OTORGA PERMISO DE SERVICIO TELECOMUNICACIONES. GOBIERNO DE CHILE
RESOLUCIÓN
LIMITADO DE /
EXENTA N°
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
SANTIAGO,
14 NOV. 2007
VISTOS: a)
El Decreto Ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaria de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaria; b) La Ley N° 18.168 General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El número 1° del artículo 3° del párrafo III de la Resolución N° 55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado, fue fijado por la Resolución N° 520 de 1996, ambas de la Contraloria General de la República; d) La Resolución Exenta N° 1, del 12.01.1999, de la Subsecretaria de Telecomunicaciones y sus modificaciones posteriores; e) El Decreto Supremo N° 127, de 06.03.2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico; f) La Resolución Exenta N° 746 de 2004, de la Subsecretaria de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de la banda de frecuencias 2.400 - 2.483,5 MHz; g) La Resolución Exenta N° 1799 de 1998, que exceptúa del pago de derechos por el Uso del Espectro Radioeléctrico a las Municipalidades
C O N S I D E R A N D O: Lo solicitado SUBTEL N° 55.914 del 06.11.2007 (SL-688/2007).
por
la
interesada
mediante
mgreso
RESUELVO: 1. OTÓRGASE un Permiso de Servicio Limitado de Telecomunicaciones a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MÁFIL,RUT. N° 69.200.500-7, con domicilio en Bernardo O'Higgins SIN°, comuna de Máfil, XIV Región, en los términos que se señala. 2. El período de este permiso será de diez (10) años a contar de la total tramitación de esta Resolución 3. El plazo para iniciar la construcción de las obras, será de un (1) mes y para su término de un (1) mes; asimismo, el plazo para iniciar el servicio será de dos (2) meses. Todos estos plazos se contarán desde la fecha de la total tramitación de esta Resolución.
SUBSECRETARIADE TELECOMUNICACIONES - Amunátegui
N' 139, Teléfono 421 3000, Fax 421 3200, Santiago - Chile