasa de interés efectiva anual inicial reajustable del 16,77%. del mismo modo el señor Mendoza Solorzano Carlos Luis, suscribió un segundo pagaré identificado con el No. 5257882-01, por el cual se obligó a favor de Banco Pichincha C.A., al pago de la cantidad de $295,55, correspondiente a los intereses reestructurados por una operación de crédito anterior, monto que debía ser pagados mediante 60 dividendos mensuales. Según consta de la liquidación de cartera de la obligación No. 5257882-00 del 05 de agosto del 2024, el demandado señor Mendoza Solorzano Carlos Luis, se encuentra adeudando dicha obligación a partir del dividendos No. 2, que se encuentra vencido desde el 01 de abril del 2024, razón por la cual, con sustento en lo estipulado en el título ejecutivo, el Banco Pichincha C.A., unilateral y anticipadamente, procede a declarar de plazo vencido el total de la obligaciòn contraída, y por ende a exigir el pago anticipado de todo el capital e intereses adeudados, acorde a los siguientes montos: a) $10.518,29 equivalente al capital insoluto; b) 654,50 correspondiente a los intereses normales; c) $11,93 equivalente al interés de mora; d) $65,54 correspondiente a la cobranza reestructurada; y, e) $75,50 correspondiente al seguro de desgravamen. lo que da un total de $11.325,76 adeudados por concepto de la operación de crédito No. 5257882-00. De la misma forma, conforme se advierte de la liquidación de cartera de la obligación No. 5257882-01, del 05 de agosto del 2024, el demandado señor Mendoza Solorzano Carlos Luis, también se encuentra adeudando dicha obligación a partir del dividendo No. 2, que se encuentra vencido desde el 01 de abril del 2024, razón por la cual, con sustento en lo estipulado en el título ejecutivo, el Banco Pichincha C.A., unilateral y anticipadamente, procede a declarar de plazo vencido el total de la obligación contraída, y por ende a exigir el pago anticipado de la cantidad de $285,36 monto al que ascienden la totalidad de los intereses vencidos reestructurados. PRETENSIÓN: La cantidad de diez mil quinientos dieciocho con 29/100 dólares americanos (10.518,29), equivalente al capital insoluto de la operación de crédito No. 5257882-00; la suma de seiscientos cincuenta y cuatro con 50/100 dólares americanos (654,50) correspondiente al interés normal; la cantidad de once con 93/100 dólares americanos (11,93) equivalente al interés de mora; la suma de sesenta y cinco con 54/100 dólares americanos (65,54), correspondiente a cobranza reestructurada; la suma de setenta y cinco con 50/100 dólares americanos (75,50) correspondiente al seguro de desgravamen; la cantidad de doscientos ochenta y cinco con 36/100 dólares americanos (285,36), equivalente a la totalidad de los intereses vencidos reestructurados mediante la operación crediticia No. 5257882-01; las costas procesales y los honorarios de mis abogados patrocinadores, que los estimo en la cantidad de mil dólares americanos (1.000,00). Ofrezco reconocer pagos parciales que se justifiquen legalmente. Lago Agrio, miércoles 28 de agosto del

Judiciales

EXTRACTO

ESCRITURA PÚBLICA DE ACLARATORIA, LIQUIDACIÓN, PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL PATRIMONIO EX CONYUGAL SEÑORES: LINDO GUATO EDWIN EDISON y BURI CELI DAYSI NOEMI

Pongo en conocimiento del público, que, mediante Escritura Pública otorgada ante mí, Doctor JOSE RUBEN LAICA IPIALES, NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN LORETO, los ex cónyuges señores: LINDO GUATO EDWIN EDISON y BURI CELI DAYSI NOEMI, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad de Bienes, en razón del matrimonio que mantenían, la mis que fue disuelta mediante Acta Notarial de fecha veinte de abril del dos mil veintidós, celebrada ante el Notario Primero del Cantón Loreto, Doctor José Rubén Laica Ipiales, debidamente marginada en la Dirección general del Registro Civil, Identificación y Cedulación, el veintiocho de abril del dos mil veintidós. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el Texto de la referida Escritura Pública de ACLARATORIA, LIQUIDACIÓN, PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA EX SOCIEDAD CONYUGAL DE LOS EX CÓNYUGES SEÑORES: LINDO GUATO EDWIN EDISON y BURI CELI DAYSI NOEMI, de los de bienes de la sociedad conyugal, celebrada ante mí, hoy día veinte de enero del año dos mil veintiséis, por lo que, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 18 numeral 23 de la Ley Notarial, que faculta a los Notarios disponer la inscripción de la Escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, en los Registros de la Propiedad y Mercantiles correspondientes, previo al trámite previsto en dicha norma legal; pongo en conocimiento del público mediante una publicación, el extracto de la ACLARATORIA, LIQUIDACIÓN, PARTICIÓN Y ADJUDICACION EXTRAJUDICIAL de bienes de la Sociedad Conyugal, correspondiente a los ex – cónyuges señores: LINDO GUATO EDWIN EDISON y BURI CELI DAYSI NOEMI; la misma que se publicará a través del Diario Independiente de la ciudad Francisco de Orellana, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, otorgada mediante la Escritura Pública antes indicada por el término de veinte días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación, puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.–Loreto, veinte de enero del año del dos mil veintiséis.

2024, a las 13h19. VISTOS: En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, avoco conocimiento de la presente causa; y, en virtud del sorteo electrónico de ley, que precede. Agréguese al proceso la documentación adjunta.- En lo principal: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Ab. Ramírez Loayza Wilmer Danilo, en calidad de Procurador Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes, Representante Jurídico, en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del BANCO PICHINCHA C.A., conforme lo acredita con la documentación que adjunta, en mérito a la cual se declara legitimada su personería e intervención, en contra del señor: MENDOZA SOLORZANO CARLOS LUIS en calidad de deudor principal, ,es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en 2 pagarés a la orden, documentos que constan dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contienen los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 6 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación del demandado: MENDOZA SOLORZANO CARLOS LUIS en calidad de deudor principal, en el DOMICILIO señalado en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándole suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia. Se advierte al funcionario de citaciones cumplir cabalmente lo dispuesto en el Art. 53 (sustituido por el Art. 72 de la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual, R.O. Tercer Suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), 54, 55 ibídem (sustituido por el Art. 74 de la Ley Orgánica para la transformación digital y audiovisual, R.O. tercer suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), que dice: “Citación por boletas y por boletas electrónicas.- Si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos y seguidos en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de la familia. Si no se encuentra a persona alguna a quien entregarlas, se fijarán en la puerta del lugar de habitación, de este particular el citador dejará constancia fotográfica adjunta a las actas de citación.” y 78 del COGEP; y, extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniendo a la parte demandada la obligación de señalar casilla electrónica judicial y correo electrónico. Para el efecto la parte actora prestará las facilidades del caso de manera oportuna a fin de que entregue al archivo de esta dependencia judicial las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al formulario de entrega de copias para citación, conforme a lo dispuesto en el Art. 4 de la Resolución N° 061-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, en el término de tres días, bajo la responsabilidad de su inactividad y las consecuencias que recae en ella. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado solorzanocarlos97@hotmail.com, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI2019), se concede el término de quince (15) días, para que el demandado: MENDOZA SOLORZANO CARLOS LUIS en calidad de deudor principal, cumpla con la obligación demandada o proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, la casilla electrónica 2100038047 y los correos electrónicos señalados banco@pichincha.com daniloramirezl@yahoo.es daniloramirezl@yahoo.com ramirezasociadosjuzgados@yahoo.com para sus notificaciones…Lago Agrio, martes 2 de diciembre del 2025, a las 13h30. Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez legalmente encargado de esta Unidad Judicial.- Incorpórese al proceso, el escrito presentado por la parte actora.- En atención a su petición, por haberse dado cumplimiento al auto inmediato anterior, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CÍTESE con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio a la demandada MENDOZA SOLORZANO CARLOS LUIS, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional, así como en un periódico de amplia difusión a nivel nacional. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente…Lo que comunico para fines de Ley.- CERTIFICO. CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARIA SECRETARIA 3/3 Q-4468

La selva a otro nivel Bocana del Payamino

Un espectáculo impresionante ante la vista y los sentidos representa una caminata por la Bocana del Payamino, en plena ciudad de El Coca, pues, la Bocana del Payamino, está ubicada casi en el mismo perímetro de la ciudad y el ingreso a la Bocana es justamente a través de tres calles de la urbe amazónica; la entrada principal es por la calle Eugenio Espejo.

Este Parque Ecológico, Bocana del Payamino, bosque inundado amazónico, con 2.8 kilómetros de comineras elevadas a tres metros del suelo, recorrido que permite disfrutar de este exuberante espacio natural, su flora, fauna, promoviendo el respeto a la diversidad natural y cultural.

Desde la torre se disfruta de una vista panorámica: de la selva a otro nivel.

Donde se conjuga el desarrollo urbanístico de la ciudad de El Coca, con

la belleza de la naturaleza, con 7,8 hectáreas de bosque, iluminación, locales comerciales, un espacio tipo glorieta en la Plaza Central, para eventos y muchos otros servicios a disposición de los visitantes. Lo impresionante es la vista que se tiene desde la torre de 30 metros de altura y 10 pisos de escalinatas, observar a poca distancia, la unión del río Payamino, que deposita sus aguas en el majestuoso río Napo, afluente del gran Amazonas; mientras algunas canoas, surcan sus aguas en apacible e impresionante trayecto.

» Ingreso a la Bocana, por la calle Eugenio Espejo..
» Son 2.8 kilómetros de camineras que recorren este bosque húmedo de la Bocana.
» La torre espera a sus visitantes, al final del recorrido.
» Vista de la ciudad, desde la torre de 30 metros de altura.

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