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Buscan nuevo juicio para sujeto que intentó ingresar casi medio kilo de cocaína a Punta Arenas

El joven de 22 años había sido sentenciado a cinco años y un día de cárcel, por tráfico ilícito de drogas.

Policial policial@elpinguino.com

La defensa de Edgar Secue Gómez considera que el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas no valoró atenuantes como su colaboración con la justicia y falta de antecedentes penales previos.

El Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas sentenció a Edgar Secue Gómez, joven de 22 años de nacionalidad colombiana, a cinco años y un día de cárcel efectiva, por el tráfico ilícito de drogas. El sujeto se encuentra en prisión preventiva desde el 13 de marzo de 2022, por lo que el tiempo que está privado de libertad sirve como abono para su pena.

Tras esto, haciendo uso de los recursos legales, su defensa presentó SE REQUIERE

SUPERVISOR/A EN TERRENO Y/O CAPATAZ

Descripción

Responsable de controlar directamente la asistencia, desempeño del personal, como así también la correcta realización de los trabajos, de acuerdo con las instrucciones impartidas dando rápida solución a determinadas situaciones que así lo requieran. Con habilidades de comunicación efectiva, resolución de problemas, proactivo/a y con una orientación hacia la seguridad.

Requisitos

- Manejo de Microsoft Office

- Licencia de conducir clase B vigente

- Experiencia previa como supervisor en terreno o Capataz (excluyente)

Competencias

- Planeación y Organización

- Liderazgo

- Eficiencia

- Trabajo en equipo

Sueldo $700.000

Enviar currículum vitae a: recepciondocumentos.220@gmail.com un recurso de nulidad en la Corte de Apelaciones, para que se vuelva realizar el j uicio.

Cabe recordar que el joven cumple sentencia por haber intentado ingresar casi medio kilo de cocaína a Punta Arenas vía terrestre, al momento que arribó a la capital regional de Magallanes, desde Puerto Natales, en un móvil de Bus Sur. En el terminal de esta empresa, la Brigada Antinarcóticos de la PDI descubrió la sustancia, tras el uso de ejemplares caninos. Cabe precisar que la droga fue encontrada sillas más delante de donde estaba el sentenciado, pues un funcionario policial vio que el hombre se paró y dejó una bolsa en el lugar donde se encontró 45 ovoides repletos de cocaína. El sentenciado admitió su participación, pero aseguró que él no era traficante, aceptó hacer este traslado por su delicada situación laboral, para lo cual le pagaron. En efecto, se encontró en su poder $500 mil en efectivo, el cual justificó en el juicio, indicando que ese era el dinero que su traficante de marihuana le había dado para llevar la cocaína a Punta Arenas.

Recurso

Considerando lo anterior, el defensor basa su recurso de nulidad indicando que el sujeto colaboró y no cuenta con antecedentes criminales.

“De esta manera, la rebaja de pena conforme a dichas circunstancias atenuantes, le permiten a un imputado, quien hasta entonces no había tenido contacto criminógeno previo, el cumplimiento de la pena corporal con la modalidad de Libertad Vigilada Intensiva”, dice el recurso.

CONSTRUCTORA VILICIC S.A. INFORMA:

QUE MEDIANTE RESOLUCION DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Nº 89 DEL 06-02-2023, SE NOS AUTORIZA EL CIERRE PARCIAL DE LA RUTA EN LA OBRA “ ACCESO PLANTA PILOTO HIF S.P.A., EN RUTA 9 NORTE; KM.40,20 LADO DERECHO, PROVINCIA DE MAGALLANES, REGION DE MAGALLANES Y DE LA ANTARTICA CHILENA” QUE A CONTINUACIÓN SE INDICA:

• CIERRE PARCIAL DE LA RUTA 9 NORTE: Lado derecho, desde el km 39,900 al km 40,100, con angostamiento en calzada bidireccional, desde el 10 de Febrero de 2023 al 10 de Abril de 2023, Provincia de Magallanes p. CONSTRUCTORA VILICIC S.A.

LAS VÍAS DE TRANSITO ESTARÁN DEBIDAMENTE SEÑALIZADAS SEGÚN LA NORMATIVA VIGENTE.

Por lo expuesto anteriormente, la defensa cree que se produjo un error en la aplicación del derecho en cuanto a la determinación de la pena, existiendo en los hechos una desproporción de acuerdo con los antecedentes efectivamente rendidos en juicio”, lo que en definitiva influyó sustancialmente en el fallo, afirmó la defensa.

De igual forma, el abogado basa su recurso de nulidad en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del mismo cuerpo legal, “toda vez que la sentencia impugnada no ha expuesto de modo claro, lógico y completo la valoración de la prueba, adoleciendo de una clara y grave falta de fundamentación en su razonamiento”. El documento fue declarado admisible y ahora está a la espera del próximo proceso legal.

Ambos se suman a los demás perros de la institución

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