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STUNL historia de luchas que no terminan // Rafael Garza Ibarra
En la historia de las instituciones existen sucesos que, para bien o para mal, los marcan de por vida.
En los anales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, el nacimiento del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Nuevo León, en el año de 1964, marca el inicio de una época que, con excepción de voces aisladas de individuos casados con el conservadurismo, debe calificarse, en más de un sentido, como una de las de mayor esplendor de nuestra Máxima Casa de Estudios.
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Fue una época en que la Universidad de Nuevo León se convirtió en el epicentro de importantes y trascendentales movimientos universitarios que demandaban su democratización y reformas a los planes y programas de estudio.
Una época en la que, en opinión de líderes estudiantiles de los movimientos universitarios de las décadas de los sesenta y setenta del siglo pasado, la educación entonces impartida en la Universidad de Nuevo León no tenía como propósito la formación de profesionistas con conciencia social y sentido humanista, sino que era una educación universitaria para formar a los profesionistas que demandaba el mercado laboral del estado de Nuevo León, en particular la industria doméstica.
Una época en que la Universidad de Nuevo León juega su papel de conciencia crítica de la sociedad: resurge la actitud contestataria de la juventud universitaria, la educación universitaria se enriquece con el debate académico y político de las ideas, se democratiza en buena medida el gobierno universitario y la universidad alcanza su autonomía.
Pero el tema a tratar aquí, no es la situación que imperaba en la Universidad de Nuevo León en las décadas de los sesenta, setenta y ochenta del siglo pasado, sino la lucha que a partir de las dos últimas décadas del pasado siglo y lo que va del presente siglo XXI, libra el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León en defensa de su régimen pensionario y, en general, del derecho del trabajador universitario a un mejor sistema de seguridad social.
En los años inmediatos, posteriores a la fundación del Sindicato, la lucha de los trabajadores se centró en obtener por parte del Tribunal de Arbitraje del Estado el registro sindical; en una segunda etapa, la lucha del sindicato se dio por el respeto a la autonomía e independencia de la organización, y en los últimos veinte años, además de luchar por nuevas prestaciones y el respeto a su Contrato Colectivo de Trabajo, el sindicato ha puesto su atención en el delicado asunto de las pensiones, pues haciéndose eco de lo acontecido con las pensiones de trabajadores pertenecientes a otras universidades públicas del país, asumió que el presupuesto que se le asigna a la universidad no era suficiente para enfrentar y menos aún resolver el problema que significa garantizar a futuro el pago de las jubilaciones y las pensiones de sus afiliados y sus familias.
En la larga historia de la relación profesional que existe entre la Universidad Autónoma de Nuevo León y el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León, que se extiende por más de medio siglo, ha habido en algún tiempo desencuentros que se explican por los diferentes intereses que profesionalmente cada representa representa; empero, esto no fue obstáculo para que en el año de 1998 ambas instituciones acordaran crear un fondo de contingencia, con aportaciones económicas de la universidad y de los trabajadores, activos y jubilados, destinado al pago de las jubilaciones y las pensiones de los trabajadores universitarios sindicalizados.
Como extensión o formando parte de este acuerdo, la universidad y el sindicato convinieron en que las aportaciones de los trabajadores a este fondo les aseguraba una jubilación dinámica y que, además, la creación del Fondo no relevaba a la universidad de su obligación legal y contractual de pagar las jubilaciones y pensiones de los trabajadores a su servicio.
Así mismo, en el convenio de constitución del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León, denominación que oficialmente se le dio al fondo creado, se determinaron, además de las aportaciones iniciales de la Universidad y de los trabajadores, otras fuentes de integración y capitalización: intereses por inversiones, donaciones de personas físicas o morales, rentas de bienes inmuebles propiedad de la universidad, presupuestos o recursos extraordinarios de origen estatal o federal, etc.
A dieciocho años de constituido el fondo, la universidad no ha incumplido ningún pago a trabajadores o trabajadoras con derecho a jubilarse o pensionarse, cosa que no hubiera sido posible, según dictamen actuarial, de no haberse creado dicho fondo, que suman a la fecha más de cinco mil jubilados que gozan de una pensión que incluye: salario, servicio médico, aguinaldo, bonos de despensa, prima vacacional, becas académicas y, en general , las prestaciones que ampara el Contrato Colectivo de Trabajo vigente.
Para darnos una idea de las prestaciones que ofrece el sistema pensionario creado en la Universidad Autónoma de Nuevo León, en comparación con lo que ofrece el Sistema Nacional de Seguridad Social, apuntamos lo siguiente: en nuestro país la gran mayoría de la población económicamente activa está en cuentas individuales, régimen que paga pensiones de miseria; los derechohabientes del Sistema Nacional de Seguridad Social reciben como seguro de enfermedad un servicio médico que tiene como característica −es fama pública- la insuficiencia y la mala calidad en consulta familiar, consulta de especialidades, medicamentos y servicio hospitalario.
En la Universidad Autónoma de Nuevo León, la clínica de los servicios médicos, exclusiva para trabajadores, atiende a más de cincuenta mil derechohabientes y proporciona los servicios de consulta médica familiar, alópata y homeópata, consulta de especialidades, servicio de laboratorio de análisis clínicos, servicio de rehabilitación física, servicio médico odontológico, oftalmológico y geriátrico; así como servicio hospitalario y de medicamentos subrogados, cuando estos servicios no pueden ser proporcionados directamente por la universidad.
El régimen pensionario que existe en la Universidad Autónoma de Nuevo León prevé, además, que a la muerte del trabajador barón, activo o jubilado, dependiendo de su antigüedad al momento de su defunción, la esposa o concubina tiene derecho hasta a 10 años de pensión con el sueldo que percibía el trabajador fallecido y a todas las prestaciones contractuales. Existe también en este régimen, reglamentada, la pensión de ascendencia y descendencia al igual que para hijos incapacitados; así mismo, la pensión de sobrevivencia de la esposa o concubina cuando que se le haya terminado la pensión original que recibía, con posteridad a la muerte del trabajador, siempre y cuando sean mayores de sesenta años, estén libres de matrimonio y no sean beneficiarias de otro sistema de seguridad social.
De conformidad con lo que establece el Reglamento Interno del Comité Técnico del Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León, registrado y depositado ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para su legal vigencia, el Comité Técnico es el operador y administrador de los recursos del Fondo, función que realiza a través de instituciones financieras y/o bancarias bajo la figura legal del Contrato de Fideicomiso y de Inversiones Productivas.
El Comité Técnico está integrado con siete miembros propietarios y sus respectivos suplentes, tres que son nombrados por la universidad y tres por el sindicato, y uno por la H. Comisión de Hacienda de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
El Comité Técnico sesiona de manera ordinaria una vez al mes, y con carácter extraordinario cuando el mismo Comité lo considere necesario; para sesionar, se requiere que por lo menos estén presentes seis de sus miembros.
Los acuerdos o decisiones del Comité Técnico para que sean válidos deben ser aprobados por unanimidad.
El Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León inició su vigencia en 1998 con un capital semilla de $162, 000, 000 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES DE PESOS 00/100 N.N.) y en el informe financiero proporcionado por el Comité Técnico correspondiente al mes de julio de 2016, cuenta con un capital de $7, 736, 329, 038 (SIETE MIL SETECIEN- TOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRES- CIENTOS VEINTINUEVE MIL TREINTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.).
El reglamento del Comité Técnico establece que en caso de inversiones de recursos del Fondo, el Comité Técnico deberá actuar con apego a las reglas de inversión aprobadas, inversiones que en ningún caso podrán ser de alto impacto o de carácter especulativo, y que así mismo está obligado a rendir mensualmente un informe financiero sobre el Fondo.
Para dar claridad y transparencia a los trabajadores sobre el estado financiero del Fondo, el Comité Técnico, por reglamento, deben anualmente aportar la información necesaria sobre las operaciones y el estado de las finanzas del Fondo, a efecto de que se le realice una auditoría a través de un auditor externo, propuesto por el Consejo Consultivo externo de la Universidad Autónoma de Nuevo León, cuyo resultado deberá constar en la página de transparencia de la UANL.
El Sistema de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nuevo León ha servido de modelo para la constitución de fondos en otras universidades públicas del país; por años, miembros del Comité Ejecutivo que han dirigido a nuestro sindicato han ocurrido, a invitación expresa de otros sindicatos de universidades públicas del país, a exponer y trasmitir las experiencias vividas con nuestro Fondo, desde su constitución y proceso de integración, hasta la consolidación de sus estructuras orgánicas y financieras.
Reconocemos que el STUANL ha tenido y tiene detractores; a ellos con respeto les pedimos que profundicen y actualicen su información sobre la historia del sindicato, para que conozcan, sobre todo, lo bueno que en cincuenta y dos años de existencia nuestra organización ha logrado en beneficio de sus agremiados, porque no debe ser la ingratitud ciega el pago a toda una historia de lucha sindical, lucha que continúa.
Por lo antes descrito, seguimos sosteniendo: ¡SÍ AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN! ¡NO A LAS CUENTAS INDIVIDUALES!