Documentos Duarte–Seguro Popular

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GACETA

OFICIAL

ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN Calle Morelos, No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54

Tomo CLXXXIV

Xalapa-Equez., Ver.

Xalapa-Enríquez, Ver., lunes 19 de diciembre de 2011.

Núm. Ext. 411

SUMARIO

GOBIERNO DEL ESTADO ——— PODER EJECUTIVO ACUERDO POR EL QUE SE INSTRUYE AL TITULAR DE LA SEFIPLAN, PARA QUE DETERMINE EL PASIVO CONTINGENTE A QUE HAYA LUGAR DERIVADO DE LA REDUCCIÓN DEL FLUJO DE LOS RECURSOS DE LIBRE APLICACIÓN POR LA AFECTACIÓN DE PARTICIPACIONES FEDERALES DEL

ESTADO, OTORGANDO

EN TODO MOMENTO PRIORIDAD AL CUMPLIMIENTO DE

LAS OBLIGACIONES DE LA OPERACIÓN GUBERNAMENTAL, EN ESPECIAL EL PAGO DE SALARIOS A MAESTROS, MÉDICOS, POLICÍAS, Y EN GENERAL A TODOS LOS EMPLEADOS DEL

GOBIERNO DEL ESTADO. DE IGUAL MANERA DEBERÁ OTORGAR PUNTUAL CUMPLIMIENTO FINANCIERO, RESPECTO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS ESTATALES ACTIVOS Y JUBILADOS. DE IGUAL FORMA TENDRÁ PRIORIDAD CANALIZAR FONDOS PARA CUBRIR LA CRECIENTE DEMANDA SOCIAL EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.

folio 1609

N Ú M E R O E XTRAO R D I NAR I O TOMO II


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GACETA OFICIAL

GOBIERNO DEL ESTADO ———

PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.— Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. JAVIER DUARTE DE OCHOA, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 50, de la Constitución Política del Estado; 8 fracción II y XIII, 9 fracción III, 19 y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y

CONSIDERANDO

Lunes 19 de diciembre de 2011

Por lo anterior he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO Artículo Único. Se instruye al Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para que determine el pasivo contingente a que haya lugar derivado de la reducción del flujo de los recursos de libre aplicación por la afectación de participaciones federales del Estado, otorgando en todo momento prioridad al cumplimiento de las obligaciones de la operación gubernamental, en especial el pago de salarios a maestros, médicos, policías, y en general a todos los empleados del Gobierno del Estado. De igual manera deberá otorgar puntual cumplimiento financiero, respecto de las prestaciones sociales, a los empleados públicos estatales activos y jubilados. De igual forma tendrá prioridad canalizar fondos para cubrir la creciente demanda social en materia de seguridad pública.

Que por el deterioro de las finanzas públicas con las que cerró la administración 2005-2010, el H. Congreso del Estado, tuvo a bien expedir el Decreto número 289 que autoriza al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Contratación de Financiamientos para la Reestructuración de Deuda Pública Vigente y de las obligaciones pendientes de pago con terceros, así como la afectación de participaciones federales del estado, como fuente de pago o garantía de los financiamientos a contratar; el cual fue publicado a través de la Gaceta Oficial del Estado, el día cinco de agosto de 2011, a través del número extraordinario 242.

El Secretario de Finanzas y Planeación, deberá informar de manera oportuna al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, cuando exista el caso en que los pasivos contingentes -referidos en el presente acuerdo-, se conviertan en pasivos exigibles, de acuerdo al artículo 323, fracciones VII y VIII, del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y demás disposiciones legales aplicables, para que ello permita en su momento, emitir el reconocimiento de dicho pasivo y su registro correspondiente.

Que la contratación, operación y aplicación, de los recursos contratados a que se refiere el citado instrumento jurídico, trae como consecuencia un problema de liquidez que dificulta al gobierno estatal dar inicio a sus actividades sustantivas del Plan Veracruzano de Desarrollo, en atención a ello y con objeto de dar viabilidad a las finanzas públicas estatales, resultará ineludible reestructurar y financiar la deuda pública estatal, para cuyos efectos será necesario identificar las obligaciones de pago de la entidad; extender las obligaciones de corto a largo plazo y en general el plazo promedio ponderado total de dicha deuda para que, al obtener mejores condiciones crediticias, se pudieran liberar recursos para que el Estado esté en aptitud de seguir cumpliendo con sus obligaciones, incluso llegando a tener que implementar un programa de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.

Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

TRANSITORIOS

Segundo. Se deroga cualquier dispositivo legal, que se oponga al presente Acuerdo. Palacio de Gobierno residencia del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil once.

DR. JAVIER DUARTE DE OCHOA GOBERNADOR CONSTITUCIONAL Rúbrica. folio 1609


Lunes 19 de diciembre de 2011

GACETA OFICIAL

ATENTO

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AVISO

A los usuarios de la Gaceta Oficial se les recuerda que al realizar el trรกmite de publicaciรณn deben presentar: a) El documento a publicar en original y dos copias. b) El archivo electrรณnico. c) El recibo de pago correspondiente en original y dos copias. La Direcciรณn


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GACETA OFICIAL

Lunes 19 de diciembre de 2011

Tarifa autorizada por el pleno del H. Congreso del Estado de acuerdo con el Decreto 263 que reforma la Ley 249 de la Gaceta Oficial PUBLICACIONES

A) Edicto de interés pecuniario como prescripciones positivas, denuncias, juicios sucesorios, aceptación de herencia, convocatorias para fraccionamientos, palabras por inserción.

SALARIOS MÍNIMOS

COSTO EN PESOS INCLUIDO EL 15% PARA EL FOMENTO A LA EDUCACIÓN

0.034

$

2.22

B) Edictos de interés social como: cambio de nombre, póliza de defunción, palabra por inserción.

0.023

$

1.50

C) Cortes de caja, balances o cualquier documento de formación especial por plana tamaño Gaceta Oficial.

6.83

$

445.38

D) Sentencias, resoluciones, deslindes de carácter agrario y convocatorias de licitación pública, una plana tamaño Gaceta Oficial.

2.10

$

136.94

VENTAS

SALARIOS MÍNIMOS

COSTO EN PESOS INCLUIDO EL 15% PARA EL FOMENTO A LA EDUCACIÓN

A) Gaceta Oficial de una a veinticuatro planas.

2

$

130.42

B) Gaceta Oficial de veinticinco a setenta y dos planas.

5

$

326.04

C) Gaceta Oficial de setenta y tres a doscientas dieciséis planas.

6

$

391.25

D) Número extraordinario.

4

$

260.84

0.57

$

37.17

F) Por un año de suscripción local pasando a recogerla.

15

$

978.13

G) Por un año de suscripción foránea.

20

$

1,304.18

8

$

521.67

11

$

717.30

1.50

$

97.81

E) Por hoja certificada de Gaceta Oficial.

H) Por un semestre de suscripción local pasando a recogerla. I) Por un semestre de suscripción foránea. J) Por un ejemplar normal atrasado.

SALARIO MÍNIMO VIGENTE $ 56.70 M.N. EDITORA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ Directora General de la Editora de Gobierno: ELVIRA VALENTINA ARTEAGA VEGA Directora de la Gaceta Oficial: INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN Módulo de atención: Calle Morelos No. 43, Plaza Morelos, local B-5, segundo piso, colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Ver. Oficinas centrales: Km. 16.5 carretera federal Xalapa-Veracruz, Emiliano Zapata, Ver. Suscripciones, sugerencias y quejas a los teléfonos: 01279 8 34 20 20 al 23 www.editoraveracruz.gob.mx El proceso de publicación de documentos en la Gaceta Oficial está certificado por la norma internacional de calidad ISO 9001:2008 Ejemplar


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