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PARA TENER EN CUENTA….

La entidad encargada de fijar la velocidad máxima y mínima, en las zonas urbanas señaladas y en las carreteras nacionales y departamentales, debe establecer los límites de velocidad de forma sectorizada, razonable, apropiada y coherente con el tráfico vehicular, las condiciones del medio ambiente, la infraestructura vial, el estado de las vías, visibilidad, su velocidad de diseño, las características de operación, los usuarios vulnerables, el uso del suelo y, el número de muertos y lesionados.

En los tramos viales en los que se presenten condiciones idóneas de infraestructura y seguridad vial, las entidades territoriales o la Nación, según sus competencias, estarán facultadas, en el marco de su jurisdicción territorial de establecer límites de velocidad superiores a los establecidos.

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III. NORMAS PARA CICLISTAS

Ante la muerte a diario de ciclistas en las diferentes vías del país, las autoridades han insistido en la necesidad de que los usuarios acaten las normas que rigen actualmente en Colombia para quienes acuden a este medio de transporte con fines laborales, académicos, recreativos o deportivos.

Según estudios realizados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, las personas de 21 a 28 años de edad son las que más están presentando siniestros en sus bicicletas con el 31%, seguido del segmento poblacional con edades que oscilan entre los 29 a 34 años (17 %) y del grupo de los 35 a 44 años con un 15 %. Por eso es tan importante que se acaten las reglas de tránsito que hoy están vigentes para los ciclistas en Colombia con el fin de reducir las cifras de accidentalidad en el país. En esta cartilla se enumeran las que deben tenerse en cuenta:

- Donde se desarrollen actividades deportivas, lúdicas y, o recreativas, la velocidad máxima de operación en las vías será de 25 km/h.

- En el caso de las vías donde no este regla - mentada la velocidad, se utilizará el carril derecho.

- Deben portar chalecos o chaquetas reflectivas y acudir a dispositivos de luz en la parte delantera y trasera cuando se transite en horario nocturno.

- Es necesario permanecer en un carril cuando se desplacen en grupo, y por ningún motivo usar las vías asignadas al servicio público colectivo.

- Está prohibido transportar elementos que reduzcan la visibilidad o impidan un tránsito seguro, así como sujetarse de otros vehículos durante el desplazamiento.

- Se deben respetar los espacios autorizados para los peatones, como las aceras.

- Entre las disposiciones vigentes, se destaca el uso del casco debidamente abrochado, como también evitar el porte de dispositivos móviles que puedan distraer al conductor o ponerlo en riesgo.

- Se prohíbe llevar acompañantes en la bicicleta, a menos que tenga dispositivos especiales que permitan transportarlos de manera segura durante el recorrido.