ESTATUTOS SOCIALES DEL REAL CLUB NÁUTICO DE VALENCIA
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LOS EE.SS. DEL RCNV
CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º. El Club El REAL CLUB NÁUTICO DE VALENCIA, constituido en 1903, es una asociación privada deportiva sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar propias, constituida para el fomento de la cultura y de las actividades deportivas que tienen la mar como medio, proporcionando a sus miembros los servicios y medios de esparcimiento y recreo que estime adecuados para el mejor desenvolvimiento de la Sociedad. El Club, ha adaptado sus estatutos a la Ley 2/2011 de 22 de marzo, del Deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana, y se regirá por esta ley y por todas las demás disposiciones de ámbito estatal, autonómico y federativo que estén vigentes y resulten aplicables; asimismo, se regirá por los presentes Estatutos Sociales y por los reglamentos de régimen interior u otros que pueda aprobar la Asamblea General. Asimismo, el Club acata y reconoce los estatutos y reglamentos de la federación o federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana a las que se adscribe y, en su defecto, los de la federación o federaciones españolas correspondientes. Artículo 2º: Principio democrático En su funcionamiento, el club se regirá por principios democráticos y representativos, y la soberanía plena residirá en la Asamblea General. Artículo 3º. Principio de igualdad Se establece el principio de igualdad de todos los socios, sin discriminación por razón de raza, sexo, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Artículo 4º. Actividad principal: el deporte Se practicará como principal modalidad la VELA y estará afiliado a la Federación Española de Vela y a la Federación de Vela de la Comunidad Valenciana y someterá estos estatutos a la aprobación del organismo competente. La Junta Directiva, podrá acordar la creación de tantas secciones deportivas como modalidades específicas se practiquen en el club, en especial Vela, Motonáutica, Pesca y otras actividades deportivas que tienen el mar como su medio de desarrollo, debiendo adscribirse a las federaciones respectivas y dar cuenta de dicha creación al Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana, mediante certificación expedida por el Secretario con el visto bueno del Presidente. Artículo 5º. Duración La duración del Real Club Náutico de Valencia es Ilimitada. Artículo 6º. Domicilio La sede social está establecida en Camino Canal, 91 46024 Valencia; donde se encuentra ubicado su Puerto Deportivo, la Administración y Oficinas. El ámbito territorial de actuación queda circunscrito a los terrenos, aguas, espacios, edificios e instalaciones, en superficies delimitadas dentro del perímetro de la Concesión Administrativa otorgada por la Autoridad Portuaria de Valencia al RCNV y a las aguas en las que el Club organice regatas u otro tipo de competiciones o actividades, sin perjuicio de integrarse en organizaciones de ámbito superior si así se acordara, así como de actuar fuera de este ámbito territorial en competiciones deportivas.
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