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El Gobierno impugna suspensión del ‘Plan B’

MÉXICO._ La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite recursos de impugnación interpuestos por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; así como por Alejandro Armenta y Karla Almazán Burgos -presidente y vicepresidenta del Senado y de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, contra la suspensión otorgada por el Ministro Alberto Gelacio Pérez Payán, contra las leyes generales de Comunicación Social (LGCS) y de Responsabilidades Administrativas (LGRA), para que éstas no se puedan aplicar en el Estado de México y en Coahuila, que tendrán elecciones el 4 de junio.

Las impugnaciones a la suspensión dictada por Pérez Dayán, fueron turnadas a una de las ministras de la Segunda Sala de la SCJN, donde están adscritas Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Alhf. Hasta el momento suman al menos 49 controversias constitucionales admitidas contra el llamado “Plan B” impulsado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, su Gobierno y el partido Morena. La Consejería Jurídica del Ejecutivo

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La Corte admite las impugnaciones que el Gobierno de México y las cámaras de Diputados y Senadores interpusieron contra la suspensión de las reformas publicadas recientemente

Federal (CJEF) informó, el 26 de febrero de 2023, que impugnó la suspensión que ordenó el ministro de la SCJN, Alberto Gelacio Pérez Dayán, de las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, para que éstas no se puedan aplicar en el Estado de México y en Coahuila.

En el recurso legal presentado por la CJEF, expuso que en el caso de las normas expedidas por el Congreso de la Unión, sólo podían invalidarse mediante el voto de ocho ministros de la SCJN y estaba proscrito expresamente suspender sus efectos.

Por esta razón, “constituye un fraude a la Constitución que el ministro instructor, Alberto Pérez Dayán, se separe indebidamente de las reglas del procedimiento, lo que desnaturaliza los medios de control constitucional y en la medida en la que el juzgador respeta o no el sentido original de la norma, su decisión será calificada de democrática o antidemocrá- tica”. A través de un comunicado, la CJEF afirmó que la suspensión de dichas normas, otorgada por el ministro Pérez Dayán, afectaba “de manera grave” la división de poderes, ya que, insistió, “carece de facultades para anular un valor constitucional superior”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió las impugnaciones este martes.

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