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Migraciones:Soloingresaránlosciudadanosextranjeros quecumplanlosrequisitoslegales
Nacional Diarioprensaregional
El superintendente nacional deMigraciones,ArmandoGarcía, afirmó que solo podrán realizar el control migratorio de ingreso al Perú los ciudadanos extranjeros que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente, en el marco de la ley y el respeto a los derechos fundamentales.
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En una sesión realizada en el Congreso de la República paratratarsobrelaproblemática migratoria en la frontera, García respondió sobre el caso de los ciudadanos haitia- nos y venezolanos que se encuentran en territorio chileno y pretenden ingresar al Perú, ante lo cual precisó que el requisito es el pasaporte y visa, o la residencia permanente enChile.
Desde febrero pasado miles de ciudadanos extranjeros se encuentran varados en la frontera sur debido a que Chile extremó sus medidas de controlmigratorioyhamilitarizado la frontera con Perú y Bolivia, impidiendo el ingreso a su país por pasos no habilitados.
Las autoridades peruanas también han extremado los controles para el ingreso de ciudadanos extranjeros. Esto ha generado que los migrantesilegalesacampenenespacios públicos de Tacna, causandogranmalestarenlaciudadaníalocal.
Deben Cumplir Requisitos
El superintendente de Migraciones explicó que aquellos extranjeros que cumplan los requisitos primero deben realizarsucontroldesalidaante los inspectores migratorios de Chile, que trabajan en el Complejo de Santa Rosa, en Tacna, en las inmediaciones de la frontera con el país del sur; luego de lo cual recién se efectúa el control de ingreso ante los inspectores peruanos.
IndicóqueMigraciones,cuya responsabilidad es realizar el control migratorio en los puestos de control fronterizos,colabora activamente con la Policía Nacional del Perú, que resguarda la frontera terrestre conforme a sus atribuciones.
Precisó que,como parte de esacolaboración,GarcíaChunga refirió que Migraciones ha activado el sistema de videovigilancia con dron en el lugar, para detectar los intentos de ingresos irregulares por pasos no autorizados y comunicar esa información a la Policía
Nacional para que intervenga de acuerdo con sus competencias.
De otro lado, explicó que Migracionescuentaconelpersonal y equipamiento adecuado para el control migratorio de los turistas que ingresan por el Complejo de Santa Rosa, Tacna, en un marco de seguridad y agilidad del flujo delosvisitantes.
Indicó que, para optimizar el control migratorio en dicho complejo, se requiere que la parte chilena equipare su horariodeatenciónynúmerode personalaniveldelaparteperuana.
Frente a la problemática de tráfico ilegal de propiedades, la Sunarp ha implementado el servicio gratuito de Inmovilización Temporal de Partidas en el Registro de Predios, por el cual el dueño de una casa, departamento o terreno puedecolocar'uncandado'demanera voluntaria y temporal a la partida donde está inscrita supropiedad,inmovilizándola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravámenesenésta.
Pero¿enquécasosserecomienda inmovilizar un inmueble?Serecomiendainmovilizar un inmueble cuando por motivos de trabajo, estudios u otros,el propietario tiene que ausentarse de su ciudad por un tiempo prolongado.Tambiénserecomiendainmovilizarunprediocuandose tienedosomáspropiedadesy solo se va a ocupar una de es- tas.
Ello no imposibilita que cualquier persona que no piensa transferir su predio también pueda solicitar la inmovilización temporal de su propiedad.
La Sunarp detalla las vías parasolicitarlainmovilización registral de la partida ante un posible fraude registral, en la Resolución N° 057-2023SUNARP/SN,publicadaelviernesenelDiarioElPeruano.
¿CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE?
Existen dos modalidades: la inmovilización de partida con aviso electrónico, que es totalmentegratuita,ylainmovilización de partida con asiento registral. Para solicitar la inmovilización temporal, el titular del predio deberá acercarse a cualquier oficina de la Sunarp o cualquier notaría y hacer efectiva la solicitud. En el supuesto que el titular del Inmueble sea una sociedad conyugal, deberán intervenir ambos.
Inmovilización de partida conavisoelectrónico.
Se solicita de manera presencial mediante formato de la Sunarp. Su registro genera un aviso electrónico vinculado a la partida registral.El trámiteeselsiguiente:

· Solicituddeinscripciónde título (formulario de distribución gratuita disponible en el siguiente enlace: www.gob.pe/institucion/sunarp/infor mes-publicaciones/3997685formatos-de-inmovilizacionde-partidas),debidamentellenado y firmado por el presen- tante (persona que realiza el trámiteenlaSunarp).
· El formato de solicitud de anotación electrónica de inmovilización de partidas, que se descarga de la página web institucional de Sunarp (www.gob.pe/sunarp), debidamentellenadoysuscrito.Dicho formato contiene, entre otros,ladeclaraciónjuradadel titular registral, en el sentido que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización no ha sido transferido o se encuentra con carga o gravamenvoluntario,noinscrito,de fecha cierta anterior a la presentacióndelasolicituddeinmovilización.
· Pago de la tasa registral: Gratuito.
· Plazo de calificación: 7 días hábiles contados a partir deldíasiguiente Inmovilización de partida conasientoregistral. Se solicita mediante parte notarial de escritura pública y declaración jurada con firma certificada notarial cuya inscripción se realiza en asiento registral del rubro F) Otros y su levantamiento se realiza conpartenotarialdeescritura pública que se inscribe en el rubro E) Cancelaciones de la partidaregistraldelinmueble. Eltrámiteeselsiguiente:
· La solicitud de presentacióndetítulo.
· Parte notarial de la escriturapúblicadeinmovilización otorgada por el titular registralosurepresentante.
·Declaraciónjurada,confirma certificada por notario,del titular registral o su represen- tante inserta o anexa al parte notarial, en el sentido que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización no ha sido transferido o se encuentra con carga o gravamen voluntario,noinscrito,defechacierta anterior a la presentación de la solicitud de inmovilizacióndepartidaconasientoregistral.
La inmovilización de partida con asiento registral no se encuentra sujeta al pago de derechosregistrales.
¿CUÁNTO TIEMPO SE PUEDE INMOVILIZAR UNA PARTIDA?
La inmovilización temporal tendrá una vigencia máxima de 10 años, contados desde el día de su presentación en el Registro de Propiedad Inmueble. También se podrá solicitarunplazomenor.Lainmovilización caducará de pleno derecho en el plazo establecido.
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